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viernes, 13 de marzo de 2026

Manuel Rejón: Nueva modificación de la NIA-ES 700 (2026): qué cambia en el informe de auditoría (YouTube)

Nueva modificación de la NIA-ES 700 (2026): qué cambia en el informe de auditoría - YouTube


13 mar 2026

El ICAC ha publicado la Resolución de 22 de enero de 2026, que modifica la NIA-ES 700 (Revisada) y actualiza los modelos de informes de auditoría del resto de normas afectadas. Este cambio se deriva de la modificación introducida en la Ley de Auditoría de Cuentas por la Ley 28/2022, que incorpora nuevas obligaciones de información sobre el informe relativo al impuesto sobre sociedades. En este vídeo explicamos de forma clara:
  • el origen de la modificación normativa
  • qué debe declarar ahora el auditor en el informe
  • por qué esta obligación afecta a todas las auditorías, aunque solo algunas empresas deban elaborar ese informe fiscal
  • cuándo entra en vigor la modificación
Un resumen práctico para auditores, profesionales contables y estudiantes que quieran entender qué cambia realmente en los informes de auditoría a partir de 2025.

viernes, 30 de enero de 2026

BOE.es: publicada la modificación de las NTA (NIA-ES) relativas a los informes de auditoría de cuentas anuales (RICAC 22 de enero de 2026)

BOE-A-2026-2234 

Resolución de 22 de enero de 2026, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España, relacionadas con el proceso de emisión y contenido del informe de auditoría de cuentas anuales.

«BOE» núm. 27, de 30 de enero de 2026, páginas 14826 a 14900 (75 págs.) 

(...)

A estos efectos, el Consejo General de Economistas de España-Registro de Economistas Auditores y el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España presentaron ante este Instituto la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría NIA-ES 510, NIA-ES 570 (Revisada), NIA-ES 600 (Revisada), NIA-ES 700 (Revisada), NIA-ES 705 (Revisada), NIA-ES 706 (Revisada), NIA-ES 710 y NIA-ES 720 (Revisada). 

Conforme a lo previsto en el artículo 2.4 de la LAC y en el artículo 5 de su reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 2/2021, de 12 de enero (RLAC), mediante Resolución de 16 de octubre de 2025, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, se sometió a información pública la modificación de las citadas Normas Técnicas de Auditoría, publicándose en el Boletín de dicho Instituto número 143, de septiembre de 2025, y en el «Boletín Oficial del Estado» de 23 de octubre de 2025.

Una vez transcurrido el preceptivo plazo de dos meses de información pública, sin que se hayan recibido observaciones, el texto que ahora se publica de las NIA-ES 510, NIA-ES 570 (Revisada), NIA-ES 600 (Revisada), NIA-ES 700 (Revisada), NIA-ES 705 (Revisada), NIA-ES 706 (Revisada), NIA-ES 710 y NIA-ES 720 (Revisada), no ha sufrido modificación respecto del sometido a información pública. 

(...) 

Primero. Publicación.
Publicar la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría 

  • NIA-ES 510 Encargos iniciales de auditoría – Saldos de apertura, 
  • NIA-ES 570 (Revisada) Empresa en funcionamiento, 
  • NIA-ES 600 (Revisada) Consideraciones especiales – Auditorías de estados financieros de grupos (incluido el trabajo de los auditores de componentes), 
  • NIA-ES 700 (Revisada) Formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros, 
  • NIA-ES 705 (Revisada) Opinión modificada en el informe de auditoría emitido por un auditor independiente, 
  • NIA-ES 706 (Revisada) Párrafos de énfasis y párrafos sobre otras cuestiones en el informe de auditoría emitido por un auditor independiente, 
  • NIA-ES 710 Información comparativa – Cifras correspondientes a periodos anteriores y estados financieros comparativos y 
  • NIA-ES 720 (Revisada) Responsabilidades del auditor con respecto a otra información. Se incorpora a la presente resolución en el anexo I, la 
  • NIA-ES 700 (Revisada) modificada, 
  • y en el anexo II, una relación de las modificaciones que afectan al texto del resto de NIA-ES ya relacionadas a las que se refiere esta resolución.

