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lunes, 22 de septiembre de 2025

elMundo.es: 29.200 euros para una asesoría externa por la «desfavorable» gestión - Catellón al día

El hospital licita un contrato por las «debilidades» de su área económica tras detectar la auditoría de Intervención de la Generalitat hasta 25,5 millones en contratos sin expediente
lunes, 22 septiembre 2025 - 17:23
Jandro Roures @jandroroures

La «desfavorable» gestión económica que ha hecho el Hospital Provincial en 2024, reconocida por el informe de Auditoria de la Intervención de la Generalitat Valenciana, ha forzado al centro sanitario castellonense a licitar un contrato para disponer de un «servicio de asistencia técnica y normativa en los ámbitos de gestión económico-presupuestaria». En total, 29.294,1 euros (IVA incluido) con los que el hospital dispondrá de asesoramiento técnico externo de carácter puntual y complementario en materias relacionadas con la gestión económica.

Este contrato sale a concurso después de que el informe de Auditoria de la Intervención de la Generalitat Valenciana, fechado a finales de julio, haya sacado a la luz que durante el año 2024 se han recibido en el Hospital Provincial de Castellón bienes y servicios sin el oportuno expediente de contratación por importe de 25.578.387,88 euros, una cantidad que supone el 41,75% del volumen total de contratación que asciende a 61.265.854,17 euros.

Esto supone un incumplimiento de los principios generales de la contratación pública, según el Informe de Auditoria de la Intervención de la Generalitat Valenciana. Con todo, los 25,5 millones sin expediente de contratación son casi 5 millones menos que los que se contrataron en 2023 sin el oportuno aval documental. Entonces, último año del Botànic y primero del PP en la Conselleria de Sanidad, fueron 30.432.607,98 euros los que se contrataron sin cobertura del oportuno expediente.

El Informe de Auditoría de intervención de la Generalitat Valenciana valora como “desfavorable” la gestión del área de contratación al detectar que el...

El pliego de condiciones técnicas que publica el portal de contratación pública explica que el asesoramiento «se limitará a la emisión de informes, aclaraciones técnicas y apoyo documental, en colaboración con el personal técnico del Consorcio, en ningún caso implicando sustitución de funciones directivas ni la asunción de responsabilidades propias del personal del Consorcio».

El área económica, en manos de Inmaculada Tena, contará de esta forma de un equipo profesional con la disponibilidad suficiente para «garantizar la respuesta en un plazo máximo de 48 horas hábiles a las consultas realizadas por el Servicio de Gestión Presupuestaria del Hospital con una disponibilidad mínima de dos jornadas mensuales presenciales o virtuales para reuniones de coordinación y seguimiento».

El contrato se prolongará por un periodo de 12 meses, con posibilidad de prórroga por periodos sucesivos de una única prórroga de seis meses adicionales siempre que las condiciones contractuales se mantengan y haya disponibilidad presupuestaria, con la finalidad de «apoyar la revisión de las debilidades detectadas en los informes de auditoria de cumplimiento, operativa y contables realizados por la Intervención, Sindicatura y otros organismos fiscalizadores».

El informe de la Intervención de la Generalitat Valenciana, el Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón también recoge que el centro sanitario incumple el plazo legal de pago a los proveedores en un 41,1% de los contratos analizados. Tampoco consta en los expedientes de contratación analizados que el responsable del contrato haya verificado si el contratista ha cumplido con las condiciones especiales de ejecución establecidas.

En general, según el Informe de Auditoría de Cumplimiento, en los expedientes de contratación analizados no queda suficientemente acreditado cómo se ha realizado el cálculo de valor de mercado. «Algunos de los documentos no han sido tramitados por medios electrónicos, de forma que han sido firmados manualmente y, posteriormente, escaneados para su digitalización», explica el documento. «Para subsanar esta deficiencia, en 2024, se implantó la administración electrónica», matiza el informe.

También cuestiona que los expedientes analizados se ha detectado que tanto el responsable del contrato como el resto de personal que participan en el procedimiento de contratación, firman la Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI) con carácter previo a conocer la identidad de las empresas licitadoras o que en el contrato de asesoría no se ha cuantificado la necesidad el importe estimado de contratación de la asistencia técnica.

De los 61,2 millones del área de contratación, 30,6 corresponden a contratos menores, un total de 390, mientras que otros 26,3 millones fueron contratos menores y otros gastos, un total de 8.973, mientras que se prorrogaron otros 20 contratos por valor de 4,2 millones de euros.

viernes, 19 de septiembre de 2025

elMundo.es: El Provincial gestiona 25,5 millones en bienes sin expediente de contratación - Castellón al día

El Informe de Auditoría de intervención de la Generalitat Valenciana valora como “desfavorable” la gestión del área de contratación al detectar que el 41,7% del volumen total de contratación en 2024 se hizo sin el correspondiente expediente
viernes, 19 septiembre 2025 - 11:51
Jandro Roures @jandroroures

El Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón vuelve a suspender en la gestión económico-financiera en el área de contratación, según se desprende del último Informe de Auditoria de Cumplimiento elaborado por la Intervención de la Generalitat Valenciana. El documento considera «desfavorable» su gestión en relación a la compra de bienes y servicios por entender que «no se ajusta a la normativa aplicable, habiéndose detectado incumplimiento o deficiencias». En concreto, durante el año 2024, se han recibido en el Hospital Provincial de Castellón bienes y servicios sin el oportuno expediente de contratación por importe de 25.578.387,88 euros, una cantidad que supone el 41,75% del volumen total de contratación que asciende a 61.265.854,17 euros.

Esto supone un incumplimiento de los principios generales de la contratación pública, según el Informe de Auditoria de la Intervención de la Generalitat Valenciana. Con todo, los 25,5 millones sin expediente de contratación son casi 5 millones menos que los que se contrataron en 2023 sin el oportuno aval documental. Entonces, último año del Botànic y primero del PP en la Conselleria de Sanidad, fueron 30.432.607,98 euros los que se contrataron sin cobertura del oportuno expediente.

Además, según se desprende del documento hecho público por la Intervención de la Generalitat Valenciana, el Consorcio Hospitalario Provincial de Castellón también incumple el plazo legal de pago a los proveedores en un 41,1% de los contratos analizados. Tampoco consta en los expedientes de contratación analizados que el responsable del contrato haya verificado si el contratista ha cumplido con las condiciones especiales de ejecución establecidas.

