miércoles, 15 de enero de 2025

KPMG Tendencias: El control interno en los informes de verificación de la información sobre sostenibilidad

Yolanda Pérez
Directora del área de Gobierno, Riesgo y Cumplimiento (GRC) 
15 enero, 2025

En el último año ha aumentado la preocupación en el mercado sobre el grado de requerimiento actual respecto a la implantación de un sistema de control interno sobre la información de sostenibilidad. Totalmente lícito si consideramos la incertidumbre normativa actual. Por un lado, la esperada trasposición de la directiva sobre sostenibilidad (conocida como CSRD), no se producirá, como supimos hace escasas dos semanas, hasta, al menos, el mes de febrero de 2025, plazo establecido para recibir enmiendas a su propuesta legislativa.

Y, por otra parte, hace unos días el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) publicó la norma técnica de verificación limitada de la información sobre sostenibilidad (no aprobada aún hasta que se trasponga la CSRD), el glosario de términos y la norma de relación entre verificadores. De ella se extraen importantes conclusiones respecto al grado de control interno “esperado” sobre la información de sostenibilidad.
La esperada trasposición de la directiva sobre sostenibilidad (conocida como CSRD) no se producirá hasta al menos el mes de febrero de 2025, plazo establecido para recibir enmiendas a su propuesta legislativa
Principales aspectos de control interno a considerar
 
Glosario de Términos

De partida, en el glosario de términos se hace referencia a los controles, deficiencia en el control interno y sistema de control interno, dado que se mencionan específicamente en la propia norma.

Norma Técnica de verificación Limitada de la Información sobre Sostenibilidad

En los párrafos en los que se hace referencia al control interno, se deja patente que es preciso disponer de un SCIIS, al menos, diseñado e implantado.

a) Manifestaciones de la Dirección y órganos de gobierno respecto del control interno 
  • La Dirección y responsables del gobierno de la entidad deben reconocer y comprender su responsabilidad en relación con la preparación de la información sobre sostenibilidad de conformidad con el marco de información sobre sostenibilidad aplicable que incluye diseñar, implantar y mantener el control interno que consideren relevante para permitir la preparación de la información sobre sostenibilidad que esté libre de incorrecciones materiales, debidas a fraude o error (párrafo 13 b)ii)).
  • En las manifestaciones escritas de la dirección y de los responsables del gobierno de la entidad se incluye en su apartado f) que han comunicado al verificador todas las deficiencias de control interno relevantes para el encargo de las que tienen conocimiento salvo las que son claramente insignificantes; (párrafo 78 f)).
b) Entendimiento del sistema de control interno implantado
  • El verificador debe obtener conocimiento para la identificación y valoración del riesgo, incluyendo el conocimiento acerca del entorno de control y sistema de gestión de riesgos y de control interno implantado por la entidad en relación con el proceso de elaboración de la información sobre sostenibilidad (párrafo 32, a)).
  • El verificador deberá conocer y comprender el sistema de control interno implantado por la entidad en relación con la preparación de la información sobre sostenibilidad en el entorno de verificación limitada, con el objetivo de identificar y valorar el riesgo de incorrección material de la información sobre sostenibilidad. Este análisis deberá realizarse en los niveles adecuados (a nivel consolidado o en las distintas entidades que forman el grupo a nivel individual). (párrafo 33 y apartados A30-A33).
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  • Si el verificador considera que los elementos relevantes de control interno alcanzan una calidad mínima, y más específicamente que existen determinados controles que quiere utilizar en su planificación como base para ajustar el alcance de las pruebas adicionales, el verificador deberá obtener un conocimiento del diseño e implantación de esos controles a través de procedimientos adicionales a la indagación, como puede ser la observación de la aplicación de controles específicos y la inspección de documentos e informes. Para obtener ese conocimiento, el verificador debe centrarse inicialmente en los controles empleados por la dirección de la entidad para sus propios propósitos, los denominados controles clave de gestión. El verificador puede utilizar también los conocimientos obtenidos al analizar el entorno de control y los controles internos relevantes y sistemas de información (párrafo 34).
c) El control interno mencionado en el informe de verificación limitada
  • En la sección con el título “Responsabilidades de los responsables del gobierno de la entidad en relación con la información sobre sostenibilidad” se incluirá una declaración de que éstos son responsables de diseñar, implantar y mantener el control interno que consideran necesario para permitir la preparación de la información sobre sostenibilidad de conformidad con el marco de información sobre sostenibilidad y libre de incorreciones materiales debidas a fraude o error y seleccionar y aplicar métodos apropiados para la presentación de información sobre sostenibilidad y la realización de asunciones y estimaciones que sean razonables, considerando las circunstancias, sobre las divulgaciones específicas (párrafo 108 f)iii) y modelos de informes).
  • En la sección con el título “Responsabilidades del verificador”, éste debe manifestar que aplica procedimientos sobre el riesgo, lo que incluye un conocimiento de los controles internos relevantes con el fin de identificar la información a relevar [sic] en la que es más probable que surjan incorreciones materiales, debidas a fraude o error, pero no con la finalidad de proporcionar una conclusión acerca de la eficacia del control interno de la entidad (párrafo 108 h) iv) y vi) y modelos de informe). E incluso se indica que el verificador debe considerar la fiabilidad de la información que está previsto utilizar como evidencia de verificación y los controles sobre su preparación y conservación, en su caso (Apartado A8). También menciona la identificación de existencia de procedimientos escritos o manuales de control interno como parte del conocimiento del negocio (Apartado A21).
Retos a futuro: pasar de aseguramiento limitado a razonable

