En la reunión de la Comisión de Presidentes del Tribunal de Cuentas y de los Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas, celebrada en Santa Cruz de Tenerife el 27 de junio de 2014, se ha aprobado una adaptación de sus procedimientos de fiscalización a las normas internacionales de fiscalización del sector público (ISSAIs) de la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI).
Esta adaptación supone una modernización de los principios y normas de auditoría del sector público que contribuirá a unificar pautas de trabajo, exigencias técnicas y de calidad en el control de los fondos públicos. Las normas de la INTOSAI son el marco de referencia internacional en la fiscalización pública, y su adaptación por parte de las instituciones de control externo de nuestro país permite disponer de herramientas técnicas homologadas, acordes con las exigencias que se demandan en la actualidad para la fiscalización del sector público.
Incorporar estas normas permitirá coordinar los trabajos entre las diferentes instituciones de control, promoviendo la colaboración y favoreciendo una convergencia en los métodos y prácticas de trabajo, dando más confianza, credibilidad, coherencia y globalidad a la función fiscalizadora. Esto conllevará una fiscalización más eficaz y eficiente de los recursos públicos en todos los ámbitos.
En la página web de la Sindicatura de Cuentas de Islas Baleares encontramos una importante referencia que resume los antecedentes y el contenido del proceso de adaptación y cuyo texto incorporamos a continuación.
La primera reunión de los Presidentes del Tribunal de Cuentas y de los Órganos Externos de las Comunidades Autónomas, tras la renovación del Pleno del Tribunal de Cuentas acaecida en julio de 2012, se celebró el 30 de octubre siguiente y en ella se adoptó el compromiso de establecer una Comisión de normas y procedimientos, bajo la presidencia del Presidente de la Sección de Fiscalización del Tribunal de Cuentas.
La primera reunión de la Comisión de normas y procedimientos Tribunal de Cuentas- Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas tuvo lugar el día 13 de mayo de 2013 en la sede del Tribunal de Cuentas. En ella se pudo comprobar la coincidencia total en la necesidad de homogeneizar, armonizar y actualizar las normas de auditoría pública sobre la base de los principios y normas internacionales. El Presidente de la Sección de Fiscalización del Tribunal de Cuentas informó acerca de la revisión en marcha de las Normas Internas de Fiscalización del Tribunal de Cuentas, y asumió el compromiso de elaborar un plan y de convocar a una Comisión de Técnicos que diera inicio a los trabajos.
La reunión de Presidentes del Tribunal de Cuentas y de los Órganos Externos de las Comunidades Autónomas, de 29 de noviembre de 2013, dio ocasión a que el Presidente de la Sección de Fiscalización informara acerca de la inminente aprobación de las Normas de Fiscalización del Tribunal de Cuentas, circunstancia que había impedido el inicio de los trabajos de la Comisión de normas y procedimientos Tribunal de Cuentas-Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas, comprometiéndose no obstante a convocar una reunión de esta Comisión en el plazo más breve posible.
Así, el 21 de enero de 2014 se reunieron en la sede del Tribunal de Cuentas los miembros del propio Tribunal y de los Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas que forman parte de la Comisión de normas y procedimientos Tribunal de Cuentas-Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas. En dicha reunión se destacó la importancia que para estas Instituciones tiene la disposición de normas técnicas comunes que regulen las actuaciones de fiscalización. En efecto, disponer de tales normas comunes y aplicarlas adecuadamente debe asegurar la realización de fiscalizaciones de calidad que resulten apropiadas a las progresivamente mayores exigencias técnicas que se formulan a nuestras Instituciones y a la creciente demanda del ejercicio práctico de un eficaz control de la actividad económico-financiera de los respectivos sectores públicos sometidos a su función fiscalizadora.
Tras un debate sobre las posibles opciones de elaboración de unas normas nuevas, la Comisión decidió adaptar las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (ISSAI, por sus siglas en inglés), desarrolladas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI). Para ello, se crearon tres Grupos de Trabajo, coordinados cada uno de ellos por un técnico del Tribunal de Cuentas y del que formarían parte técnicos de los OCEX (hasta estar representados en alguno de los tres Grupos todos los OCEX que lo deseasen). El primer Grupo se encargaría de adaptar las ISSAI 100 y 200 (Principios fundamentales de fiscalización del sector público y Principios fundamentales de la fiscalización o auditoría financiera, respectivamente), el segundo se encargaría de adaptar la ISSAI 300 (Principios fundamentales de la fiscalización operativa),mientras que el tercero se ocuparía de la adaptación de la ISSAI 400 (Principios fundamentales de la fiscalización de cumplimiento).
