"Siempre que enseñes, enseña a la vez a dudar de lo que enseñas", José Ortega y Gasset.
En la Facultad de Empresa de la UAL: "Auditoría Financiera", "Responsabilidad Social Corporativa" y "Organizaciones sin Ánimo de Lucro", todas en el Grado de Finanzas y Contabilidad y este curso en la novena promoción del Máster en Auditoría de Cuentas
NIIF S1 y S2: cada vez más cerca - KPMG Costa Rica
La implementación de las Normas
Internacionales de Información Financiera sobre Sostenibilidad (NIIF S1 y
S2) está cada vez más cerca
Por Juan José Morales, Director de Risk Consulting
Según la circular emitida por el Colegio de
Contadores Públicos de Costa Rica, las entidades reguladas por CONASSIF y
los grandes contribuyentes deberán presentar informes alineados con
estas normas a partir de 2028, utilizando información del período 2027.
Para lograr una implementación efectiva, es
fundamental que las organizaciones comiencen el proceso cuanto antes.
Algunas consideraciones clave incluyen:
Alivios de transición:
ofrecen lineamientos importantes sobre la comparabilidad de la
información en el primer año, la adopción inicial de la NIIF S2
(revelaciones relacionadas con el clima), y el método para medir las
emisiones de gases de efecto invernadero.
Identificación de temas materiales y métricas relevantes según la industria, conforme a lo propuesto por el ISSB.
Análisis de riesgos climáticos: tanto físicos como de transición, que puedan afectar a la entidad.
Definición de horizontes temporales: corto, mediano y largo plazo para evaluar riesgos y oportunidades.
Medición de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI):
Alcance 1: emisiones directas de fuentes propias o controladas.
Alcance 2: emisiones indirectas por consumo de energía adquirida.
Alcance 3: emisiones indirectas generadas por actividades de terceros relacionadas con la operación.
Las entidades deben revisar sus procesos, evaluar la
disponibilidad de información y establecer controles adecuados para
emitir informes trazables y verificables. Esto permitirá que las
decisiones estén documentadas y que los informes puedan ser atestiguados
por terceros.
David García Vega Auditor de Cuentas-Economista Forense 30 de octubre de 2025
A día de hoy, no hay una exigencia normativa específica como tal
que obligue a incluir en la carta de encargo una mención expresa al uso
de inteligencia artificial (IA) en los procesos de auditoría. La NIA‑ES
210, junto con lo establecido en el artículo 11 del RAC, determina el
contenido mínimo del acuerdo del encargo y del contrato de auditoría sin
requerir la identificación de herramientas o técnicas concretas. Aun
así, puede ser recomendable, a valorar por el auditor, introducir una
referencia a tecnologías utilizadas (incluida IA) cuando afecte a la
gestión de datos, la intervención de terceros/proveedores de servicios o
a la transparencia del auditor con el cliente. En aras de buscar esa
transparencia, la gestión de riesgos como pilar básico del modelo de
organización interna de las firmas de auditoría y el cumplimiento en
protección de datos y ciberseguridad, puede ser recomendable incorporar
cláusulas informativas y de salvaguardas que:
(i) Confirmen que el uso de la IA no altera el alcance ni las responsabilidades del auditor conforme a la legislación vigente.
(ii) refuercen el deber de secreto y la seguridad de la información.
Tenemos que tener en cuenta que laNIA‑ES 210 (Acuerdo de los términos del encargo)exige que los términos del encargo incluyan:
Objetivo y alcance de la auditoría.
Las responsabilidades del auditor.
Las responsabilidades de la dirección,
El marco de información financiera aplicable y
Una referencia a la estructura y contenido del informe, admitiendo que este pueda variar según circunstancias.
El RAC, en su artículo 11, requiere la formalización de un
contrato por escrito, que refleje, entre otros, la evaluación previa de
capacidad e independencia y demás requisitos establecidos; fija el
contenido y límites del contrato. No impone identificar el uso de
herramientas (por ejemplo, IA u otras), ni permite otro tipo de
cláusulas que puedan cambiar las obligaciones del auditor conforme a la
legislación aplicable.
De forma tangencial, también debemos tener en cuenta que, respecto
a la organización interna de las firmas de auditoría, la LAC exige
mecanismos que aseguren el control y la protección de los sistemas
informáticos del auditor (art. 28.1) que, junto con la externalización
de funciones, en su caso si procede, por un lado “no menoscabe el
control de calidad interno implementado”, ni la supervisión (art. 49),
hechos que no van a afectar a la responsabilidad del auditor (art. 28.2
b) 4.º) respecto al encargo, junto con el establecimiento del deber de
secreto (art. 31) y la custodia de documentación (art. 30).
Con carácter complementario y genéricamente, NIA‑ES 500 establece
que el auditor debe diseñar procedimientos para obtener evidencia
suficiente y adecuada y valorar la fiabilidad de la información
utilizada (aplicación del juicio profesional y escepticismo
profesional), incluida la de fuentes externas; por lo tanto, esto aplica
también a salidas generadas con herramientas de IA: <<la
evidencia debe ser fiable>>. Asimismo, NIA‑ES 315 R en relación a
la identificación y valoración de riesgos (incluido el riesgo TI) para
diseñar respuestas de auditoría.
En relación a la protección de datos, nos podemos preguntar:
¿Quién es el responsable del tratamiento de datos? En un trabajo de
auditoría, el auditor suele actuar como responsable del tratamiento de
datos con respecto a los datos personales que trata para sus fines de
auditoría (no como mero encargado de la entidad auditada), de acuerdo
con criterios de ICAC. Esto implica obligaciones propias de diseño de
medidas y de selección/contratación de encargados donde deben abordarse
aspectos relevantes relacionados con la seguridad y confidencialidad en
el tratamiento de datos, medidas de seguridad y el deber de
confidencialidad.
Finalmente, no podemos obviar que actualmente en la UE la IA se
regula con el Reg. (UE) 2024/1689 que exige, “en su caso”,
transparencia:"informar de la
interacción con IA y etiquetar contenidos sintéticos; el informe de
auditoría sigue siendo humano, pero comunicaciones externas con IA
pueden requerir".Para el uso
de herramientas de IA de alto riesgo, asimismo impone precisión,
robustez y ciberseguridad, además de gestión de riesgos y registros;
para la actividad de auditoría de cuentas, rara vez pienso que se va a
utilizar la IA de alto riesgo, pero si se diese el caso, se aplican
estos requisitos expuestos.
En la práctica, el auditor va a tener que revisar políticas de
transparencia/etiquetado, mapear usos de IA y su clasificación de riesgo
respecto al uso.