Y, a estos efectos, ordenar su publicación íntegra en el «Boletín Oficial del Estado», en el «Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas» y en la página de Internet de dicho Instituto www.icac.gob.es, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del RLAC.

Segundo. Entrada en vigor.

La modificación de las Normas Técnicas de Auditoría objeto de esta Resolución, NIA-ES 510, NIA-ES 570 (Revisada), NIA-ES 600 (Revisada), NIA-ES 700 (Revisada), NIA-ES 705 (Revisada), NIA-ES 706 (Revisada), NIA-ES 710 y NIA-ES 720 (Revisada), será de aplicación obligatoria, para los auditores de cuentas y sociedades de auditoría en el desarrollo de los trabajos de auditoría de cuentas referidos a cuentas anuales correspondientes a ejercicios económicos que se hubieran iniciado a partir del 22 de junio de 2025.

En todo caso, estas Normas Técnicas de Auditoría serán de aplicación a los trabajos de auditoría de cuentas contratados o encargados a partir del 1 de enero de 2026, independientemente de los ejercicios económicos a los que se refieran los estados financieros objeto del trabajo, salvo por lo que se refiere a la responsabilidad de informar acerca del impuesto sobre sociedades o impuestos de naturaleza idéntica o análoga, que es de aplicación a informes de auditoría de cuentas anuales correspondientes a ejercicios económicos que se inicien a partir del 22 de junio de 2025.

Tercero. Disposición derogatoria.
A partir del momento en que resulte de aplicación obligatoria la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría objeto de esta Resolución quedará derogado el contenido anterior de las Normas Técnicas de Auditoría NIA-ES 510, NIA-ES 570 (Revisada), NIA-ES 600 (Revisada), NIA-ES 705 (Revisada), NIA-ES 706 (Revisada), NIA-ES 710 y NIA-ES 720 (Revisadas), publicadas por Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas de 11 de abril de 2024 y de la Norma Técnica de Auditoría NIA-ES 700 (Revisada), publicada por Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas de 17 de julio de 2025.

Asimismo, quedará derogado lo dispuesto en el resto de las Normas Técnicas de Auditoría que resulte contradictorio con las Normas que se aprueban, debiendo aplicarse e interpretarse de acuerdo con las Normas Técnicas ahora aprobadas.

Cuarto. Criterios de interpretación de las Normas Técnicas de Auditoría.
Los criterios de interpretación recogidos en el apartado cuarto de la Resolución de 11 de abril de 2024, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por la que se publican las NIA-ES resultan igualmente de aplicación a las Normas Técnicas de Auditoría modificadas objeto de esta resolución.

Madrid, 22 de enero de 2026.–El Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, Santiago Durán Domínguez. 

jueves, 29 de enero de 2026

REA Auditores: Nota de Aviso REA, Actualización de los modelos de informes de auditoría (impuesto sobre sociedades)

Nota de Aviso REA 4/2026. ENERO 2026. Actualización de los modelos de informes de conformidad con los dispuesto en el artículo 5.1.g) de la Ley de Auditoría de Cuentas

4/2026 -28 de enero de 2026 -

Comunicación nº 129: Resolución del ICAC por la que se modifican las Normas Técnicas de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España, relacionadas con el proceso de emisión y contenido del informe de auditoría de cuentas anuales.
Estimado/a compañero/a:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.1.g) de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, la Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, de 22 de enero de 2026, (BOICAC 144), introduce modificaciones en determinadas Normas Internacionales de Auditoría adaptadas para su aplicación en España (NIA-ES), relacionadas con el proceso de emisión y contenido del informe de auditoría de cuentas anuales.