En definitiva, la CSRD exige la verificación de la información de sostenibilidad por parte de un tercero independiente, comenzando con un aseguramiento limitado y hacia un aseguramiento razonable en 2028. La diferencia entre ambos es muy significativa. Un aseguramiento razonable exige que el verificador exprese una opinión en forma positiva acerca de si la información es exacta y completa o se presenta fielmente, en todos los aspectos materiales, según las normas europeas de información en materia de sostenibilidad. Esto requiere, entre otros, verificar la eficacia del sistema de control interno sobre la información de sostenibilidad. Es decir, para los profanos en la materia, disponer de controles que estén diseñados/documentados, estén implementados (al menos se hayan ejecutado una vez) y estén funcionando de manera sistemática (se ejecuten con la periodicidad establecida).
 
Un aseguramiento razonable exige que el verificador exprese una opinión en forma positiva acerca de si la información es exacta y completa

Con todo ello, lo más recomendable para las compañías es que se anticipen. Es decir: que se vayan preparando para disponer de un sistema de control interno de la información de sostenibilidad correctamente diseñado, implantado y funcionando en los términos exigidos por los marcos de referencia en control interno como COSO. El 2028 está a la vuelta de la esquina y, teniendo en cuenta el diseño e implantación de otros marcos de control similares como el de la información financiera (SCIIF), el plazo de media ronda los dos o tres años. Así, lo razonable sería tener ya encima de la mesa de cualquier comité de dirección y consejo un plan para abordarlo de manera progresiva, considerando los recursos necesarios para llevarlo a cabo.

elEconomista.es: Menos burocracia y regulación para impulsar la sostenibilidad europea

Menos burocracia y regulación para impulsar la sostenibilidad europea
El marco regulatorio actual es excesivamente complejo y presenta inconsistencias
Silvia Irazoqui González - Sofía Galipienso
16:56 - 15/01/2025

El anuncio que Ursula Von Der Leyen realizó el pasado 8 de noviembre sobre la iniciativa Ómnibus, cogió a más de uno por sorpresa y está generando mucho revuelo. Ese día la reelegida presidenta de la Comisión Europea comunicó su intención de presentar una iniciativa en 2025 para "reducir la burocracia y la carga regulatoria" en materia de sostenibilidad. En concreto, se refirió a tres regulaciones, el Reglamento de taxonomía, la Directiva sobre información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD, por sus siglas en inglés) y la Directiva sobre Diligencia Debida en sostenibilidad (CSDDD, por sus siglas en inglés).