En general, según el Informe de Auditoría de Cumplimiento, en los expedientes de contratación analizados no queda suficientemente acreditado cómo se ha realizado el cálculo de valor de mercado. «Algunos de los documentos no han sido tramitados por medios electrónicos, de forma que han sido firmados manualmente y, posteriormente, escaneados para su digitalización», explica el documento. «Para subsanar esta deficiencia, en 2024, se implantó la administración electrónica», matiza el informe.

También cuestiona que los expedientes analizados se ha detectado que tanto el responsable del contrato como el resto de personal que participan en el procedimiento de contratación, firman la Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI) con carácter previo a conocer la identidad de las empresas licitadoras o que en el contrato de asesoría no se ha cuantificado la necesidad el importe estimado de contratación de la asistencia técnica. De los 61,2 millones del área de contratación, 30,6 corresponden a contratos menores, un total de 390, mientras que otros 26,3 millones fueron contratos menores y otros gastos, un total de 8.973, mientras que se prorrogaron otros 20 contratos por valor de 4,2 millones de euros.

OTRO ‘SUSPENSO’ EN EL ÁREA DE TESORERÍA

Intervención de la Generalitat Valenciana también considera desfavorable la gestión en el área de tesorería habiendose detectado de nuevo incumplimientos. Entre los más reseñables, que los sistemas informáticos implicados en el circuito de procedimiento de gasto y de pago no están interconectados.

El Consorcio tampoco dispone de un procedimiento formalizado donde se desarrolle el modo de tramitar altas, modificaciones y bajas de los datos personales y bancarios de las personas físicas y jurídicas que se relacionen con la entidad.

En los albaranes de entrega no consta expresamente la comprobación de la recepción por parte del personal del Consorcio. A su vez, en las facturas se estampilla un cuño donde se constata que el suministro facturado es conforme a la prestacióin recibida, pero en éste no aparece la fecha de su comprobación.

Por último, se ha detectado que el documento de pago denominado ‘Relación de pagos a través de transferencia’ «consta firmado manualmente por el director gerente y por la directora económica, cuando debería ser tramitado electrónicamente y utilizando firmas digitales de forma encriptada y garantizada por una autoridad de certificación reconocida».

martes, 22 de julio de 2025

Buades Legal: Depósito de cuentas con informe de auditoría desfavorable. Doctrina consolidada y fin del automatismo registral

La reciente Resolución de 10 de junio de 2025 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (DGSJyFP) resuelve un interesante recurso que pivota sobre una cuestión de hondo calado práctico: ¿puede denegarse el depósito de las cuentas anuales de una sociedad si el auditor ha emitido una opinión desfavorable?

La respuesta que ofrece la Dirección General es clara y reafirma una línea doctrinal ya asentada: el mero hecho de que el auditor emita una opinión desfavorable no justifica, por sí solo, el rechazo del depósito de cuentas en el Registro Mercantil.

El caso: una sociedad pública en liquidación

La resolución trae causa del intento, frustrado en varias ocasiones, de la sociedad municipal Empresa Pública Aguas de Cuenca, S.A., de depositar sus cuentas anuales desde el ejercicio 2021.

La razón alegada por el registrador para denegar el depósito era que el informe de auditoría correspondiente expresaba una opinión desfavorable, al considerar que las cuentas no reflejaban la imagen fiel del patrimonio y situación financiera de la sociedad.

Ello provocó un bloqueo registral que impedía incluso inscripciones ligadas al proceso de disolución y liquidación, ya acordado por el socio único.

El liquidador recurrió dicha calificación alegando, entre otros extremos, que el informe de auditoría había sido efectivamente emitido y que la denegación del depósito estaba causando un perjuicio institucional injustificado, al obstaculizar la reorganización de un servicio público esencial.

Clave doctrinal: opinión técnica ≠ veracidad contable

En una motivación extensa y técnicamente solvente, la Dirección General recuerda que la finalidad de la auditoría es ofrecer una opinión técnica sobre si las cuentas anuales reflejan o no la imagen fiel, pero no supedita la posibilidad de depósito a que dicha opinión sea favorable.

La distinción esencial es entre: (a) la existencia del informe de auditoría, que sí es presupuesto legal necesario para el depósito; y (b) el contenido concreto de dicha opinión, que podrá ser favorable, con salvedades, desfavorable o denegada.

Siempre que el informe haya sido emitido conforme a la Ley 22/2015, y no se trate de un caso de inexistencia de auditoría por incumplimiento grave o imposibilidad absoluta (art. 5.2 LAC y 10.2 RDA), el depósito debe admitirse.

Superación de la doctrina restrictiva anterior

La Resolución de 2025 no supone una innovación radical, sino una reafirmación de la doctrina ya consolidada desde resoluciones como la de 3 de octubre de 2023 y 28 de julio de 2022. La DGSJyFP ya había abandonado el criterio más antiguo, que consideraba inadmisibles los depósitos acompañados de informes negativos, por entender que vulneraban el derecho de los socios a una información veraz.

Frente a esa posición maximalista, la doctrina actual postula un enfoque más flexible, en el que el control registral se limita a constatar que el auditor ha podido realizar su trabajo y emitir su dictamen, con independencia de su contenido crítico.

Elevar el resultado del informe de auditoría a una suerte de requisito para que el depósito pueda realizarse es asignarle un cometido que no le corresponde e, incluso, puede ser contraproducente ya que si el depósito se realiza, incorporando el informe del auditor, las posibilidades de conocer la situación patrimonial de la mercantil aumentan.

Conclusión: reforzamiento del principio de legalidad y funcionalidad del Registro

Con esta resolución, la DGSJyFP consolida una línea interpretativa que apuesta por una visión garantista pero no formalista del Registro Mercantil, que no lo convierte en censor de la contabilidad empresarial, sino en garante de que los trámites legales —como la verificación contable— han sido cumplidos.

Solo cuando se acredite que no ha existido auditoría por causas como la falta de colaboración societaria o imposibilidad técnica no imputable al auditor, cabrá denegar el depósito.

Pero si el informe, aunque crítico o desfavorable, ha sido debidamente emitido, debe procederse al depósito.

Una doctrina que refuerza la seguridad jurídica, evita bloqueos innecesarios y respeta el principio de publicidad material del Registro como instrumento útil para el tráfico jurídico y económico.

