martes, 23 de diciembre de 2025

REA Auditores: Nota de Aviso REA por la traducción oficial de la NIA-EMC

Nota de Aviso REA 47/2025. DICIEMBRE 2025. TRADUCCIÓN OFICIAL NIA-EMC

47/2025 - 23 de diciembre de 2025 -

TRADUCCIÓN OFICIAL NIA-EMC
Estimadas/os compañeras/os,

Os informamos que, en la última semana se han producido avances muy relevantes en relación con la NIA-EMC (Norma Internacional de Auditoría para Entidades Menos Complejas) de las cuales consideramos oportuno informar a todos los miembros del Registro de Economistas Auditores (REA-CGE).

En primer lugar, ya se encuentra disponible la traducción oficial al español de España de la NIA-EMC, publicada por IFAC. Este hito supone un paso muy significativo, ya que facilita de forma directa su conocimiento, estudio y análisis técnico, así como el trabajo previo necesario para su eventual adopción y aplicación práctica en nuestro país.

En segundo lugar, se han confirmado avances regulatorios de especial relevancia en el ámbito europeo. Destaca, por un lado, la adopción de la NIA-EMC en Portugal, con una posición clara de su regulador que delimita su aplicabilidad atendiendo a criterios cualitativos de complejidad, subrayando la importancia de la formación del auditor, la adecuada documentación del juicio profesional y la correcta identificación de la norma en el informe de auditoría y en la carta de encargo.

Asimismo, Dinamarca ha anunciado también su adopción, sumándose a un número creciente de jurisdicciones que ya han incorporado este estándar internacional.

Conviene recordar que la NIA-EMC es una norma internacional emitida por el IAASB, que emana del propio marco de las NIA, mantiene el mismo nivel de aseguramiento, y está diseñada específicamente para auditorías de entidades menos complejas, aplicando un enfoque proporcionado y basado en riesgos. Su entrada en vigor a nivel internacional está prevista para auditorías de estados financieros correspondientes a ejercicios que se inicien a partir del 15 de diciembre de 2025.

Aunque en España su adopción aún está pendiente, estos avances internacionales ponen de relieve la necesidad de que los auditores de cuentas conozcan con detalle la NIA-EMC y realicen un seguimiento de su evolución, en un escenario de creciente reflexión sobre la eficiencia, la sostenibilidad de la profesión y la adecuación de los marcos normativos a la realidad mayoritaria de las entidades auditadas. Además, esta norma contribuirá, entre otros aspectos, a hacer más atractiva la profesión y a favorecer el necesario relevo generacional, que se ha convertido ya en una cuestión prioritaria.

Desde el REA Auditores seguiremos informando puntualmente de cualquier novedad relevante y fomentando el análisis técnico y el debate profesional en torno a esta norma.

El documento está a vuestra disposición en nuestra página web y, también en Final Pronouncement_ISA for LCEs & Conforming Amendments ES_Locked.pdf

Os recordamos que disponéis de toda la información actualizada sobre esta NIA, en nuestra web, pinchando aquí.

Esperando que esta información resulte de vuestro interés, aprovechamos para enviaros un cordial saludo y desearos una Feliz Navidad.
Paloma Belmonte
Secretaria Técnica
REA Auditores-CGEE

lunes, 22 de diciembre de 2025

Auditool.org: Revisión analítica final: cómo detectar inconsistencias que se escaparon durante la auditoría

22 Diciembre 2025
Por: Equipo Auditool
 

Introducción

La revisión analítica final es, paradójicamente, uno de los procedimientos más importantes y peor ejecutados en una auditoría de estados financieros. En muchos encargos, se convierte en un trámite mecánico: se comparan cifras, se explican variaciones con frases genéricas y se archiva el papel de trabajo sin que realmente influya en la formación de la opinión del auditor.

La NIA 520 es clara: en la etapa final, los procedimientos analíticos deben ayudar al auditor a evaluar si los estados financieros, en su conjunto, son coherentes con su entendimiento de la entidad. Cuando se ejecuta correctamente, la revisión analítica final es una de las últimas oportunidades para detectar errores, sesgos o inconsistencias que no fueron identificados durante las pruebas sustantivas.

Este artículo aborda cómo diseñar, ejecutar y documentar una revisión analítica final verdaderamente crítica, enfocada en riesgos reales y no en simples comparaciones aritméticas.