En su intervención, la presidenta de la Comisión recalcó que el contenido de la legislación era el correcto, pero reconoció que se piden muchos datos y que existen inconsistencias y redundancias. No parece tarea fácil pues, simplificar y, a la vez, mantener lo que ya existe.

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sábado, 11 de enero de 2025

NoticiasdeAlmería.com: Cuenta atrás para la facturación electrónica

Por Rafael Leopoldo Aguilera
Sábado 11 de enero de 2025

Durante la tarde del día 9 de enero, en el salón de actos del Centro Cultural CAJAMAR sito en la Casa de las Mariposas en la Puerta de Purchena, el Colegio Oficial de Graduados Sociales junto a los Colegios profesionales de Economistas y Gestores Administrativos, llevaron a cabo una jornada académica sobre “El nuevo sistema de facturación electrónica obligatoria” dirigida por el economista Bartolomé Borrego Zabala, técnico de la Agencia Tributaria.

Entre más de un centenar de juristas y economistas, presididos por María del Mar Ayala Andújar, presidenta del Colegio de Graduados Sociales, la Decana y Vicedecana del Colegio de Economistas, Ana María Moreno Artés y Rebeca Gómez Gázquez, y la Vocal del Colegio de Gestores Administrativos, Ruth Martínez Molina, que con sus intervenciones completaron lo expuesto por el ponente respecto a las necesidades que van a precisar las empresas en relación con los softwares de facturación y el sistema VERI*FACTU.

El Vocal adscrito en Agencia Estatal de Administración Tributaria, Borrego Zabala, disertó de forma didáctica la Orden HAC/1177/2024, la cual se publicó el pasado 28 de octubre de 2024 en el Boletín Oficial del Estado, detallando las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido que deben cumplir los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales.

La normativa reguladora consolidada pretende el hecho de prevenir la morosidad en las relaciones comerciales y aumentar la transparencia en las transacciones, para lo cual, la facturación electrónica será obligatoria para todas las empresas, las cuales deberán remitir sus facturas a Hacienda de manera instantánea, previsiblemente, a partir de 2026. En este sentido, expresó que para facilitar la implementación de estas nuevas responsabilidades, la Agencia Tributaria facilitará a pymes y autónomos un sistema de facturación electrónica, denominado VERI*FACTU, que permitirá el envío inmediato de las facturas al fisco.

Un acto excelente, llevado a puro y debido efecto con la colaboración de tres Colegios Profesionales de la provincia de Almería, economistas, gestores administrativos y graduados sociales, que pudieron actualizar sus conocimientos sobre los requisitos que deberán cumplir con lo dispuesto en la normativa específica sobre facturación derivada de las disposiciones contenidas en el Real Decreto 1619/2012 (Reglamento facturación), Ley 56/2007 (Ley Med. Impulso Soc. Información), Ley 58/2003, (LGT) y otras normas específicas concordantes.

Destacar entre los presentes la presencia de Rebeca Gómez, Delegada Territorial de Justicia de la Junta de Andalucía y del profesor titular de la Universidad de Almería y auditor, Francisco Jesús Sierra Capel.

viernes, 10 de enero de 2025

Infoaeca Contabilidad y Auditoría 1015: Efemérides contables

Efemérides contables (Infoaeca Contabilidad y Auditoría 1015)
Puede haber partida doble sin libro diario?  Y si hay libro diario, ¿Es prueba inequívoca de que se está utilizando la partida doble? Son dos preguntas (cuya respuesta es "si") que con frecuencia se plantea la arqueología de la contabilidad, especialmente ante hallazgos de libros de cuentas de los siglos XIII y XIV, época del florecer y auge del comercio y de difusión de la partida doble. 