En particular, estas modificaciones afectan a las siguientes Normas Internacionales de Auditoría adaptadas para su aplicación en España (NIA-ES): NIA-ES 510, NIA-ES 570 (Revisada), NIA-ES 600 (Revisada), NIA-ES 700 (Revisada), NIA-ES 705 (Revisada), NIA-ES 706 (Revisada), NIA-ES 710 y NIA-ES 720 (Revisada), siendo necesaria, en primer lugar, la modificación de la NIA-ES 700 (Revisada) y, por concordancia normativa, la adaptación del resto de normas citadas.

El cambio principal introducido consiste en la incorporación, dentro del informe de auditoría de cuentas anuales, de un apartado separado en la sección «Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios», en el que el auditor debe informar acerca de la obligación de presentar y publicar el informe relativo al impuesto sobre sociedades o impuestos de naturaleza idéntica o análoga correspondiente al ejercicio previo al auditado.

De acuerdo con lo establecido en la Resolución, las modificaciones serán de aplicación obligatoria a los trabajos de auditoría correspondientes a ejercicios económicos que se inicien a partir del 22 de junio de 2025, sin perjuicio de lo previsto en el régimen transitorio recogido en la propia Resolución para determinados encargos contratados con posterioridad.

Podéis acceder a cada una de las NIA-ES en la sección del mismo nombre a través de la web de REA en Normas Internacionales de Auditoría.

Como consecuencia de estas modificaciones normativas, el Comité de Normas y Procedimientos (CNyP) y el Departamento Técnico del REA Auditores (REA-CGE) han procedido a realizar las oportunas actualizaciones de los modelos de informes de auditoría de cuentas afectados, con el objetivo de poner a vuestra disposición los modelos adaptados a las modificaciones publicadas y mantenerlos plenamente alineados con las NIA-ES vigentes.

La actualización de los modelos de informes se recoge en la Comunicación nº 129, así como en los apartados de Normas Internacionales de Auditoría y Documentos de trabajo en la página web del REA Auditores, para su consulta y utilización por los auditores de cuentas.


A su vez se ha adaptado el modelo de Carta de Encargo en el epígrafe de Informes apartado i). Puede acceder a modelo actualizado en Documentos de trabajo.

Os recordamos que el Departamento Técnico está a vuestra disposición para cualquier consulta que nos queráis trasladar al respecto.

Un cordial saludo,
Paloma Belmonte
Secretaria Técnica
REA Auditores-CGEE

jueves, 6 de noviembre de 2025

CincoDías.com: Las empresas españolas mejoran su información contable: aumenta el porcentaje de auditorías favorables

Los informes sin incidencias se concentran en empresas de Madrid y Barcelona, debido a la alta actividad empresarial
Nuria Morcillo
Madrid - 06 NOV 2025 - 14:13 CET

Las empresas españolas han mejorado en los últimos años su información contable y así lo han certificado los auditores que, a su vez, han emitido más informes favorables, incluso en situaciones de incertidumbre económica. El estudio ¿Qué opinan los auditores de las empresas españolas? Las principales incidencias que detectan los auditores en las cuestas de las empresas españolas 2021-2022, elaborado por el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE), junto a la Universidad de Zaragoza, refleja que el porcentaje de compañías que recibieron informes que certifican que sus cuentas son un imagen fiel de su situación económica pasó del 68% en 2015 y 2016, al 76% en el periodo comprendido entre 2021 y 2022, en plena resaca de la pandemia de la covid-19, lo que hace prever que esta tendencia haya continuado en el siguiente bienio.

