miércoles, 6 de octubre de 2004

solucionesONG.org: ¿Podemos publicar solamente una parte de un informe de Auditoría en la revista publicada por nuestra organización? (supuesto práctico)

¿Podemos publicar solamente una parte de un informe de Auditoria en la revista publicada por nuestra organización? - Consultas ONG | solucionesONG.org
Enviada el 06/10/2004
 
Otros años, tras pasar la auditoria hemos publicado parte del informe en nuestra revista. Este año, que nos gustaría volver a hacer lo mismo, el auditor nos ha dicho que tenemos obligación de publicar el informe completo. ¿Es esto cierto?, ¿dónde está regulado? Muchas gracias. 

Respuestas (2)


Diego Lejarazu 
Asesor Voluntario
Respondido el 06/10/2004
Estimada amiga,
De toda la documentación que el equipo de auditoria aporta a la entidad auditada, lo que realmente sirve frente a terceros es el informe de auditoria que tendrá dos o tres páginas a la sumo, salvo que tengais muchas salvedades o contingencias.
El resto de información, aunque debe ser pública si una persona os la solicita, no teneis que incluirla en esta publicación.
Un cordial saludo
Laura Espejo
Alfonso Caro Sabater 
Asesor Voluntario
Respondido el 06/10/2004
Madrid a 7 de octubre de 2004
Señores:
En contestación a su consulta, nuestra opinión es la siguiente.
 
El artículo 2 de la Ley de Auditoría de Cuentas en su punto 6 establece; “6. a) El informe de auditoría de cuentas cuando sea público acompañará íntegramente a las cuentas anuales. 
b) En ningún caso el informe de auditoría de cuentas podrá ser publicado parcialmente o en extracto.”
 
Asimismo el Reglamento de Auditoría en su artículo 11.2 dicta; 
“2. Siempre que se haga referencia al informe de auditoría de cuentas deberá expresarse el sentido en el que se hubiera emitido la opinión, de los citados en el artículo 5 apartados 2 y 3 de este Reglamento y los datos identificadores de la inscripción practicada en el libro de depósito de cuentas, si tal depósito se hubiera efectuado en el Registro Mercantil correspondiente.
3. En el supuesto de publicación íntegra de las cuentas anuales deberá reproducirse íntegramente el informe de auditoría. Si dicha publicación se realiza de forma abreviada, el informe de auditoría podrá ser omitido indicándose, en todo caso, el sentido de la opinión conforme a lo dispuesto en el apartado anterior.
4. En ningún caso el informe de auditoría de cuentas podrá ser publicado parcialmente o en extracto.”
 
Queda pues claro, que la publicación parcial no es posible.
 
Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.
Esperamos que le sea de utilidad nuestra respuesta,
Saludos cordiales.

domingo, 6 de junio de 2004

Invertia.com: La Junta de Avánzit aprueba sus cuentas y rechaza las salvedades del auditor

La Junta de Avánzit aprueba sus cuentas y rechaza las salvedades del auditor
Domingo, 6 de Junio de 2004 - 17:03 h.

Madrid, 6 jun (EFECOM).- La Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Avánzit aprobó hoy las cuentas correspondientes a 2003, a la vez que decidió rechazar las salvedades realizadas por el auditor Deloitte & Touche en relación con los créditos fiscales aplicados en dichos resultados.

La Junta, en la que estuvo representado el 44,72% del capital social de la compañía tecnológica, rechazó a propuesta de un grupo de accionistas las salvedades del auditor de cuentas por considerar que "no se ajustan a derecho". Avánzit registró el pasado año un beneficio neto atribuido de 76,3 millones de euros, frente a las pérdidas de 407,5 millones del año anterior, gracias en parte a la aplicación de unos créditos fiscales por importe de 87,5 millones de euros.

Deloitte & Touche cree que "existen incertidumbres en relación con la recuperación de los créditos fiscales e impuestos anticipados" aplicados en las cuentas de 2003 (87,5 millones de euros) y en ejercicios anteriores (otros 154,9 millones), de manera que "su reconocimiento debería diferirse hasta el momento de su realización efectiva". Por ello, Deloitte & Touche subraya en su informe de auditoría que el resultado de Avánzit en 2003 debería reducirse en 243,6 millones de euros.

La propuesta aprobada hoy por la Junta de Accionistas de Avánzit da por buenas las cuentas detalladas por el Consejo de Administración de la compañía y rechaza estas salvedades, al considerar que la afirmación de la existencia de incertidumbres realizada por el auditor está basada únicamente en "percepciones subjetivas".

El presidente de Avánzit, Juan Bautista Pérez Aparicio, aseguró ante la Junta que la compañía tecnológica "ya ha cumplido con todas las peticiones de información" de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), por lo que se mantiene a la espera de que el órgano regulador decida levantar la suspensión de cotización que pesa sobre el valor desde el pasado 29 de diciembre.

El Consejo de Administración informó de que ya se ha puesto en contacto con la CNMV para pedir explicaciones sobre las "supuestas" declaraciones realizadas la semana pasada por el presidente del órgano supervisor, Blas Calzada, al portal financiero INVERTIA, en las que comentó que la compañía "valdrá bastante menos" cuando regrese al mercado.

Según explicó el secretario del Consejo, Luis Juega, la CNMV asegura que Calzada no realizó tales manifestaciones, pero Avanzit ha iniciado una "fase de verificación" a partir de las cintas grabadas por los periodistas del citado medio, y en caso de confirmarse las declaraciones la compañía "verá cuál es la mejor medida a tomar".

La Junta celebrada hoy también aprobó los estados financieros del grupo consolidado a 30 de abril de 2004, una vez finalizados los expedientes de suspensión de pagos de la matriz y de tres filiales. Las quitas acordadas con los acreedores permiten al grupo Avánzit pasar de unos fondos propios negativos de 97 millones de euros a un importe positivo de 68,3 millones.

Asimismo, los accionistas dieron su visto bueno a la modificación de los Estatutos Sociales de la entidad para adaptarlos a las nuevas exigencias legales sobre transparencia de mercado y buen gobierno corporativo. De esta manera, los Estatutos de la compañía ya recogen aspectos como el derecho de información del accionista, la emisión de voto por correo y sistemas electrónicos o telemáticos, o el derecho de representación.