El 2 de enero de 1430, es la fecha del primer asiento en el diario del comerciante veneciano Andrea Barbarigo, el más antiguo encontrado hasta ahora. Por este tipo de indicios sabemos que Pacioli no inventó la partida doble, que ya se utilizaba unas cuantas décadas antes de su Suma (1494). Le queda, no obstante, el mérito de ser el primer autor que contribuye a su difusión entre los comerciantes de su época.
Fuente: Profesor Jorge Tua

AlmeríaNoticias.es: Cuenta atrás para la facturación electrónica - Almeria Noticias | Tu periódico online

Cuenta atrás para la facturación electrónica - Almeria Noticias | Tu periódico online
10/01/2025

Durante la tarde del día 9 de enero, en el salón de actos del Centro Cultural CAJAMAR sito en la Casa de las Mariposas en la Puerta de Purchena, el Colegio Oficial de Graduados Sociales junto a los Colegios profesionales de Economistas y Gestores Administrativos, llevaron a cabo una jornada académica sobre “El nuevo sistema de facturación electrónica obligatoria” dirigida por el economista Bartolomé Borrego Zabala, técnico de la Agencia Tributaria.

Entre más de un centenar de juristas y economistas, presididos por María del Mar Ayala Andújar, presidenta del Colegio de Graduados Sociales, la Decana y Vicedecana del Colegio de Economistas, Ana María Moreno Artés y Rebeca Gómez Gázquez, y la Vocal del Colegio de Gestores Administrativos, Ruth Martínez Molina, que con sus intervenciones completaron lo expuesto por el ponente respecto a las necesidades que van a precisar las empresas en relación con los softwares de facturación y el sistema VERI*FACTU.

El Vocal adscrito en Agencia Estatal de Administración Tributaria, Borrego Zabala, disertó de forma didáctica la Orden HAC/1177/2024, la cual se publicó el pasado 28 de octubre de 2024 en el Boletín Oficial del Estado, detallando las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido que deben cumplir los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales.

La normativa reguladora consolidada pretende el hecho de prevenir la morosidad en las relaciones comerciales y aumentar la transparencia en las transacciones, para lo cual, la facturación electrónica será obligatoria para todas las empresas, las cuales deberán remitir sus facturas a Hacienda de manera instantánea, previsiblemente, a partir de 2026. En este sentido, expresó que para facilitar la implementación de estas nuevas responsabilidades, la Agencia Tributaria facilitará a pymes y autónomos un sistema de facturación electrónica, denominado VERI*FACTU, que permitirá el envío inmediato de las facturas al fisco.

Un acto excelente, llevado a puro y debido efecto con la colaboración de tres Colegios Profesionales de la provincia de Almería, economistas, gestores administrativos y graduados sociales, que pudieron actualizar sus conocimientos sobre los requisitos que deberán cumplir con lo dispuesto en la normativa específica sobre facturación derivada de las disposiciones contenidas en el Real Decreto 1619/2012 (Reglamento facturación), Ley 56/2007 (Ley Med. Impulso Soc. Información), Ley 58/2003, (LGT) y otras normas específicas concordantes.

Destacar entre los presentes la presencia de Rebeca Gómez, Delegada Territorial de Justicia de la Junta de Andalucía y del profesor titular de la Universidad de Almería y auditor, Francisco Jesús Sierra Capel.

Rafael Leopoldo Aguilera

jueves, 9 de enero de 2025

elDerecho.com: Nuevas explicaciones del EFRAG sobre los ESRS

El Grupo Asesor Europeo de Información Financiera (EFRAG) ha publicado una compilación de preguntas y respuestas en respuesta a las consultas recibidas sobre las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) [sic].
09-01-2025

Este documento de casi 280 páginas aborda todas las Normas de Información de Sostenibilidad Específicas (ESRS) publicadas hasta la fecha, con la excepción de las normas dedicadas a las comunidades afectadas (ESRS S3).

