miércoles, 19 de mayo de 2021

Coordenadas BDO: La externalización de la función de auditoría interna

La externalización de la función de auditoría interna - BDO
Escrito por Eva Queralt | 19-05-2021

En los últimos años, ha habido una evolución en la función de Auditoría Interna donde, cada vez más, la demanda por parte de los Consejos de Administración, las Comisiones de Auditoría y el marco regulatorio al que están expuestas las organizaciones es más relevante y deriva en que los ámbitos a cubrir por la propia función son cada vez más amplios, exigentes y con un componente de especialización muy acentuado. Adicionalmente, la función de Auditoría Interna está orientándose hacia un enfoque más preventivo frente a los enfoques detectivos tradicionales, hecho que exige para el desarrollo de las obligaciones de la función tanto un número cada vez más elevado de recursos internos dedicados al cumplimiento de las actuaciones dispuestas en los planes de auditoría interna, como que los profesionales dispongan de los conocimientos técnicos adecuados para atender los múltiples ámbitos que deben ser auditados.

Asimismo, las empresas se enfrentan a un entorno cada vez más cambiante así como a nuevos riesgos que años atrás ni siquiera se planteaban incluir como prioritarios en los mapas de riesgos. Ello implica un sobresfuerzo de las unidades de Auditoría Interna en cuanto a medidas para la identificación de deficiencias del entorno de control asociado a procesos.

A la hora de panificar las actuaciones que den cobertura a la consecución de los objetivos de la función de Auditoría Interna, deben determinarse cuáles son las actividades que por su naturaleza es necesario que se lleven a cabo de forma interna y cuáles pueden ser susceptibles de ser llevadas a cabo por parte de terceros especializados. En este sentido y respecto a soportes externalizados para el desarrollo de la función, deben tomarse en consideración aquellos ámbitos de revisión que requieren de un nivel muy alto de especialización y / o de una intensidad en la dedicación de los recursos humanos y / o tecnológicos que no son fácilmente asumibles para determinadas estructuras internas o en los plazos exigidos para su ejecución. Estos niveles de especialización no recaen exclusivamente en los ámbitos de auditoría interna, sino también en conocimientos normativos, legales, tecnológicos, etc. A título ilustrativo, tipologías de revisión que suelen ser susceptibles de subcontratación a expertos con la suficiente experiencia y acreditación serían las siguientes:

  • Auditorias de cumplimiento normativo y de ámbito regulatorio.
  • Auditorias de sistemas informáticos, de seguridad y ciberseguridad.
  • Auditorias de continuidad de negocio.
  • Verificación del cumplimiento de los Sistemas/Modelos de Prevención de Delitos (Supervisión del Compliance Penal).
  • Auditorias de proveedores y de servicios externalizados (Third Party Assurance).
  • Evaluación de los Sistemas de Control Interno sobre Información Financiera (SCIIF).
  • Auditorias de privacidad de datos - Privacy Assurance (RGPD).
  • Auditorias que requieran la utilización de tecnologías y herramientas avanzadas de análisis y tratamiento de datos.
  • Auditoría de modelos y de calidad de datos.
  • Auditorías de provisiones actuariales.
  • Revisiones bajo estándares ISAE 3402/ SSAE 18.
  • Revisiones de cumplimiento de Contratos (Contract Compliance), entre otras.

La tendencia a la externalización o subcontratación de una parte de las actuaciones a desempeñar por la función de Auditoría Interna, si bien desde hace ya unos años es una opción real de aquellas sociedades sometidas a unos altos niveles de exigencia en materia de Control Interno y de Gobierno Corporativo, siempre con sus niveles adecuados de supervisión y responsabilidad dentro de las compañías,  para el resto de las organizaciones forma parte también del presente en aras de un óptimo, eficaz así como eficiente cumplimiento de los objetivos que deben alcanzar.

Para la consecución de una externalización o subcontratación de servicios de auditoría interna exitosa es primordial tanto el análisis previo de la idoneidad de las acciones a ser llevadas por terceros como el establecimiento de los mecanismos oportunos y razonables para que la ejecución de estos trabajos esté intrínsecamente alineada con los objetivos pretendidos por la organización y que están determinados por los órganos de gobierno de la misma.