LA RESOLUCIÓN COMPLETA

martes, 8 de julio de 2025

JerezCofradetv: Preocupación en el Obispado de Asidonia-Jerez por la gestión económica del Consejo local de Hermandades y Cofradías

Preocupación en el Obispado de Asidonia-Jerez por la gestión económica del Consejo local de Hermandades y Cofradías
El informe de la auditoría externa es demoledor 
Redacción - 08/07/2025 10:00 en Noticias

El Obispado de Asidonia-Jerez encargó el pasado mes de enero, a una empresa externa, una auditoría de las cuentas del Consejo local de Hermandades y Cofradías de Jerez correspondientes a los ejercicios económicos comprendidos entre los años 2021 y 2024.

Una vez entregadas las conclusiones finales de la auditoría, se ha comprobado que existen motivos de preocupación por prácticas contables o de gestión económica no realizadas con la necesaria transparencia por parte de la institución que preside José Manuel García Cordero.

Además, hay bastante malestar en la sede episcopal, ya que el resumen del resultado de la auditoría externa, entregado a la Permanente del Consejo para que fuera leído públicamente en el último Pleno de Hermanos Mayores celebrado el pasado día 3 de julio, no fue expuesto con rigor a los dirigentes cofrades, ya que obviaron parte de su contenido.

Ante esta situación, en la que la Permanente ha camuflado la realidad, el Obispado de Asidonia-Jerez ha publicado el resumen del informe final sobre la auditoría efectuada al Consejo local de Hermandades y Cofradías de los ejercicios económicos 2021-2022, 2022-2023 y 2023-2024.

Una vez analizados los libros contables de los tres períodos, en un primer análisis, se ha comprobado una falta de continuidad de algunos saldos contables de un período terminado con la apertura de los saldos contables del ejercicio siguiente. Se ha observado, además, que el resultado de un ejercicio que termina no coincide con la variación del patrimonio en el inicio del siguiente. Normalmente dicho resultado se lleva a la cuenta de Fondo Social, no estando justificadas las variaciones que tiene dicho fondo de un ejercicio a otro. También aparecen saldos contables de cuentas de gastos con signo contrario al que deberían tener. Por todo ello, se ha llegado a la conclusión que la contabilidad no recoge la imagen fiel del patrimonio del Consejo local de Hermandades y Cofradías de Jerez.

También se ha comprobado que las cuentas del Consejo, obligado como asociación sin ánimo de lucro a llevar una contabilidad de partida doble ajustada al Código de Comercio (cf. art. 120 de la Ley del Impuesto de Sociedades), no se ajustan a la normativa (cf. art. 29.1 del Código de Comercio).

Igualmente, en el resumen de la auditoría, se expone que la legislación española sanciona que todas las personas jurídicas deben presentar el Impuesto sobre Sociedades, y que a diferencia del resto de entidades sin ánimo de lucro, el Consejo puede acogerse al Régimen Fiscal de Entidades sin Fines Lucrativos y los Incentivos Fiscales al Mecenazgo de forma voluntaria, sin tener que ser declaradas asociaciones de utilidad pública. Esta situación particular nació gracias al acuerdo suscrito en el año 1979 entre el Estado Español y la Santa Sede. La Ley sobre el Impuesto de Sociedades declara parcialmente exentas a las entidades acogidas a la Ley 49/2002, estableciéndose exenciones para la casi totalidad de los ingresos percibidos, incluidas las rentas consideradas exentas. No obstante, con independencia del importe de la cuota tributaria, las entidades acogidas al Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo están obligadas sin excepción a presentar y declarar todas sus rentas, exentas y no exentas (cf. art. 13 Ley 49/2002). Salvo en el supuesto de existencia de actividades económicas no exentas, por las que, sí se tributa al 10%, el Consejo tiene la obligación de presentación del Impuesto de Sociedades, aunque su cuota tributaria fuese 0. Se ha observado que no se cumple con esta normativa.

Asimismo, se han observado graves irregularidades en la gestión económica que se deben corregir para dotar de transparencia y credibilidad la misma, ya que la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal (cf. Ley 11/2021) establece, en su artículo 118, un límite de 1000 euros para los pagos en efectivo. Si se paga con más de 1000 euros en efectivo, se puede enfrentar a una multa del 25% del importe excedente. Se ha observado que en todos los ejercicios económicos se han realizado pagos superiores a 1000 euros en efectivo, sin que medie ninguna transacción bancaria.

Además, se han encontrado operaciones sin ningún tipo de soporte documental válido que las justifique. Toda transacción que no se formalice mediante una factura emitida de acuerdo con lo que dispone el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, somete a las partes que intervienen en la misma a una elevada inseguridad y por tanto riesgo, limitando sus garantías, derechos y capacidad de actuación. Además de ello, la no exigencia de facturas podría suponer una supuesta voluntad, tanto por parte del proveedor como del cliente, de eludir las obligaciones fiscales, y por tanto la posibilidad de incurrir en fraude fiscal.

También se ha encontrado una falta de criterio sobre el pago del IVA de los palcos y las sillas de la Carrera Oficial.

Por último, también se ha comprobado el incumplimiento, durante todos los ejercicios económicos auditados, de la obligación canónica del pago del Fondo Común Diocesano.

Ante esta gravísima situación, resulta incomprensible que el obispo de Asidonia-Jerez, monseñor Rico Pavés, mantenga los cargos directivos del Consejo local de Hermandades y Cofradías de Jerez.

IslaPasión.net: El Obispo de Asidonia da un doble varapalo al presidente de la Unión de Hermandades de Jerez

El Obispo de Asidonia da un doble varapalo al presidente de la Unión de Hermandades de Jerez
Lo amonesta por los hechos del Lunes Santo y ve graves irregularidades en la gestión económica 

Complicado día el de ayer en la Unión de hermandades de jerez con la publicación por parte del Obispo de Asidonia-Jerez, Monseñor Rico Pavés, de dos comunicados que concernían muy de lleno a la institución de la calle Curtidores.

(...)

Cuentas con graves irregularidades; el foco puesto en la gestión de la Unión de hermandades de Jerez

Pero con la amonestación por lo del Lunes Santo no acabó la negra jornada de ayer para la institución de la calle Curtidores. Y es que el Obispado de Asidonia-Jerez quiso salir ante las informaciones ofrecidas por parte de la Unión de Hermandades del resultado de la auditoría realizada sobre las cuentas de los ejercicios entre 2021 y 2024. Según la información ofrecida el propio Obispado asegura que «una vez entregadas las conclusiones finales de la auditoría, comprobamos que existen motivos de preocupación por prácticas contables o de gestión económica no realizadas con la necesaria transparencia», unas prácticas que afirman «no afectan solo a las Hermandades sino también a otras asociaciones eclesiales».

