miércoles, 5 de agosto de 2026

CincoDías: El Supremo condena a EY a indemnizar a otros tres accionistas de Gowex como responsable civil de su caída

El alto tribunal, que en 2023 reconoció el derecho de cuatro inversores a ser compensados por daños, insiste en que la consultora, como asesor registrado, debió verificar la información emitida al mercado
Nuria Morcillo - Madrid - 05 AGO 2026 - 05:15 CEST 

El Tribunal Supremo ha mantenido su criterio sobre los daños causados por la desaparecida Gowex. El alto tribunal determinó en abril de 2023 que EY, que fue asesor registrado (que no auditor) de la compañía, actuó de manera negligente por no haber detectado que la proveedora de wifi gratuito a grandes ciudades como Madrid, Nueva York, París, Dublín o Dubai había falseado sus cuentas. En una reciente sentencia, los magistrados han reafirmado su jurisprudencia acerca de la responsabilidad civil extracontractual que tiene la firma de servicios profesionales con las personas que adquirieron participaciones de la compañía por no haber destapado el fraude antes de que lo hiciera el fondo bajista Gotham City Research en julio de 2014. Así, ha ordenado indemnizar con un total de 150.760,51 euros a tres accionistas, que se suman a la batalla ganada por otros cuatro perjudicados hace tres años, que fueron compensados con 118.921 euros.

El caso ha vuelto a la Sala de lo Civil del Supremo a raíz del recurso presentado por cuatro accionistas cuyas demandas se acumularon a una treintena de acciones civiles y que fueron desestimadas. El tribunal admitió a trámite este recurso para analizar si su jurisprudencia debía ser matizada o modificada sobre el papel de los “asesores registrados” en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB) ―el antiguo nombre del actual BME Growth―, en virtud de la regulación en vigor antes y de 2015, cuando se obligó a esta figura a llevar a cabo una supervisión más exhaustiva de las empresas asesoradas.

La conclusión del alto tribunal ha sido la misma que en 2023: aunque el asesor registrado no es un “segundo auditor”, su intervención tiene una “relevancia fundamental” en las decisiones de los inversores. En base a ello, en una sentencia dictada el pasado 21 de julio, ha recalcado que EY debió haber verificado la información que Gowex emitió en el mercado tanto para su incorporación al MAB en marzo de 2010, como en las ampliaciones de capital que llevó a cabo en junio de 2011 y noviembre de 2012.

Y sobre todo, prosigue el tribunal, después de que el organismo rector del MAB, a instancias de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), requiriera información en 2010 ante la sospecha de que estaba llevando a cabo operaciones ficticias de venta y compra para inflar la cifra de negocios. “Esta actuación negligente permitió que Gowex pudiera incorporarse al Mercado Alternativo Bursátil, que sus acciones se negociaran en ese sistema multilateral de negociación y que la información fraudulenta fuera publicada por el MAB a disposición de los inversores y de cuantos estuvieran interesados en la misma”, concluye el Supremo.

Aún pendiente de juicio

Gowex, fundada y liderada por Jenaro García, se desplomó en bolsa después de que la madrugada del 1 de julio de 2014 Gotham publicara un informe en el que aseguraba que la empresa informática había falseado los datos sobre su situación patrimonial y financiera sobre su actividad. Por estos hechos, Jenaro García, junto a la cúpula de Gowex, lleva pendiente de juicio en la Audiencia Nacional desde mediados de 2019 y afronta una petición de 18 años de cárcel. El 4 de ese mes y año, la cotización de la compañía fue suspendida y tras reconocer la falsedad entró en concurso de acreedores. Así, el valor de las acciones se redujeron a cero.

Cientos de accionistas perjudicados iniciaron varios procedimientos judiciales contra EY para reclamar una indemnización como responsable civil extracontractual, al entender que, por su posición de garante y por su intermediación en la elaboración de los documentos lanzados al mercado para que cumpliera todas las exigencias legales, debía haber detectado el fraude señalado por el fondo norteamericano.

El caso concreto que ha llegado ahora al Supremo se inició en 2017, cuando se acumularon demandas de una treintena de personas físicas y jurídicas. Sin embargo, solo cuatro de ellos han realizado todo el periplo judicial, llegando hasta la última instancia y tres han logrado una indemnización. Los magistrados han desestimado la reclamación de uno de los recurrentes porque adquirió acciones de Gowex el 2 de julio de 2014, un día después de que Gotham publicara su informe. El tribunal considera que este inversor era consciente del riesgo que asumía al comprar las acciones a un precio significativamente más bajo tras destaparse el fraude.