A modo de síntesis, entre las principales ventajas que la cada vez más habitual externalización de determinadas actuaciones de auditoría interna proporciona, se encontrarían las siguientes:

  • Facilitación de un alineamiento entre las necesidades fruto de los mandatos de las Comisiones de Auditoría y su ejecución efectiva en los plazos definidos.
  • Disponibilidad de perfiles altamente cualificados y especializados para atender con el nivel de profundidad y detalle suficiente el amplio espectro de tipologías de trabajos a los que debe hacer frente la función de Auditoria Interna.
  • Focalización de los esfuerzos y recursos de los equipos de Auditoría Interna de las organizaciones a aquellos procesos core / críticos del negocio y que deben conformar el principal foco de sus actuaciones.
  • Asignación de recursos exclusivamente cuando son necesarios sin ocasionar sobredimensionamiento de estructura de plantillas de forma permanente: Optimización del coste de la función.

Por todo ello, la tendencia a la externalización en el ámbito de la auditoría interna está más presente que nunca, permitiendo un mayor fortalecimiento y ampliación de la cobertura por parte de los equipos de auditoría interna y una anticipación eficiente a los principales riesgos que pueden afectar a la consecución de los objetivos de las compañías. Las organizaciones deben plantearse, por tanto, su estrategia de cómo afrontar sus responsabilidades y obligaciones de buen gobierno teniendo en cuenta esta tendencia que ha venido para quedarse.

CincoDías.com: PwC exige inyectar dinero en la matriz de Abengoa para aprobar sus cuentas

El informe de auditoría es clave para cualquier plan de rescate
Madrid 19 MAY 2021 - 06:22 CEST

La salvación de los activos operativos de Abengoa depende de que PwC emita los informes de auditoría de las cuentas de la matriz correspondientes a 2019, ya presentadas ante la CNMV, y también de las de 2020. La empresa cotizada, Abengoa SA, está en concurso de acreedores desde el 26 de febrero, pero los dos posibles planes de rescate –el de Terramar y el de los Amodio– incluyen la inyección de unos 25 millones de euros en la holding para que se dé el salvoconducto a las cuentas del grupo y se pueda ejecutar el salvamento. Sin la luz verde de PwC todo está perdido, explican fuentes financieras.

El objetivo, muy complicado aunque no imposible, es que Abengoa sobreviva y se mantengan sus alrededor de 13.000 empleos, unos 2.500 de ellos en España. La oferta del fondo californiano Terramar ya está encima del tapete, con 200 millones en total, 50 de ellos en forma del capital. Aunque la participación del Estado, a través de la SEPI con 249 millones de euros, del ICO y de Cesce, que deberán blindar liquidez por unos 300 millones y también avales para que el grupo de ingeniería siga operando, es imprescindible.

Los Amodio, aliados con EPI Holding y Ultramar Energy y también con la plataforma AbengoaShares, que agrupa a minoritarios con el 21% del capital, se disponen a presentar su propuesta, una vez que Pérez-Llorca ha verificado la viabilidad de Abenewco 1. En principio, Caabsa, la empresa de la familia mexicana se quedaría con un 35%, junto con sus socios –que están discutiendo el papel– y los minoritarios, con el mismo porcentaje. El 30% restante sería para los acreedores, liderados por Santander y por fondos como KKR, Blue Mountain, Alden y Melqart.

El visto bueno necesario

Los dos posibles rescatadores tienen una labor pendiente más prosaica: lograr que el auditor del grupo, PwC, emita su informe. Sin este, es inviable cualquier tipo de solución, según fuentes conocedoras de la situación. Abengoa envió sus cuentas de 2019 a la CNMV el pasado 12 de febrero, aunque avisó de que estaba “pendiente de recibir los informes correspondientes del auditor de cuentas”. Con el papel de PwC, los resultados y el balance deberían aprobarse en junta.

