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domingo, 26 de enero de 2025

EuropaPress: La Junta calculó un coste de 1,77 millones en este año por la creación del Cuerpo de Interventores y Auditores

El gasto acumulado es de 3,2 millones desde 2023
SEVILLA, 26 Ene. (EUROPA PRESS)
 
La memoria económica anexa a la aprobación por el Consejo de Gobierno del proyecto de ley de creación del Cuerpo Superior y Técnico de Intervención y Auditoría de la Junta de Andalucía, que abordó el Gobierno andaluz en su reunión de 2 de marzo de 2022, previó un coste estimado de 1,77 millones de euros en este 2025 por la puesta en marcha de ambos cuerpos. 

miércoles, 6 de noviembre de 2024

theObjective.com: La IGAE, 150 años de existencia, por Juan Francisco Martín Seco

La IGAE, 150 años de existencia, por Juan Francisco Martín Seco
«Se dedica mucha atención a la corrupción, pero no a potenciar órganos de control como la Intervención General del Estado que impidan la malversación y el fraude»
 
 
En este año de 2024 la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) viene celebrando con múltiples actos su 150 aniversario. Pocas instituciones pueden vanagloriarse de que sus orígenes se remonten tan atrás en el tiempo. Creo sinceramente que en buena medida una democracia vale lo que valen sus instituciones. Desde luego, esto es aplicable a la IGAE, dada la importancia de la función que se le ha encomendado, el control del gasto público y garantizar la transparencia en las cuentas públicas. No obstante, su actuación a menudo pasa desapercibida y no siempre se le da la relevancia política que tiene.

Quizás este sea un buen momento de darle visibilidad, aprovechando que cumple siglo y medio de existencia, para decir algo sobre ella y sobre todo acerca de las funciones que debe realizar. Lo primero es que su nacimiento no fue aleatorio o gratuito, hubo que esperar a que las libertades estuviesen medianamente asentadas en el Estado y el Patrimonio Nacional separado del de la Corona para que se crease un organismo orientado a controlar el gasto público y garantizar la autenticidad de las cuentas públicas. Fueron el Sexenio liberal y la Constitución de 1869 los que pusieron los cimientos para que esto fuese posible.

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lunes, 20 de septiembre de 2021

CadenaSER.com: El PP pide una auditoría externa de las cuentas del ayuntamiento de Elche

La concejala de Gestión Financiera asegura que el Interventor no ha encontrado irregularidades que conlleven una responsabilidad contable o penal
Mario Abril - Elche - 20/09/2021 - 13:50 h. CEST

El Partido Popular ha denunciado que la intervención municipal ha recogido algunas irregularidades en el Informe de Control Interno y Control Financiero. El portavoz adjunto del grupo, José Navarro, ha asegurado que en el documento se refleja que se han realizado contratos menores de procesos que deberían sacarse a licitación, adjudicaciones a empresas que no cumplen los requisitos exigidos, contratos prestados por un importe inferior al establecido en el pliego o adjudicaciones a una empresa con deudas.

Los populares han solicitado al equipo de gobierno una auditoria externa para que detecten todas las irregularidades que se pueden estar cometiendo. El ayuntamiento está siendo investigado, en estos momentos, por la Agencia Antifraude, después de que la Fiscalía archivase la denuncia del Partido Popular al no encontrar en las cuentas de 2020 ninguna irregularidad constitutiva de delito.

Por su parte, la concejala de Gestión Financiera y Tributaria, Patricia Maciá, ha explicado que el interventor municipal hace una serie de recomendaciones al detectar deficiencias en la gestión de algunos contratos o facturas. Sin embargo, en las conclusiones de su informe se resuelve que no se han encontrado irregularidades en el ejercicio de 2020 que conlleven una responsabilidad contable o penal y que, por lo tanto, no es necesario trasladar la información al Tribunal de Cuentas.

martes, 19 de enero de 2021

IGAE: Normas y notas técnicas

En este apartado se detallan las Normas de Auditoría del Sector Público y Normas Técnicas emitidas por la IGAE.

Expandir lista/Contraer lista Normas técnicas

Expandir lista/Contraer lista Notas técnicas

viernes, 1 de febrero de 2019

EuropaPress.es: El Tribunal de Cuentas da el visto bueno a las cuentas de Castilla-La Mancha en 2016 con algunas salvedades

Tribunal de Cuentas da el visto bueno a las cuentas de C-LM en 2016 con algunas salvedades
El órgano fiscalizador considera que la rendición de cuentas se ajustó a la norma pese al desvío de 0,12 puntos del défici
TOLEDO, 1 Feb. (EUROPA PRESS)

El Tribunal de Cuentas ha aprobado el informe de fiscalización de Castilla-La Mancha en 2016 y ha reconocido que la Cuenta General de la Comunidad Autónoma y las demás cuentas anuales individuales de las entidades que integran el sector público autonómico o que están mayoritariamente participadas por la Comunidad "se han rendido, en general, respetando las normas que les son de aplicación respecto a plazo, estructura y contenido", aunque ha mencionado ...

Leer mas: https://www.europapress.es/castilla-lamancha/noticia-tribunal-cuentas-da-visto-bueno-cuentas-lm-2016-algunas-salvedades-20190201142002.html

lunes, 14 de mayo de 2018

Investigan un agujero de 762.000 euros en las cuentas de la Fundación de La Fe | Comunidad Valenciana

Investigan un agujero de 762.000 euros en las cuentas de la Fundación de La Fe | Comunidad Valenciana 

VICENTE USEROS - Valencia - 14 may. 2018 06:40

El análisis judicial de las cuentas de la Fundación de Investigación del Hospital La Fe intenta averiguar por qué se produjo un agujero de casi 800.000 euros que no fueron registrados en las anotaciones contables de la entidad pública durante el ejercicio de 2016.


La Fiscalía intenta dilucidar si las desviaciones contables son tan importantes que pudieran considerarse acciones delictivas antes de derivarlo a un juzgado penal. En este proceso, el gerente -apartado ya de sus funciones por el Patronato de la Fundación que preside la consellera de Sanidad, Carmen Montón- ha sido llamado a declarar para que exponga su versión en la fase de diligencias previas. La propia Fundación de Investigación confirmó que la declaración de José María Millán ha sido en calidad de investigado -antes imputado-.