A tenor de lo expuesto, nos preguntamos:¿Es obligatoria una mención expresa al uso de IA en la carta de encargo?No
es obligatorio, ya que ni la NIA‑ES 210 ni el RAC exigen citar
herramientas tecnológicas en la carta o contrato de auditoría; el
contenido mínimo se centra en objetivo/alcance y responsabilidades. Por
tanto, no es un requerimiento legal incluir una referencia a la IA.
Ahora bien, a efectos de responsabilidad del encargo en relación a la
metodología de trabajo (gobierno y liderazgo), transparencia, protección
de datos y ciberseguridad, sí sería aconsejable incorporar una cláusula
informativa y de salvaguardas, especialmente cuando se procesen datos
personales o se recurra a proveedores tecnológicos (IA, nube, OCR,
etc.).
Recomendación práctica, a juicio del auditor, de cláusulas orientativas propuestas sobre el uso de tecnologías/IA(texto modelo para adaptar caso a caso).
Uso de tecnologías y de sistemas de IA.En
el desarrollo del encargo, [firma de auditoría] podrá utilizar
herramientas tecnológicas avanzadas, incluyendo algoritmos de análisis
automatizado e inteligencia artificial, como apoyo a ciertos
procedimientos de auditoría. El uso de estas herramientas no sustituye,
en ningún caso, el juicio profesional ni el escepticismo requerido por
la normativa de auditoría vigente, siendo responsabilidad del equipo
auditor la evaluación y validación de los resultados obtenidos. El
Auditor mantendrá el deber de secreto y aplicará medidas técnicas y
organizativas de seguridad; los proveedores de servicios intervinientes
actuarán como encargados con contrato, sin perjuicio de la
responsabilidad del Auditor. Salvo autorización expresa, los datos de
XXXXXXX no se emplearán para entrenar modelos de IA.
Uso de tecnologías y de sistemas de IA. El
Auditor podrá emplear herramientas tecnológicas, incluidos sistemas de
IA, para la planificación, ejecución y documentación del encargo; ello
no altera objetivo, alcance ni responsabilidades conforme a lo
establecido en el presente contrato. El Auditor mantendrá el deber de
secreto y aplicará medidas técnicas y organizativas de seguridad; los
proveedores de servicios intervinientes actuarán como encargados con
contrato, sin perjuicio de la responsabilidad del Auditor. Salvo
autorización expresa, los datos de XXXXXXX no se emplearán para entrenar
modelos de IA; la documentación se custodiará conforme a la normativa
de auditoría aplicable. La utilización de dichas tecnologías no limitará
los procedimientos ni el alcance, ni implica exoneración de
responsabilidades respecto al presente contrato; cualquier
externalización no afectará al control de calidad interno.
Nota: Lo anterior no modifica elcontenido mínimode la carta/contrato, nilimitaobligaciones del auditor, ni laestructura y contenidodel informe, que seguirán lo dispuesto porNIA‑ES 210yRAC.
Conclusión:
No es obligatorio que la carta de encargo incluya una mención
expresa al uso de herramientas de IA. Desde mi punto de vista, habría
que tener un enfoque correcto sobre la neutralidad del uso de la IA con
un grado de transparencia y salvaguardas que mantengan intactos alcance y
responsabilidades del auditor (NIA‑ES 210 y RAC), reforzar secreto
profesional y seguridad (LAC), y cumplir protección de datos. Añadir una
cláusula breve y clara como la propuesta en párrafos anteriores aporta
confianza y transparencia al cliente.
Paula Gómez, Sandra Reverter - Noelia Acosta - 29 oct 2025
Hacia la sostenibilidad corporativa: novedades 2025
Las empresas españolas tenemos aún pendiente la aprobación de la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad o CSRD, junto con la transposición de la Directiva “Stop the Clock” y, posteriormente, con más margen las modificaciones a la CSRD relativas a los umbrales y a los requisitos que finalmente se aprueben. Estamos en un periodo donde las exigencias legislativas Europeas se van a relajar, aunque la hoja de ruta en materia de sostenibilidad y competitividad continua.
A nivel nacional tendremos que ir viendo este ultimo trimestre y principios del 2026 las modificaciones que se vayan produciendo, sin olvidar los compromisos que actualmente existen e intentar aprovechar los esfuerzos para ir avanzando hacia una posición más competitiva en el mercado.
Como novedad en este aspecto, nos aplicará el Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono. Además, también establece la obligación del cálculo de la huella de carbono (alcance 1 y 2), así como de elaborar y publicar planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero para determinadas empresas.
A continuación, para profundizar en este tema y resolver las principales dudas, desde Baker Tilly os facilitamos este video y una presentación que explica en detalle que empresas estarán obligadas a cumplir la nueva normativa y los pasos a seguir.
Luz Sela - Periodista política. En OKDIARIO desde 2016.
29/10/2025 05:47 Actualizado: 29/10/2025 05:47
Las donaciones al PSOE registraron un llamativo incremento en 2020
La gestión de Mariano Moreno como responsable de las
finanzas del Partido Socialista arroja cifras sorprendentes, como el
llamativo incremento de las donaciones en un año especialmente crítico,
2020, en plena pandemia. Entonces, como avanzó OKDIARIO,
el partido logró captar 837.506,10 euros en donaciones y legados. Un
dato que triplica el del año anterior, cuando fue de 275.616,67 euros.
Moreno está citado este miércoles a declarar ante el
juez del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, sobre los pagos en efectivo
al ex ministro José Luis Ábalos, su ex asesor Koldo García y el propio
Pedro Sánchez, como él mismo admitió recientemente.
Se
da la circunstancia de que, pese a que el PSOE y Sánchez presumen de la
transparencia y control de sus cuentas, los auditores externos no
entran en este apartado. Así se recoge en los sucesivos informes
elaborados por la auditoría externa encargada de fiscalizar la
contabilidad de la formación socialista. Queda fuera de esa supervisión
la relación de «subvenciones públicas, donaciones privadas y de créditos
o préstamos con las entidades de crédito, así como el informe sobre los
resultados de la revisión del sistema de control interno, cuya
formulación es responsabilidad del director gerente federal del partido y
no forma parte integrante de las cuentas anuales».
Lo cierto es
que el incremento de las donaciones fue especialmente llamativo en 2020,
con España confinada por la pandemia del coronavirus. El PSOE logró una
cifra histórica de donaciones, muy por encima de la media de años
anteriores y posteriores.
Citado en el Supremo
Mariano
Moreno está citado este miércoles ante el juez del Tribunal Supremo,
Leopoldo Puente, junto a la trabajadora de la Secretaría de Organización
del PSOE, Celia Rodríguez, quien, según las investigaciones, era la
encargada de entregar los sobres con dinero en metálico a Ábalos y
Koldo.