El estudio, presentado este jueves durante el acto del Día de la Auditoría en Madrid, destaca que este avance demuestra que la revisión externa de los estados financieros de una empresa mejora la calidad de la información financiera disponible para los auditores, lo que ayuda también a reducir errores en la presentación de resultados. No obstante, señala que esta mejora no se distribuye por igual en todas las empresas. Según ha explicado el presidente del ICJCE, Víctor Alió, “mientras las empresas medianas y grandes muestran una clara reducción de incidencias [el 30,6% en empresas medianas y el 17% en grandes compañías en el último periodo analizado], las pequeñas concentran ya el 52,4% de los informes con salvedades, seis puntos más que en el periodo anterior”.

El informe señala que los errores más identificados por los auditores durante los años 2021 y 2022 se concentraron en tres temas principales, que en conjunto representan aproximadamente la mitad de estas incidencias. El tema más común es el deterioro de valor de activos, que motivó el 25,2% de las salvedades, afectando especialmente a las cuentas por cobrar, créditos e inversiones en empresas participadas, generalmente debido a la infravaloración o al no reconocimiento de la corrección de valor. En segundo lugar, se encuentran los créditos fiscales, que representan el 12,6% de los errores, siendo la principal problemática el registro de estos créditos a pesar de la incertidumbre sobre su recuperación. Finalmente, el tercer tema más frecuente es el reconocimiento y valoración de ingresos y gastos, constituyendo el 11,6% de estas salvedades, las cuales están asociadas en gran medida a la violación del principio de devengo en el reconocimiento de estas partidas.

También indica que la mejoría ha seguido una evolución distinta según la comunidad autónoma. En el periodo 2021-2022 los informes de auditoría con incidencias se concentran principalmente en tres comunidades autónomas: Madrid (23,4%), Cataluña (21,9%) y Andalucía (9,9%), que en conjunto agrupan más del 55% del total nacional. Les siguen la Comunidad Valenciana (8,5%) y el País Vasco (7,5%), mientras que regiones como Cantabria, Melilla o Ceuta presentan una presencia testimonial, con menos del 1% de los informes con incidencias. Sin embargo, esta concentración también se refleja en la distribución de los informes sin incidencias, liderada por Madrid y Cataluña, lo que indica una alta actividad empresarial y de auditoría en estas regiones.

El estudio atribuye este aumento a la incorporación de cerca de 10.000 nuevas empresas auditadas por primera vez entre 2015 y 2022, tras superar los umbrales que obligan a auditar sus cuentas. “Quienes ejercemos la auditoría sabemos que cuando se revisa por primera vez una empresa suelen aparecer numerosos aspectos a corregir y mejorar. Por eso insistimos en que mantener los actuales umbrales de auditoría obligatoria es esencial: elevarlos dejaría fuera del control precisamente a las empresas que más lo necesitan”, indicó Alió.

Durante el año 2024, en España se realizaron 72.723 informes de auditoría, un 5% más que en el ejercicio anterior, según el informe sobre la situación de la auditoría en España, publicado por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC). De todos estos análisis, el 30% fueron encargados a las cuatro mayores firmas de auditoría (PwC, KPMG, EY y Deloitte) lo que supuso un ligero descenso con respecto al ejercicio anterior, que representó el 31,12% de los trabajos. Esta concentración se debe a que la mayoría de las cotizadas (el Ibex al completo) son auditadas por las conocidas big four.

Sobre esta situación, Alió celebró los buenos datos publicados por el ICAC: “La facturación del sector en España volvió a batir su récord histórico al crecer un 8% y estar muy cerca de los 1.000 millones de euros en 2024, crecen tanto los trabajos de auditoría como en otros trabajos y se espera que en 2025 volvamos a lograr un récord de trabajos”.

jueves, 23 de octubre de 2025

Auditoría & Co: Nuevas obligaciones en el informe de auditoría: transparencia fiscal y NIA-ES revisadas - Auditoría & Co

By ECOVIS Grosclaude & Partners  23/10/2025  informe de auditoría, transparencia fiscal y NIA-ES revisadas

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) ha publicado la Resolución de 16 de octubre de 2025, mediante la cual se somete a información pública la modificación de las Normas Internacionales de Auditoría adaptadas para España (NIA-ES), con especial incidencia en el contenido del informe de auditoría de cuentas anuales. Esta actualización normativa tiene su origen en la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, que modificó la Ley 22/2015, de Auditoría de Cuentas (LAC) para incorporar el artículo 48 ter de la Directiva (UE) 2013/34, introducido por la Directiva (UE) 2021/2101, con el objetivo de reforzar la transparencia fiscal y la coherencia de la información financiera entre los Estados miembros.

