viernes, 10 de abril de 2026

Andes on line: Auditoría e IA: el fin del auditor tradicional y el inicio de uno mejor, por Viviana Puentes

Por Viviana Puentes, Directora Escuela de Auditoría Universidad de Las Américas 

Durante años la auditoría se ha construido sobre una premisa implícita: que los riesgos están en los números. Estados financieros, conciliaciones, pruebas sustantivas. Sin embargo, este antecedente, aunque vigente, ya no es suficiente.  

Hoy, una parte relevante del riesgo no está en las cifras, sino en cómo se explican. 

Las empresas no solo informan, también comunican, especialmente a través de las notas a los estados financieros, donde interpretan y, en algunos casos, suavizan su realidad. La ambigüedad, el exceso de optimismo o la complejidad innecesaria, no son simples problemas de redacción: son señales de riesgo que el auditor difícilmente detecta en una revisión tradicional.

Aquí es donde la inteligencia artificial comienza a marcar una diferencia concreta. Actualmente existen herramientas capaces de analizar grandes volúmenes de información, identificar patrones en el lenguaje y advertir zonas donde el discurso financiero pierde transparencia. Es, en términos prácticos, una nueva capa de análisis que antes no existía.

Pero el cambio más profundo no es tecnológico: es profesional.

Porque mientras la IA puede procesar información a una escala imposible para el ser humano, no puede ejercer juicio profesional ni escepticismo. No cuestiona el fondo económico de una operación ni pondera su contexto. Esa sigue y seguirá siendo, una responsabilidad indelegable del auditor, en línea con los principios promovidos por la IFAC.

La diferencia es que hoy el valor del auditor ya no está en revisar más documentos, sino en interpretar mejor los datos, hacer las preguntas correctas y detectar riesgos que antes simplemente no se veían.

La auditoría no está desapareciendo: está transformándose. 

Y quizás el mayor riesgo que enfrentemos no es la inteligencia artificial, sino seguir auditando como si nada hubiese cambiado.

jueves, 9 de abril de 2026

CGE: Jornada Presencial y Virtual en Abierto. Inteligencia artificial. Presentación del nº 190 de la revista Técnica Económica (YouTube)

Presentación del nº 190 de la revista Técnica Económica - Economistas Contables - YouTube

Emitido en directo el 9 abr 2026

La Inteligencia Artificial está transformando profundamente la gestión empresarial, los modelos de negocio y los sistemas de información económica y financiera. En este contexto, la revista Técnica Económica, en su número 190, presenta un monográfico dedicado a analizar los principales desafíos y oportunidades que la IA plantea para la economía, la empresa y la actividad profesional en contabilidad y auditoría. 

Con este telón de fondo, el acto de presentación del número 190 reunirá a autores, académicos y profesionales para debatir sobre innovación, la geopolítica de la IA y su impacto en la auditoría. Una jornada que combina el rigor académico con una perspectiva profesional aplicada. 

📅 El evento se celebrará el 9 de abril a las 12:00h. 🔎 Un espacio clave para entender el presente y el futuro de la inteligencia artificial en el ámbito económico.

lunes, 30 de marzo de 2026

El PSOE incumple su ley: su auditoría la hicieron auditores no "habilitados"

El PSOE incumple su ley: su auditoría la hicieron auditores no "habilitados"

  • La norma, todavía en borrador, exige que los auditores estén en el registro oficial
  • Ninguno de los dos que han inspeccionado las cuentas del PSOE aparece en el buscador habilitado en el registro de auditores
Rafael Molina
Responsable de Gobierno y PSOE en OKDIARIO con formación en Periodismo y Derecho. Te leo en rafael.molina@okdiario.com

Actualizado:

auditoría PSOE

La auditoría externa presentada por el PSOE para blanquearse tras el estallido de la trama que rodea al entorno personal y político de Pedro Sánchez incumple su propia ley anticorrupción, todavía en borrador, a la que ha tenido acceso OKDIARIO. La nueva norma exigirá que ese examen lo realicen auditores «inscritos en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas». Sin embargo, los dos autores de aquel examen a las cuentas de la formación socialista, los profesores César Martínez Sánchez y Félix Vega Borrego, no aparecen como «legalmente habilitados» para esta tarea.