El magistrado les citó tras recibir el informe de la UCO en
el que se revelan pagos en efectivo por parte del PSOE, algunos de los
cuales estarían justificados como reembolsos por gastos, pero otros no.
El
juez destaca, como apuntó la UCO, a «la existencia de ciertas
comunicaciones relativas a posibles pagos en metálico de determinadas
cantidades por parte del PSOE en favor de Ábalos o Koldo, que no constarían,
sin embargo, por sus fechas ni por sus importes, en la información
facilitada por dicho partido político como pagos en metálico
efectivamente realizados a ambos». Los investigadores de la Guardia
Civil apuntaron a entregas de dinero en las que no se habría «podido confirmar la correspondencia» con las liquidaciones de gastos en la información proporcionada por el partido.
Tanto
Ábalos y Koldo optaron por guardar silencio en sus últimas
comparecencias. También lo hizo Moreno la semana pasada, citado en la
comisión del Senado sobre la trama. Entonces, alegó su intención de
declarar antes ante el Tribunal Supremo.
«Una máquina de recaudar»
Moreno lideró varias campañas de donaciones y microcréditos en el PSOE, con las que el partido logró una notable financiación.
Una de las más llamativas tuvo lugar en 2020 y se denominó Plan Luz Verde.
Según los datos de la formación, se captaron hasta tres millones de
euros de la militancia para la «transformación ecológica y digital» del
PSOE. El partido ofrecía unos intereses del 3% a sus donantes. Entre los
objetivos de este proyecto estaba reducir la huella de carbono de las
sedes socialistas.
Además de la mencionada, Mariano Moreno lideró
otras campañas, como la recaudación de más de 405.200 euros en donativos
para «proyectos de investigación» sobre el Covid, o de 4,7 millones en
microcréditos para las elecciones de 2019, prometiendo a los militantes
un interés del 2,5%.
Desde el PP han calificado a Moreno como una
«máquina de recaudar», en alusión al incremento sorprendente en las
cifras de donaciones y microcréditos durante sus años en el PSOE.
El término sostenibilidad dejó de ser una promesa de valor
para convertirse en un requisito de competitividad. Las empresas ya no
son evaluadas solo por sus resultados financieros, sino también por cómo
gestionan los riesgos climáticos, sociales y de gobernanza. En este
nuevo escenario, los estándares NIIF S1 y S2, creados por el International Sustainability Standards Board (ISSB), marcan un antes y un después en la forma en que las organizaciones reportan y comunican su desempeño ESG.
Y aunque aún no sean de cumplimiento obligatorio en la mayoría de los
países de América Latina, su adopción temprana está diferenciando a las
compañías que quieren competir en mercados globales, atraer inversión
responsable y fortalecer su resiliencia corporativa.
¿Qué significan NIIF, IFRS e ISSB, y por qué son tan relevantes?
Las NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera), conocidas globalmente como IFRS (International Financial Reporting Standards), fueron creadas por la Fundación IFRS, con el objetivo de estandarizar la información financiera en todo el mundo.
En 2021, la Fundación IFRS dio un paso histórico al crear el ISSB (International Sustainability Standards Board), el organismo encargado de desarrollar normas específicas para la divulgación de información sobre sostenibilidad. Así nacen las NIIF S1 y S2, que amplían la mirada financiera tradicional para integrar los impactos y riesgos ambientales, sociales y climáticos.
NIIF S1 establece los lineamientos generales para divulgar información sobre sostenibilidad relevante para los inversionistas.
NIIF S2 se enfoca específicamente en el riesgo y la gestión climática, alineada con las recomendaciones del TCFD (Task Force on Climate-Related Financial Disclosures).
En conjunto, permiten a las empresas hablar el mismo idioma que los mercados internacionales, facilitando la comparabilidad, la transparencia y la confianza entre organizaciones, inversionistas y reguladores.
Por qué son un cambio clave para América Latina
América Latina enfrenta un momento decisivo. La región concentra una
enorme riqueza natural y un creciente interés por parte de
inversionistas globales, pero también desafíos estructurales en la
gestión de datos, gobernanza y transparencia.
Las NIIF S1 y S2 representan una oportunidad concreta para superar
esas brechas y posicionarse estratégicamente en el contexto
internacional.
Adoptarlas de manera voluntaria, incluso antes de que sean
obligatorias, ofrece ventajas que van más allá del cumplimiento
normativo:
Aumentan la confianza de inversionistas internacionales. Las empresas que reportan bajo estándares globales son percibidas como más maduras y confiables.
Facilitan el acceso a financiamiento sostenible. Los fondos ESG y los bancos multilaterales buscan reportes comparables bajo marcos reconocidos.
Preparan a las organizaciones para futuras regulaciones. Países como Brasil y México ya avanzan en su adopción.
Conectan mejor con las expectativas de los stakeholders. Clientes, empleados y comunidades exigen transparencia.
Optimiza la gestión interna de riesgos. Especialmente los relacionados con el clima y la cadena de suministro.
El valor de adoptarlas incluso cuando no son obligatorias
En Colombia y en gran parte de América Latina, las NIIF S1 y S2 aún
no son de cumplimiento mandatorio. Sin embargo, las empresas que las
implementan voluntariamente están obteniendo beneficios tangibles:
Anticipación estratégica: las compañías que reportan bajo estas normas están un paso adelante frente a sus competidores.
Eficiencia operativa: la recopilación de datos ESG se vuelve más estructurada, lo que mejora la toma de decisiones.
Reputación y credibilidad: el mercado valora a quienes se alinean con estándares internacionales.
Convergencia global: al adoptar el mismo lenguaje
que Europa, EE.UU. o Asia, las empresas latinoamericanas pueden operar
en mercados fuera de su región sin tener que rehacer sus reportes.
En otras palabras: no se trata solo de cumplir, sino de evolucionar.
Una de las mayores fortalezas de las normas emitidas por el ISSB es su enfoque en la materialidad financiera: la información que puede influir en las decisiones de los inversionistas.
Sin embargo, su impacto va mucho más allá de los mercados de capital.
Los reportes basados en las NIIF S1 y S2 benefician a múltiples
públicos:
Inversionistas y analistas financieros, que pueden comparar el desempeño ESG entre empresas.
Entidades financieras y bancos, que ajustan sus estrategias de crédito e inversión.
Clientes corporativos, que buscan proveedores sostenibles y confiables.
Gobiernos y reguladores, interesados en políticas climáticas basadas en datos reales.
Colaboradores y comunidades, que pueden confiar en la integridad y coherencia de las acciones empresariales.
En resumen: reportar bajo NIIF S1 y S2 no es solo transparencia; es una forma de generar confianza y atraer alianzas.