Las cuentas de 2019 están presentadas, pero no han recibido el aval del auditor

Pero fuentes financieras señalan que esa luz verde no ha llegado, ni llegará, si no se ayuda a la matriz. Curiosamente, el rescate de Abenewco 1, la sociedad que atesora los activos, pasa también por llevar dinero a la matriz. Se barajan unos 25 millones, según las fuentes consultadas. Y ya no son solo las cuentas de 2019, sino las del año pasado, que ni han sido formuladas. Entre tanto, los dueños de una parte del pasivo financiero han ampliado hasta el viernes, 21 de mayo, el waiver que libera a la empresa de abonarles el dinero que les debe.

El asunto de fondo, en todo caso, sigue en el tejado del Gobierno. La intervención de la SEPI y sus casi 250 millones de euros es imprescindible para que pueda funcionar cualquiera de las dos hojas de ruta de salvamento planteadas. También las participaciones del ICO y de Cesce son cruciales.

lunes, 17 de mayo de 2021

Coordenadas BDO: El muestreo en auditoría

El muestreo en auditoría - BDO 

Escrito por Patricia Molero | 17-05-2021

El muestreo puede ser de fácil comprensión a nivel conceptual pero, en ocasiones, difícil de llevar a la práctica.

El muestreo en auditoría se define en la NIA-ES 530 como la “aplicación de los procedimientos de auditoría a un porcentaje inferior al 100 % de los elementos de una población relevante para la auditoría, de forma que todas las unidades de muestreo tengan posibilidad de ser seleccionadas con el fin de proporcionar al auditor una base razonable a partir de la cual alcanzar conclusiones sobre la población”. El muestro no se debe confundir con la selección de elementos específicos de la población pues los resultados de las pruebas en base a elementos específicos no proporcionan evidencia en relación al resto de la población no seleccionada, mientras que la finalidad del muestreo es, la de alcanzar conclusiones respecto del total de una población a partir de la realización de pruebas sobre una muestra de la población.

Uno de los pilares de nuestro trabajo como auditores es la evidencia de auditoría. El muestreo junto con otros procedimientos de auditoría, permiten al auditor concluir sobre los estados financieros de la entidad auditada. Esta evidencia ha de quedar debidamente soportada en el archivo de auditoría. Si el auditor ha aplicado técnicas de muestreo, se requerirá que los papeles de trabajo contengan el objetivo del procedimiento, la descripción de las poblaciones analizadas, los criterios y métodos para seleccionar las muestras, los hechos o hipótesis relevantes para las cuestiones a verificar, los resultados y la investigación de las desviaciones e incorrecciones identificadas y su resultado, la extrapolación de las incorrecciones, los procedimientos adicionales realizados y la evaluación del efecto de las desviaciones e incorrecciones en la auditoría.

El proceso de transformación digital que está viviendo el sector de la auditoría de cuentas en los últimos años, ha llevado a que cada vez son más las firmas de auditoría que optan por utilizar programas de auditoría sobre los que poder apoyar su trabajo en cuanto a determinación de muestras.

La probabilidad que exista algún grado de riesgo en el muestreo de cualquier tipo siempre está presente.

Métodos de muestreo

El muestreo de auditoría se puede aplicar utilizando enfoques de muestreo estadístico y no estadístico.

El muestreo estadístico implica un enfoque de muestreo en el que el auditor utiliza métodos estadísticos como el muestreo aleatorio para seleccionar elementos a verificar. El muestreo aleatorio se utiliza cuando hay muchos artículos o transacciones registradas.

En el muestreo no estadístico los elementos de muestreo no se eligen al azar. Sino que se eligen con base en el juicio del auditor y el resultado de la prueba de las selecciones no se usa para inferir la conclusión para toda la población.

La decisión de utilizar muestreo estadístico o no estadístico es un tema de juicio profesional. No obstante, el muestreo estadístico permite soportar de manera objetiva las conclusiones obtenidas y permite cuantificar el riesgo de muestreo.

El muestreo estadístico que se aplica en auditoría se instrumenta en dos categorías:

Muestreo por atributos: basado en la distribución de probabilidad estadística binomial, que permite a los auditores determinar la tasa de acaecimiento de determinada característica de la población. Este tipo de muestreo no proporciona información de valor monetario por lo que su uso suele limitarse a detectar desviaciones en los controles, pudiéndose comportar la muestra analizada únicamente de dos formas, o los controles probados cumplen o no cumplen. Es el método más utilizado para pruebas de controles.