Las pesquisas judiciales con las que trabaja la Fiscalía se iniciaron con las irregularidades que detectó la Intervención General de la Generalitat Valenciana y por denuncias anónimas de trabajadores que describían los errores de gestión que se habían producido durante los últimos años.

El informe de auditoria de la Fundación del Hospital La Fe realizado por la Intervención en colaboración con la firma de auditoría BDO Auditores, S.L.P. fue el que puso la lupa en el boquete de las cuentas de la Fundación del Hospital La Fe que, de momento, se encuentra descabezada hasta que en la próxima reunión del Patronato se designe a otro gerente para la entidad. Ahora la responsabilidad recae sobre la gerente de La Fe, Mónica Almiñana.

Según describen los auditores, durante el ejercicio 2016, la fundación pública realizó determinadas operaciones, por un importe de 762.665 euros, que no han sido registradas en las cuentas anuales elaboradas por la entidad.

El desajuste se produce porque la Fundación podría haber llevado a cabo estas operaciones fuera de su registro contable, lo cual imposibilitaría el rastreo de dicha suma por parte de la Intervención de la Generalitat; trabajo que se está llevando a cabo por la Fiscalía.

En el procedimiento no se descarta que se llame a declarar a la ex gerente o directora económica de la Fundación La Fe, Sabrina Femenía, que antecedió a Millán como responsable de las cuentas de la entidad ni a otras personas responsables del centro de investigación para que aclaren las diferentes partidas.

Al parecer la falta de información sobre los movimientos es tan evidente que la Intervención llegó a advertir que no había podido ofrecer una opinión general sobre las cuentas de la Fundación porque no se había facilitado la información requerida. Los propios auditores indicaron: «No hemos recibido respuesta a nuestra solicitud de confirmación, directa y por escrito, de una selección de saldos a cobrar por ingresos de ensayos o subvenciones privadas y subvenciones públicas, cuyos importes a 31 de diciembre de 2016 ascienden a 878 miles de euros y 4.467 miles de euros, respectivamente».

La auditoría también cuestiona que no se ha recibido conciliación «entre los saldos indicados en las respuestas recibidas y el registro en contabilidad por importe de 244 miles de euros y 1.815 miles de euros, respectivamente». Tampoco se ha obtenido respuesta a la solicitud de una selección de saldos de proveedores y acreedores cuyo importe total, al 31 de diciembre de 2016, ascendía a 616 miles de euros ni conciliación «entre los saldos indicados en las respuestas recibidas y el registro en contabilidad por importe de 78 miles de euros».

En uno de los balances de situación de la entidad científica se incluye «periodificaciones a corto plazo por importe de 7.747 miles de euros correspondientes a ingresos anticipados por ensayos clínicos». Debido al sistema de control interno establecido en la Fundación en relación con la gestión individualizada de los expedientes, «no hemos podido concluir sobre qué importe de los ensayos clínicos que ya han sido realizados debería reconocerse como ingreso del ejercicio», se detalla.

La cuenta de resultados incluye además 3.213 miles de euros correspondientes a gastos relacionados con proyectos de investigación y ensayos clínicos y 612 miles de euros destinados a otros gastos de explotación. Unas cantidades que debido al escaso sistema de control interno de la Fundación de Investigación «no hemos obtenido evidencia sobre el adecuado corte de operaciones al inicio y al cierre del ejercicio», según cuestionan los redactores de la Intervención General.

 

jueves, 3 de mayo de 2018

Fiscalizacion.es: Tomando el pulso al control interno local

Tomando el pulso al control interno local – Fiscalizacion.es


La semana pasada participé en una interesante jornada en el Colegio de Economistas de Madrid, sobre Auditoría del Sector Público. Uno de los conferenciantes estrella fue Jorge Castejón, Director de la Oficina Nacional de Auditoría (ONA) de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), que fue presentado por Miguel Ángel Cabezas, presidente de FIASEP, que colaboraba en el programa. Su exposición giró alrededor del control interno en el sector local, que ha sufrido un gran avance gracias a la aprobación del Real Decreto 424/2017 (RDCI) que globalmente entra en vigor en un par de meses, si bien como veremos, algunas partes tardarán aun más de dos años.

El Decreto ha sido muy bien acogido por el sector privado de la auditoría que se ofrece como colaborador imprescindible, una vez que el Tribunal de Cuentas había consolidado durante la década pasada, la doctrina del órgano interventor como responsable de cualquier trabajo de fiscalización y titular de la competencia para actuar en el ámbito del control interno de la actividad del sector público local.

Un momento de mi exposición, junto al Interventor de Aranjuez, Angel Bravo y Ramón Madrid, del REA.
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jueves, 19 de abril de 2018

MonarquíaConfidencial.com: La Casa del Rey está ultimando el informe de auditoría sobre sus CCAA

La Casa del Rey está ultimando el informe de auditoría sobre sus cuentas anuales:
A finales de marzo o principios de abril Zarzuela suele publicar varios documentos sobre las cuentas de la institución y otras facetas de su actividad que aún no han salido a la luz.

19/04/2018

El rey recibe en Zarzuela al interventor general de la Administración del Estado, José Carlos Alcalde Hernández

Todavía está pendiente que Zarzuela publique su informe de auditoría anual con las cuentas de sus actividades anuales y sobre el uso de los fondos públicos que los Presupuestos Generales del Estado destina al mantenimiento de la Familia Real por su papel institucional y representativo. La Casa del Rey lo suele publicar entre los meses de marzo y abril.

En el año 2015 Jaime Alfonsín firmó un convenio con la Intervención General del Estado. El objeto de este convenio es la elaboración de una auditoría anual de las cuentas de la Casa del Rey.

Los interventores del Estado tienen acceso a todos los registros contables y a toda la documentación e información de la gestión económica y financiera de la Casa del Rey, que desde hace tres años se han comprometido aprestar sum áxima colaboración en esta auditoria. Al frente de la elaboración de esta auditoría está Beatriz Rodríguez Alcobendas, la anterior jefa de gabinete del Interventor General de la Administración del Estado que en febrero de 2015 fue nombrada interventora de Casa Real.

Desde ese año, entre finales de marzo y principios de abril Zarzuela publica estos documentos donde vienen reflejadas las cuentas de la Casa del Rey. Sin embargo aún no se ha hecho público este informe y Zarzuela no se ha pronunciado acerca de él, cuando la fecha en la que suelen publicarlo ya ha pasado.

