lunes, 9 de junio de 2014

ValoresDigital.es: ¿Qué define un buen informe integrado?

¿Qué define un buen informe integrado? | Valores Digital
Marta Fernández Mur

“¿Conducir mirando solo el espejo retrovisor? – ¿Sería imposible, verdad? ¿Entonces, por qué las empresas siguen ofreciendo únicamente información financiera focalizada en el pasado sin dar su visión de los riesgos y oportunidades a los que se enfrentan en el futuro? Los accionistas, inversores y el resto de stakeholders tendrían mucho más fácil tomar decisiones estratégicas si las compañías incluyesen en sus informes este tipo de información”. José Luis Blasco, socio responsable de servicios de Gobierno Corporativo de KPMG en España, se hace estas preguntas, muy similares a las que, probablemente, se plantearon los fundadores del International Integrated Reporting Council (IIRC) cuando crearon esta organización en 2010 para impulsar la implantación del informe integrado, un tipo de reporte corporativo  enfocado en cómo la estrategia de la empresa, sus políticas de buen gobierno, su conducta y oportunidades, en el contexto de su entorno exterior, conducen a la creación de valor en el corto, medio y largo plazo.

La obligación de que las empresas comenzaran a informar de sus estados financieros surgió de la Gran Depresión en Estados Unidos a principios de los años 30 con la Securities Act. Desde entonces, las formas de dar cuenta del gobierno corporativo han sufrido una importante evolución en el mundo  y las compañías, especialmente las cotizadas impulsadas por los cada vez más exigentes requerimientos de los reguladores, han pasado a emitir una gran cantidad de reportes enfocados en diferentes aspectos de su actividad, aunque con especial incidencia en los aspectos financieros: cuentas anuales, informe de auditoría, informe de gobierno corporativo, informe de retribuciones… La lista es larga y depende de la legislación de cada país, pero, aún así, “no permite a los grupos de interés evaluar la capacidad de las compañías de crear valor en el futuro, ni conocer cómo gestionan los riesgos, ni su resiliencia”, asegura José Luis Blasco.

“Veo el reporte integrado como una manera de conocer las compañías desde la perspectiva de la estrategia. Como contable estaba habituado a ver a la empresa desde la perspectiva de los datos, pero lo difícil es conectar los datos con la estrategia”, explicaba recientemente Paul Druckman, CEO del IIRC, en el II Foro Anual del Consejero, organizado por KPMG, IESE, AIG y El País. Para ello, los expertos del Comité consideran imprescindible que en la empresa impere un pensamiento integrado, “una reflexión activa sobre las relaciones que se establecen entre las diferentes unidades funcionales y operativas de la compañía y los capitales que la organización posee o utiliza”, según se señala en el International Framework que ha publicado el organismo, un documento redactado a modo de guía para que las empresas interesadas elaboren sus propios informes integrados acorde con unos estándares.

José Luis Blasco coincide en que la mentalidad de la organización y sus directivos es fundamental para elaborar un informe integrado: “la compañía ha de tener visión a largo plazo, estar convencida de que el valor que genera está repartido con la sociedad y no tener miedo a la transparencia. Si alguno de estos requisitos falla, la elaboración del reporte no cumplirá su objetivo. Su elaboración y desarrollo no solo beneficia a los grupos de interés, sino también a la propia empresa, puesto que con este ejercicio de reflexión mejorará la toma de decisiones estratégicas, su rendimiento y reputación”.

Algunas empresas españolas se han convertido en pioneras en la elaboración de estos informes a nivel mundial. BBVA, Enagás, Indra, Inditex, Meliá Hotels International, Repsol y Telefónica ya forman parte del programa piloto del IIRC junto con otras 93 empresas a través del cual se pretende hacer frente de manera coordinada a los retos que puedan surgir en la elaboración de los informes así como compartir enseñanzas y experiencias.