¿A quién afecta?

Esta modificación deriva directamente del nuevo artículo 5.1.g) de la LAC y de la Disposición Adicional Undécima, que establecen la obligación de informar públicamente sobre el impuesto sobre sociedades para determinadas empresas y sucursales que superen una cifra de negocios consolidada o individual de 750 millones de euros en los dos últimos ejercicios.

¿Qué cambia en el informe de auditoría?

La principal novedad afecta al apartado “Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios” del informe de auditoría, que ahora deberá incluir una declaración expresa del auditor relativa a la obligación de la entidad auditada de:

  1. Presentar el informe sobre el Impuesto sobre Sociedades o impuesto análogo, y
  2. Confirmar su publicación en el Registro Mercantil y en la página web corporativa, cuando así lo exija la normativa.

La obligación alcanza a:

  • Sociedades dominantes de grupos sujetos a derecho español.
  • Filiales españolas de grupos cuya dominante última no esté sujeta al derecho de un Estado miembro de la UE.
  • Sucursales en España de empresas no pertenecientes a la UE.
  • Sociedades independientes no integradas en grupo.

Normas afectadas y adaptaciones técnicas

La resolución del ICAC no se limita a la NIA-ES 700 (Revisada), sino que incluye modificaciones complementarias en otras normas para garantizar coherencia técnica:

  • NIA-ES 510 – Encargos iniciales: saldos de apertura.
  • NIA-ES 570 (Revisada) – Empresa en funcionamiento.
  • NIA-ES 600 (Revisada) – Auditorías de grupos.
  • NIA-ES 705, 706, 710 y 720 (Revisadas) – Opinión modificada, párrafos de énfasis, información comparativa e información complementaria.

El Anexo II de la resolución detalla las modificaciones introducidas, incluyendo la actualización de los ejemplos de informe (Ejemplos 1, 2 y 3) de la NIA-ES 700 (Revisada), donde se incorpora el nuevo párrafo relativo al impuesto sobre sociedades o análogo.

Calendario de aplicación

El ICAC establece un calendario de entrada en vigor diferenciado:

  • Ejercicios iniciados a partir del 22 de junio de 2025.
  • Trabajos contratados desde el 1 de enero de 2026, salvo la obligación fiscal, aplicable ya desde el 22 de junio de 2025.

Claves prácticas para los auditores y las empresas

La modificación introduce un nuevo deber de comunicación en el informe de auditoría que, aunque no altera la esencia del trabajo del auditor, amplía su responsabilidad informativa.

Para las firmas de auditoría, implicará:

  • Actualizar sus modelos y plantillas de informe, incluyendo la nueva declaración.
  • Formar a sus equipos en la identificación de entidades sujetas a esta obligación y en la verificación de la publicación del informe fiscal.
  • Coordinar la comunicación con los departamentos fiscales y de cumplimiento de las empresas auditadas.

Para las entidades afectadas, será esencial asegurar la publicación correcta y verificable del informe de transparencia fiscal en los registros exigidos y garantizar la coherencia entre la información contable, fiscal y publicada.

Hacia una auditoría más transparente y alineada con la rendición pública de cuentas

Con esta actualización, el ICAC avanza hacia un modelo de auditoría más integral, transparente y alineado con los estándares internacionales de información pública. El nuevo requerimiento refuerza la confianza en la labor del auditor como garante de la fiabilidad, coherencia y responsabilidad fiscal corporativa, integrando la dimensión tributaria en el marco del informe financiero.