Muestreo de variables: se usa cuando el auditor pretender [sic] alcanzar conclusiones sobre una población en términos de importe monetario. El muestreo por unidad monetaria (MUM) y el muestreo de variables clásicas son métodos de muestreo estadístico de variables. El MUM es el tipo de muestreo más utilizado en pruebas sustantivas de detalle. Cuando realizamos este tipo de pruebas el objetivo del auditor es verificar si los saldos de una cuenta o de una transacción están contabilizados adecuadamente. El MUM permite determinar el impacto monetario de los errores encontrados. Al realizarse en este caso la selección de la muestra en función de los importes monetarios, la probabilidad de que un ítem sea seleccionado depende de su valor monetario. Este método permite extraer conclusiones sobre la muestra analizada que son extrapolables al total de la población.

Tamaño de la muestra.

El tamaño de la muestra que el auditor debe definir es aquel que permita reducir el riesgo de muestreo a un nivel aceptablemente bajo. El riesgo de muestreo se reduce aumentando el tamaño de la muestra.

Para determinar el tamaño de la muestra requerida en las pruebas de controles, el auditor debe considerar las siguientes variables:

  • Nivel de confianza
  • Porcentaje de desviación tolerable
  • Porcentaje de desviación esperado

En conclusión, el muestreo es de obligado cumplimiento en los términos y con los alcances establecidos en las NIA-ES. Su adecuada aplicación aporta un elevado grado de calidad en los trabajos, eficacia y eficiencia en la ejecución de los encargos. Las nuevas tecnologías y el acceso a herramientas informáticas especialmente diseñadas para ello están contribuyendo a incorporar el muestreo en nuestra práctica profesional.

DiarioJaén.es: Aplazado hasta el 31 de mayo el juicio por la apropiación de 2,6 millones de la cooperativa La Unión

Aplazado hasta el 31 de mayo el juicio por la apropiación de 2,6 millones de la cooperativa La Unión
La Fiscalía ha calificado los hechos de un delito de administración desleal, otro de apropiación indebida y otro de falseamiento de cuentas
17 may 2021 / 13:59 H.  

El fallecimiento de la pareja de uno de los dos acusados ha llevado a la Sección Tercera a aplazar hasta el 31 de mayo la celebración de la vista en la que se juzgará al contable y al auditor de la cooperativa La Unión, de Úbeda, acusados de apropiarse de 2,6 millones de euros de la que fuera la segunda mayor cooperativa de aceite española, con más de 2.000 socios cooperativistas.

En el banquillo también debería sentarse el que fuera presidente de la cooperativa José Consuegra, pero su fallecimiento en enero de 2018 ha llevado a que se extinguiera su responsabilidad penal en esta causa. Sí se sentarán J.L.R.P, el que fuera contable de la cooperativa, de 64 años, y el auditor M.R.A., de 88 años.

Precisamente, es la pareja del auditor, M.R.A, la que ha fallecido este fin de semana, motivo por el que el tribunal, tras consultarlo con la más de una decena de abogados que están personados en la causa, ha optado por su aplazamiento al 31 de mayo, mientras las partes han acordado renunciar a un considerable número de los 65 testigos que están citados a declarar con el fin de que el juicio sólo necesite una semana de celebración para quedar visto para sentencia.

Aunque la defensa del acusado de mayor edad había solicitado poder declarar por viodeconferencia cuando se celebre la vista, atendiendo a lo avanzado de la edad del procesado, finalmente, y salvo cambio de última hora, el tribunal ha rechazado esta posibilidad y ha determinado que su declaración en el juicio deberá ser presencial en la Audiencia de Jaén.

El Ministerio Fiscal en el escrito de calificación establece que el contable y el presidente fallecido "movidos por un ánimo de obtener un lucro a costa de los ajeno", procedieron a apoderarse del dinero de los cooperativistas.