Una vez el Obispado tuvo los resultados de esta auditoría fueron trasladados a la Unión de hermandades para que se diera cuenta de ellos en el pleno celebrado el pasado 3 de julio. Pero «ante las informaciones y declaraciones que han aparecido en algunos medios de comunicación, que no se corresponden con el contenido de las conclusiones de la auditoría, este Obispado hace públicas las conclusiones de dicho informe para que los Hermanos Mayores y los cofrades de Jerez de la Frontera puedan conocerlas fielmente y con rigor, y puedan discernir sobre el estado de la institución que las congrega y de la que son responsables».

Es decir, que el Obispado en aras de la transparencia ofrece estos resultados ya que parece ser, según lo que se indica, no se han informado como merecen. Esto ya de por si es un palo doble, uno por esas graves irregularidades y por otro lado en la forma de informar sobre ellas por parte de la Unión de hermandades. 

Algunas de estas graves irregularidades están entre otros en:

  • Falta de continuidad de algunos saldos contables de un período terminado con la apertura de los saldos contables del ejercicio siguiente. Se observa que el resultado de un ejercicio que termina no coincide con la variación del patrimonio en el inicio del siguiente. Normalmente dicho resultado se lleva a la cuenta de Fondo Social, no estando justificadas las variaciones que tiene dicho fondo de un ejercicio a otro. También aparecen saldos contables de cuentas de gastos con signo contrario al que deberían tener, etc…. Por todo ello, se llega a la conclusión que la contabilidad no recoge la imagen fiel del patrimonio del Consejo Local de la Unión de Hermandades y Cofradías de Jerez de la Frontera, por lo que habría que hacer una contabilidad nueva apoyándonos en la documentación existente.
  • El Consejo está obligado como Asociación sin ánimo de lucro a llevar una contabilidad de partidadoble ajustada al Código de Comercio (cf. art. 120 de la Ley del Impuesto de Sociedades). Se ha observado que la contabilidad que se tiene implantada no se ajusta a la normativa (cf. art. 29.1 del Código de Comercio), por lo que se deben tomar las medidas necesarias para implantar la contabilidad requerida.
  • La Legislación española sanciona que todas las personas jurídicas deben presentar el Impuesto sobre Sociedades. Ahora bien, a diferencia del resto de entidades sin ánimo de lucro, el Consejo puede acogerse al Régimen Fiscal de la Entidades sin Fines Lucrativos y los Incentivos Fiscales al Mecenazgo de forma voluntaria, sin tener que ser declaradas Asociaciones de utilidad pública. Esta situación particular nació gracias al Acuerdo suscrito en el año 1979 entre el Estado Español y la Santa Sede.
    La Ley sobre el Impuesto de Sociedades declara parcialmente exentas a las entidades acogidas a la Ley 49/2002, estableciéndose exenciones para la casi totalidad de los ingresos percibidos, incluidas las rentas consideradas exentas. No obstante, con independencia del importe de la cuota tributaria, las entidades acogidas al Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo están obligadas sin excepción a presentar y declarar todas sus rentas, exentas y no exentas (cf. art. 13 Ley 49/2002). Salvo en el supuesto de existencia de actividades económicas no exentas, por las que, sí se tributa al 10%, el Consejo tiene la obligación de presentación del Impuesto de Sociedades, aunque su cuota tributaria fuese 0. Se ha observado que no se cumple con esta normativa.
  • Se observan graves irregularidades en la gestión económica tales como pagos en efectivo de más de 1.000€ sin justificar, operaciones sin ningún tipo de soporte documental válido que los justifique, falta de criterio sobre el pago del IVA de los Palcos y las Sillas de la Carrera Oficial y el incumplimiento durante todos los ejercicios económicos auditados de la obligación canónica del pago del Fondo Común Diocesano. 

Lo que en resumidas cuentas es un total caos en la tesorería de la Unión de Hermandades. Que por si se había entendido de otra forma el Obispo de Jerez ha querido dejar bien claro negro sobre blanco. 

jueves, 24 de febrero de 2022

ABC.es: El Tribunal de Cuentas detecta irregularidades en la contabilidad de 10 partidos

Lo ha anunciado en una nota de prensa, pero sin decir qué partidos son ni hacer público aún el informe que se ha aprobado
Roberto Pérez - Madrid Actualizado:24/02/2022 20:08h 

El Tribunal de Cuentas (TCu) ha detectado irregularidades en la contabilidad de 10 formaciones políticas correspondiente al año 2017, año en que los partidos se repartieron 171 millones de eruos de subvenciones públicas. Así lo ha anunciado ese organismo a través de una nota de prensa, en la que da cuenta de la aprobación de ese informe de fiscalización, pero sin facilitar el documento ni detallar qué formaciones son las que han incurrido en anomalías contables, de qué tipo y por qué cuantías. ABC ha solicitado, sin éxito, que se facilitaran esos datos.

Habrá que esperar a que el TCu publique el contenido íntegro de ese informe de fiscalización, en fecha aún por determinar. Este organismo estrenó presidenta hace escasos meses, en el marco de los acuerdos de renovación de órganos constitucionales que pactó el PSOE con el PP. Desde finales de noviembre, Enriqueta Chicano está al frente del Tribunal de Cuentas, que también renovó su equipo de comunicación.

Según el comunicado emitido por el TCu este jueves por la tarde, este organismo ha auditado la contabilidad de 25 formaciones políticas del año 2017, todas las que percibieron subvenciones públicas para gastos de funcionamiento. Es decir, las siglas de primer nivel, con representatividad institucional en España. De esas 25 formaciones, diez de ellas «no reflejaron de forma fiel su situación financiera y patrimonial», según los auditores del Tribunal de Cuentas.

Los inspectores se han topado en nueve formaciones con falta de información económica obligatoria, lo que les ha impedido escrutar las cuentas de forma adecuada. Además, en 2017 varios partidos tenían agujeros patrimoniales tan considerables «que desembocaron en algunos casos en situaciones concursales», lo que se conocía como suspensiones de pagos en la antigua nomenclatura mercantil.