Desde ECOVIS Grosclaude & Partners, consideramos que esta evolución normativa constituye un paso decisivo hacia una auditoría más completa y socialmente responsable, donde la transparencia fiscal se incorpora de forma estructural al ecosistema de información financiera.

BOE.es: sometida a información pública la modificación de las NTA (NIA-ES) relativas a los informes de auditoría de cuentas anuales

 
Resolución de 16 de octubre de 2025, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se somete a información pública la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España, relacionadas con el proceso de emisión y contenido del informe de auditoría de cuentas anuales.
 
(...)
 
A estos efectos, el Consejo General de Economistas de España-Registro de Economistas Auditores y el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España han presentado ante este Instituto la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría NIA-ES 510, NIA-ES 570 (Revisada), NIA-ES 600 (Revisada), NIA-ES 700 (Revisada), NIA-ES 705 (Revisada), NIA-ES 706 (Revisada), NIA-ES 710 y NIA-ES 720 (Revisada), para su tramitación y sometimiento a información pública, durante el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de publicación de esta resolución de publicación, conforme a lo previsto en el artículo 2.4 de la LAC y en el artículo 5 del RLAC.
 
(...)

Primero. Trámite de información pública y publicación.

Someter al trámite de información pública la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría 
  • NIA-ES 510 Encargos iniciales de auditoría – Saldos de apertura, 
  • NIA-ES 570(Revisada) Empresa en funcionamiento, 
  • NIA-ES 600 (Revisada) Consideraciones especiales – Auditorías de estados financieros de grupos (incluido el trabajo de los auditores de componentes), 
  • NIA-ES 700 (Revisada) Formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros, 
  • NIA-ES 705 (Revisada) Opinión modificada en el informe de auditoría emitido por un auditor independiente, 
  • NIA-ES 706 (Revisada) Párrafos de énfasis y párrafos sobre otras cuestiones en el informe de auditoría emitido por un auditor independiente, 
  • NIA-ES 710 Información comparativa – Cifras correspondientes a periodos anteriores y estados financieros comparativos y 
  • NIA-ES 720 (Revisada) Responsabilidades del auditor con respecto a otra información. 
Se incorpora a la presente resolución en el anexo I, la NIA-ES 700 (Revisada) modificada, y en el anexo II, una relación de las modificaciones que afectan al resto de NIA-ES ya relacionadas a las que se refiere esta resolución.

Y, a estos efectos, ordenar su publicación íntegra en el «Boletín Oficial del Estado», en el «Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas» y en la página de Internet de dicho Instituto www.icac.gob.es, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.1 del RLAC. 

Segundo. Periodo de información pública.

Durante el plazo de dos meses, a computar a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», se podrán formular por escrito, ante este Instituto o ante cualquiera de las Corporaciones representativas de los auditores de cuentas - Consejo General de Economistas de España-Registro de Economistas Auditores e Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España -, las alegaciones que se consideren oportunas a la modificación de las Normas objeto de esta resolución, estando expuesto, a dichos efectos, el contenido de las referidas Normas Técnicas de Auditoría, en la sede y en la página de Internet del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas - calle Huertas, 26 de Madrid; www.icac.gob.es - y en la sede de las citadas Corporaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.2 del RLAC.
 

lunes, 30 de junio de 2025

Tribunal de Cuentas: La Casa de S.M el Rey publica el informe de auditoría de las cuentas anuales del ejercicio 2024

La Casa de S.M el Rey publica el informe de auditoría de las cuentas anuales del ejercicio 2024 realizada por el Tribunal de Cuentas - Tribunal de Cuentas

30/06/25 - Madrid, 30 de junio de 2025

El informe de auditoría del Tribunal de Cuentas refleja que las cuentas anuales de la Casa de S.M el Rey del ejercicio 2024 expresan en todos sus aspectos significativos la imagen fiel del patrimonio, la situación financiera del organismo, así como los resultados y flujos de efectivo y del estado de liquidación del presupuesto.

