martes, 8 de julio de 2025

IslaPasión.net: El Obispo de Asidonia da un doble varapalo al presidente de la Unión de Hermandades de Jerez

El Obispo de Asidonia da un doble varapalo al presidente de la Unión de Hermandades de Jerez
Lo amonesta por los hechos del Lunes Santo y ve graves irregularidades en la gestión económica 

Complicado día el de ayer en la Unión de hermandades de jerez con la publicación por parte del Obispo de Asidonia-Jerez, Monseñor Rico Pavés, de dos comunicados que concernían muy de lleno a la institución de la calle Curtidores.

(...)

Cuentas con graves irregularidades; el foco puesto en la gestión de la Unión de hermandades de Jerez

Pero con la amonestación por lo del Lunes Santo no acabó la negra jornada de ayer para la institución de la calle Curtidores. Y es que el Obispado de Asidonia-Jerez quiso salir ante las informaciones ofrecidas por parte de la Unión de Hermandades del resultado de la auditoría realizada sobre las cuentas de los ejercicios entre 2021 y 2024. Según la información ofrecida el propio Obispado asegura que «una vez entregadas las conclusiones finales de la auditoría, comprobamos que existen motivos de preocupación por prácticas contables o de gestión económica no realizadas con la necesaria transparencia», unas prácticas que afirman «no afectan solo a las Hermandades sino también a otras asociaciones eclesiales».

Una vez el Obispado tuvo los resultados de esta auditoría fueron trasladados a la Unión de hermandades para que se diera cuenta de ellos en el pleno celebrado el pasado 3 de julio. Pero «ante las informaciones y declaraciones que han aparecido en algunos medios de comunicación, que no se corresponden con el contenido de las conclusiones de la auditoría, este Obispado hace públicas las conclusiones de dicho informe para que los Hermanos Mayores y los cofrades de Jerez de la Frontera puedan conocerlas fielmente y con rigor, y puedan discernir sobre el estado de la institución que las congrega y de la que son responsables».

Es decir, que el Obispado en aras de la transparencia ofrece estos resultados ya que parece ser, según lo que se indica, no se han informado como merecen. Esto ya de por si es un palo doble, uno por esas graves irregularidades y por otro lado en la forma de informar sobre ellas por parte de la Unión de hermandades. 

Algunas de estas graves irregularidades están entre otros en:

  • Falta de continuidad de algunos saldos contables de un período terminado con la apertura de los saldos contables del ejercicio siguiente. Se observa que el resultado de un ejercicio que termina no coincide con la variación del patrimonio en el inicio del siguiente. Normalmente dicho resultado se lleva a la cuenta de Fondo Social, no estando justificadas las variaciones que tiene dicho fondo de un ejercicio a otro. También aparecen saldos contables de cuentas de gastos con signo contrario al que deberían tener, etc…. Por todo ello, se llega a la conclusión que la contabilidad no recoge la imagen fiel del patrimonio del Consejo Local de la Unión de Hermandades y Cofradías de Jerez de la Frontera, por lo que habría que hacer una contabilidad nueva apoyándonos en la documentación existente.
  • El Consejo está obligado como Asociación sin ánimo de lucro a llevar una contabilidad de partidadoble ajustada al Código de Comercio (cf. art. 120 de la Ley del Impuesto de Sociedades). Se ha observado que la contabilidad que se tiene implantada no se ajusta a la normativa (cf. art. 29.1 del Código de Comercio), por lo que se deben tomar las medidas necesarias para implantar la contabilidad requerida.
  • La Legislación española sanciona que todas las personas jurídicas deben presentar el Impuesto sobre Sociedades. Ahora bien, a diferencia del resto de entidades sin ánimo de lucro, el Consejo puede acogerse al Régimen Fiscal de la Entidades sin Fines Lucrativos y los Incentivos Fiscales al Mecenazgo de forma voluntaria, sin tener que ser declaradas Asociaciones de utilidad pública. Esta situación particular nació gracias al Acuerdo suscrito en el año 1979 entre el Estado Español y la Santa Sede.
    La Ley sobre el Impuesto de Sociedades declara parcialmente exentas a las entidades acogidas a la Ley 49/2002, estableciéndose exenciones para la casi totalidad de los ingresos percibidos, incluidas las rentas consideradas exentas. No obstante, con independencia del importe de la cuota tributaria, las entidades acogidas al Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo están obligadas sin excepción a presentar y declarar todas sus rentas, exentas y no exentas (cf. art. 13 Ley 49/2002). Salvo en el supuesto de existencia de actividades económicas no exentas, por las que, sí se tributa al 10%, el Consejo tiene la obligación de presentación del Impuesto de Sociedades, aunque su cuota tributaria fuese 0. Se ha observado que no se cumple con esta normativa.
  • Se observan graves irregularidades en la gestión económica tales como pagos en efectivo de más de 1.000€ sin justificar, operaciones sin ningún tipo de soporte documental válido que los justifique, falta de criterio sobre el pago del IVA de los Palcos y las Sillas de la Carrera Oficial y el incumplimiento durante todos los ejercicios económicos auditados de la obligación canónica del pago del Fondo Común Diocesano. 

Lo que en resumidas cuentas es un total caos en la tesorería de la Unión de Hermandades. Que por si se había entendido de otra forma el Obispo de Jerez ha querido dejar bien claro negro sobre blanco. 

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