Según ha podido saber Monarquía Confidencial por fuentes internas de Casa Real, los procesos están "en marcha" y el informe de auditoria se está "ultimando".

Entre los datos que facilitan dentro de este informe están el ejercicio económico del año pasado, las asiganciones que recibrán este año los miembros de la Familia Real, los sueldos del personal de Zarzuela o la cantidad de dinero que las Cortes asignan al rey “para el sostenimiento de su Familia y Casa”.

Lista de regalos
Además, también tienen pendiente hacer publica la lista de regalos que han recibido a lo largo de 2017 los miembros de la Familia Real con motivo de un acto oficial o en razón de su condición y de la representación institucional que ostentan.

Para que se conozca la procedencia de cada uno, se hará una recopilación de los que han ido recibiendo los reyes en 2017 para publicarla.

La lista se publicará en la página web de la Casa del Rey, con una breve descripción del objeto, la persona o entidad que lo haya regalado y el uso que se haya hecho de él. Quedarán fuera los regalos de carácter personal, aquellos que no superen los usos sociales o de cortesía.

viernes, 16 de febrero de 2018

MACUAL: Control de la Actividad Económico-Financiera en el Sector Público, Antonio López Hernández (16.02.2018)

Sesión a cargo del Prof. Antonio López Hernández, catedrático de Contabilidad Pública de la Universidad de Granada, presidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía, sobre el Control de la Actividad Económico-Financiera en el Sector Público.




  • Función interventora (a priori). (plena o limitada)
    • Órganos políticos, ministerios y agencias públicas.
    • Actos susceptibles de producir derechos.
    • Actos susceptibles de producir obligaciones. 
    • Actos que acuerden movimientos de fondos y valores.

  • Control financiero (a posteriori).
    • Sector público empresarial y sector público fundacional.
    • Control permamente.
    • Auditoría pública: verificación posterior y sistemática de la actividad económico-financiera de la entidad, mediante procedimientos de revisión selectivos contenidos en las normas de auditoría del sector público y en las normas técnicas.
      • Auditoría de regularidad: Auditoría financiera + Auditoría de Cumplimiento de Legalidad.
      • Auditoría operativa: Auditoría de Economía y Eficiencia + Auditoría de Programas + Audioría de Sistemas y Procedimientos.

ASOCEX: Asociación de Órganos de Control Externo Autonómicos
EURORAI: European Organitation of Regional External Public Finance Audit Institutions
INTOSAI: International Organisation of Supreme Audit Institutions
La adopción de las Normas Internacionales de Auditoría del Sector Público por parte de los Órganos de Control Externo. Instituto de Censores Jurados de Cuentas (2017).

miércoles, 10 de mayo de 2017

20Minutos.es: El Ayuntamiento de Valladolid aprueba un Plan de Auditoría para controlar sociedades mixtas, fundaciones y otras entidades

EUROPA PRESS. 10.05.2017

El Ayuntamiento de Valladolid ha aprobado este miércoles en Junta de Gobierno el Plan de Auditorias para 2017 de las entidades dependientes del propio Consistorio las cuales no estén aún sometidas a control y fiscalización previos, como serían las sociedades mixtas y algunas fundaciones.

Según ha explicado el concejal de Hacienda y Promoción Económica, Antonio Gato, el Plan se ha aprobado a propuesta del interventor municipal y alude tanto al de materia económico-financiera como al cumplimiento de objetivos, que resulta "más novedoso".

Así, se informará del cumplimiento de las normas y directrices que sean de aplicación, así como del grado de eficiencia en la consecución de los objetivos previstos; se comprobará la gestión económico-financiera; así como la transparencia del Sector Público Municipal así como a la auditoría de cumplimiento cuyo fin es verificar que los actos, operaciones y procedimientos de gestión se han desarrollado de conformidad con las normas, disposiciones y directrices que sean de aplicación.

El edil socialista ha explicado que las auditorías se realizarán en entidades que hasta ahora no tenían un control económico financiero, como entiende que serían las sociedades municipales mixtas, fundaciones y otras entidades como la Feria de Valladolid, la Asociación Ibérica de Municipios o el Patronato de la Casa de la India.

La Intervención participará, según ha apuntado Gato, en la elaboración de pliegos para contratar empresas externas, que serán las que se encarguen de las auditorías, que se realizarán sobre la anualidad de 2017, por lo que no se llevarán a cabo hasta que concluya el ejercicio, ya en 2018.

El objetivo es "que no se escape nada" y que se auditen aspectos específicos, como el control de la contratación pública, personal, presupuestos, y otras cuestiones que, como ha reconocido Antonio Gato, "ahora mismo no son objeto de control económico financiero".

De hecho, ha recordado que sólo están sometidos a fiscalización "plena" el propio Ayuntamiento, los organismos autónomos Fundación Municipal de Deportes y de Cultura, la Seminci y las sociedades VIVA y Auvasa, mientras que el resto "quedaba prácticamente sin control de intervención".
(...)

domingo, 30 de abril de 2017

Censores: "La colaboración con auditores privados en el ámbito local tiene bastante éxito en Andalucía", entrevista a Antonio López

La colaboración con auditores privados en el ámbito local tiene bastante éxito en Andalucía | Portal del Auditor


 
Abril de 2017.
El Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España ha entrevistado a Antonio M. López Hernández, presidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía, con motivo de la celebración de la 8ª Jornada de Auditoría del Sector Público, organizada por el Col·legi de Censors Jurats de Comptes de Catalunya del ICJCE.
Esta es la octava Jornada de Auditoría del sector público que organiza el Col·legi de Censors Jurtas de Comptes de Catalunya ¿Qué conclusiones saca de este tipo de eventos y cuál es su finalidad?
Este tipo de jornadas vienen siendo foros muy adecuados para reflexionar y debatir sobre temas de actualidad en el ámbito del sector público. En ellas se ofrece la oportunidad de aportar ideas e intercambiar experiencias que enriquezcan a los participantes, y, lo que resulta más valioso, que puedan poner en práctica en su trabajo diario.
¿Cómo afecta la transformación digital en el sector público? ¿Puede ser garante de transparencia?
Los servicios gestionados por el sector público son cada vez más amplios y diversos. El incremento de los recursos tecnológicos, las continuas modificaciones normativas y el incremento de la acción administrativa hace cada vez más compleja la gestión y análisis de la información. Y todo ello, en un contexto en el que, la diversidad institucional y la ausencia de una adecuada cooperación y colaboración interadministrativa, no está favoreciendo que se comparta el conocimiento generado ante situaciones similares en demarcaciones diferentes. 
Estoy convencido de que, las tecnologías digitales van a presentar desafíos, pero a la vez ofrecer respuestas ante estos entornos cambiantes. En el sector público también se cumple que, las organizaciones que pueden generar mayores ventajas a la sociedad son aquellas que son capaces de trasformar datos en aprendizaje. Por tanto, la clave de la transformación digital en el sector público estará en saber utilizar la capacidad de recoger y operar datos de los recursos tecnológicos para generar valor a los ciudadanos. Esta nueva realidad va a nutrir de información a la sociedad que a partir de este mayor conocimiento será capaz de tomar decisiones democráticas de una manera más objetiva y argumentada.
  