La auditoría se ha realizado y concluido en aplicación de la modificación del Real Decreto Ley de reestructuración de la Casa del Rey 434/88 que aprobó el Consejo de ministros en 2022 y al posterior convenio suscrito entre la Casa del Rey y el Tribunal de Cuentas.

Mediante este convenio el Tribunal de Cuentas se comprometió a efectuar con carácter anual la auditoría externa de las cuentas formuladas por la Casa de Su Majestad el Rey, conforme al citado Real Decreto. El convenio establece que las cuentas anuales sujetas a la auditoría serán las correspondientes a la ejecución y liquidación de las dotaciones presupuestarias incluidas en la Sección 01 de los Presupuestos Generales del Estado.

Esta ha sido la segunda vez que el Tribunal de Cuentas realiza, como supremo órgano de control externo de las cuentas y de la gestión económica del Estado y del sector público, la auditoría de las cuentas anuales de la Casa de S.M el Rey.

El resultado del informe de auditoría sobre de las cuentas anuales ejercicio 2024 está disponible para consulta en: https://www.casareal.es/ES/Transparencia/informacioneconomica/Ejercicio2024/Paginas/cuentas-anuales.aspx

lunes, 13 de noviembre de 2023

Economía y Auditoría: Algunos informes de auditoría de BME Growth en 2023

Economía y Auditoría: Algunos informes de auditoría de BME Growth en 2023

Estimado Lector,

En el blog tenemos una sección denominada "Ejemplos Reales de Informes" donde desde 2017 compartimos casos de informes de auditoría que resultan interesantes, bien para buscar ejemplos de Cuestiones Claves, AMRA, párrafos de enfasis, salvedades o distintas circunstancias que afectan a la auditoría.

Hace ya tiempo que no hago un  estudio exhaustivo de todos los informes con su resumen en excel, pero no quiero dejar de compartir algunos casos que me han resultado interesantes en BME Growth en 2023, en relación con las cuentas anuales individuales y consolidadas de 2022.

Seguir leyendo...

martes, 26 de enero de 2021

BOE.es: Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Cuentas Anuales 2019

BOE.es - Documento BOE-A-2021-1089
https://boe.es/boe/dias/2021/01/26/pdfs/BOE-A-2021-1089.pdf

Resolución de 11 de enero de 2021, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.

AUDITORÍA DE CUENTAS ANUALES 
Agencia Española de Cooperación Internacional y para el Desarrollo 
Plan de Auditoría 2020 
Código AUDInet 2020/896 
Intervención Delegada en la AECID 
 
ÍNDICE 
 
I. OPINIÓN FAVORABLE CON SALVEDADES 
II. FUNDAMENTO DE LA OPINIÓN FAVORABLE CON SALVEDADES 
III. CUESTIONES CLAVE DE LA AUDITORÍA 
IV. PÁRRAFO DE OTRAS CUESTIONES. CAMBIO DE OPINIÓN EN EL INFORME DE AUDITORIA 
V. RESPONSABILIDAD DEL ÓRGANO DE GESTIÓN DE LA ENTIDAD EN RELACIÓN CON LAS CUENTAS ANUALES 
VI. RESPONSABILIDADES DEL AUDITOR EN RELACIÓN CON LA AUDITORÍA DE LAS CUENTAS ANUALES
 
 
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miércoles, 11 de noviembre de 2020

BOE.es: Consorcio de la Zona Franca de Gran Canaria, Cuentas Anuales 2018

BOE.es - Documento BOE-A-2020-14027
https://boe.es/boe/dias/2020/11/11/pdfs/BOE-A-2020-14027.pdf 

Resolución de 4 de noviembre de 2020, del Consorcio de la Zona Franca de Gran Canaria, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2018 y el informe de auditoría.