La adaptación de las cuatro ISSAI citadas ha consistido, básicamente, en revisar la traducción oficial española acomodándola a la terminología más habitualmente empleada en nuestras Instituciones, a la recogida en la legislación española y a la empleada en otros documentos de normalización de técnicas auditoras, singularmente en las nuevas Normas Técnicas de Auditoría (NIA-ES) publicadas por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España. También se han adaptado a la normativa española reguladora de la fiscalización del sector público y, en general, a la reguladora del funcionamiento y de la gestión económico-financiera del sector público.
Siguiendo la nomenclatura empleada por el ICAC en la adaptación de las NIA, se ha optado por denominar a la adaptación de las ISSAI como ISSAI-ES, para distinguirlas de las versiones originales aprobadas por INTOSAI.
Asimismo, como parte de la homologación terminológica se ha empleado en la redacción de las ISSAI-ES la denominación de «Instituciones Públicas de Control Externo» (ICEX) para designar conjuntamente al Tribunal de Cuentas y a los Órganos de Control Externo de las Comunidades Autónomas. La redacción original de las ISSAI emplea el término «Entidad Fiscalizadora Superior», dado que la vocación inicial de las normas era su aplicación por tales Entidades en su condición de miembros de INTOSAI. De ahí que ahora se haya utilizado una denominación más amplia comprensiva de las restantes entidades o instituciones de fiscalización o de control externo existentes en nuestro país.
Un problema que tradicionalmente surge en la traducción de documentos como las ISSAI, originalmente escritos en lengua inglesa, es el empleo de los términos «fiscalización» o «auditoría» para traducir lo que en inglés se denomina de forma invariable «audit». A estos efectos puede ser interesante tomar como referencia las definiciones contenidas en el Glosario adjunto a las Normas de Fiscalización del Tribunal de Cuentas aprobadas el 23 de diciembre de 2013:
- Fiscalización: conjunto de actuaciones del Tribunal de Cuentas para comprobar el sometimiento de la actividad económico-financiera del sector público a los principios de legalidad, eficacia, eficiencia, economía y, en su caso, otros de buena gestión.
- Auditoría: actividad sistemática de revisión, verificación y evaluación de documentos contables y de procedimientos de control y gestión, realizada siguiendo las normas técnicas establecidas al efecto.
Siguiendo este criterio, el término «fiscalización» se emplea en las ISSAI-ES para designar la función constitucional, estatutaria o legalmente asignada a nuestras Instituciones, mientras que el término «auditoría» designa una de las técnicas empleadas para ejercer esa función (no la única técnica posible, pero sí la más frecuentemente utilizada y la que ofrece mejores garantías de realizar un trabajo de calidad).
Las técnicas de auditoría que han avanzado en mayor grado en su normalización son las referidas a las auditorías financieras. Por este motivo, la ISSAI-ES 200 es la única cuya denominación mantiene el término «auditoría» y la mayor parte del texto de la misma se refiere a la «auditoría financiera», mientras que las ISSAI-ES 300 y 400 se refieren respectivamente a la «fiscalización de cumplimiento» y a la «fiscalización operativa». También la primera de las ISSAI adaptadas, la ISSAI-ES 100, emplea la expresión «fiscalización del sector público».
En definitiva, con la adaptación de las ISSAI del tercer nivel que han sido aprobadas al día de hoy se ha pretendido una renovación terminológica más acorde con el lenguaje utilizado en España, así como aproximar a los OCEX a los principios y normas de la INTOSAI – organización de la que forma parte el Tribunal de Cuentas- y que constituyen el marco de referencia internacional en la fiscalización pública.
A partir de ahora todas las instituciones públicas de control externo de nuestro país van a guiar la actuación por el mismo conjunto de principios y normas, lo que supondrá una homologación de los resultados que va a beneficiar a todos los implicados –instituciones de control, destinatarios de los informes, ciudadanos interesados y público en general- en la fiscalización.
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