¿Qué están haciendo las instituciones para que haya más transparencia y buen Gobierno  en el Sector Público?
Las iniciativas de las Administraciones Públicas Españolas para afrontar las demandas ciudadanas en materia de transparencia y buen gobierno, aunque están avanzando en los últimos años, en mi opinión, no lo están haciendo al ritmo que exigen los cambios organizativos, tecnológicos y culturales necesarios.
Son numerosas las normas aplicables al sector público que recogen principios de actuación y obligaciones concretas en materia de transparencia y buen gobierno como, por ejemplo, la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos o la Ley de Contratos del Sector Público. Sin embargo, el paso decisivo para reconocer y garantizar el acceso a la información y establecer obligaciones de buen gobierno que deban cumplir los responsables públicos se da con la puesta en marcha efectiva de la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. Uno de los efectos de esta Ley ha sido la aprobación e implantación de Leyes de transparencia en la mayoría de las Comunidades Autónomas.
La implantación de esta ley no está exenta de problemas, especialmente para las entidades públicas de menor tamaño (a modo de ejemplo, existen más de 5.000 municipios de menos de mil habitantes). Por ello, considero necesario desplegar en las organizaciones públicas mejores estrategias de implantación que tengan en cuenta: instrucciones y criterios, modificaciones en procesos internos, herramientas y sistemas de gestión, modificaciones en la estructura organizativa, formación de los empleados, medios necesarios y, especialmente, el papel de la tecnología y sus aplicaciones.
En cualquier caso, máxime si consideramos la persistente preocupación ciudadana por los casos de corrupción, hay que seguir reforzando los mecanismos de transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas para mejorar la credibilidad y confianza en las Administraciones Públicas. Y, en este sentido, contar con mecanismos de control internos y externos de la actividad económico-financiera pública fuertes constituye una tarea clave para contribuir a la promoción del buen gobierno.
  

La transparencia es percibida como un valor tanto por el sector público como privado ¿Qué papel pueden jugar los auditores privados en el sector público para garantizar esta transparencia?
Uno de los objetivos de la transparencia es que la información que suministran las entidades públicas a los ciudadanos sobre la gestión que realizan sea fiable. Para que esto suceda es fundamental que se encuentre auditada.
Resulta paradójico que, mientras nuestra legislación es bastante exigente en este aspecto con relación a numerosas empresas privadas, que han de realizar auditorías periódicas y depositarlas en el registro mercantil de acceso público, sea tan laxa tratándose de las administraciones públicas.

Con independencia de posibles modificaciones legislativas que potencien la participación de los auditores privados en el sector público, lo cierto es que, en la normativa actual, el control económico-financiero del sector público constituye una función reservada. Y hay que reconocer que, tanto el control interno, ejercido por las intervenciones estatales, autonómicas o locales, como el control externo, desarrollado por las Instituciones de Control Externo (Tribunal de Cuentas y los Órganos de Control Externo Autonómicos) siguen teniendo bastantes carencias de medios para cumplir con sus objetivos y programas de actuación. Si a ello unimos, además, algunos proyectos, tendentes a fortalecer los mecanismos de control y rendición de cuenta, como ocurre en el ámbito local, en los que se contempla la obligatoriedad de que los interventores presenten un plan anual de control financiero, con auditorías financieras y operativas, los retos a los que se enfrentan los órganos de control son cada vez más exigentes, mientras que sus recursos son insuficientes. En este contexto, la colaboración de los auditores privados puede ser esencial para ayudar a cumplir sus funciones y a facilitar la ampliación de su ámbito de actuación.
En cualquier caso, la contribución del auditor privado en el ámbito del sector público va más allá de su papel de colaboración con los órganos de control, ya que su participación puede proporcionar a los responsables políticos y a los encargados de la gestión de los fondos públicos informes y dictámenes sobre el estado de la gestión en áreas como contratación administrativa, ingresos tributarios, concesiones, subvenciones públicas, costes de los servicios, legalidad presupuestaria, entre otras, que añaden valor al identificar problemas , al formular recomendaciones y al informar sobre los progresos realizados.
¿Qué actuaciones se están llevando a cabo para mejorar el control interno en el sector público?
En los últimos años se están produciendo importantes desarrollos normativos que pretenden impulsar un control económico-presupuestario más riguroso, y reforzar el papel de la función interventora en los distintos niveles de gobierno de las Administraciones Públicas. El control interno siempre que ve situaciones de irregularidad emite una alerta a través de sus informes que luego llegan a las instituciones de control externo, siendo un elemento clave para la gestión de los riesgos.
Los cambios normativos realizados han pretendido modernizar diversos aspectos de la función interventora, tales como los procedimientos de control y metodología de aplicación, los criterios de actuación, los derechos y deberes del personal controlador o los destinatarios de los informes.
Sin embargo, mientras en los ámbitos Central y Autonómico se han producido bastantes avances, existe una cierta homogeneidad en los procedimientos de control utilizados y es habitual la colaboración con los auditores privados en el desarrollo de los planes anuales de control de las intervenciones, el sector local ha ido a la zaga. Para cubrir este desfase en materia de control, está prevista la aprobación de un Real Decreto por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del sector público local, norma a la que ya me he referido con anterioridad. 
La aprobación definitiva de esta regulación presenta especial interés para los auditores privados, ya que prevé que el Plan Anual del Control Financiero, ejecutado según análisis de riesgos, deberá asegurar, conjuntamente con el ejercicio de la función interventora, al menos, un control efectivo del 80% del presupuesto consolidado. En tres ejercicios consecutivos el 100%. En este marco, y teniendo en cuenta la configuración del universo local, se abre una línea de colaboración con las intervenciones, a través de los informes sobre actuaciones programadas, principalmente cuentas anuales de sociedades mercantiles locales y fundaciones, ayudando al cumplimiento de esos objetivos.
Las EIP cuentan ya con la figura del Compliance Officer para garantizar que se cumplan los objetivos de aplicación de buen gobierno y control interno. ¿Se puede extrapolar esta figura al ámbito público para aproximar estas prácticas al sector?
Es cierto que no resulta demasiado coherente que el Estado, como organización, no haya adoptado medidas de prevención similares a las que obliga a implantar a las empresas, que por otra parte vienen siendo requeridas por organizaciones internacionales como Naciones Unidas, Consejo de Europa o la OCDE.
Aunque hay normas de carácter general, como la de contratos, la de concesión de subvenciones públicas, las leyes de transparencia o las que regulan los conflictos de interés, entre otras, que contienen aspectos encaminados directa o indirectamente a la prevención de la corrupción, la realidad evidencia que no son suficientes.
Estoy convencido que es necesario en las entidades del sector público potenciar medidas de autoregulación, que incrementen los controles internos de cada organización. Dentro de estas medidas se debería poner especial énfasis en la necesidad de contar con un código de conducta o código ético que, como en el caso de las empresas privadas, se considere la piedra angular del cumplimiento normativo, y su función principal consistiría en dejar claro cuáles son los valores de la organización.
Ahora bien, en mi opinión, uno de los principales obstáculos para el desarrollo de la ética pública es la escasa importancia que, hasta muy recientemente, se le ha dado al análisis de riesgos, como elemento clave de cualquier sistema de cumplimiento, tanto para asegurar su racionalidad como para elaborar códigos de conducta. Además, en la actualidad, en las Administraciones Públicas, no hay suficiente personal capacitado para llevar a cabo esta tarea, por lo que, mientras sea así, no quedaría otra opción que externalizar esta actividad. 
Y, en última instancia, cabría plantearse el diseño del modelo institucional del cumplimiento normativo. Mi propuesta sería que cada organismo nombrara un responsable de prevención de la corrupción -Compliance Officer-, supervisado por un órgano de vigilancia independiente de los cargos políticos que dirijan la administración. 


