
La Audiencia Nacional condena también a otras once personas de la excúpula de la empresa con penas de hasta tres años y medio de prisión por manipular las cuentas de la entidad para poder captar inversores que acabaron perdiendo su dinero.
Actualizado:06/10/2020 11:57h
La Audiencia Nacional ha condenado a 8 años de cárcel al expresidente de Pescanova Manuel Fernández de Sousa-Faro por realizar prácticas irregulares para obtener financiación bancaria. El exmandatario de la empresa gallega y otras once personas que estaban en la cúpula desde 2009 hasta 2013 manipularon las cuentas de la entidad para poder captar inversores, los cuales acabaron perdiendo su dinero. Las penas del resto de los once condenados van desde los seis meses hasta los tres años y medio de prisión. Por otra parte, siete de los acusados han sido absueltos.
Las penas de los condenados son inferiores con respecto a las solicitadas por las acusaciones. En concreto, los magistrados de la Sección Cuarta de lo Penal entienden que los delitos de falsedad en documento mercantil, estafa, falseamiento de cuentas anuales y falseamiento de información económica y financiera se cometieron en concurso medial y no pueden ser penados de manera independiente.
Además de las personas físicas, la Audiencia Nacional ha condenado, entre otras, a las personas jurídicas Pescanova SA y a BDO Auditores a penas de multa y a satisfacer diferentes cantidades en concepto de responsabilidad civil que, en algunos casos, llegan a los más de 51 millones de euros por las cantidades que acabaron perdiendo algunos de los inversores.
La sentencia, de 610 páginas, relata una serie de prácticas irregulares llevadas a cabo desde la dirección de Pescanova, a cuyo frente se encontraba su presidente ejecutivo y presidente del Consejo de Administración, Manuel Fernández de Sousa- Faro. Contaba con la colaboración de los responsables de los departamentos más relevantes, como el de administración, Alfredo Pérez Uros, el financiero, dirigido por Antonio Taboas y determinados empleados de confianza como José Manuel Gil González o Ángel González Domínguez.
Así, los hechos probados de la sentencia relatan cómo, a consecuencia de la crisis financiera que empezó a detectarse en 2008, el presidente de la entidad, con el objeto de poder seguir disfrutando de la financiación bancaria de la que dependía Pescanova por el esfuerzo inversor ejercido en los años anteriores, planeó, junto con un grupo de personas de su confianza, entre los que se encontraban los responsables de los departamentos administrativos y financiero, seguir obteniendo financiación a través de una serie de mecanismos o prácticas irregulares de financiación con objeto de seguir obteniendo financiación bancaria.
Una vez obtenida esa financiación se llevaron a cabo otra serie de manipulaciones en las cuentas anuales u otros documentos oficiales que reflejaban la situación financiera de la empresa «para conseguir unos resultados positivos que no se correspondían con la situación real y, que, tras ser oficialmente publicados, permitían captar nuevos inversores y desplazar a la financiación bancaria y sus excesivas comisiones», según dicta la sentencia.
Entre los mecanismos ilícitos ideados por los condenados, el tribunal destaca las operaciones de comercio internacional con filiales de ultramar que permitió a Pescanova obtener financiación bancaria a través de «créditos documentarios» millonarios, a espaldas de las propias filiales y sin que sus cantidades coincidieran con los datos que aparecían en la contabilidad de Pescanova.
Empresas ficticias
Además, los acusados crearon una serie de empresa ficticias, las denominadas «sociedades instrumentales» con las que también simularon operaciones de compraventa de pescado que les permitió contratar pólizas de crédito y líneas de factoring que eran abonadas con pagarés que descontaban en los bancos permitiendo tener tesorería durante la vigencia de las financiaciones bancarias.Esas operaciones de compraventa inexistentes que se reflejaron en la contabilidad con conocimiento del auditor interno y que ocultaron en gran medida el pasivo bancario, señala la Sala, unido a las continuas compensaciones de activos con pasivos y de créditos con deudas y la falta del adecuado control por parte del responsable del auditor externo motivó que una vez publicados los buenos resultados elaborados ficticiamente por la entidad, personas físicas y jurídicas invirtieran importantes sumas de dinero que perdieron como consecuencia de que la realidad de la situación económica y financiera de Pescanova era muy distintas de la publicada en las cuentas.
Según explican los magistrados a lo largo de su sentencia, la primera fase de la estrategia llevada a cabo por los acusados consistió en la creación de las formas ilegales de financiación y la creación ficticia de una serie de operaciones comerciales de compraventa; estas operaciones serían las constitutivas de un delito de falsedad en documento mercantil cometido por particulares.
En la segunda fase, en la que se desarrolla la financiación bancaria a través de líneas factoring o de pólizas de descuento bancario se consumó el delito de estafa, del que el de falseamiento era el medio. Los engañados por la sociedad eran los bancos y el mecanismo del engaño fueron las facturas, «transformadas en remesas de facturas supuestamente vinculadas a unos inexistentes contratos de compraventa de pescado».
A partir de ahí, la tercera fase consistió en trasladar a las cuentas anuales una imagen con beneficios y con poca deuda financiera, «muy distinta a la real, que se transmitió perfectamente al público en general y a los inversores en particular». Una vez conseguida esa buena imagen irreal, se trataba de captar inversores que les permitiera una situación financiera más relajada que la propia de la financiación bancaria.
En esta tercera fase el tribunal concluye que también se produce una relación concursal medial entre el delito de falseamiento de las cuentas anuales y el de falseamiento de la información económica y financiera. De esta forma el tribunal concluye que los cuatro delitos están en una única relación de concurso medial.
La sentencia también considera acreditado que el presidente de Pescanova y su esposa, Rosario Andrade, sacaron 4 millones y medio de euros de las cuentas de España e ingresaron el dinero en dos entidades bancarias de la localidad portuguesa de Valença, después de que se conociera que las cuentas no reflejaban la situación real de Pescanova y se hubieran presentado las primeras querellas y que trataron de transferir el dinero a una cuenta previamente abierta en Hong-Kong.
La sentencia explica que él como autor y su esposa como cooperadora necesaria, trataron de impedir que una parte de la devolución del préstamo de los 6 millones prestados por el Presidente de Pescanova en nombre de Sodesco estuviera al alcance de los inversores de Pescanova y para ello sacaron el dinero de España a dos cuentas abiertas en Portugal. La intención de matrimonio, indica la sentencia, era trasladar parte de la devolución de los 6 millones desde las cuentas de Kiwi S.A, de España a Portugal y desde Portugal a China, para lo cual, Rosario Andrade abrió una cuenta en el Chartered Bank of China de la ciudad de Hong Kong. Por estos hechos, el expresidente de Pescanova resulta condenado a dos años de cárcel y a uno su mujer por delito de alzamiento de bienes.
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