1. ¿Qué exige realmente la NIA 520 en la fase final?

La NIA 520 establece que el auditor debe aplicar procedimientos analíticos cerca del final de la auditoría para ayudar a formar una conclusión global sobre si los estados financieros son coherentes con el conocimiento obtenido durante el encargo.

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jueves, 18 de diciembre de 2025

REA Auditores: Nota de Aviso REA sobre el posicionamiento de la EFAA sobre la NIA-EMC

Nota de Aviso REA 46/2025. DICIEMBRE 2025. Posicionamiento de la EFAA sobre NIA-EMC

46/2025 - 18 de diciembre de 2025 -

Posicionamiento de la EFAA sobre NIA-EMC
Estimados/as compañeros/as:

Os informamos que la Federación Europea de Contables y Auditores para PYMES (EFAA) ha publicado, en diciembre de 2025, un documento de posicionamiento en el que respalda la Norma Internacional de Auditoría para Entidades Menos Complejas (NIA-EMC), emitida por el IAASB.

El documento parte de una constatación ampliamente compartida a nivel europeo: la mayor parte de las auditorías en la UE se realizan sobre entidades menos complejas, principalmente pymes, mientras que las normas internacionales de auditoría han sido históricamente desarrolladas con un enfoque orientado a grandes empresas y grupos complejos. Esta situación genera una desproporción regulatoria, con un elevado peso de requerimientos formales que no siempre aportan valor adicional a la calidad de la auditoría.

La NIA-EMC, que ha entrado en vigor a nivel internacional para las auditorías de estados financieros correspondientes a ejercicios que se inicien a partir del 15 de diciembre de 2025, se configura como un estándar independiente, plenamente alineado con el enfoque basado en riesgos y que proporciona el mismo nivel de aseguramiento razonable que las NIA completas. Su objetivo no es simplificar la auditoría en términos de calidad, sino hacerla proporcionada, eliminando complejidades innecesarias y facilitando una aplicación más clara y coherente en entidades de menor complejidad.

La EFAA destaca que la adopción de la NIA-EMC en la Unión Europea beneficiaría tanto a las entidades menos complejas como a sus auditores, dado que esta nueva norma, centrada en riesgos y proporcional, permite que los auditores se enfoquen en lo material para este tipo de entidades, mejorando la eficiencia y la calidad de la auditoría y reduciendo trabajo innecesario y promoviendo el juicio profesional.

Asimismo, la EFAA pone en valor el papel de los profesionales de la contabilidad y la auditoría que trabajan con PYMES, resaltando que su función va más allá del cumplimiento normativo, contribuyendo de forma decisiva al acceso a la financiación, a la transparencia y al crecimiento sostenible de las pequeñas y medianas empresas. Para ello, considera imprescindible que los estándares de auditoría reflejen adecuadamente las características específicas de las PYMES, incluidas sus estructuras organizativas, relaciones empresariales y necesidades de información financiera.

En cuanto a los desarrollos futuros, EFAA señala que, continuará:
  • Reuniendo a SMPs, reguladores y usuarios (por ejemplo, mediante eventos “Hojas de Ruta para Usar ISA para LCE en Europa”);
  • Aportando comentarios a IAASB/IFAC sobre necesidades de implementación; y
EFAA insta a los reguladores europeos y nacionales a avanzar decididamente en la aceptación y adopción de la NIA-EMC, evitando retrasos innecesarios que puedan generar divergencias regulatorias entre Estados miembros y perjudicar la competitividad del mercado europeo de auditoría.

Esperando que esta información resulte de vuestro interés, aprovechamos para desearos una Feliz Navidad y un Próspero 2026.

Recibid un cordial saludo,
Paloma Belmonte
Secretaria Técnica
REA Auditores-CGEE

sábado, 13 de diciembre de 2025

LinkedIn: GPT-5.1 vs GPT-5.2 (diciembre 2025): qué cambia y por qué se nota en auditoría y finanzas, por Francesc Garreta

Auditor de Cuentas (ROAC) | Presidente Comisión Auditoria Colegio Economistas (REA Catalunya – CEC) | IA aplicada & calidad | Socio Director

Si trabajas en auditoría o finanzas, el cambio no va de “más creatividad”, sino de eficiencia y consistencia en entregables: hojas de cálculo, análisis de datos, revisión documental y redacción técnica.