Entre los aspectos destacados se incluye una correspondencia detallada entre todas las cuestiones de importancia relativa descritas en las NERS temáticas y los distintos requisitos de divulgación correspondientes.

Desde la puesta en marcha de su plataforma, destinada a recoger las consultas de las partes interesadas sobre las normas de la UE, el EFRAG ha recibido casi 800 preguntas.

Lee más aquí sobre el documento del EFRAG

lunes, 6 de enero de 2025

elEconomista.es: El auditor eleva las pérdidas de elZinc a 49 millones y cuestiona su viabilidad

Javier Romera - 6/01/2025 - 12:34

Asturiana de Laminados, la empresa especializada en la producción de bobinas y chapas de zinc, propietaria de la marca elZinc, se sitúa al borde del abismo. KPMG, la firma que ha auditado los resultados del primer semestre del ejercicio, ha firmado las cuentas con salvedades, cuestionando el balance y situando a la empresa en causa de disolución, al tiempo de alertar de que las previsiones de su plan de negocio no se están cumpliendo.

El auditor concluye que el inmovilizado material de la sociedad está sobrevalorado en 18,7 millones de euros, lo que originaría una pérdida del ejercicio mayor de lo publicado por la compañía. Asturiana declara pérdidas de 30,2 millones, pero, según KPMG, el resultado negativo se eleva en realidad hasta los 49 millones de euros, lo que deja el patrimonio neto de la sociedad en una cifra negativa de 7,5 millones, con lo que se sitúa en causa de disolución. KPMG opina, además, que existe "una incertidumbre material que genera dudas significativas sobre la capacidad de la sociedad para continuar como empresa en funcionamiento".

Asturiana de Laminados, controlada por el empresario Macario Fernández y que ha presentado las cuentas con dos meses de retraso, declara, asimismo, una caída del 22% de los ingresos respecto al primer semestre del año anterior. La facturación ha pasado así de 59,4 a 46,3 millones de euros. , El resultado negativo reconocido por la compañía está condicionado en parte por el deterioro registrado de 29 mllones [sic] de euros, de los cuales 11 millones vienen de la participación en Latem Aluminium, que se vio obligada a paralizar el proyecto de su fábrica en Villabrázaro, en la provincia de Zamora, y cuya viabilidad está ahora también en grave riesgo.

El grupo tiene el 56,76% de Latem Global Trading, sociedad holding que cuenta con una participación a su vez del 58,5% en Latem Aluminium. Tras el deterioro registrado el valor de la participación es de solo 3 millones, por lo que el 100% de la compañía vale únicamente 5 millones de euros. Además de Asturiana, la Junta de Castilla y León tiene un 23,3% e Iberdrola otro 19%.

Deuda

Asturiana de Laminados tiene una deuda financiera neta de 99,2 millones de euros y afronta a 30 de junio de este año vencimiento por importe de 31,2 millones. Pero es que, además, a 30 de junio de 2024 la compañía tenía deudas con entidades de crédito vencidas y no pagadas por importe de 7,5 millones, de los cuales 4,9 millones son avales ejecutados por su principal proveedor de zinc, Glencore. Los bonistas han otorgado un waiber o dispensa a la sociedad aplazando el pago de intereses del cupón de diciembre 2024 al 2 de agosto de 2027, aprobando asimismo modificar la fecha de vencimiento de los bonos fijada inicialmente en el 2 de agosto de 2027, hasta el 2 de agosto de 2032.

Todo ello a pesar de que Macario Fernández, el presidente del grupo, se ha autoconcedido un crédito por importe total de 18,6 millones. Fernández está financiando las aportaciones de capital que ha realizado en la compañía, por un importe de 15,5 millones, con dinero así de la propia empresa, un dinero que aún no ha sido devuelto. El empresario está utilizando para ello sociedades de inversión que no tienen tesorería ni inversiones que generen caja, por lo que en el sector existen duda de que pueda repagar estas deudas en algún momento.