Asimismo, los auditores han detectado incumplimientos de la ley de financiación de partidos. En concreto, por la falta de identificación de donantes que realizaron aportaciones, «y por haber ingresado donaciones que en conjunto podrían exceder el límite máximo en cómputo anual». El TCu ha abierto expedientes sancionadores que están actualmente en tramitación, pero tampoco ha detallado de qué formaciones se trata.

En el mismo comunicado, el TCu se excusa por la tardanza en emitir este informe de fiscalización, que llega cuatro años después de que los partidos cerraran esas contabilidades que se han auditado. Argumenta que la demora se ha debido, «en gran medida, por la acumulación de procesos electorales celebrados en el año 2019, que requieren una atención prioritaria».

171 millones de fondos públicos en 2017

En 2017, los partidos recibieron 170,67 millones de euros de fondos públicos. Representó el 72% de todos los recursos económicos que manejaron aquel año. Es decir, solo el 28% de los ingresos de los partidos corresponden a aportaciones privadas, entre las que se incluyen las que hacen sus cargos públicos. El TCu considera que este desequilibrio es un riesgo de «posibles situaciones de insolvencia», dado que los ingresos públicos varían según los resultados electorales que se obtienen. Por eso, urge a los partidos a aumentar la financiación privada, «para evitar una excesiva dependencia de los ingresos públicos».

viernes, 22 de enero de 2021

EuropaPress.es: Hacienda no avala las cuentas de la DGT de 2019: "No expresan la imagen fiel del patrimonio y la situación financiera"

Hacienda no avala las cuentas de la DGT de 2019: "No expresan la imagen fiel del patrimonio y la situación financiera"

La DGT responde que el informe es del año pasado y que en 2020 los puntos "han sido abordados con ánimo de mejora y evolución"

MADRID, 22 Ene. (EUROPA PRESS)

Hacienda no avala las cuentas de la DGT de 2019: "No expresan la imagen fiel del patrimonio y la situación financiera"

La Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) del Ministerio de Hacienda ha emitido un informe de auditoría desfavorable sobre las cuentas anuales de la Dirección General de Tráfico (DGT) correspondientes a 2019, al considerar que "no expresan, en todos los aspectos significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de la entidad".

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viernes, 14 de junio de 2019

El juez concluye que Izco se apropió de dinero y ocultó la quiebra del club | SeleccionDN+ | Noticias de Osasuna en Diario de Navarra

El juez concluye que Izco se apropió de dinero y ocultó la quiebra del club | SeleccionDN+ | Noticias de Osasuna en Diario de Navarra
Ve indicios para juzgar al expresidente por la salida de 926.000 euros.
Actualizada 14/06/2019 a las 12:08


Mientras el osasunismo mira a Primera, el seísmo judicial que sacudió los cimientos del club hace cuatro años y que sirvió para reiniciar la entidad, todavía sigue coleando. El juez ha concluido la investigación de la gestión de Patxi Izco (2003 -2012) y estima que hay indicios suficientes de que el presidente “dispuso o autorizó” la salida de 926.000 euros en metálico del club, utilizando parte de este dinero para su propio beneficio personal, y que ocultó la delicada situación económica de la entidad. En un auto que no escatima adjetivos descalificativos para el mandato de Izco, el magistrado de Instrucción nº 2 también aprecia indicios para juzgar al exgerente Ángel Vizcay, y al exauditor Adolfo Suárez. Por contra, decreta el archivo para los restantes miembros de la directiva.

La valoración que el juez Fermín Otamendi hace de la gestión del expresidente de Osasuna se puede resumir en uno de los párrafos del auto: “Hay contundentes indicios de que se apropió de dinero del club e hizo un uso personal del patrimonio de la entidad, y habría ordenado manipular la contabilidad de la entidad para ocultar o dificultar el descubrimiento de dichas acciones, así como la lamentable situación económica a la que había llevado a Osasuna su política expansiva en lo deportivo y despilfarradora en lo económico”. Su gestión del patrimonio social, añade unos folios más adelante, “provocó la quiebra del club”.

Detrás de estas frases, la investigación que se inició por la salida de 2,4 millones en efectivo de las arcas del club se concentra en tres bloques diferenciados. El magistrado aprecia indicios de que Izco dispuso o autorizó que se dispusiera de 500.000 euros en efectivo, cuyos recibos fueron autorizados por él mismo y sin que existan evidencias de su destino. Sí que constan indicios de que parte de ese dinero fue recibido por él mismo para su propio beneficio o el de terceros; otra parte fue empleada por Izco en España y en el extranjero “para gastos propios en hoteles, tiendas de ropa de hombre, mujer y niño, tiendas de lencería, vinotecas y otros establecimientos de alimentación, perfumerías, restaurantes, un crucero por el Caribe e, incluso, en una ITV”. Estos gastos, añade el juez, no estaban relacionados con su actividad como presidente y no contaba con la autorización de los órganos de representación de la entidad. Otra parte del dinero, sigue el auto, fue incorporado al patrimonio de Izco “a modo de sueldo mensual”, cuando ningún precepto estatutario le autorizaba a ello.

El juez también imputa al expresidente el “haber impulsado las actuaciones necesarias para esconder la negativa situación económica del club”, de forma que la contabilidad “no reflejara la imagen fiel de la situación”. Así, añade, se perjudicó a los socios y a terceros, “que no podían conocer, a través de las cuentas anuales y la contabilidad social, el auténtico estado de la entidad”.

El segundo bloque se concentra en 76.611 euros que Izco, según “indicios racionales”, cogió de la caja del club en verano de 2011. La salida fue contabilizada en diciembre bajo el concepto de “pago a agente”, según las indicaciones que dio el propio expresidente al contable del club, “sin que exista ninguna justificación documental del destino dado a dicha cantidad”.

GRATIFICACIÓN AL AUDITOR
La tercera partida irregular que detalla el auto judicial se corresponde a los 350.000 euros que según la investigación Izco habría pagado al entonces auditor, Adolfo Suárez, como “gratificación” al encubrimiento que había hecho Suárez de estas salidas no justificadas y de la delicada situación económica del club a través de las auditorías anuales, que no reflejaban la situación real de la entidad pero que servían de “beneplácito” para que Osasuna no fuera expulsado de la Liga o la directiva tuviera que avalar un resultado económico negativo.