Cómo prepararse para implementarlas: del dato al impacto
El gran reto de las empresas latinoamericanas no es la intención de reportar, sino la gestión y trazabilidad de los datos.
Para cumplir con los estándares del ISSB, se requiere información
verificada, coherente y actualizada sobre indicadores ESG y riesgos
climáticos.
Aquí es donde la tecnología se convierte en un aliado clave. Con soluciones las organizaciones pueden:
Centralizar toda la información ESG en un solo sistema.
Generar reportes bajo estándares internacionales (CSRD, GRI, TCFD, NIIF S1 y S2).
Facilitar auditorías y procesos de verificación.
Identificar brechas y oportunidades de mejora en tiempo real.
En lugar de ver las NIIF S1 y S2 como un desafío, las
empresas pueden aprovecharlas como una herramienta para fortalecer su
gestión interna, optimizar procesos y comunicar su compromiso con la
sostenibilidad de manera creíble y estratégica.
Latinoamérica en el mapa global de la sostenibilidad
El Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera (GLENIF)
ha subrayado la relevancia de estos estándares en la región,
promoviendo su adopción progresiva y adaptada a los contextos locales. Iniciativas
en países como Chile, Colombia y México ya muestran avances en la
capacitación, el reporte y la alineación con las normas del ISSB.
Esta evolución no solo mejora la transparencia regional, sino que
impulsa la integración de América Latina en la economía baja en carbono y
en los flujos de inversión verde.
Las NIIF S1 y S2 no son el futuro; son el presente de las empresas que quieren permanecer relevantes en el mercado internacional.
En Anthesis, ayudamos a las empresas a traducir los estándares globales en acciones concretas. Anthesis permite
automatizar la recolección de datos, generar reportes comparables y
asegurar que la información cumpla con los criterios de los principales
marcos de sostenibilidad del mundo.
By ECOVIS Grosclaude & Partners 23/10/2025 informe de auditoría, transparencia fiscal y NIA-ES revisadas
ElInstituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC)ha publicado la Resolución de 16 de octubre de 2025, mediante la cual se somete a información pública la modificación de lasNormas Internacionales de Auditoría adaptadas para España (NIA-ES), con especial incidencia en el contenido del informe de auditoría de cuentas anuales. Esta actualización normativa tiene su origen en laLey 28/2022, de 21 de diciembre, que modificó la Ley 22/2015, de Auditoría de Cuentas (LAC) para incorporar el artículo48 ter de la Directiva (UE) 2013/34, introducido por la Directiva (UE) 2021/2101, con el objetivo dereforzar la transparencia fiscal y la coherencia de la información financiera entre los Estados miembros.
¿A quién afecta?
Esta modificación deriva directamente delnuevo artículo 5.1.g) de la LAC y de la Disposición Adicional Undécima, que establecen la obligación de informar públicamente sobre el impuesto sobre sociedades para determinadas empresas y sucursales quesuperen una cifra de negocios consolidada o individual de 750 millones de euros en los dos últimos ejercicios.
¿Qué cambia en el informe de auditoría?
La principal novedad afecta al apartado“Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios”del informe de auditoría, que ahora deberá incluir una declaración expresa del auditor relativa a la obligación de la entidad auditada de:
Presentar el informe sobre el Impuesto sobre Sociedadeso impuesto análogo, y
Confirmar supublicación en el Registro Mercantil y en la página web corporativa, cuando así lo exija la normativa.
La obligación alcanza a:
Sociedades dominantes de grupos sujetos a derecho español.
Filiales españolas de grupos cuya dominante última no esté sujeta al derecho de un Estado miembro de la UE.
Sucursales en España de empresas no pertenecientes a la UE.
Sociedades independientes no integradas en grupo.
Normas afectadas y adaptaciones técnicas
La resolución del ICAC no se limita a laNIA-ES 700 (Revisada), sino que incluyemodificaciones complementariasen otras normas para garantizar coherencia técnica:
NIA-ES 510– Encargos iniciales: saldos de apertura.
NIA-ES 570 (Revisada)– Empresa en funcionamiento.
NIA-ES 600 (Revisada)– Auditorías de grupos.
NIA-ES 705, 706, 710 y 720 (Revisadas)– Opinión modificada, párrafos de énfasis, información comparativa e información complementaria.
ElAnexo IIde la resolución detalla las modificaciones introducidas, incluyendo la actualización de los ejemplos de informe (Ejemplos 1, 2 y 3) de la NIA-ES 700 (Revisada), donde se incorpora el nuevo párrafo relativo al impuesto sobre sociedades o análogo.
Calendario de aplicación
El ICAC establece un calendario de entrada en vigor diferenciado:
Ejercicios iniciados a partir del22 de junio de 2025.
Trabajos contratados desde el 1 de enero de 2026, salvo la obligación fiscal,aplicable ya desde el 22 de junio de 2025.
Claves prácticas para los auditores y las empresas
La modificación introduce un nuevo deber de comunicación en el informe de auditoría que, aunque no altera la esencia del trabajo del auditor, amplía su responsabilidad informativa.
Para las firmas de auditoría, implicará:
Actualizar sus modelos y plantillas de informe, incluyendo la nueva declaración.
Formar a sus equiposen la identificación de entidades sujetas a esta obligación y en la verificación de la publicación del informe fiscal.
Coordinar la comunicacióncon losdepartamentos fiscales y de cumplimientode las empresas auditadas.
Para las entidades afectadas, será esencial asegurar la publicación correcta y verificable del informe de transparencia fiscal en los registros exigidos y garantizar la coherencia entre la información contable, fiscal y publicada.
Hacia una auditoría más transparente y alineada con la rendición pública de cuentas
Con esta actualización, elICAC avanza hacia un modelo de auditoría más integral, transparente y alineado con los estándares internacionales de información pública. El nuevo requerimiento refuerza la confianza en la labor del auditor como garante de la fiabilidad, coherencia y responsabilidad fiscal corporativa, integrando la dimensión tributaria en el marco del informe financiero.
DesdeECOVIS Grosclaude & Partners, consideramos que esta evolución normativa constituye un paso decisivo hacia una auditoría más completa y socialmente responsable, donde la transparencia fiscal se incorpora de forma estructural al ecosistema de información financiera.
Resolución de 16 de octubre de 2025, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se somete a información pública la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España, relacionadas con el proceso de emisión y contenido del informe de auditoría de cuentas anuales.
(...)
A estos efectos, el Consejo General de Economistas de España-Registro de Economistas Auditores y el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España han presentado ante este Instituto la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría NIA-ES 510, NIA-ES 570 (Revisada), NIA-ES 600 (Revisada), NIA-ES 700 (Revisada), NIA-ES 705 (Revisada), NIA-ES 706 (Revisada), NIA-ES 710 y NIA-ES 720 (Revisada), para su tramitación y sometimiento a información pública, durante el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de publicación de esta resolución de publicación, conforme a lo previsto en el artículo 2.4 de la LAC y en el artículo 5 del RLAC.
