martes, 26 de octubre de 2021

Economistas: Procedimientos de subsanación de cuentas anuales, hoja Covid-19 (YouTube)

Nota de Aviso.21.10.2021 Procedimientos subsanación cuentas anuales. Hoja Covid-19 - YouTube

NotaDeAvisoCGE-encabezado

21 de octubre de 2021

Apreciados/as compañeros/as.

 

Como sabéis, tal como os hemos informado desde el Consejo General de Economistas a través de la Nota de Aviso remitida el pasado 29 de Julio (ver aquí), aquellas sociedades que no hayan podido presentar la Hoja COVID-19, junto a sus cuentas anuales del ejercicio 2020, el Registro Mercantil les ha permitido usar los modelos de presentación de cuentas anteriores si bien, deberán ahora subsanar en el plazo de cinco meses el defecto que les será advertido.

 

Pues bien, en este sentido, desde el Registro Mercantil nos han enviado el siguiente procedimiento (ver aquí) al objeto de poder aplicar las sociedades que se encuentren en estas situaciones, siendo el resumen el siguiente:

 

— Se instalará la última versión del aplicativo D2 desde https://www.registradores.org/documentacion-y-descargas/manuales-y-descargas;

 

— Posteriormente se realizará la carga del depósito generado con la anterior versión del D2;

  • Si se instala la última versión del aplicativo D2 en el mismo PC, al abrir el programa tendrá el depósito como lo dejó y sólo deberá resolver las nuevas reglas obligatorias que falten rellenando la “Declaración COVID 19”;
  • Si instala la última versión del aplicativo D2 en otro PC puede importar el zip anterior presentado desde la opción de “Importar y Validar la huella”. Una vez importado sólo deberá resolver las nuevas reglas obligatorias que falten rellenando la hoja “Declaración COVID 19”;

— Se completarán los datos que faltan de la Hoja COVID y se validarán;

 

— Se debe incluir el nuevo hash en el “Certificado de Aprobación de Cuentas” (CAC) y firmar el documento. No es necesaria nueva Junta General puesto que las cuentas ya están aprobadas Se debe presentar como subsanación. (ver modelo de certificado);

 

— El registro califica y certifica el depósito subsanado.

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