En Navarra funciona con éxito un modelo mixto donde los organismos públicos se apoyan en auditores privados. Eso les permite auditar anualmente todos los ayuntamientos de más de 9.000 habitantes. ¿Qué impide extraer este modelo al resto de Comunidades en España?
La Cámara de Cuentas de Andalucía lleva aplicando la fórmula de colaboración con auditores privados en el ámbito local desde hace unos años con bastante éxito. Creo que cualquier medida que permita reforzar la labor de fiscalización debería ser incentivada, para que el ciudadano tenga conocimiento de la utilización que se está haciendo de los fondos públicos.
 Sin embargo, en la actualidad, a mi modo de ver, existen una serie de obstáculos que están retrasando que el modelo se extienda a más órganos de control autonómicos: restricciones presupuestarias en los OCEX; insuficiente especialización de las empresas en materia de auditoría pública; ausencia de una cultura administrativa de colaboración público-privada en los OCEX; resistencia interna de los cuerpos funcionariales; interferencias políticas que retrasan o aplazan la toma de decisiones. 
A medida que estas barreras en la contratación externa de auditores privados se vayan salvando, pienso que la colaboración se incrementará y podría ser un pilar esencial de la estrategia de los OCEX para el fortalecimiento y ampliación de sus Planes de Actuación. 
El Ayuntamiento de Madrid, con un presupuesto anual de más de 4.000 millones, nunca ha hecho una auditoría externa completa. Esta situación la viven muchos ayuntamientos de más de 50.000 habitantes en España. ¿Los ayuntamientos de las principales ciudades europeas están obligados por ley a auditarse? ¿Por qué no se obliga en nuestro país a que cambie esta situación?
Habría que comenzar señalando que en el ámbito Europeo existe una gran diversidad en los sistemas de control externo del sector público. Desde la European Organization of Regional Audit Institutions (EURORAI), de cuyo Comité Directivo formo parte, hemos podido constatar las importantes divergencias existentes en la realización del control externo a nivel local en los diferentes países europeos. Así, mientras en algunos casos existe una participación de los auditores privados en la realización de auditorías financieras (por ejemplo, Londres o Praga), en otros casos, los más, son instituciones de control, ya sea estatales o regionales, o Comités de Auditoría los que ejercen el control de la actividad económico-financiera (por ejemplo, Roma, Viena, Estocolmo, Moscu, San Petersburgo, Berlin, Amsterdan, Varsovia o Zurich). En el caso Español, sólo el Ayuntamiento de Barcelona (y sus entes instrumentales) está sometido a auditoría financiera de forma sistemática, siendo ésta realizada por una o varias firmas privadas.

En cuanto a la fiscalización externa de los 143 municipios españoles de más de 50.000 habitantes, función reservada, como ya he comentado, a las Instituciones de Control externo, la falta de medios impide realizar auditorías de regularidad, financiera y legal, con periodicidad anual, pero se realizan fiscalizaciones horizontales, sobre las principales áreas de riesgo, de manera habitual.
En cualquier caso, sería necesario un cambio normativo, que ya fue anunciado por algún grupo político en su programa electoral, pero se quedó en el limbo, que recogiera la obligatoriedad de auditar los municipios de cierta dimensión de forma periódica. Y, de no ser posible con carácter anual, al menos dos veces en cada legislatura.
Para ello, en mi opinión, se pueden barajar dos modelos. El que podríamos denominar Modelo ICAC, que ha sido propuesto en reiteradas ocasiones por la Corporaciones de Auditores, que estaría caracterizado por: auditoría de cuentas anual obligatoria de acuerdo con lo establecido en el LAC y la normativa reguladora de la auditoría de cuentas; revisión de cumplimiento anual obligatoria; se realizarían por auditores de cuentas o sociedades de auditoría inscritos en el ROAC;  creación de un Consejo Consultivo de Auditoría del Sector Público, que asesoraría Comité de Auditoría de Cuentas del ICAC. Esta propuesta sería independiente y compatible con las funciones de las Instituciones de Control Externo y del control interno. 
Y, de otro lado, el que podríamos denominar, Modelo Audit Commission, con el que personalmente me siento más identificado, y que consistiría en: Auditoría de cuentas y revisión de cumplimiento anual obligatorias. Una Comisión selecciona (contrata y cesa) a los auditores, para reforzar la independencia del ente auditado, que realizan las auditorías; la Comisión elabora un código de práctica de auditoría, de obligada aplicación por los auditores; la Comisión, entidad de carácter público, se financia de los honorarios que se cobran a las Entidades Locales por las auditorías; los auditores nombrados por la Comisión también certifican las solicitudes por parte de los organismos auditados de subvenciones específicas a ministerios y otras devoluciones financieras. Este trabajo se cobra por separado. En esta propuesta las Instituciones de Control Externo asumirían como propias las auditorías realizadas, evitando duplicidades fiscalizadoras.