(...)
Primero. Trámite de información pública y publicación.
Someter al trámite de información pública la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría
NIA-ES 510 Encargos iniciales de auditoría – Saldos de apertura,
NIA-ES 570(Revisada) Empresa en funcionamiento,
NIA-ES 600 (Revisada) Consideraciones especiales – Auditorías de estados financieros de grupos (incluido el trabajo de los auditores de componentes),
NIA-ES 700 (Revisada) Formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros,
NIA-ES 705 (Revisada) Opinión modificada en el informe de auditoría emitido por un auditor independiente,
NIA-ES 706 (Revisada) Párrafos de énfasis y párrafos sobre otras cuestiones en el informe de auditoría emitido por un auditor independiente,
NIA-ES 710 Información comparativa – Cifras correspondientes a periodos anteriores y estados financieros comparativos y
NIA-ES 720 (Revisada) Responsabilidades del auditor con respecto a otra información.
Se incorpora a la presente resolución en el anexo I, la NIA-ES 700 (Revisada) modificada, y en el anexo II, una relación de las modificaciones que afectan al resto de NIA-ES ya relacionadas a las que se refiere esta resolución.
Y, a estos efectos, ordenar su publicación íntegra en el «Boletín Oficial del Estado», en el «Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas» y en la página de Internet de dicho Instituto www.icac.gob.es, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.1 del RLAC.
Segundo. Periodo de información pública.
Durante el plazo de dos meses, a computar a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», se podrán formular por escrito, ante este Instituto o ante cualquiera de las Corporaciones representativas de los auditores de cuentas - Consejo General de Economistas de España-Registro de Economistas Auditores e Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España -, las alegaciones que se consideren oportunas a la modificación de las Normas objeto de esta resolución, estando expuesto, a dichos efectos, el contenido de las referidas Normas Técnicas de Auditoría, en la sede y en la página de Internet del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas - calle Huertas, 26 de Madrid; www.icac.gob.es - y en la sede de las citadas Corporaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.2 del RLAC.
El magistrado reconoce también que la Ley Concursal está elevando las cifras de los concursos con exoneración de pasivo a un nivel de récord
'elEconomista.es' celebra el IV Foro de Reestructuraciones
elEconomista.es - 10:03 - 22/10/2025
Ya han pasado cuatro años desde la aprobación de la Ley Concursal, una norma que, en general es valorada de forma positiva entre los expertos por su impacto sobre la insolvencia. Sin embargo, la ley también recibe críticas en alguna de sus partes como es el procedimiento especial de microempresas. De hecho, El Magistrado Juez Mercantil número 16 de Madrid en Poder Judicial, Carlos Nieto Delgado, ha incidido en estas debilidades en la apertura institucional del IV Foro de Reestructuraciones organizado por elEconomista.es bajo el título Las reestructuraciones en España.
"La Ley Concursal ha constituido una auténtico cambio de paradigma para el derecho español de la insolvencia, tanto para las empresas como para los particulares" ha trasladado el magistrado al inicio del foro. Para Nieto, no obstante, " ha habido una experiencia totalmente fallida en el procedimiento especial de microempresas".
La digitalización y la sostenibilidad impulsan la demanda de nuevos perfiles profesionales, abriendo oportunidades laborales para expertos tecnológicos y jóvenes con visión global y compromiso ético en el sector
Por Servimedia -
Según los datos analizados por el Instituto Coordenadas de Gobernanza y Economía Aplicada, el sector de la auditoría vive un momento de crecimiento sostenido,
con una facturación global de más de 980 millones de euros y más de
41.000 empleos en 2024, una dinámica positiva que podría acelerarse con
la incorporación de nuevos perfiles derivados del auge de la
digitalización, la integración de la sostenibilidad en las estrategias
empresariales y compliance.
Indica que el sector de la auditoría vive un momento decisivo marcado por su creciente relevancia en una sociedad que exige a las empresas
no solo revisar cuentas de los balances financieros, sino también
demostrar su responsabilidad social y compromiso medioambiental.
En un contexto de plena transformación digital, con la irrupción de tecnologías como la inteligencia artificial, señala que la profesión se enfrenta al reto de hacer frente a la demanda de más auditores, mejor formados y con perfiles cada vez más especializados para responder a las nuevas demandas del marco regulatorio empresarial.
El análisis del Instituto Coordenadas apunta que el aumento de la demanda de auditores viene impulsado por la necesidad de responder, por un lado, a un relevo generacional de una profesión con una edad media de 57 años y, por otro lado, de dar respuesta también a los cambios digitales y exigencias del marco regulatorio en materia de auditoría no financiera, que se prevé que se intensifiquen en los próximos años. Las compañías buscan profesionales capaces de analizar grandes volúmenes de datos, anticipar riesgos y evaluar su impacto social, medioambiental y de compliance con una visión integral del negocio.
Tal como señala Jesús Sánchez Lambás, vicepresidente del Instituto Coordenadas de Gobernanza y Economía Aplicada, "más allá del control financiero, la auditoría se ha consolidado como un pilar en la confianza entre empresas, ciudadanos y estado, donde la transparencia y responsabilidad social en las organizaciones está ganando presencia, generando un fuerte crecimiento en la demanda de auditores cualificados que se intensificará en los próximos años".
Si hace unas décadas los auditores provenían exclusivamente de los
estudios de economía y administración de empresas, el nuevo contexto
abre grandes oportunidades laborales a titulados de campos como la ingeniería, big data, desarrolladores de IA, expertos en ciberseguridad, RSC y gestión de sostenibilidad, lo que conllevará una demanda de un talento más diverso y multidisciplinar, según el Instituto Coordenadas.
Los informes consultados por el Instituto Coordenadas orientan un fuerte crecimiento global del empleo tecnológico en los próximos años, con especial protagonismo de los perfiles en programación, análisis de datos y ciberseguridad. De acuerdo con la lectura que realiza el Instituto de estudios como Trabajar en 2033 de PwC, las TIC
podrían generar un incremento de empleo cercano al 37% para ese
horizonte temporal y el sector de la auditoría va a ser uno de los
ámbitos más demandantes de ese talento.
Las firmas de auditoría ya están implementando la Inteligencia Artificial para automatizar procesos, realizar análisis masivos de datos e identificar riesgos y anomalías
en tiempo real, mejorando el rigor y la calidad que son sus señas de
identidad. Esta digitalización, apunta el Instituto Coordenadas, está
creando nuevas oportunidades laborales para perfiles tecnológicos, al tiempo que amplía la necesidad de auditores especializados en sistemas de ciberseguridad.