Las cuatro claves de un buen informe integrado: 
  • Hablar menos del pasado y más del futuro (y hablar del futuro es hablar de sostenibilidad): a los inversores les interesa cómo el pasado va a influir en el futuro y cómo la compañía trabaja para alcanzar los objetivos que se ha propuesto. El futuro está determinado por los temas que marcarán la agenda en diez años y todos ellos están relacionados con la sostenibilidad (cambios en las tendencias demográficas, desarrollo de las clases medias, gestión de los recursos del planeta, etc.). La compañía debe exponer cómo se enfrentará a estos cambios que, sin duda, le afectarán.
  • Exponer de forma concreta la estrategia de la compañía: la mayoría de las empresas, en sus informes, detallan la estrategia de forma muy genérica de manera que apenas se pueden detectar diferencias entre las estrategias de empresas de un tamaño y características similares. Es necesario que los stakeholders conozcan la verdadera visión de la compañía y su estrategia.
  • Incluir tanto los aspectos positivos como los negativos: en los informes corporativos se tiende a explicar únicamente las oportunidades que una compañía puede aprovechar, pero en ocasiones se dejan de lado los riesgos o las barreras a superar. Esa información también es de gran interés y demuestra la transparencia e imparcialidad de la compañía.
  • Concisión: tal y como recomienda el IIRC, los conceptos han de expresarse de forma clara y en las menos palabras posibles. Es preferible evitar  tecnicismos y  divagaciones.

EstebanUyarra.com: Inicio de la campaña de seguimiento de control de calidad por el ICAC


INICIO DE LA CAMPAÑA DE SEGUIMIENTO DE CONTROL DE CALIDAD. ENVÍO DE CARTAS Y PREPARACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN A REMITIR AL ICAC. « Esteban Uyarra

Entre los papeles de trabajo...

jueves, 5 de junio de 2014

LoyolaAndNews.es: "En España no hay una cultura de la rendición de cuentas", por Antonio López, presidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía

Antonio López: "en España no hay una cultura de la rendición de cuentas" - Diario de la Universidad Loyola Andalucía – Loyola And News
Por Francisco José Bocero el 5 junio 2014 

Así lo ha afirmado el presidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en el seminario “La Responsabilidad Social Corporativa: una tarea conjunta de los sectores público y privado“, organizado por la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas, (AECA), que se ha celebrado en Campus Palmas Altas de la Universidad.

Antonio López ha explicado, en relación a la actividad económica pública, que “la rendición de cuentas no es sólo una cuestión económica sino de legitimidad e identidad de las empresas públicas” y ha destacado el valor de la transparencia asegurando que es “un elemento motivador para asegurar las prácticas en su gestión”. En este sentido, ha reivindicado a la transparencia y la rendición de cuentas como “aspectos característicos y distintivos de la gestión pública“.

Así, ha advertido que “en España no hay una cultura de la rendición de cuentas” subrayando que “los datos andaluces son de los peores de todo el país” y ha recordado que los grandes ayuntamientos “cumplen correctamente, pero hay pequeños que no lo hacen y en Andalucía lo que más tenemos son ayuntamientos de pequeñas localidades”.

El valor de la Responsabilidad Social Corporativa
Para el presidente de la cámara de cuentas andaluza, “la aplicación de políticas de responsabilidad social corporativa, permite que las entidades públicas obtengan mejoras que pueden verificarse en los informes que se realizan periódicamente sobre sostenibilidad”, cuestión sobre la que Mercedes Ruíz Lozano, de la Universidad Loyola Andalucía y especialista en responsabilidad social corporativa (RSC), ha señalado como asignatura pendiente a solucionar desde el punto de la gestión pública: “continuamente aparecen estudios sobre la falta de rendición de cuentas por parte de la administración pública, y es que el funcionario público entiende la RSC como una carga más. Esto no puede ser así, hay que cambiar esta mentalidad“.

En la misma idea, Pedro Rivero, presidente de la Comisión de RSC de AECA, ha recordado que “desde la Asociación estamos intentando colaborar  para que la RSC haya venido a quedarse, y que en el menor espacio de tiempo posible se elimine la sensación de que las empresas y las instituciones públicas no cumplen con estas políticas”.

Por su parte, y desde el punto de vista de las empresas privadas, María Victoria Sánchez, directora de Responsabilidad Social Corporativa de Abengoa  ha dicho sobre la RSC que “es una ventaja competitiva para las empresas principalmente porque ayudar a mitigar los riesgos asociados a las actividades que realiza, genera confianza en los mercados y detecta oportunidades de negocio”.