Consorcio de la Zona Franca de Gran Canaria
Informe de auditoría de las cuentas anuales
Ejercicio 2018

Intervención Territorial de Las Palmas

Índice

I. INTRODUCCIÓN.
II. OBJETIVO Y ALCANCE DEL TRABAJO: RESPONSABILIDAD DE LOS AUDITORES.
III. OPINIÓN.
IV. ASUNTOS QUE NO AFECTAN A LA OPINIÓN.
V. INFORMES SOBRE OTROS REQUERIMIENTOS LEGALES Y REGLAMENTARIOS.

12

 

martes, 3 de noviembre de 2020

Supuesto Grupo Clínica Baviera: Informes de Auditoría, Cuentas Anuales auditadas y EINF revisados (ejercicios 2015 a 2019)

Informe de Auditoría, Cuentas Anuales auditadas | Grupo Baviera

Clínica Baviera, S.A. (en adelante la Sociedad dominante) es una Sociedad anónima española que fue constituida el 5 de febrero de 1992, con el nombre originario de Clínica Oftalmológica Baviera, S.L., cambiando su denominación social por el nombre actual en el año 2000.

La actividad de la Sociedad dominante consiste en la prestación de toda clase de servicios en el campo de la medicina oftalmológica, incluyendo consultas externas e internas, tratamientos quirúrgicos y rehabilitación.

Clínica Baviera, S.A. y sus Sociedades dependientes, (en adelante Grupo Baviera o el Grupo) configuran un grupo de empresas cuya actividad principal consiste en la prestación de toda clase de servicios de medicina oftalmológica. 

sábado, 3 de octubre de 2020

BOE.es: Fundación Pública Centro Tecnológico Agroalimentario de Lugo, Cuentas Anuales 2018

BOE.es - Documento BOE-A-2020-11709
https://boe.es/boe/dias/2020/10/03/pdfs/BOE-A-2020-11709.pdf

Resolución de 17 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publican las cuentas anuales de la Fundación Pública Centro Tecnológico Agroalimentario de Lugo del ejercicio 2018 y el informe de auditoría.

FUNDACIÓN CETAL 
- CENTRO TECNOLÓGICO AGROALIMENTARIO DE LUGO -
Informe de auditoría de las cuentas anuales
Ejercicio 2018

Intervención Territorial de Lugo

Índice

I. INTRODUCCIÓN.
II. OBJETIVO Y ALCANCE DEL TRABAJO: RESPONSABILIDAD DE LOS AUDITORES.
III. OPINIÓN.
IV. ASUNTOS QUE NO AFECTAN A LA OPINIÓN.
      IV.1. Párrafo de énfasis.
      IV.2. Párrafo de otras cuestiones.
V. INFORMES SOBRE OTROS REQUERIMIENTOS LEGALES Y REGLAMENTARIOS.

Incluye la carta de manifestaciones de la dirección, práctica inaudita puesto que no forma parte ni de las Cuentas Anuales ni del Informe de Auditoría, y el anexo a la memoria de las Cuentas Anuales sobre hechos posteriores al cierre sobre la estimación de una reclamación de IVA a la AEAT y el desequilibrio financiero que establece la necesidad de disolición de la fundación dada la inviabilidad del Plan de Reequilibrio Financiero presentado por CETAL, causa legal establecida en el artículo 96.1.e) y 2 y 3 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (Ley 40/2015).

miércoles, 27 de mayo de 2020

BOE.es: Fundación Biodiversidad, Cuentas Anuales 2018

BOE.es: Fundación Biodiversidad, Cuentas Anuales 2018
BOE.es - Documento BOE-A-2020-5350

Resolución de 11 de mayo de 2020, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se publican las cuentas anuales de la Fundación Biodiversidad, F.S.P. del ejercicio 2018 y el informe de auditoría.