El auge de la información ESG —ambiental, social y de gobernanza— especialmente en sociedades cotizadas, pero no solo, ha impulsado la necesidad de auditores con conocimientos en sostenibilidad,
una palanca de crecimiento para el mercado laboral. Concretamente, el
Instituto Coordenadas recuerda que cambios legislativos como la
Directiva Europea de Información de Sostenibilidad Corporativa (CSRD)
están transformado también el ámbito de la auditoría, incorporando la verificación de los informes de sostenibilidad como parte de sus responsabilidades, impulsando la demanda de expertos en sostenibilidad dentro de las firmas de auditoría y de las propias empresas que son por propia definición transversales.
Uno de los grandes desafíos, según los datos analizados por el
Instituto Coordenadas, será corregir el actual desajuste entre oferta y
demanda de talento. Las vacantes cualificadas en áreas TIC son de
difícil cobertura -solo uno de cada cuatro empresas logra cubrir estos
puestos en menos de tres meses- y el déficit de especialistas
tecnológicos persiste, una situación que el Instituto Coordenadas
considera una rémora para el crecimiento empresarial y que también
afecta al sector de la auditoría, con el añadido de ser un sector poco
tenido en cuenta todavía por ingenieros informáticos y otros
especialistas en TIC: "Es importante que se establezcan sinergias entre
universidades, colegios profesionales y empresas para acercar a esos
perfiles técnicos que requiere la auditoría y trasladar al talento joven
el mensaje de que la auditoría brinda una oportunidad laboral de
éxito", afirma Lambás.
"Es conveniente también que el sector trabaje para atraer al talento
especialista en sostenibilidad, aquellos jóvenes que pueden ver en la
auditoría un sector donde desarrollar una profesión con sentido social,
ya que se contribuye a la transparencia de la responsabilidad social de las empresas y es un garante contra prácticas como el greenwashing", indica.
El Instituto Coordenadas subraya que la auditoría ofrece una de las mejores puertas de entrada al mundo empresarial.
Es una profesión que combina rigor técnico con visión global, espíritu
crítico, independencia y compromiso ético. Su evolución hacia ámbitos
como la sostenibilidad o la inteligencia de datos abre una oportunidad
única para las nuevas generaciones, que pueden encontrar en ella un
espacio donde la tecnología y el propósito social convergen. Una demanda
que las universidades deberían de ser capaces de cubrir.
Acerinox anuncia el proceso para la selección de auditor-verificador - Acerinox fabricante de acero inoxidable martes 14 de octubre 2025 | La auditoria será para los ejercicios 2027, 2028 y 2029
ACERINOX, S.A. anuncia
la apertura de un proceso público de selección y contratación de auditor
de cuentas anuales y verificador de la información sobre sostenibilidad
de ACERINOX, S.A. y sus sociedades dependientes, para los ejercicios
que terminen el 31 de diciembre de 2027, 2028 y 2029.
Para información detallada sobre el proceso de selección, incluyendo los plazos y restantes términos y condiciones, acceda al Pliego de Condiciones.
Imaginemos que Al
Capone tiene un negocio y pongamos que es un negocio legítimo, ha
decidido montar una sociedad limitada donde su mano derecha consta como
administrador de la sociedad y él como único accionista, directamente o
indirectamente.
Supongamos que estas
relaciones las tenemos claras, es decir sabemos que detrás esta Al
Capone y que el administrador es su mano derecha, un presunto sicario
reconvertido en administrador ¿podemos aceptar el encargo? ¿podemos
emitir una opinión favorable?
Más
allá de la broma (o no tan broma) de que obviamente nadie emitiría una
opinión modificada si sabe que una banda del crimen organizado tomará
represalias (yo el primero), centrémonos en la norma y veamos varios
puntos.
Punto 1: ¿podemos acepar el encargo?
Esto, como he dicho en otra ocasión es
una cuestión que depende de la política de aceptación de la firma, y
como evalúe su riesgo, pero no puedes contratar una auditoría si sabes
que vas a denegar y como veremos más adelante, aquí ya sabes que vas a
denegar.
Punto 2: Pero entonces ¿quien audita esta sociedad? ¿no se audita?
Esta
es una pregunta que es muy recurrente y que yo no entiendo bien ¿por
qué es nuestro problema que una sociedad no sea auditable? ¿que tiene de
loable auditar una sociedad que no debe ser auditadla?
Punto 3: ¿por qué crees que vas a tener que denegar opinión?
R20 de la NIA-ES 580 "El auditor denegará la opinión sobre los estados financieros, de conformidad con la NIA 705 (revisada), cuando: a) concluya que existen suficientes dudas sobre la integridad de la direccion como para que las manifestaciones escritas requieras por los apartados 10 y 11 no sean fiables; o (..)"
Es cierto que puede ser discutible cuando "existen suficientes dudas sobre la integridad de la direccion",
pero la auditoría requiere un entorno de control y una dirección que no
sólo no colabora para que haya incorrecciones materiales, tiene que
estar 100% claro que tratan activamente de evitarlas. Si hay dudas sobre
la integridad de la direccion, nunca vas a poder tener claro este
último punto.
La norma no toma por tontos a los usuarios de la información financiera, algunas personas en la profesión si lo hacen.
El anuncio de cierre definitivo de La Cartuja Pickman ha sido una
triste sorpresa no sólo para trabajadores de esta fábrica, sino también
para muchos hogares andaluces de todos los estratos sociales que han
vestido sus mesas con sus vajillas y han decorado sus aseos, chineros,
patios y zaguanes con sus piezas, que comenzaron a fabricarse en Sevilla
1841 para evitar el pago de los aranceles que protegían a los
productores locales frente a los importados, sobre todo de Reino Unido.
La familia Zapata, actuales propietarios de la empresa desde 2014, ha
luchado por mantener la producción contra viento y marea pero un último
embargo de Hacienda y otro previsible de la Seguridad Social y el Fogasa
le han hecho tirar la toalla al pedir la reapertura del concurso de
acreedores y la liquidación de una empresa casi bicentenaria.
José
Hurtado, presidente del comité de empresa, empleado de la fábrica desde
1986 y autor del Trabajo Fin de Grado (TFG) "Pickman S.A. La Cartuja de
Sevilla, Fundación, desarrollo y liquidación de una empresa",
ha anunciado que pedirán ayuda a la Junta de Andalucía y las
administraciones locales para buscar una solución que permita salvar la
actividad y el empleo en una industria que en sus mejores momentos llegó a tener 22 hornos -algunos de los cuales los podemos contemplar hoy en
el monasterio de la Cartuja- y más de 1.200 obreros. La plantilla, que
teme que la producción pueda deslocalizarse a Marruecos, ha ido
menguando en los últimos años de forma ostensible. En 1982, cuando tenía
300 trabajadores se trasladó desde la Cartuja hasta el municipio
sevillano de Salteras por el inicio de la construcción de la Exposición
Universal. Hoy, sin embargo, apenas quedan 36 empleados que han estado
trabajando bajo pedido en los últimos años para clientes como El Corte
Inglés y la hostelería.
