jueves, 11 de mayo de 2017

teInteresa.es: ¿Por qué el juez libra a MAFO y los auditores del desastre de Bankia?

¿Por qué el juez libra a MAFO y los auditores del desastre de Bankia?
11/05/2017 - VERÓNICA GARCÍA

El famoso folleto de Bankia, la única información que recibieron los accionistas en la salida a Bolsa y de la que después se supo que los datos estaban falseados, lo avaló Deloitte. Las cuentas anuales para el toque de campana del que fuera el mayor banco de crédito de España no mostraban “la imagen fiel de la entidad” y también fueron avaladas. Esta vez por el Banco de España, con Miguel Ángel Fernádez Ordoñez, MAFO, al frente.

Son las conclusiones del juez Fernando Andreu, que ha dado por terminada la investigación por el caso Bankia y pide que se abra juicio oral en el plazo de un mes. 34 personas físicas y jurídicas como Bankia, Banco Financiero y de Ahorros, S.A. (BFA) el ex presidente Rodrigo Rato o el ex consejero delegado, Francisco Verdú, han sido procesados. Entonces, ¿por qué se exime de responsabilidad tanto a Deloitte como a MAFO y el Banco de España? Estas son las explicaciones del juez.

Si el Banco de España lo hizo mal, no es lo que se investiga

El Banco de España, en su papel de supervisor, fue el encargado de dar luz verde a la salida a Bolsa. El juez considera acreditado que esta decisión derivó en la posterior quiebra de Bankia y su nacionalización.

En unos correos electrónicos, el ya famoso inspector José Antonio Casaus advertía contundentemente y en mayúsculas de la inviabilidad de Bankia y del perjuicio que supondría para las arcas públicas. Sin embargo, el juez considera que estos correos eran una opinión y que la decisión se tomó por los organismos del Banco de España adecuados.

Una decisión “perfectamente legítima y que no por lo errónea que finalmente hubiera podido ser, deba ser objeto de una investigación penal”, dice el auto. Es decir, no hay evidencia de fraude ni de que los inspectores del Banco de España o MAFO hubieran cometido ningún ilícito penal o intención de delinquir. Tomaron una decisión que pudo ser negligente, pero no fraudulenta. Por eso aún pueden ser condenados civilmente, pero no por la vía penal.

Andreu lo tiene claro, “en este procedimiento, no se investiga si la decisión de salida al parquet de la entidad fue acertada o, como premonitoriamente indicaba el inspector del Banco de España D. José Antonio Casaus, errónea”.

Deloitte no, sus socios sí

En el caso de la auditora Deloitte, explica el juez en el auto al que ha tenido acceso Teinteresa.es, ésta no tiene ningún tipo de responsabilidad penal por las actuaciones de sus socios.

Debe tenerse en cuenta, expone Andreu, que Deoitte “se rige por los principios de absoluta autonomía e independencia de criterio en el desempeño de su trabajo de auditoría, autonomía e independencia”. Por eso, es el socio de la auditora Francisco Celma, el responsable de firmar el informe de auditoría, sobre quien recae la responsabilidad. Además, para eximir su responsabilidad penal, Deloitte aportó un Manual de Compliance, asegurando que “cumple con las herramientas y protocolos adecuados”, para exigir a sus socios que no cometan ilícitos.

Eso sí, Deloitte también continuará en la causa como responsable civil, por lo que se expone a una multa, pero sin implicaciones penales.

La CNMV no redactó el folleto

Algo similar ocurre con el tercer pie de la tríada supervisora. La CNMV también avaló las cuentas del banco y el folleto en el que se basa la acusación de fraude a los inversores fue registrado en la comisión.

“Causa cierto estupor”, dice el juez Andreu, “que a una entidad de reciente creación, sin cuentas consolidadas de ejercicios anteriores, se le permitiera salir a bolsa, pero lo cierto es que en este caso la CNMV lo autorizó”. Ese estupor, sin embargo, no es suficiente para considerar que hubiese un delito en la decisión.

Al contrario, el juez instructor cree que los administradores de Bankia actuaron “de mala fe” y comunicaron a la CNMV unas cuentas anuales en las que aseguraban que la salida a bolsa había sido “exitosa” y disponían de una “robusta solvencia”.

Les engañaron, sí, pero en realidad la labor de la CNMV, según el auto, no es verificar las cuentas, sino “comprobar que la información remitida cumple con la normativa aplicable”. Una función meramente procedimental.

No existe el más mínimo indicio de que los mismos (CNMV y Banco de España) tuvieran intervención alguna en la comisión de los delitos investigados, al no haberse acreditado, ni siquiera de forma indiciaria, haber tenido participación alguna en la formulación y aprobación de las cuentas”, zanja el juez.

Las acusaciones particulares, el 15M PaRato y la Confederación Intersindical de Crédito, tienen un mes para decidir si piden ir a juicio después de cinco años o rechazan las conclusiones del juez y le piden que continúe investigando.

En este tiempo han comparecido ante Andreu 48 personas imputadas, ahora investigadas, se ha llamado a declarar a 40 testigos, se ha solicitado información bancaria a más de 30 entidades y empresas y 44 acusaciones particulares y populares se han personado.

Un 'macrocaso' que está llegando a su fase final: el momento en el que los grandes banqueros y directivos de Bankia se sentarán en el banquillo.

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