Este pago se hizo el último año de mandato de Izco a través de la sociedad holandesa Castelino, con la que Suárez tenía “fuertes vínculos”, llegando a actuar en su representación. Osasuna transfirió 350.000 a esta sociedad y ese mismo día Castelino realizó una transferencia de 325.000 euros a la auditoría de Suárez. En su auto, el juez subraya que tanto Castelino como Suárez están siendo investigados en la Audiencia Nacional por otra trama en la que hay exaltos cargos del PP implicados.

Para justificar este ingreso procedente de Osasuna, Castelino emitió un contrato falso por unos “supuestos servicios no prestados” en relación a la contratación del jugador Jukka Raitala -fue cedido a Osasuna de forma gratuita,- y estos documentos fueron utilizados por el club y el auditor para justificar la salida de los 350.000 euros, ordenada por Izco y que contó con la firma previa de Ángel Vizcay en el presunto contrato. Sobre las explicaciones dadas por el exgerente las califica de “absolutamente inconsistentes, increíbles e, incluso, en ocasiones absurdas”. Sobre el exgerente, afirma que todas las investigaciones han demostrado que conocía y controlaba el club “al milímetro”.

Ahora el juez da 20 días a las partes personadas para que formulen sus escritos de acusación, pidan el archivo -el fiscal ya lo pidió para Suárez- o reclamen la práctica de nuevas pruebas.

EXCULPA AL RESTO DE DIRECTIVOS: "SU MANDATO FUE PRESIDENCIALISTA"

El juez archiva la causa con respecto a los exdirectivos José Gómez, José Antonio Pascual y Miguel Archanco, y decreta el cese de la condición de posibles responsables sobre Fernando Vera, Íñigo Sanciñena, José Manuel Purroy y Tomás López, que no han sido imputados. El magistrado afirma que la instrucción ha revelado que Osasuna fue, durante el mandato de Izco, “una entidad eminentemente presidencialista” en la que la mayoría de las decisiones, al menos las extradeportivas, “se tomaban por el presidente y el gerente”. La participación en temas económicos y contables del resto de la junta directiva, agrega el auto, “era nula”. El magistrado detalla que el día a día de la operativa del club, incluidas las cuestiones relativas a la contabilidad y lo relativo al pago de impuestos o las cuentas anuales o la realización de la auditoría, “eran cuestiones en las que intervenían muy directamente el presidente y el gerente”. El juez concluye que los demás miembros de la directiva “no estaban al tanto del día a día del funcionamiento del club, de su contabilidad y de las decisiones que el presidente y el gerente adoptaban”.

El juicio por los posibles amaños sigue sin fecha
Dos años y cuatro meses han pasado desde que el juez concluyera su instrucción sobre los posibles amaños en partidos de Osasuna el año del descenso a Segunda División, en 2014. Sin embargo, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, la encargada de enjuiciar el caso, todavía no ha señalado siquiera la fecha en la que dará comienzo el juicio, que se estima que podría durar en torno a los dos meses por la gran cantidad de acusados (18) y testigos que se esperan.

Por este asunto, que también incluye salidas de dinero sin justificar durante el mandato de Miguel Archanco, y que fue el que desencadenó todos los líos judiciales de Osasuna en marzo de 2015, la fiscalía pide para Archanco 12,5 años de cárcel por los delitos de apropiación indebida, falsedad contable y corrupción deportiva. Para Ángel Vizcay, solicita 14,4 años de cárcel, mientras que para Txuma Peralta la pena que reclama el Ministerio fiscal es de 12,5 años de cárcel.

En este frente judicial, la Audiencia Provincial dejó fuera del juicio a Osasuna como entidad, lo que evitó que la entidad pueda verse afectada administrativamente en caso de una condena por los supuestos amaños de dos partidos del Betis a finales de la temporada 2013-2014 y que acabó con el descenso del club rojillo a Segunda División. Cuando llegue a juicio, es probable que sea el primero que se celebra en España por el supuesto amaño de partidos de fútbol en el fútbol profesional.

Pero además de esta causa, también está pendiente de enjuiciarse los impagos de IRPF e IVA a las arcas forales entre los años 2010 y 2013. Por este asunto, en el que el club ya llegó a un acuerdo con Hacienda y abonó el dinero reclamado, la Fiscalía pide 12 años y 3 meses de cárcel para Patxi Izco, 15 años y 9 meses para Miguel Archanco, la misma pena que reclama para Ángel Vizcay, y 8 años y 9 meses para Txuma Peralta. En unas tres semanas se conocerán además las penas que solicita el fiscal por supuestos delitos en el mandato de Izco tras el auto de este jueves.

Las auditorías de 2004 a 2012 debieron ser desfavorables

La transferencia de 350.000 euros que Osasuna hizo a la Sociedad holandesa Castelino por la presunta gestión del fichaje de Jukka Raitala -que en realidad fue cedido gratis- la desmonta el magistrado Otamendi en su auto en cinco aspectos.

Apunta el juez que el representante de Raitala aseguró no tenía conocimiento de la empresa Castelino. Y que éste consideraba los 350.000 euros de la operación como una cantidad inapropiada para los derechos de imagen del jugador, que él mismo consideraba “de segunda categoría”. Además no hay rastro del pago de Castelino al jugador o a su club.

En el escrito se apunta que ninguno de los empleados de Osasuna conocía la participación de Castelino en la operación de Raitala. Según el auto, resulta ilógico que un comisionista cobre más que lo que, en principio, iba a cobrar el propio jugador.

Apunta el escrito de Otamendi que ni el representante legal de Castelino, ni Izco, ni Vizcay, tampoco Tomás López o José Gómez sabían qué gestiones hizo Castelino para traer a Raitala a Osasuna. Y por último, le resulta llamativo al juez que en la contabilidad del club no aparezca ningún apunte sobre Castelino ni la operación Raitala.

AUDITORIAS DEFICIENTES
Sostiene el juez instructor que existía una “manipulación de la contabilidad de Osasuna” para que ésta “no permitiera detectar las múltiples irregularidades cometidas durante la gestión” de Patxi Izco.
El juez apoya parte de su argumentación en un informe, en el que se apunta que “la contabilidad de Osasuna dejaba mucho que desear”, o en el hecho de que el propio Suárez como auditor del club, “admitió salidas de dinero con papeles firmados por directivos del club sin que se aportaran contratos, facturas ni evidencias de la contraprestaciones recibidas por Osasuna”. Explica en el auto el magistrado Otamendi que solicitó un informe al Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas sobre la actividad de sociedad de Adolfo Suárez de los ejercicios 2004-5 a 2011-12 se ajustaba a la normativa.