José Navarro Hidalgo, de 64 años, trabajador de La Cartuja Pickman desde hace 49 años,
es uno de sus empleados con mayor antigüedad laboral. "Mi abuelo
trabajó en la fábrica, también mi padre y mis dos hermanas", recuerda
este empleado, que llegó a desarrollar su trabajo en el Monasterio de
Santa María de las Cuevas cuando había 400 trabajadores en la fábrica.
"He vivido muchas crisis en La Cartuja Pickman. En la de la expropiación
de Rumasa salió mi padre", lamenta José, que pensaba jubilarse en abril
de 2026.
Los últimos 36 trabajadores de la fábrica La Cartuja Pickman, que llegó a tener en 1983 más de 300 empleados
/ M. G.
Carmen Viveros, cuyos tíos abuelos también formaron parte de la plantilla de la fábrica,
trabajó en La Cartuja Pickman 40 años hasta que hace unos cuatro años
dejó la empresa cansada de que le debieran dinero. "Me ha dolido el
cierre", confiesa esta mujer que fue presidenta del comité de empresa y
que recuerda con nostalgia la labor artesanal que hay detrás de esta
emblemática loza, con sus compañeros trabajando en los distintos
departamentos de moldes de escayola, barro en crudo, horno de bizcocho,
sala da tapaporos, grabadores, calcomanía, horno de desgrasado,
barnizado, horno o taller de clasificación. "Hemos hecho tantas cosas
para salvar la fábrica que incluso antes de que se llevaran el museo
pedimos que se protegiera el oficio porque todo es manual y hay poca
gente que lo conozca desgraciadamente", dice.
Hurtado, también secretario general de CCOO de Industria de Andalucía, recoge en su TFG que la fábrica ha pasado por multitud de manos empresarios y ha recibido importantes ayudas públicas para rescatarla de la crisis
permanente en la que ha vivido en las últimas décadas. En sus casi
doscientos años de vida, la fábrica ha vivido la Guerra Civil Española,
la postguerra, la crisis del petróleo, la depresión provocada por las
hipotecas de las subprime, una pandemia mundial... Su loza ha salido de
sus hornos bajo los reinados de Isabel II, Alfonso XII, Amadeo I, Carlos
I [sic] y Felipe VI, como durante la primera y segunda república y la
dictadura de Franco.
Una de las bandejas de loza salidas de los hornos de la fábrica de La Cartuja Pickman
/ M. G.
En su trabajo, Hurtado explica que la familia Pickman, de origen
inglés, llevaba instalada en Cádiz desde 1810 dedicándose a la venta de
artículos de cerámica y cristalería inglesa estando al frente del
negocio Guillermo Pickman, que falleció joven, lo que hizo que su
hermano Charles, con sólo 14 años, le sustituyera en 1822. "El joven
Charles Pickman pensó que Sevilla, al ser una ciudad mayor, con una
burguesía de alto poder adquisitivo, resultaría un lugar idóneo en
términos comerciales, de manera que trasladó su establecimiento al
centro de Sevilla, donde comenzó vendiendo los productos traídos desde
su país pero pronto comprendió que era más rentable fabricarlos en
España por los fuertes aranceles a los productos manufacturados".
Tras
la desamortización de Mendizábal, Charles Pickman compró en 1840 el
Monasterio de Santa María de las Cuevas para instalar la fábrica,
que lo adquirió con su hermanastro Benjamín Harris por 400.000 reales
de vellón. "El primer objeto salido de sus hornos fue un palanganero el
día 1 de enero de 1841, superando en ese mismo año la producción de
250.000 piezas", añade Hurtado, quien manifiesta que "esta fábrica
significó un gran cambio en el tejido empresarial de la época". La
jornada laboral de lunes a sábado y se cobraba por semana entre 7 y 10
reales, pero si estropeaban piezas se les descontaba del jornal para
usarlo en un fondo para enfermos de silicosis y fibrosis pulmonar.
Visita real a la fábria de La Cartuja Pickman en la Cartuja, donde la empresa se estableció en 1841
/ M. G.
Proveedora de la Casa Real
A
finales del siglo XIX, Pickman y Cía empleaba a 1.200 obreros,
convirtiéndose en la primera fábrica de cerámica artística y loza de
España. "En 1871, la fábrica fue designada como proveedora de
la Casa Real, y en 1873 Carlos Pickman, tras recibir numerosos premios,
fue nombrado marqués de Pickman por Amadeo I de Saboya, título que
fueron heredando después sus descendientes". El renombre de la fábrica
justificó la visita a la misma de la realeza: Isabel II en 1862, Alfonso XII en 1873, la regente María Cristina en 1892 y Alfonso XIII en 1904.
En 1883 murió Carlos Pickman y la Cartuja pasó a ser una sociedad
anónima. Entre 1899 y 1925 la fábrica arrojó muchos beneficios
aprovechando el reconocimiento de los aristócratas sevillanos y la
protección arancelaria, pero en 1926 empezó a entrar en declive y se vio
obligada a reducir costes. "Las piezas fabricadas en Francia y Alemania
estaban en el mercado español entre un 30% y un 50% más baratas que la
loza de La Cartuja debió a la reducción de los aranceles y acuerdos
comerciales", precisa José Hurtado. La plantilla fue reduciéndose de
forma paulatina, pasando de 1.100 empleados en 1899 a 523 en 1922.
A juicio del actual presidente del comité de empresa, la falta de
inversiones para modernizar la empresa y emprender retos comerciales le
llevaron a reducir su capacidad de producción. La década de los 60 fue
una época de expansión gracias a mejoras en los talleres, entre ellos la
sustitución de los antiguos hornos de botella por los nuevos hornos
túneles eléctricos, el mayor avance tecnológico de la empresa en el
siglo XX, necesitando por ello menos personal. En 1964, el antiguo Monasterio de Santa María de las Cuevas fue declarado por decreto Conjunto Monumental Histórico Artístico, quedando protegido, lo que obligó a trasladar los talles a unas naves.
En 1970, los terrenos e instalaciones de Pickman fueron expropiados por decreto ley para
realizar la Corta de la Cartuja. En 1976 se dio por finalizado el
expediente de expropiación valorado en 247 millones de pesetas, lo que
dio el pistoletazo para la construcción de una nueva fábrica en
Salteras, cuyas obras acabaron en 1979, aunque las oficinas de Pickman
continuaron en la Cartuja hasta 1982, añade José Hurtado.