En cuanto al resto de reclamaciones, fueron archivadas o se dieron por desistidas o no han continuado el proceso después de que el juzgado de primera instancia que analizó el caso y la Audiencia Provincial de Madrid desestimaran sus acciones judiciales.

Discrepancias con los fallos de instancia

El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Madrid descartó que la consultora, como asesora, tuviera el deber de revisar la veracidad o fiabilidad de la información elaborada por Gowex, o de asumir la obligación de comprobar la veracidad de la información contable y financiera de la compañía quebrada. Este primer fallo fue avalado por la Audiencia de Madrid, al entender que la modificación de la Ley del Mercado de Valores de 2015, que obliga al asesor registrado a verificar la exactitud de la información contable y financiera, no estaba aún en vigor en la época de los hechos. En este sentido, el tribunal indica que las funciones de los asesores eran de “carácter formal”, de acuerdo a una circular de 2010 y, por tanto, solo podía contraer responsabilidad con respecto a la empresa asesorada y frente al supervisor, pero no frente a los inversores.

Ahora el Supremo ha corregido el criterio de las dos instancias inferiores y ha determinado que la firma de servicios profesionales sí tuvo parte de responsabilidad al no detectar las irregularidades. La Sala de lo Civil señala que EY afirmó que la documentación elaborada por Gowex para las ampliaciones de capital cumplían con las “exigencias de contenido, precisión y calidad que le son aplicables, no omite datos relevantes ni induce a confusión a los inversores”, unas afirmaciones que no cree que se limiten a “aspectos formales”.

martes, 21 de julio de 2026

Fundaciones.org: Presentación de la Memoria Económica y del Impuesto sobre Sociedades

21/07/26
 
 

La Asociación Española de Fundaciones recuerda que las fundaciones cuyo ejercicio económico coincida con el año natural deben cumplir en las próximas semanas dos importantes obligaciones fiscales ante la Agencia Tributaria. Por un lado, destacar la obligación de presentar el Impuesto sobre Sociedades que afecta, con carácter general, a todas las fundaciones, estén o no […]

La Asociación Española de Fundaciones recuerda que las fundaciones cuyo ejercicio económico coincida con el año natural deben cumplir en las próximas semanas dos importantes obligaciones fiscales ante la Agencia Tributaria.

Por un lado, destacar la obligación de presentar el Impuesto sobre Sociedades que afecta, con carácter general, a todas las fundaciones, estén o no acogidas al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002. En aquellos casos en que el ejercicio económico no coincida con el año natural, la declaración deberá presentarse dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio. La presentación deberá realizarse a través del siguiente enlace. En los demás casos, deberá presentarse la declaración antes del 25 de julio.

Además, el artículo 3.10 de la Ley 49/2002 exige a las entidades acogidas a dicho régimen la elaboración y presentación de una memoria económica ante la Agencia Tributaria. No obstante, las entidades cuyos ingresos anuales no superen los 20.000 euros y que no participen en sociedades mercantiles están exentas de la obligación de presentarla, aunque siguen obligadas a elaborarla y conservarla. Se debe presentar la memoria económica antes del 1 de agosto.

El contenido de la memoria económica se encuentra regulado en el artículo 3 del Real Decreto 1270/2003 y permite a la Administración verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para disfrutar del régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos. Se ha de presentar ante la Agencia Tributaria a través de este enlace, de conformidad con el siguiente modelo que hemos confeccionado.

Finalmente, conviene recordar que ambas obligaciones, en atención de lo dispuesto en la Ley 29/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, deben cumplirse por vía telemática, ya que las fundaciones, como personas jurídicas, están obligadas a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.

miércoles, 15 de julio de 2026

El Toro TV: El PSOE hace públicas sus cuentas de 2025 pero no la auditoría independiente

 
 
El PSOE ha publicado sus cuentas del año 2025 en su portal de transparencia, pero lo ha hecho sin la auditoría externa que venía publicando de forma interrumpida desde 2020. Es una anomalía que coincide con la investigación sobre la financiación irregular del partido. El juez Santiago Pedraz sospecha que se pudo utilizar dinero de campañas electorales para pagar las cloacas del llamado ‘caso Leire’. La propia gerente que firma las cuentas, Ana María Fuentes, ha sido citada el próximo 9 de septiembre como investigada en esta trama. 

sábado, 4 de julio de 2026

DiarioExtra.com: Costos y beneficios de la implementación de NIIF S1 y S2, por Hernán Aguilar (Costa Rica)

Lic. Hernán Aguilar Gómez, Contador Público Autorizado Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica
04/07/2026 - 08:30 