El líder socialista compareció el pasado mes de junio en la sede nacional del partido, en la madrileña calle de Ferraz tras la dimisión del que había sido hasta entonces secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán. La mano derecha de Sánchez dejó el cargo cercado por un presunto caso de corrupción que evidenció un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.

Entonces, el jefe del Ejecutivo anunció una «auditoría externa» de las cuentas de la formación. Lo haría, según Sánchez, «para eliminar cualquier sombra de duda que pueda tener, lógicamente, la ciudadanía después de conocer las informaciones» sobre la corrupción.

Medio año más tarde, el informe se filtró al público a través de la prensa afín a la formación socialista. Aquel texto descartaba la existencia de financiación ilegal del PSOE pese a que todavía hay abierta al respecto una investigación policial y judicial en la Audiencia Nacional tras su derivación desde el Tribunal Supremo.

Una de las circunstancias que despertó más comentarios fue el nombre de los autores de ese texto. Y es que Vega Borrego, catedrático de Derecho Financiero y Tributario, y Martínez Sánchez, profesor titular de la misma materia, si bien son reconocidos académicos de la Universidad Autónoma de Madrid, tienen vinculaciones con el partido que les solicitó esta auditoría o con las formaciones con las que se coaliga.

Martínez Sánchez formó parte del Ejecutivo de Sánchez entre 2020 y 2023. Primero, como asesor y, más tarde, como jefe de gabinete en la Secretaría General de Asuntos Económicos y G-20 del Gabinete de la Presidencia del Gobierno, la conocida como Oficina Económica del Presidente (OEP).

Por su parte, Vega Borrego ejerció como vocal asesor, en materia de Hacienda, del Gobierno de Manuela Carmena en el Ayuntamiento de Madrid en los años 2018 y 2019.

Registro Oficial de Auditores

Pero, además de ello, los dos profesores no cumplen con el requisito que el Gobierno exigirá a las próximas auditorías externas obligatorias que tendrán que hacer todos los partidos, una vez se apruebe la ley que ahora está en borrador.

En primer lugar, el borrador del Anteproyecto de Ley Orgánica de Integridad Pública establece que «las cuentas anuales consolidadas de todos los partidos políticos que en el ejercicio hayan percibido subvenciones o fondos públicos por importe superior a 50.000 euros deberán ser revisadas por auditores de cuentas».

En la práctica, esto aplicaría a casi la totalidad de formaciones. Para ponerlo en contexto, sólo Coalición Canaria, con un único diputado en el Congreso, ya supera ese umbral contando únicamente las ayudas que da Interior a los partidos con representación en la Cámara Baja.

Esos exámenes serán costeados por el propio partido. Y además, para asegurar que es un trabajo «independiente», los autores de esos trabajos tendrán que ser «auditores de cuentas o sociedades de auditoría inscritas en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas».

Sin embargo, ni Vega Borrego ni Martínez Sánchez aparecen en ese buscador, como puede comprobarse en las imágenes que se adjuntan.

En la exposición de motivos de la norma, el Ministerio de Hacienda de María Jesús Montero, autor de la norma, expone la necesidad de que este tipo de acciones sea «realizada por entidades legalmente habilitadas e inscritas en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC)». Algo que no ocurre en el caso de Martínez Sánchez y Vega Borrego.

«El incumplimiento de esta obligación, o la emisión de informes desfavorables, podría derivar en la pérdida del derecho a recibir futuras subvenciones públicas, así como a otras sanciones establecidas normativamente», reza la norma que aún está en borrador.