Qué mejora más en GPT-5.2 (respecto a 5.1)

  1. Hojas de cálculo y modelización financiera Mejor estructura, menos errores de arrastre y más orden en tablas, supuestos y escenarios.
  2. Tareas de varios pasos (de la señal a la conclusión) Más solidez encadenando: detectar riesgo → pedir evidencia → diseñar pruebas → redactar nota de conclusiones.
  3. Revisión de documentación larga Mejor coherencia al trabajar con contratos, memorias y anexos extensos (resúmenes, “red flags”, preguntas al cliente).
  4. Menos respuestas imprecisas Más tendencia a avisar cuando falta dato y a proponer qué evidencia pedir (clave en papeles de trabajo).

Dónde lo probaría primero por ejemplo en el cierre a 31/12: asiento manual “regularización ingresos” entre 700 y 485. Con GPT-5.2 es más fácil convertir ese apunte en:

  • aserciones afectadas (corte/devengo)
  • criterios de selección de asientos manuales
  • solicitud de documentación útil (contratos, conciliación 485, periodos de cobertura)
  • nota de conclusiones lista para revisar

Qué mejora más en GPT-5.2 (respecto a 5.1) 🚀

📌 Analítica de asientos (diario y asientos manuales)

🧾 Periodificaciones e ingresos (corte, devengo, anticipos)

📚 Revisión documental (contratos, memoria y anexos)

💬 Otra (indica cuál en comentarios)

🧪 Estamos preparando 3 ejemplos comparativos (misma tarea en 5.1 y 5.2) para que lo puedas probar en 10 minutos con datos anonimizados.

viernes, 12 de diciembre de 2025

Bolsamania.com: El ICAC anula las multas de 10,4 millones a Deloitte y su socio por auditoría de cuentas de Bankia

12 dic, 2025 11:53

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) ha anulado una sanción de 10,4 millones impuesta en 2014 contra Deloitte y su socio auditor Francisco Chelma por la auditoría realizada a Bankia en 2011 para su salida a Bolsa, en cumplimiento de una sentencia de la Audiencia Nacional dictada el pasado mes de junio.

El ICAC ha publicado la resolución de anulación este viernes en el Boletín Oficial del Estado, con el objeto de cumplir así con el dictamen judicial.

El ICAC había sancionado a Deloitte por los trabajos de auditoría de Bankia de los estados financieros resumidos consolidados de la entidad a cierre de marzo de 2011 y de las cuentas semestrales consolidadas resumidas a 30 de junio de ese mismo año. Las sanciones se impusieron por incumplimiento de las normas técnicas de auditoría y del deber de independencia.

Esta sanción fue recurrida por la consultora y su socio, pero el procedimiento había quedado suspendido por prejudicialidad penal, mientras se tramitaba la causa por la salida a Bolsa de Bankia y que atañía a los demandantes en su condición de auditores. Esta última causa se siguió por delito de falsedad contable y falsedad en documento mercantil contra 34 personas que, finalmente, resultaron absueltas.

Una vez que el Tribunal Supremo confirmó la absolución de los 34 acusados en el juicio oral, la Audiencia Nacional levantó la suspensión de la tramitación del recurso y se pronunció en junio sobre el fondo del asunto.

En concreto, el tribunal analizó los servicios realizados por la auditora en el contexto de la salida a bolsa de Bankia y concluyó que la actuación de la firma auditora, y por extensión la de su socio, "no sobrepasó los límites establecidos en la legislación en vigor, considerando que los trabajos de auditoría y no auditoría debían contemplarse en el marco del proceso de salida a Bolsa de Bankia".

Esto supuso anular la primera sanción que supuso una multa de 5,6 millones de euros a Deloitte y de 24.000 euros al socio auditor.

En cuanto a otras dos sanciones a la firma y su socio auditor por infracciones graves, el tribunal también rechazó que se hubieran vulnerado las normas de técnicas de auditoría (NTA, por sus siglas en inglés [sic]), según la sentencia de mediados de año.

La sala se basó en la sentencia del Supremo que absolvió a todos los acusados del delito de falsedad. El Alto Tribunal no apreció irregularidades contables y tuvo en cuenta que todo el proceso de segregación estuvo supervisado por el Banco de España y por la CNMV en el marco de sus competencias.