La sostenibilidad dejó de ser un tema reputacional para convertirse en un factor crítico de competitividad. En este contexto, la adopción de las NIIF S1 y S2 plantea un reto significativo para las empresas en Costa Rica —no solo para los Grandes Contribuyentes— al exigir la integración de factores ESG (Ambientales, Sociales y Gobierno Corporativo) en la estrategia, la gestión de riesgos y la información financiera. Los costos de implementación varían según la estructura de la organización. Entre los principales se encuentran: el diseño e integración de sistemas para captura de datos a lo largo de la cadena de valor, fortalecimiento de controles operativos, y programas de capacitación interdisciplinaria. A ello se suman costos menos visibles, pero críticos: el cambio cultural, la ruptura de silos organizacionales y la necesidad de una gobernanza clara sobre la calidad y responsabilidad de la información. Los pasos clave suelen incluir: diagnóstico de brechas, identificación y cuantificación de riesgos y oportunidades ESG en términos financieros, integración con el marco de gestión de riesgos existente (COSO/ISO 31000, etc.), definición de métricas y objetivos —por ejemplo, emisiones de gases efecto invernadero; consumo energético— y establecimiento de gobierno, controles y mecanismos de aseguramiento.

En este proceso, el Contador Público (CPA) desempeña un rol estratégico dual:

Como implementador de controles internos, lidera la construcción de un marco robusto de información ESG, asegurando: La definición de políticas contables y criterios de medición consistentes con NIIF S1/S2.

El diseño de controles sobre la recolección, validación y consolidación de datos no financieros, equiparándolos en rigor a la información financiera.

La trazabilidad de métricas clave (KPIs ESG), incluyendo metodologías de cálculo. La integración de riesgos ESG en la matriz de riesgos corporativa y su vínculo con impactos financieros.

La coordinación transversal con áreas operativas, legal, sostenibilidad y TI, promoviendo una visión integrada.

Como auditor interno, agrega valor independiente a evaluar la efectividad del diseño e implementación de controles sobre información ESG, validar la integridad, exactitud y consistencia de los datos reportados, revisar la alineación con marcos de referencia ISO, COSO y mejores prácticas e identificar brechas, riesgos emergentes y oportunidades de mejora en la gobernanza de sostenibilidad. También al fortalecer la confianza de la Alta Dirección, el Comité de Auditoría y otros interesados mediante aseguramiento oportuno. S1 y S2 no son una carga sino una oportunidad para fortalecer la calidad de la información, mejorar la gestión integral de riesgos y acceder a capitales en mejores condiciones. Cuando el CPA asume un rol proactivo —integrando control interno y aseguramiento—, la organización no solo cumple, sino que transforma la sostenibilidad en una ventaja competitiva sostenible.

  

viernes, 3 de julio de 2026

EFRAG: La Comisión Europea ha publicado el Acta Delegada sobre la Revisión del ESRS y la Norma Voluntaria de Reporte de Sostenibilidad

Las normas revisadas simplifican y agilizan los requisitos de reporte de sostenibilidad y se aplicarán a los ejercicios financieros que comiencen a partir del 1 de enero de 2027, permitiéndose la adopción anticipada para el año fiscal 2026 una vez que la ley delegada entre en vigor.
 

Original en inglés. 

jueves, 2 de julio de 2026

Mario Echeverría: NIA para EMC: 12 innovaciones y 10 impactos que transforman la auditoría y redefinen el rol del Contador Público.

*por Mario Echeverría, CPA y MBA.

 

La Norma Internacional de Auditoría para Entidades Menos Complejas (NIA para EMC) representa uno de los cambios más relevantes en la profesión de auditoría de las últimas décadas. En esta presentación analizo sus principales innovaciones, el cambio de paradigma que propone —desde una auditoría centrada en el cumplimiento documental hacia una auditoría basada en riesgos, proporcional y adaptada a la realidad de las entidades menos complejas—, así como sus impactos en la práctica profesional del Contador Público Autorizado. La NIA para EMC mantiene el rigor y el nivel de aseguramiento de las NIA completas, pero con un enfoque más eficiente, comprensible y escalable para las mipymes.

Además, la presentación incorpora aplicaciones prácticas utilizando Inteligencia Artificial, demostrando cómo las nuevas tecnologías pueden fortalecer la planificación, evaluación de riesgos, documentación y ejecución de auditorías bajo este nuevo estándar internacional. Mi objetivo es contribuir a que colegas, firmas de auditoría, docentes y estudiantes comprendan las oportunidades que ofrece la NIA para EMC y se preparen para liderar su implementación en nuestros países.

La transformación de la auditoría ya comenzó; ahora el desafío es dominar la Norma y aprovechar la IA para ofrecer servicios de mayor valor agregado.

Escríbeme en los comentarios si deseas que te comparta la presentación en PDF.

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