BDO deberá pagar a acreedores de Miró por sus fallos en la auditoría | Compañías | Cinco Días
La firma asegura que cumplió las normas de auditoría y que presentará un recurso contra la sentencia.
8 JUL 2019 - 12:52 CES
La Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado a la firma BDO a
indemnizar a acreedores de la cadena de electrodomésticos Miró por los
fallos en las auditorías realizadas en los años previos al concurso de
2011, según una sentencia del 14 de junio, en la que también se condena al que fuera administrador de la empresa.
La sentencia da la razón a los acreedores Media Electronics, Litografía Roses y Anker Noroeste
contra el administrador, al que condena al pago de 50.823 euros, y a la
firma BDO Auditores con una suma de igual cuantía. En cambio, el
tribunal estima el recurso presentado por el socio auditor de BDO, al
que la Audiencia libra del pago impuesto anteriormente por el Juzgado de
lo Mercantil número 7 de Barcelona.
Establiments Miró, fundada y presidida por Francesc Miró
en 1992, fue declarada en concurso de acreedores en mayo de 2011. El
informe de la administración concursal de julio de ese año “puso de
manifiesto graves irregularidades contables con incidencia en la
situación patrimonial y financiera de la concursada”, explica la
Audiencia en la sentencia. Así, el patrimonio neto positivo de los años
2008, 2009, 2010 y 2011 pasó a convertirse en fondos propios negativos
de 41,1 millones, 57,1 millones, 85,6 millones y 136,1 millones desde
2007 y posteriores ejercicios. Esas irregularidades “alteraron la imagen
de solvencia” de la compañía a acreedores, como recuerda el fallo.
"Es fácil deducir cuál hubiera sido la situación de Establiments Miró
si hubiera publicitado unas cuentas que realmente reflejaran la imagen
fiel de su situación patrimonial, como estaba obligada a hacer. La
situación hubiera sido que se le hubiera cerrado en pocos meses el
crédito porque sus acreedores no habrían podido garantizarlo a través de
los aseguradores", dice la sentencia. Y añade: "Se establece legalmente
un severo régimen de responsabilidad de los auditores por no cumplir
fielmente con las obligaciones de su cargo, porque, cuando conceden su
opinión favorable a unas cuentas de forma indebida, esa conducta es
susceptible de causar daño a los operadores que confían en la importante
función de la labor del auditor".
La Audiencia también recuerda que BDO ya fue multada con 142.928 euros por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC)
y ratificada por el Ministerio de Economía por infracción grave en la
Ley de Auditoría de Cuentas, "al emitir un informe que carecía de la
debida fundamentación y susceptible de tener un efecto significativo
sobre las cuentas anuales cerradas a 31 de enero de 2010".
Desde BDO reflejan una “absoluta discrepancia con la sentencia” y
considera que la firma actuó en todo momento de forma estricta conforme a
las normas técnicas de auditoría, por lo que presentará recurso de
casación.
En paralelo varias asociaciones sectoriales presentaron una querella
contra Francesc Miró por falsedad contable, estafa e insolvencia
punible. La marca Miró fue comprada posteriormente por el fondo alemán
Springwater y salió de concurso de acreedores el pasado año. Actualmente
opera únicamente en Cataluña y Baleares.
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