martes, 29 de noviembre de 2016

Auditoría Pública: el Tribunal de Cuentas y la Cámara de Cuentas de Andalucía (29.11.2016)

Tribunal de Cuentas:
http://www.tcu.es/
Cámara de Cuentas de Andalucía:
http://www.ccuentas.es/

martes, 18 de octubre de 2016

Tribunales de Cuentas: funciones y normas de auditoría (18.10.2016)

Tribunales de Cuentas: funciones y normas de auditoría
Buscad en las páginas web de las siguientes instituciones:
  1. Funciones de la institución.
  2. Normas de auditoría con las que trabaja.

miércoles, 8 de junio de 2016

ABC.es: El Colegio de Interventores irá a los tribunales si el cese en el Ayuntamiento de Madrid fue ilegal

El Colegio de Interventores irá a los tribunales si el cese en el Ayuntamiento de Madrid fue ilegal
Cosital indica que el Consistorio de la capital deberá argumentar la destitución basándose de forma estricta en razones técnicas y suficientemente motivadas.
M. R. D. - @ABC_MadridMadrid - 08/06/2016 a las 17:59:37h. - Act. a las 19:09:53h.

El Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración local (Cosital) acudirá a los tribunales y «actuará como en derecho proceda» si se ha producido alguna vulneración de las reglas jurídicas en el cese de la hasta ahora interventora general del Ayuntamiento de Madrid, Beatriz Vigo. En un comunicado, el colegio indica que el Consistorio de la capital deberá argumentar la destitución basándose de forma estricta en razones técnicas y suficientemente motivadas.

Según han indicado en una nota de prensa, «los procesos de remoción de estos servidores públicos han de efectuarse mesuradamente, con especial respeto a las reglas jurídicas aplicables». Esto implica que se deben regir por «los principios de audiencia, contradicción y motivación cuidadosa y esmerada de las razones objetivas por las que puede producirse han de ser respetados y cumplidos con el rigor que este tipo de decisiones requiere», subraya el escrito.

Además, la destitución de la interventora tiene que comunicarse por parte del Consistorio teniendo presente «los derechos y la dignidad profesional de la interventora». El Colegio recuerda que los interventores en los ayuntamientos son funcionarios públicos, es decir, «no son altos cargos de naturaleza política sometidos a las reglas específicas de este tipo de confianza, como ocurre en las comunidades autónomas». La propia Secretaría General de Coordinación autonómica y local del Estado, también advirtió al concejal de Hacienda, Carlos Sánchez Mato, que no cabía suspender de su cargo a la interventora por meros intereses políticos o de «confianza».

En el escrito que mandó Sánchez Mato a Hacienda se limitó a alegar que pretendían buscar «un profesional de reconocido prestigio en el que se aúnen los conocimientos técnicos adecuados con una importante trayectoria profesional». Y que además de ejercer las funciones propias del cargo –fiscalización de las cuentas y control económico-presupuestario– asesorara en la materia al gobierno municipal. Pero no detalló por qué entienden que esas capacidades no las ostenta la actual interventora.

El Ministerio ha advertido a Sánchez Mato, con una larga argumentación basada en la ley y en la jurisprudencia, de que la condición de un interventor como puesto de libre designación no significa que pueda ser removido arbitrariamente.

jueves, 28 de abril de 2016

NoticiasdeAlmería.com: La Junta de Andalucía perdió el expediente de la subvención de Formación a la Fundación Mediterránea

La Junta de Andalucía perdió el expediente de la subvención de Formación a la Fundación Mediterránea | Noticias de Almeria
Unos 150.000 euros están siendo cuestionados en la Comisión de Investigación del Parlamento
Jueves 28 de abril de 2016

La Fundación Mediterránea de la Universidad de Almería sí entregó toda la documentación solicitada para la subvención de 144.900 euros que le proporcionó la Junta de Andalucía de los cursos de Formación Profesional para el Empleo y que aparece entre las cuestionadas en la Comisión de Investigación del Parlamento de Andalucía.

Según aparece en el informe del interventor de la Junta en Almería y al que ha tenido acceso Noticias de Almería, el expediente de la subvención presenta distintas irregularidades que le hacen concluir que no se puede verificar que el dinero se haya destinado al objeto para el que se concedió. Básicamente esas irregularidades corresponden a la falta de documentación, tanto en la fase previa de la concesión, como en la posterior de justificación.

El expediente, que lleva el número 04/2010/J/215, está entre el medio centenar elegidos aleatoriamente para comprobar si se cumplió la normativa en todo el proceso, y según el informe, faltaban desde la memoria descriptiva del proyecto, hasta la declaración responsable de que el beneficiario cumplía con la Ley General de Subvenciones y la 3/2004, la aceptación de la subvención o el acta de selección de alumnos.

Desde la propia Fundación se ha confirmado a Noticias de Almería que se siguieron rigurosamente todos los pasos en la solicitud, entre otras razones –argumentan- por ser unos trámites habituales al serlo también las solicitudes. Entre las cuestiones que en la Fundación sorprenden como no aportadas, está el “criterio de selección de alumnos” ya que éste no lo fijan ellos, si no el propio Servicio Empleo Andaluz, como también sucede con los documentos contables AD y OP que son responsabilidad de la Junta de Andalucía y que el interventor dice que están firmado por órganos incompetentes.