Para ello, según el relato de Fiscalía, no sólo realizaron salidas de tesorería por importe de 1,2 millones y anticipos de remuneraciones por importe de 1,2 millones, sino que "falsearon las cuentas anuales de la sociedad, los tickets de entrega de aceituna propios y de otros propios, e incluso el acusado J.L.R.P, apoderándose de modo directo de un total de 187.600 euros".

Para ocultarlo, en 2007 "se concertaron" con el otro acusado, auditor de las cuentas y de sus filiales para que en su informe contable anual omitiera de modo "consciente y voluntario" la situación real de la cooperativa y los actos de disposición tanto del presidente como del contable. Así, les proporcionó programas informáticos para la contabilidad "de modo que se engañaba a los miembros del consejo rector al exponer su informe anual de auditoría".

Relata Fiscalía que amparándose, en una situación de "aparente solvencia y gestión", el presidente de la cooperativa, ya fallecido, y el contable abrieron una sección de crédito en la que tanto los socios como terceros a la sociedad realizaban depósitos que se retribuían a un interés muy superior al del mercado, consiguiendo de esta forma "efectivo con el que disimular la situación real de la empresa".

Debido a la "pésima" gestión, la cooperativa tuvo que someterse a un concurso de acreedores que concluyó con la aprobación del correspondiente convenio que dejaba al descubierto una deuda superior a los 40 millones de euros.

El Ministerio Fiscal ha calificado los hechos de un delito de administración desleal, otro de apropiación indebida y otro de falseamiento de cuentas. Como presuntos autores de los mismos reclama a los dos acusados nueve años de prisión y 4.800 euros en multas. Además, en concepto de responsabilidad civil les reclama 2,67 millones de euros por el dinero distraído y no recuperado.

viernes, 14 de mayo de 2021

Expansión.com: Las auditoras generan 1.640 nuevos empleos pese al Covid

Las auditoras generan 1.640 nuevos empleos pese al Covid, con información del presidente del REA del Consejo General de Economistas, Carlos Puig de Travy - REA

Fuente: Expansión

Pinterest: "Humor contable y auditores", uno de mis tableros en Pinterest

Se trata, simplemente, de un lugar donde recojer con mucho humor cómo se nos ve a los contables y a los auditores, con una mirada simpática unas veces, otras ácida. Aquí os dejo unos pocos ejemplos...

Jaus Guaterguar Cuperl



 

ABC.es: Condenado a tres años y ocho meses de cárcel un director bancario por apropiarse de 200.000 euros

Realizó asientos contables ficticios en las cuentas de los clientes de Caja Rural de Zamora, retirando fondos y haciéndolos propios
Valladolid Actualizado:14/05/2021 18:01h 

La Audiencia Provincial de Zamora ha condenado a tres años y ocho meses de prisión para el director de varian sucursales rurales que se hizo con más de 200.000 euros de sus clientes hasta ser descubierto por la entidad para la que trabajaba.

Los hechos se remontan a 2020, cuando el condenado, fue despedido de su puesto en Caja Rural de Zamora donde durante siete años desempeñó su función como único trabajador y director de las oficinas de la entidad en las localidades de Villardeciervos, Mahíde y Ferreras de Abajo. En fecha no determinada, pero comprendida entre febrero de 2016 y 14 de febrero de 2019, actuando con el «propósito de obtener un beneficio económico ilícito» realizó asientos contables ficticios en las cuentas de los clientes, retirando fondos de las tres sucursales y haciendo suyos los mismos por valor de 207.646,42 euros.

Estos hechos fueron descubiertos a raíz de una auditoría interna no programada, siendo reconocidos por él a los auditores desde el primer momento. A día de la fecha el acusado no ha reintegrado cantidad alguna del dinero detraído.

La sentencia considera los hechos constitutivos de un delito continuado de apropiación indebida en concurso medial con un delito de falsedad en documento mercantil, con la atenuante de reconocimiento de los hechos, y le condena a la pena de 3 años y ocho meses de prisión, así como a una multa de 3.000 euros y a una responsabilidad personal subsidiaria, en caso de insolvencia, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas. Su responsabilidad civil asciende a 204.646,42 euros.