El informe de la ICAC es demoledor. Apunta que Adolfo Suárez “encubre los múltiples incumplimientos contables de Osasuna” y que sus informes de auditoría “no reflejaba a través de sus salvedades la realidad económica” del club. Según el estudio, la opinión del auditor (Adolfo Suárez) “en todas las auditorias -se refiere al periodo 2004-12- debería haber sido desfavorable e incluso denegada (2006-2007 y 2011-2012)”.

Además según el escrito citado en la instrucción, Suárez incumplió la norma contable en la auditoria de 2011-12 (el de los 350.000 euros a Castelino) en varios aspectos. Debía haber conservado los papeles de trabajo de la auditoria de 2010 y 11 y no lo hizo e incide en cuatro áreas en las que su trabajo fue deficiente: incumplimientos contables en algunas cuentas; la falta de análisis en las operaciones entre Osasuna y la Fundación Osasuna; la no obtención de evidencias en gastos de personal, y la ausencia de trabajo de auditoria en el área fiscal.

Ante el juez, Suárez negó que maquillara las auditorías y dijo que los 325.000 euros era dinero que él había adelantado.

martes, 25 de octubre de 2016

Noticiaspress.es: La auditoría de cuentas del Ayuntamiento de Torremolinos detecta deudas no contabilizadas con la Seguridad Social

La auditoría de cuentas del Ayuntamiento de Torremolinos detecta deudas no contabilizadas con Seguridad Social por valor de 38 millones de euros a cierre de 2014 - Noticiaspress.es
  • “Fernández Montes negó hasta 2012 que existiese una cantidad adeudada de 59 millones de euros con este ente público”, asegura la portavoz del equipo de Gobierno
  • También señala importantes irregularidades en el Patronato de Deportes y la Agencia Municipal de Promoción y Desarrollo Local (OAL) entre 2011 y 2014
Torremolinos, a 25 de octubre de 2016. La auditoría externa de las cuentas municipales del Ayuntamiento de Torremolinos, en el periodo 2011-2014, ha detectado deudas no contabilizadas con la Seguridad Social por valor de 38 millones de euros a cierre del ejercicio de 2014. “El anterior equipo de gobierno liderado por Fernández Montes negó hasta el año 2012 la existencia de una deuda de 59 millones de euros a este ente público, para entonces poder beneficiarse de los fondos del conocido como ‘Plan Zapatero’ (Plan E)”, asegura Maribel Tocón, portavoz del Equipo de Gobierno. Posteriormente se fijó un calendario de pago, que el exprimer edil dejó de cumplir tres meses antes de las elecciones municipales de 2015.

Entre octubre de 2001 y abril 2012 el gobierno municipal del Partido Popular dejó de pagar las cuotas correspondientes a la Tesorería de la Seguridad Social, generando en ese periodo una cantidad superior a los 59 millones de euros. Una vez acogido al ‘Plan E’, el Ayuntamiento de Torremolinos acordó pagar la cantidad adeudada en 96 mensualidades, con un porcentaje de pago progresivo, además del 4% de interés por la demora.

De acuerdo a la auditoría, a cierre del año 2014 el gobierno del Partido Popular solo reflejó 20 millones de euros de la deuda total de 59 millones de euros con la tesorería de la Seguridad Social, omitiendo así 38 millones de euros. “Una muestra más de los artificios legales y maquillaje a los que Fernández Montes sometía sistemáticamente a las cuentas municipales”, explica Tocón. Asimismo lamenta “las consecuencias que tenemos que pagar todos los torremolinenses por las continuas manipulaciones contables”.

Patronato de Deportes y OAL
El Patronato Municipal de Deportes y la Agencia Municipal de Promoción y Desarrollo Local de Torremolinos también han sido objeto de análisis por parte de la empresa auditora. La conclusión que vierte el documento es que “la gestión de ambas empresas tiene la peor de las valoraciones posibles, ya que es desfavorable”.

En el caso del Patronato de Deportes, el gobierno del Partido Popular reconocía a 31 de diciembre de 2014 un remanente de tesorería de 50.274 euros, cuando en realidad era de 162.101 euros en negativo. Un nuevo desfase económico, esta vez de 212.376 euros.

Por su parte, la auditoría señala que no existe documentación que justifique que los gastos de personal en 2011 y 2012 asciendan a 695.711 euros y 1,6 millones de euros, respectivamente.

Este documento técnico determina que existen incumplimientos y debilidades en el control interno de los procedimientos, así como en la inexistencia de expedientes que verificasen los gastos. Asimismo, la auditoría pone de manifiesto que ninguna de estas dos sociedades municipales contaba con un inventario de Bienes y Derechos.

martes, 3 de noviembre de 2015

viernes, 12 de abril de 2013

20minutos.es: La Cámara de Cuentas cuestiona la capacidad de la sociedad Soprea, de IDEA, para seguir con sus operaciones

La Cámara de Cuentas cuestiona la capacidad de la sociedad Soprea, de IDEA, para seguir con sus operaciones
Considera que Soprea "no debió ser adjudicataria de la licitación promovida por IDEA para la intermediación financiera del Jeremie" 
EUROPA PRESS. 12.04.2013

La Cámara de Cuentas de Andalucía ha apuntado que existe "incertidumbre" sobre la capacidad de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Económica de Andalucía (Soprea), cuyo accionista único es la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) "para continuar con sus operaciones", encargada de administrar la cartera de operaciones y suscribir y enajenar participaciones en distintas sociedades, así como desembolsar las participaciones suscritas.

En su informe de 'Fiscalización de regularidad de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Económica de Andalucía (Soprea) y de los fondos sin personalidad jurídica en los que interviene', correspondientes al ejercicio 2010, la Cámara de Cuentas de Andalucía apunta que las cuentas anuales del ejercicio 2010 de esta sociedad "no expresan la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera a 31 de diciembre de 2010, ni de los resultados de sus operaciones y de sus flujos de efectivo correspondientes al ejercicio".