En cuanto a las justificaciones, mientras el informe de Intervención apunta la inexistencia de justificantes que permitan acreditar el cumplimiento de la ayuda, y habla de la aportación de fotocopias sin compulsar, Noticias de Almería ha podido ver que tras presentar los justificantes la Fundación, el SAE les requería nueva documentación, pero en ninguno de los casos ponía reparos a la entregada por no considerarla válida. De hecho lo que se solicitaba era por ejemplo el listado del material entregado a los alumnos, o papeles que acreditaran la situación laboral de algún profesor, o folletos promocionales de los cursos.

Hay que recordar que en el transcurso de la comisión de investigación se ha podido conocer, que ninguna de las entidades que cobraron estas subvenciones cumplió con el compromiso de contratar al 60% de los alumnos, que todas presentaban irregularidades de algún tipo, y que en ocasiones ni tan siquiera fue anunciado en el BOJA la convocatoria ni la concesión.

lunes, 7 de marzo de 2016

NoticasdeAlmería.com: Las subvenciones para los cursos de formación para el empleo en Almería... no dieron empleo

Las subvenciones para los cursos de formación para el empleo en Almería... no dieron empleo | Noticias de #Almeria

Así lo recoge el informe especial del interventor de la Junta de Andalucía en la provincia

Los cursos de formación que están bajo investigación en 18 juzgados de las ocho provincias andaluzas y que también son objeto de estudio en una comisión parlamentaria, no sirvieron para dar cumplimiento a su fin primordial, que era dar trabajo a los alumnos, según se desprende del informe especial que sobre este asunto elaboró el interventor de la Junta de Andalucía en Almería, José Castillo Gualda.

Castillo sostiene que no se puede afirmar de manera “indubitada” que las subvenciones que provienen de la Unión Europea y tramita la Junta de Andalucía, hayan tenido el fin para el que se concedieron. Hay que recordar que en total, el presunto fraude se podría elevar a 72 millones de euros según datos de la propia Junta de Andalucía.

A pesar de ello, considera que no se ha producido “menoscabo” de fondos públicos ya que aún está en fase de justificación algunos de ellos, y que en todo caso son expedientes “vivos” puesto que no han prescrito, por lo que en caso de detectarse incumplimientos podría ser reclamado el dinero a los beneficiarios.

Pero lo cierto es que de su propio informe especial se deduce que sí ha habido ese menoscabo, ya que afirma textualmente que se ha incumplido el compromiso de contratación del 60% de los alumnos que formaron parte de los cursos de formación, y que además no hay criterio para seleccionar los asistentes. De tal modo que si el fin de los cursos de formación para el empleo era dar empleo, y no lo dieron, pero sí se cobraron las subvenciones, parece evidente que el objetivo de la subvención no se cumplió.

Según Castillo, lo que se puede hacer en estos casos es exigir al beneficiario la devolución parcial de la subvención.

Se da la circunstancia de que para obtener la ayuda, uno de los requisitos más importantes era que la entidad comprometiera la contratación de al menos el 60% de los alumnos. Como ya hemos indicado en otras informaciones, el órgano gestor de la subvención es quien a su vez acaba siendo quien justifica el cumplimiento de la misma, aunque eso sería tarea de los interventores para permitir un control independiente.

Y es que ante el exceso de trabajo de la Intervención, ese control de la justificación que deben ejecutar, se sustituye por un certificado del órgano que dio la ayuda, diciendo que efectivamente se ha cumplido con el fin encomendado, eliminándose de un plumazo ese control externo. Tan habitual es este sistema de la certificación, que es ahora, a raíz de la judicialización de este asunto, cuando la Intervención General ha pedido a las provinciales que hagan ese control directamente en al menos el 25% de la subvenciones.

NoticiasdeAlmería.com: El interventor de la Junta en Almería no aceptó ninguna de las alegaciones de la Junta a su informe sobre irregularidades en los cursos de formación

El interventor de Almería no aceptó ninguna de las alegaciones de la Junta a su informe sobre irregularidades en los cursos de formación | Noticias de #Almeria


En el mismo decía que no se podía sostener “indubitadamente” que el dinero se había destinado al fin adecuado.

El interventor de la Junta de Andalucía en Almería, José Castillo Gualda, no aceptó ninguna de las alegaciones que la Delegación de Educación, Cultura y Deporte, hizo al informe especial que elaboró sobre las subvenciones por los cursos de formación que están siendo investigados judicialmente.

Así lo ha reconocido en el transcurso de su comparecencia en la comisión parlamentaria de investigación, donde quedó claro que lo único que sí recogió fue algunas matizaciones aclaratorias sobre datos o legislación, pero no sobre el fondo de los reparos expresados. Tal como ha recogido Noticias de Almería, el total de 51 expedientes analizados por la Intervención almeriense contenía algún tipo de irregularidades, hasta el punto de que Castillo sostiene en dicho informe que no se puede sostener que “indubitadamente” el dinero se ha destinado al fin correcto.

A Castillo le llegó un “oficio” con las alegaciones de la delegada territorial, que eran un total de 90 archivos definitivos, mientras que en sentido contrario, este órgano sí que aceptó todas las recomendaciones expuestas por él, hasta el punto de que pasado un tiempo le remitió un escrito explicando cómo se habían implantado.

Hay que recordar que una parte importante de lo que se investiga a nivel judicial es si las subvenciones pagadas se destinaron o no a su fin. En ese sentido, el interventor reconoció que esa comprobación es tarea suya, pero que en aplicación del artículo 40 del Reglamento de Intervención, puede ser sustituida por una certificación del órgano gestor de la subvención acreditativo de que efectivamente se ha cumplido.

De esta forma, y habida cuenta de que tal como también indicó, sólo siete personas analizan en Almería hasta 20.000 expedientes anuales, la norma es esa certificación que a la postre significa que el órgano político que autoriza la ayuda es quien la justifica, y la Intervención se limita a ordenar el pago.

martes, 1 de diciembre de 2015

Fiscalizacion.es: El misterioso caso del taxi del Alto Cargo (Tribunal de Cuentas)

El misterioso caso del taxi del Alto Cargo | Fiscalizacion.es

Hoy traemos a esta bitácora vuestra sección favorita, que instruye deleitando con las sentencias del Tribunal de Cuentas. A veces desorienta, pues la concepción formalista de la responsabilidad contable es una fuente de sorpresas. Veamos el caso de hoy.