Almacén de la fábrica de Pickman
/ Grupo Joly
Llega Rumasa
En marzo de 1982 se conoció la compra por parte de Rumasa del 50% de La Cartuja de Sevilla,
quedando el 20% en manos de la empresa pública Sodean. Un año después,
el Gobierno presidido por Felipe González aprobaba la expropiación de
los bancos y otras sociedades del Grupo Rumasa por razones de utilidad
pública e interés social. Patrimonio del Estado se hizo cargo de La
Cartuja y, a pesar de los pésimos informes gubernamentales sobre Rumasa,
los trabajadores añoraban los buenos momentos de la fábrica bajo la
dirección de Rumasa, según José Hurtado, que recoge en su trabajo unas
declaraciones de algunos de ellos asegurando que la mejor época que
vivieron fue con la dirección de Rumasa porque cobraban puntualmente y
la peor, con Ruiz de Alda.
La Cartuja fue vendida al grupo Invertécnica, propiedad de los hermanos José María y Joaquín Martínez Ruigómez en 1985, por
recomendación de la Comisión Asesora para la Enajenación de Rumasa. La
plantilla de 313 trabajadores se redujo en 125, asumiendo Invertécnica
una plantilla de 188 trabajadores, un pasivo de 367 millones de pesetas y
comprometiéndose a ampliar el capital en 200 millones. A la Cartuja se
le dio un préstamo hipotecario de 250 millones de pesetas usando como
avales los suelos, según las mismas fuentes.
Cárcel y subvenciones millonarias
En 1987, Rumasa presentó una querella criminal contra los
propietarios e Invertécnica al detectar irregularidades, desvío de
capitales e incumplimiento de los compromisos de adjudicación de la
empresa. El presidente del comité de empresa afirma que ese año La Cartuja de Sevilla pasó a manos del Grupo Estudesa al adquirir el 60% y al siguiente año adquirió el otro 40%, "viviendo unos años bonanza".
En
1994, la Pickman La Cartuja pasó a manos de la sociedad valenciana
Plusvalores, propiedad de Enrique Tatay y Joaquín Casanova, a partes
iguales. "Reciben la empresa como pago de un crédito de 800
millones que los hermanos Jiménez Ambel como propietarios de Estudesa
habían solicitado a Plusvalores". Los planes de inversión de Enrique
Tatay quedaron en nada, según José Hurtado, porque "fue detenido e
ingresado en la prisión de Picassent el 31 de enero de 1997 acusado de
tráfico de drogas".
José Hurtado, presidente actual del comité de empresa de La Cartuja Pickman y trabajador de la misma desde 1986
/ M. G.
Suspensiones de pagos
Con el empresario Tatay en la cárcel y ante el deterioro de la
empresa, los trabajadores comenzaron una ronda de reuniones con las
administraciones para implicarlas en una solución para una compañía "y
trasladarle la preocupación de los casi 200 empleados al correr el rumor
de la inminente venta de La Cartuja a un empresario madrileño, Ildefonso Jiménez".
Finalmente, Hurtado afirma que Jiménez "llevó a la Cartuja a la
suspensión de pagos en 1999, con una deuda de 20 millones de euros,
cediendo la empresa a Álvaro Ruiz de Alda, por entonces competidor en el sector y propietario de San Claudio en Oviedo".
Entonces, el 90% del capital de Pickman era de Inversiones Jara y el
otro 10% de Sogeasi y el propio Ruiz de Alda, que negoció las deudas
con la Seguridad Social a través de quitas con el compromiso de mantener
la actividad en Sevilla y la pignoración de las marcas, agrega Hurtado.
"Por otro lado, Hacienda le aceptó el pago de la deuda a cambio del
contenido del Museo de Pickman". En 2003, comunicó a los trabajadores
que pasaban a formar parte de la plantilla de Rumasa tras la ejecución
de los terrenos e instalaciones pero el holding de la abeja negaba la
subrogación de los 132 trabajadores, "llevándose la producción de la Cartuja de Sevilla a Marruecos y a las instalaciones de San Claudio en Oviedo". Finalmente,
Ruiz de Alda y Rumasa fueron condenados, y Patrimonio del Estado
devolvió la actividad de La Cartuja a la planta de Sevilla tras 10 meses
de inactividad, haciéndose con las riendas de la empresa hasta que pasó
a manos del empresario Emilio Portes Fernández.
Emilio Portes, uno de los propietarios que ha tenido la fábrica de loza La Cartuja Pickman
/ Grupo Joly
Ultimos coletazos
Tras recibir importantes subvenciones de la Junta de Andalucía,
Portes comunicó en 2008 a la Junta de Andalucía su intención de
abandonar la empresa y le pidió que buscara un nuevo comprador, pasando
los trabajadores por varios ERTE y retrasos en el pago de nóminas. En 2011, se hizo con la empresa el empresario malagueño Antonio Herrezuelo, sacando
a los 106 trabajadores de la plantilla del ERTE después casi dos años y
medio. Por falta de liquidez, La Cartuja paró nuevamente su producción y
volvió al Juzgado Mercantil en 2011 para no salir de él. En 2014, la
unidad productiva se adjudicó a Ultralta, entonces vinculada a la familia Zapata,
a la que en 2019 la Seguridad Social intentó derivar seis millones de
euros de deuda del anterior propietario, un proceso que le obligó a ir
al concurso de acreedores durante cinco años.
En 2023 el Supremo dio la razón a la empresa pero ya era demasiado
tarde para la fábrica de loza. La empresa estaba desangrada tras el
Covid, la crisis de suministros, la falta de financiación y el
encarecimiento de los precios de la energía. Un nuevo embargo de casi
800.000 euros de Hacienda ha llevado a la familia Zapata a tirar la
toalla, aunque asegura que quiere hacer las cosas bien y que los
trabajadores reciban lo que les corresponda antes de que La Cartuja
Pickman cierre sus puertas definitivamente. La maquinaria y los stocks
son los únicos activos de Ultralta.
¿Qué pasará a partir de ahora? Ni las marcas ni la nave son propiedad de Ultralta. Las marcas de loza La Cartuja fueron vendidas en 2022 por 800.000 euros a la empresa Nox Industrial,
radicada en Madrid y propiedad de Juan Manuel Martín Buendía, aunque
Ultralta tiene una opción de recompra de las marcas. De otro lado, las naves son propiedad de la sociedad Internacional Crane and Equipment Company, vinculada
también a la familia Zapata. La última palabra la tienen, por tanto, la
familia Zapata, y el Juzgado Mercantil 3 de Sevilla.