La norma aún no está en vigor y, por tanto, no regía en el momento de la presentación de la auditoría. Sin embargo, denota una diferencia entre los estándares que el Gobierno considera necesarios para este tipo de exámenes y los que el propio PSOE exigió en su propia auditoría.

sábado, 28 de marzo de 2026

Visión Sustentable: El ISSB actualiza sus normas SASB para agro, carnes y energía

El Consejo Internacional de Normas de Sostenibilidad (ISSB) de la Fundación IFRS publicó los borradores finales de enmiendas a tres estándares SASB: Productos Agrícolas, Carne/Aves/Lácteos, y Servicios Eléctricos y Generadores de Energía. Con esto, completa el paquete de revisiones sectoriales de su plan de trabajo 2024-2026, nueve normas ya habían sido publicadas para consulta durante 2024.

El Sustainability Accounting Standards Board fue creado en 2011 para establecer métricas de divulgación ESG específicas por sector, pensadas para que los inversores puedan comparar empresas en términos de sostenibilidad. En 2022, el SASB fue absorbido por el ISSB, que lo integró como guía sectorial de sus normas globales NIIF S1 y S2. Hoy, los estándares SASB cubren 77 sectores y son de aplicación obligatoria como referencia al implementar los marcos del ISSB.

Los cambios más relevantes por sector

Para Productos Agrícolas, la enmienda amplía el alcance para incluir operaciones agrícolas directas, e incorpora dos nuevos temas de divulgación: Pérdida y Desperdicio de Alimentos, y Uso de la Tierra e Impactos Ecológicos —dos áreas de creciente presión regulatoria y reputacional para las empresas del agro.

En Carne, Aves y Lácteos, se suman los temas de Innovación de Producto, Gestión Ambiental de la Cadena de Suministro y Gestión Social de la Cadena de Suministro, que reemplazan los actuales bloques sobre impactos ambientales y sociales del suministro animal. También se modifican varias métricas existentes.

Para Empresas de Servicios Eléctricos y Generadores de Energía, los cambios son más abarcativos: nuevos temas de Impactos Ecológicos, Relaciones Comunitarias, Derechos de Pueblos Indígenas, Reclutamiento y Retención de Empleados, y Gestión de la Cadena de Suministro, entre otras revisiones.

El hilo conductor: armonización global e interoperabilidad

El objetivo declarado del ISSB es alinear el lenguaje y los conceptos de las normas SASB con los estándares NIIF S1 y S2, mejorar su aplicabilidad internacional y facilitar la interoperabilidad con otros marcos de reporte —una señal clara de que la convergencia regulatoria ESG sigue ganando terreno.

El ISSB invita a organizaciones, empresas y partes interesadas a presentar comentarios sobre las enmiendas propuestas. El plazo vence el 24 de julio de 2026.

jueves, 26 de marzo de 2026

IFAC.org: La IFAC publica su investigación sobre la entrada del capital privado en las firmas contables

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La IFAC publica su investigación sobre la entrada del capital privado en las firmas contables

El 2 de marzo de 2026, la Federación Internacional de Contadores (IFAC) publicó una investigación global sobre el crecimiento de la inversión de capital privado (private equity) en las firmas de contabilidad y sus implicaciones para el futuro de la profesión. Los datos clave de la investigación son los siguientes:

  • Más de 1.000 firmas contables en todo el mundo han recibido inversión de capital privado en los últimos diez años, con una aceleración significativa desde 2022.
  • Menos de 200 inversiones directas han facilitado casi 900 transacciones posteriores, lo que evidencia una oleada de consolidación en el sector.
  • La actividad se concentra actualmente en Europa continental, Reino Unido e Irlanda y Estados Unidos, aunque la tendencia se extiende globalmente.
La investigación analiza las implicaciones de este fenómeno en áreas como la independencia del profesional, la calidad del trabajo, los conflictos de interés, la competencia entre firmas y el atractivo de la profesión para los jóvenes. La IFAC ha habilitado también un recurso en línea que centraliza toda la información sobre el tema para facilitar el debate informado entre profesionales, reguladores e inversores.
El CEO de la IFAC, Lee White, subrayó que «la integridad, la calidad y la independencia que sustentan el trabajo de los contadores profesionales deben ser innegociables, independientemente de la estructura de propiedad».