Por todo ello, procedió también anular las dos sanciones por incumplimiento de las normas técnicas de auditoría, que este caso ascendieron a unos 4,7 millones de euros de multa a Deloitte (2,8 millones una de las sanciones y 1,9 millones otra) y 20.000 euros para el socio (de 12.000 y 8.000 euros).

martes, 9 de diciembre de 2025

Compliance: cómo blindar tu empresa ante la responsabilidad penal

Hoy las empresas no solo deben competir por cuota de mercado o innovación; deben competir por su supervivencia en un entorno donde los riesgos penales, regulatorios, tecnológicos y reputacionales se han vuelto más complejos, más rápidos e imprevisibles que nunca.
Lydia García Corral
Tribuna 09-12-2025 Madrid

Un solo episodio de fraude, corrupción, delito medioambiental, fallo tecnológico o uso indebido de datos puede desencadenar multas millonarias, investigaciones mediáticas, pérdida de confianza e incluso la desaparición de la empresa. De ahí surge una pregunta crucial: ¿puede el compliance, cuando está bien diseñado y ejecutado, realmente salvar a una empresa?

Sujeto responsable

A partir de la reforma del Código Penal de 2010, España introdujo la posibilidad de exigir responsabilidad penal a las personas jurídicas por delitos cometidos en su beneficio o interés. Esta transformación supuso un giro radical en la concepción del Derecho Penal económico: la empresa dejó de ser un mero instrumento pasivo para convertirse en un sujeto responsable capaz de ser juzgado, sancionado y sometido a medidas tan graves como la suspensión de actividades, la clausura temporal, la intervención judicial o incluso la disolución. No se trata de una teoría abstracta, múltiples sentencias posteriores han confirmado que la empresa puede ser penalmente responsable incluso aunque no exista un beneficio económico directo, siempre que el delito se haya cometido en el marco de su actividad y haya sido facilitado por fallos sistémicos en el control interno.

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El Diario Vasco: Yasuda Group debe 13,4 millones a la Real Sociedad

Yasuda Group debe 13,4 millones a la Real Sociedad | El Diario Vasco
Real Sociedad
El club refleja en su auditoria del ejercicio 24/25 que tiene pendiente de cobrar esa cantidad de la corporación empresarial japonesa, que sí ha abonado cinco millones a la entidad
Martes, 9 de diciembre 2025, 16:14

La Real Sociedad reconoce una deuda de 13,4 millones de euros en su balance económico como consecuencia de la cantidad que tiene pendiente de cobrar por el acuerdo con Yasuda Group después de que ambas partes redefinieran esa colaboración el pasado mes de julio. En un principio, el acuerdo comprendía un periodo de tres temporadas (23/24, 24/25 y 25/26) por las que el club debía recibir una cantidad de dinero. Hasta el momento ha cobrado 5 millones y la cifra pendiente por recibir de ese acuerdo es de 13,4 millones.

Al cierre del ejercicio 24/25, la Real realizó un análisis de la situación de cobrabilidad del crédito y en aplicación de los criterios establecidos por la normativa contable vigente procedió al reconocimiento de ese deterioro por la totalidad del importe al detectar «riesgos relevantes que afectan a su recuperación», según se recoge en el Informe de auditoria de las cuentas anuales del ejercicio pasado que concluyó a 30 de junio.

La entidad txuri-urdin, que tenía esos ingresos presupuestados, no ha querido correr riesgos al elaborar sus cuentas futuras y ha preferido optar por la prudencia financiera para ofrecer una imagen fiel de su situación patrimonial y financiera.

Más allá de un patrocinio

Según se recoge en la auditoría, Yasuda Group «ha satisfecho otras obligaciones económicas con el club durante el pasado ejercicio, incluyendo pagos relacionados con desplazamientos, estancias y actividades de pretemporada por un importe considerable. Este hecho evidencia la existencia de relaciones comerciales activas que podrían facilitar la recuperación parcial o total del crédito en el futuro».

Hasta el momento el club ha recibido 5 millones de Yasuda Group por ese patrocinio de las dos primeras temporadas y calcula en otros 5 millones la cantidad que ha sufragado la corporación empresarial nipona por las giras del primer equipo en Japón, que ha disputado varios partidos allí en este tiempo, y el desarrollo de la academia que tiene la Real en ese país y que engloba a más de 120 jugadores. La colaboración entre ambas entidades se mantiene y en el futuro podrían sumarse más empresas a este proyecto blanquiazul de internacionalización en Japón.