La Sindicatura de Cuentas de Cataluña, en su el informe de fiscalización 27/2011, relativo al Programa 131, Participación ciudadana y calidad democrática, ejercicio 2009, incluía en su página 31 el siguiente párrafo:

Los gastos por taxi, no realizados mediante el servicio de radiotaxi, y que corresponden al secretario de Relaciones Institucionales y Participación no especifican el motivo, ni el origen, ni el destino. La cuantía correspondiente al ejercicio 2009 fue de 2.123,28 €.”

La Generalitat de Cataluña demandó -y logró- que se acordase la apertura de la correspondiente pieza de responsabilidad contable ante el Tribunal de Cuentas de España, donde comparecieron los presuntos responsables, a quienes se exigía el reintegro por alcance del perjuicio originado a los fondos públicos como consecuencia de la falta de justificación de esos gastos de desplazamiento, más los intereses legales y las costas del procedimiento.

La demanda formulada se tramitó por los cauces del juicio verbal -al no exceder la cuantía reclamada de 6.000 euros- frente a quienes desempeñaban en el Departamento los cargos de Secretario de Relaciones Institucionales y de Subdirector General de Servicios. Acepta la Consejera de Cuentas del Tribunal que, por razón del cargo que desempeñaba, el primero realizaba frecuentes desplazamientos para el ejercicio de sus funciones, lo que efectuaba mediante el servicio de taxi, presentando los correspondientes justificantes y tickets de los trayectos realizados. Sin embargo, dichos justificantes, reuniendo todos los requisitos legales, “no especificaban el origen y destino de cada viaje” y correspondían a desplazamientos de corta duración, en días y horas laborables. Su control era el mismo utilizado para los gastos menores, los cuales eran pagados por el Departamento y luego se presentaban los justificantes que se compensaban como “anticipos de Caja”.

El Interventor Delegado informó que “consta en la documentación de los expedientes el certificado acreditativo conforme de que los gastos realizados corresponden a actividades vinculadas al desarrollo de sus funciones por razón del cargo que ostentaba”.

La Generalitat presentó demanda, a la que se ha adherido el Ministerio Fiscal, fundamentando un presunto alcance ocasionado a los fondos públicos como consecuencia de la falta de justificación de esos gastos de desplazamiento mediante taxi llevados a cabo por el Secretario de Relaciones Internacionales. Alega la Generalitat que “dichos gastos no se encuentran debidamente justificados puesto que las facturas de taxi presentadas no indican el origen y destino de los viajes, información requerida por el Interventor, lo que a su juicio supone una vulneración de la normativa contable y presupuestaria constitutiva por tanto de alcance”.

La demanda se dirige, como responsables contables directos y solidarios, contra el Secretario y contra el Subdirector General, por omitir y no requerir, respectivamente, la justificación solicitada por el Interventor.

Frente a tal pretensión, la defensa letrada de los demandados aduce que no existía norma alguna contable o presupuestaria que imponga, a efectos de justificación de los gastos de desplazamiento a que se refiere este proceso, que las facturas y tickets de taxi deban incluir el origen y el destino de los viajes, no siendo suficiente a tal fin el escrito del Interventor por el que le requería tal información y que existiendo justificantes de los viajes, no puede existir responsabilidad contable.

Así que, el centro de la discusión consiste en determinar si la circunstancia de que no figure el origen y destino del trayecto en los tickets y comprobantes correspondientes a los desplazamientos en taxi ha de llevar o no a considerar que las cantidades pagadas con fondos públicos por dicho concepto no puedan considerarse debidamente justificadas. La argumentación de la Generalitat para defender la existencia de alcance se centra en una pretendida infracción de la normativa contable o presupuestaria por el hecho de esa omisión.

El escrito del Interventor Delegado comunicaba que “el uso del taxi se debería ajustar a las recomendaciones del Plan de Ahorro y Buenas Prácticas en la Gestión del Gasto Público, aprobado por el Consejo de Dirección del Departamento al inicio del 2009” y que “para fiscalizar el mandamiento de pago es necesario que la factura indique el origen y el destino de cada viaje”. Sin embargo, a la vista de tal escrito, el Tribunal razona que “el mismo constituye una mera comunicación interna, con vistas a futuros gastos, sin valor normativo alguno y ni siquiera con valor de nota de reparo”, por lo que no puede considerarse dicho escrito como una norma contable o presupuestaria que haya podido ser infringida. Lo mismo debe decirse del Plan de Ahorro y Buenas Prácticas en la gestión del Gasto Público aprobado por el Consejo de Dirección del Departamento, al tratarse meramente de recomendaciones sin valor normativo ni vinculante.

En trámite de conclusiones fue invocado también el artículo 14.1 del Real Decreto 138/2008, de 12 de julio, de Indemnizaciones por razón del servicio en el que se hace referencia a la necesidad de conocerse el origen y el destino de los viajes como requisito para abonar la citada indemnización; sin embargo, dicho Real Decreto, conforme dispone su artículo 2.2, no es aplicable a los altos cargos, categoría a la que pertenecía el usuario del taxi.

Queda claro para el Tribunal la inexistencia de infracción de norma alguna contable o presupuestaria por el hecho de que los justificantes presentados no incluyeran el origen y destino de los viajes, al no existir ninguna norma jurídica que impusiera tal obligación, lo cual, hizo “innecesario entrar a resolver sobre si alguno de los tickets o comprobantes corresponden a viajes realizados”.

En definitiva, no existiendo infracción de normativa contable o presupuestaria y existiendo facturas y tickets justificativos de los gastos de desplazamiento mediante taxi realizados, pese a que los mismos no indiquen el origen y el destino, al no existir norma legal alguna que imponga dicho requisito, el Tribunal concluye, en su Sentencia 2/2015 de la Consejera Mariscal de Gante, que dichos gastos fueron debidamente justificados, atendiendo a la normativa vigente cuando se realizaron. Así, existiendo justificación del gasto, no existe alcance a los fondos públicos, por lo que debe desestimarse la pretensión de reintegro dirigida frente a los demandados, con expresa condena en costas a la Generalidad demandante.

Nos deja una sensación extraña esta Sentencia. Como vimos en el caso del viajero inmotivado  la justificación de los gastos públicos ha de concebirse como un todo, en el que es igual de relevante la necesidad de acreditar que dicho gasto se efectuó en la persecución de un interés público, como la justificación formal del mismo.