Private Equity Investment in Accountancy: IFAC Releases Research and Online Resource | IFAC

Mar 2, 2026 | New York, NY | English

The International Federation of Accountants (IFAC) released new global research analyzing the rapid growth of private equity (PE) investment in professional accountancy firms and its potential implications for the future of the profession. 

As a global organization representing over 188 professional accountancy organizations in more than 140 jurisdictions, IFAC is sizing the scale of the trend and identifying its potential implications for transaction structures, firm oversight, independence and conflicts of interest, audit quality, consolidation and competition, and the attractiveness of the profession through research and extensive engagement with stakeholders, including firms, regulators, investors, and professional bodies.

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miércoles, 25 de marzo de 2026

ilo Auditors: Operaciones vinculadas: cómo afectan a una auditoría financiera

Operaciones vinculadas: cómo afectan a una auditoría financiera - Ilo auditors

En una auditoría financiera, las operaciones vinculadas requieren una atención especializada. Estas transacciones, al involucrar partes con relaciones personales o de control, suponen un riesgo significativo en cuanto a objetividad, valor de mercado y cumplimiento normativo. Por ello, están reguladas por la NIA-ES 550, que exige al auditor aplicar procedimientos específicos para su detección, análisis y evaluación.

Las empresas deben estar preparadas para justificar estas operaciones con documentación adecuada, criterios contables sólidos y total transparencia.

¿Qué se considera una operación vinculada?

Una operación vinculada es toda transacción entre una empresa y una parte con la que guarda relación directa o indirecta. Esto incluye:

  • Empresas del mismo grupo o participadas
  • Administradores, socios o personas con influencia significativa
  • Familiares de los miembros del órgano de administración
  • Entidades controladas por las partes anteriores

Estas relaciones pueden afectar el precio, la naturaleza o las condiciones de las operaciones, por lo que deben ser reveladas y justificadas adecuadamente, especialmente cuando se audita la imagen fiel de las cuentas.

¿Qué establece la NIA-ES 550?

La NIA-ES 550 exige al auditor:

  • Obtener conocimiento suficiente sobre las relaciones entre partes vinculadas
  • Evaluar si el sistema de control interno identifica adecuadamente este tipo de operaciones
  • Comprobar si están registradas conforme al marco contable
  • Identificar riesgos derivados de operaciones no reveladas
  • Confirmar con la dirección la integridad de la información

Además, el auditor debe aplicar escepticismo profesional reforzado, dado el riesgo de manipulación, conflicto de intereses o fraude encubierto.

¿Cómo puede prepararse la empresa?

Anticiparse al análisis del auditor es clave. Para ello, es necesario:

  • Elaborar y mantener actualizado un listado de personas y entidades vinculadas
  • Establecer un procedimiento interno para identificar operaciones relevantes
  • Conservar toda la documentación soporte: contratos, actas, justificantes de pagos, informes de precios comparables
  • Registrar contablemente todas las operaciones según el principio de imagen fiel
  • Incluir la información en la memoria, detallando naturaleza, importe y condiciones

Una empresa bien preparada podrá superar la auditoría financiera sin salvedades y con mayor confianza ante terceros.

Preguntas frecuentes

¿Todas las operaciones con partes relacionadas deben aparecer en las cuentas anuales?
Sí, tanto si son frecuentes como si se dan una sola vez. Su omisión puede derivar en salvedades o limitaciones al alcance en el informe del auditor.