Asimismo, el informe, consultado por Europa Press, considera que Soprea, encargado de la prestación de servicios de intermediación financiera para parte de las operaciones del fondo europeo Jeremie, "no debió resultar adjudicataria de la licitación promovida por la Agencia IDEA que tenía por objeto la intermediación financiera del Jeremie, al darse las circunstancias previstas en la Ley de Contratos del Sector Público, esto es, la imposibilidad de participar en licitaciones públicas convocadas por los poderes adjudicadores de los que sean medios propios".

La sociedad Soprea interviene en una serie de fondos sin personalidad jurídica, como es el fondo de cartera Jeremie, Fondo de Apoyo al Desarrollo Empresarial, Fondo de Economía Sostenible y Fondo de Eficiencia Energética.

Entre las conclusiones más relevantes de dicho informe, el ente fiscalizador indica que la sociedad presenta un fondo de maniobra negativo de algo más de 26 millones de euros, que se ha visto incrementado en 3,1 millones respecto a 2009, lo que "puede suponer una incertidumbre sobre su capacidad para atender sus obligaciones en el futuro inmediato", a pesar de que, según la memoria, "la empresa tiene garantizada su liquidez al contar con el apoyo de su accionista único, la Agencia IDEA, para continuar con sus operaciones".

Asimismo, apunta una serie de "incumplimientos significativos" como que Soprea "no ha promovido la concurrencia entre las entidades financieras para obtener una mejora de las condiciones pactadas, a fin de obtener una más alta rentabilidad".

Considera que "el hecho de que IDEA sea el accionista único de Soprea, de que ésta sea medio propio y servicio técnico de IDEA y de que tanto las operaciones de ambas entidades que superen los 1,2 millones deban ser aprobadas por el Consejo de Gobierno ponen en cuestión la 'separación clara entre el gestor de fondos Jeremie y los intermediarios financieros' que preconiza el acuerdo de financiación del Jeremie".

Apunta que no se emitió informe de auditoría de las cuentas de Soprea ni se aprobaron las cuentas por parte de IDEA en el plazo legalmente previsto.

Asimismo, el informe apunta otros incumplimientos en el plazo de la rendición de las cuentas de Soprea, lo que ha provocado que las cuentas rendidas al Parlamento de Andalucía, Tribunal de Cuentas y Cámara de Cuentas de Andalucía "no se encontraban debidamente aprobadas".

El informe indica que los estatutos de Soprea "no se han adaptado a los nuevos estatutos de la Agencia IDEA, una vez transcurridos cinco años".

Reclamación a codeudores
Por otro lado, en el caso de la empresa Inverisa, participada directamente con Soprea en un 11,25 por ciento, ésta "ha asumido el pago de la totalidad de una deuda que mantenía la primera por el incumplimiento de los requisitos de unos incentivos al desarrollo industrial recibidos en 1992". De modo análogo ocurre con una aportación efectuada por Soprea para compensar pérdidas en Andalucía Aeroespacial, en la que ostenta una participación del 49,62 por ciento.

Precisa que en ambos casos "no consta que Soprea haya reclamado de los codeudores la parte correspondiente en cada caso". Agrega que por los importes satisfechos por Soprea y no reclamados, se propone ajustar el balance, registrando el crédito a favor de Soprea con abono a fondos propios por 6.880.098 euros, por lo que el ente fiscalizador "insta a Soprea a que proceda a la reclamación a sus codeudores de las cantidades satisfechas por cuenta de ellos".

Asimismo, precisa que, "en el supuesto de que no se pueda resarcir a la entidad de los gastos incurridos, se debería proceder a la apertura de expediente informativo previo al sancionador para determinar el alcance de las responsabilidades por la omisión de acciones en defensa del patrimonio de la sociedad".

Préstamo a Alestis
El ente fiscalizador ha explicado que Soprea mantiene una inversión de 29 millones y en septiembre de 2010 concedió un préstamo de cinco millones, posteriormente capitalizado, a Alestis Aeroespace, sociedad que ha presentado concurso de acreedores, ante lo que la Cámara indica que la memoria de las cuentas anuales reformuladas "expone los argumentos que, según los administradores de Soprea, justificarían la ausencia de provisión de dichas operaciones, a pesar de que el concurso es previo a la reformulación de cuentas".

"Soprea, más allá de esta mención de la memoria, no ha facilitado una evaluación de las consecuencias que se derivan de la situación financiera de Alestis Aerospace, ni de la capacidad de ésta para asegurar la recuperabilidad de sus activos, lo que constituye una incertidumbre", agrega el informe fiscalizador.

Asimismo, Soprea no dispone de estados financieros auditados o procedimientos alternativos que "permitan valorar el importe recuperable" de otras participaciones en empresas sin actividad o en proceso de liquidación, "ni las responsabilidades económicas que se pudieran derivar de su participación", lo que constituye "una incertidumbre sobre la valoración de las indicadas participaciones".

El informe apunta que Soprea ha dado de baja su participación en Cetursa Sierra Nevada SA y Promonevada SA, traspasando las acciones a la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, "sin que se haya producido contraprestación por la mencionada adscripción", por lo que la sociedad "ha registrado una pérdida por 4.177.811 euros, directamente en la cuenta de pérdidas y ganancias", algo que "no se adecua a lo previsto en el Plan General de Contabilidad".

Fondos sin personalidad jurídica
En cuanto a los fondos sin personalidad jurídica, el informe apunta que las cuentas anuales del ejercicio 2010 de los fondos sin personalidad jurídica Jeremie, de Apoyo al Desarrollo Empresarial, de Economía Sostenible y de Impulso de las Energías Renovables y la Eficiencia Energética "expresan, en todos los aspectos significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera de dichos fondos a 31 de diciembre de 2010".

El informe fiscalizador indica que IDEA registra "incumplimientos" de la normativa en cuanto a los plazos de formulación, aprobación y rendición de las cuentas. En concreto, sobre el fondo Jeremie, el informe indica que las cuentas anuales de éste "no han sido rendidas al Parlamento, Tribunal de Cuentas y Cámara de Cuentas".

Asimismo, se indica que "se ha obviado que el fondo de reserva para dotar a varios fondos reembolsables 'se instrumente en una cuenta específica en la tesorería del fondo'" y ha apuntado que a la finalización del ejercicio 2010 "se encontraban pendientes de desembolso 185,8 millones del Fondo de Desarrollo Empresarial; 47,5 millones de Economía Sostenible; y 28 millones del de Impulso de Energías Renovables".

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