martes, 28 de abril de 2026

LinkedIn: el EINF en entidades de nueva creación y cómo la IA puede ayudarte a no fallar en el primer ejercicio

Auditor de Cuentas (ROAC) | Presidente Comisión Auditoria Colegio Economistas (REA Catalunya – CEC) | IA aplicada & calidad | Socio Director
28 de abril de 2026

El recién publicado BOICAC nº 145 (marzo 2026) incluye una consulta que está generando muchas preguntas entre administradores, directores financieros y auditores de sociedades de reciente constitución: ¿cuándo nace exactamente la obligación de presentar el Estado de Información No Financiera (EINF) en una entidad que ya supera los umbrales legales desde el primer día?

La respuesta del ICAC es clara y tiene implicaciones inmediatas para la auditoría del primer ejercicio. Y la IA generativa puede ser una aliada inesperadamente valiosa para cumplir con esta obligación sin improvisaciones.

¿Qué dice la Ley y cuál es la duda?

La Ley 11/2018 obliga a presentar el EINF a las sociedades que durante dos ejercicios consecutivos superen al menos dos de estos tres umbrales:

Activo total > 20 M€

Cifra de negocios > 40 M€

Nº medio de trabajadores > 250

La regla de los dos ejercicios existe para evitar que una empresa que puntualmente supera esos límites quede sujeta de forma permanente a esta obligación. Pero, ¿qué ocurre con una empresa que nace ya por encima de esos límites? ¿Puede acogerse a esa "carencia" de dos años?

El criterio del ICAC: sin período de gracia para entidades que nacen grandes

Según la Consulta 5 del BOICAC 145, el ICAC aclara que la regla de los dos ejercicios consecutivos presupone la existencia de un ejercicio previo con el que comparar. Para una entidad de nueva creación que supera los umbrales desde el primer ejercicio completo, no existe ese ejercicio anterior, por lo que no puede beneficiarse de la excepción.

Conclusión del ICAC: la obligación de formular el EINF nace ya en el primer ejercicio en que la entidad supera los umbrales, sin posibilidad de diferimiento al ejercicio siguiente.

Una nota sobre la IA y el EINF

En los últimos meses, muchas empresas están explorando el uso de herramientas de inteligencia artificial para ayudar en la recopilación de datos no financieros. Es una tendencia real, pero conviene recordar que el EINF es un documento con responsabilidad legal del órgano de administración y, en su caso, objeto de verificación independiente por parte de un profesional habilitado. La tecnología puede apoyar procesos internos, pero no sustituye el criterio profesional ni la evidencia documental exigida.

¿Tu empresa cumple con esta obligación?

Si has constituido recientemente una sociedad o gestionas la entrada de una filial extranjera en España, revisa antes del cierre si estás obligado a presentar el EINF este ejercicio. Descubrirlo tarde puede tener consecuencias en el informe de auditoría y en el depósito de cuentas.

En Equifond Auditores analizamos tu situación, integramos la revisión del EINF en el proceso de auditoría y, cuando es necesario, prestamos el servicio de verificación independiente.

📩 Contacta con nosotros antes de que llegue el cierre.

EQUIFOND AUDITORES, S.L. — Rambla Catalunya 38, 6ª pl. — 08007 Barcelona · www.equifond.es

Fuente: BOICAC nº 145, Consulta 5 — ICAC (www.icac.gob.es)

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