¿Qué consecuencias tiene no documentar adecuadamente una operación vinculada?
El auditor puede emitir un informe modificado, se puede cuestionar la fiabilidad de las cuentas y afectar la relación con inversores, bancos o administraciones públicas.

¿Quién debe informar al auditor de estas operaciones?
La responsabilidad es siempre de la dirección de la empresa. El auditor debe evaluar la razonabilidad y exhaustividad de esa información

¿Es suficiente con tener contratos firmados?
No. Además del contrato, se debe demostrar que las condiciones son razonables, que las transacciones se han realizado y que existe soporte económico

¿Qué papel juega el control interno en estas operaciones?
Un buen sistema de control interno ayuda a detectar y documentar correctamente las operaciones vinculadas, evitando riesgos fiscales o contables.

Checklist de preparación avanzada para auditoría de operaciones vinculadas

  • ¿Dispone la empresa de un registro actualizado de partes vinculadas?
  • ¿Están firmados y archivados los contratos u otros documentos justificativos?
  • ¿Se ha verificado que las condiciones de las operaciones son acordes a mercado?
  • ¿Existe soporte documental de la valoración económica de las operaciones?
  • ¿Están todas las operaciones correctamente contabilizadas y clasificadas?
  • ¿Se han incluido en la memoria las operaciones exigidas por el marco contable?
  • ¿Se ha validado esta información con el departamento fiscal y contable?
  • ¿Existe un procedimiento formal para aprobar este tipo de operaciones?
  • ¿Se han comunicado estas operaciones al auditor desde el inicio del trabajo?
  • ¿Se dispone de una declaración de la dirección sobre la completitud de la información?

¿Necesitas asesoramiento para documentar tus operaciones vinculadas?

En ILO AUDITORS, te ayudamos a cumplir con las exigencias de la NIA-ES 550, a estructurar la documentación necesaria y a afrontar la auditoría financiera sin incidencias. Nuestro equipo te acompaña en todo el proceso, desde la preparación del cierre contable hasta la emisión del informe.

Ponte en contacto con nosotros 📩 y resolveremos cualquier duda sobre cómo gestionar correctamente tus operaciones vinculadas.

BOJA: revisión de la cuenta justificativa de las ayudas directas al sector pesquero de Andalucía (tren de borrascas)

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA

Boletín 58 Complementario nº 1 de 25/03/2026

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
Orden de 24 de marzo de 2026, por la que se aprueban, con carácter excepcional, ayudas directas destinadas a personas o entidades del sector pesquero de Andalucía, especialmente afectadas por el tren de borrascas acaecidas entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026.
 
(...)
 
En relación con los establecimientos acuícolas, en el caso de que el lucro cesante del establecimiento supere el 30%, tanto la pérdida de ingresos como los daños producidos se deberá acreditar mediante informe de un auditor de cuentas, inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, que determine el porcentaje y el importe de la disminución de ingresos, así como el valor económico de los daños producidos.

(...)
 
4. Los costes subvencionables serán los daños ocasionados como consecuencia directa del tren de borrascas que se relacionan a continuación, evaluados por un auditor de cuentas inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas:

a) Daños materiales a bienes tales como edificios, equipamiento, maquinaria, existencias y medios de producción; y

b) Lucro cesante debido a la destrucción total o parcial de la producción acuícola o de los medios de producción durante un periodo no superior a seis meses a partir de la fecha en que se haya producido el daño, siempre comprendida dentro del periodo de referencia establecido para el tren de borrascas.
 
(...)
 
11. Se incluye como gasto elegible el coste del informe emitido por auditor de cuentas inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas realmente pagado contra factura, hasta un 4% del importe aprobado de ayuda conforme al método expuesto en los puntos anteriores. Este gasto será subvencionable al amparo de lo establecido en el Reglamento (UE) núm. 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis en el sector de la pesca y la acuicultura, modificado por el Reglamento (UE) núm. 2023/2391 de la Comisión, de 4 de octubre de 2023.
 
(...)