AECA: Consecuencias de falsear la contabilidad (Jornada NDC) (YouTube)

5 jun 2014
Mesa Redonda: "Derecho contable y otras normativas" 


Expansión.com: Los Colegios Profesionales se imponen un código de buen gobierno


Respeto a la legalidad y los derechos humanos, independencia, confidencialidad o la prohibición de aceptar regalos. Son algunas de las pautas de conducta que rigen la Guía para fomentar el buen gobierno en los Colegios Profesionales.
05.06.2014 A. Medina

Los Colegios Profesionales se imponen un código de buen gobierno
La Guía, elaborada por Unión Profesional, organización que agrupa a 35 Consejos Generales y Superiores y Colegios Profesionales de ámbito estatal, tiene como objetivo fomentar el buen gobierno en el sector colegial. Para ello, ha contado con la colaboración de la Cátedra de Ética de la Empresa y las Profesiones de la Universidad Carlos III de Madrid y varios expertos.

En la guía se recoge la diferencia entre el buen gobierno y la deontología profesional, concepto muy arraigado en la esencia de los colegios profesionales. Desde Unión Profesional destacan que, al igual que desde los colegios se vela por el cumplimiento de las normas deontológicas por parte de los profesionales, como corporaciones de derecho público también se deben establecer unas normas de comportamiento para sus órganos directivos y la organización.

El documento recoge 17 pautas de conducta aplicables a todos los actos y relaciones de los miembros de las Juntas Directivas de los Colegios, sus directivos y trabajadores, entre sí o con otros profesionales, organizaciones, administraciones, medios de comunicación o personas.

Las pautas abarcan desde el respeto a la legalidad y los derechos humanos hasta las relaciones con otros colegios (o colegiados), con los proveedores, poderes públicos y la sociedad, pasando por los principios de transparencia, imparcialidad, buena fe, honorabilidad, igualdad de trato y no discriminación que deben regir sus funciones, además de la independencia y confidencialidad de las decisiones de los miembros de las Juntas Directivas y cargos directivos.

La Guía marca también directrices en relación a los conflictos de interés, las incompatibilidades y los regalos. En ese sentido, señala que "ninguna persona sujeta por este código podrá realizar o recibir pagos en metálico o especie, o cualquier otro beneficio que, por su valor, afecte al desarrollo de las relaciones entre las partes o pueda afectar al buen nombre de la organización y de la profesión". De esta norma están exentos los regalos y aportaciones que apoyen una fundación o sociedad benéfica.

El incumplimiento de estas pautas lleva aparejado un procedimiento sancionador. Así, en caso de que se compruebe que se han vulnerado algunas de las prácticas la Comisión de Buen Gobierno, creada por la Junta de Gobierno de la institución, propondrá la correspondiente sanción. Esta será ratificada y aplicada por la Junta de Gobierno.

"De la misma manera que debemos ser excelentes en nuestro ejercicio profesional, también debemos serlo al frente de nuestras organizaciones colegiales", afirma Carlos Carnicer, presidente de Unión Profesional, que añade que el desarrollo de técnicas relacionadas con el buen gobierno, "nos permite adoptar una posición proactiva en un escenario que requiere de nuevos sistemas que vengan a reforzar la confianza de la ciudadanía".

miércoles, 4 de junio de 2014

Auditool.org: "NIA 230 Documentación de la Auditoría. Aspectos clave", por Vladimir Martínez

NIA 230, emitida por la IFAC. Documentación de la Auditoría. Aspectos clave

De acuerdo con la Norma Internacional de Auditoría 230,  el objetivo del auditor es preparar la documentación que proporcione:
a) Un registro suficiente y apropiado de las bases para el dictamen del auditor; y
b) Evidencia de que la auditoría se planeó y realizó de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría y con los requisitos legales y regulatorios que sean aplicables

Requisitos según la NIA 230
Preparación oportuna de la documentación de la auditoria: El auditor debe preparar oportunamente la documentación de la auditoria. Documentación suficiente y apropiada que facilite la revisión y evaluación de la evidencia y conclusiones antes de la presentación del dictamen del auditor; y mejora la calidad de la auditoria. 

Documentación de los procedimientos realizados durante la auditoria y evidencia obtenida: El auditor debe preparar la documentación suficiente y apropiada para que un auditor con experiencia pueda entender la naturaleza y extensión de los procedimientos de la auditoria llevados a cabo, los resultados y evidencia obtenida en la auditoria, asuntos importantes, conclusiones y juicios profesionales alcanzados; debido a que la documentación puede estar sujeta a revisiones externas, para cumplir con las normas internacionales de auditoria, y demás normas y requisitos legales relevantes. Dicha documentación debe presentar la información relacionada a el profesional que desarrolló la auditoria, fecha en que se terminó el trabajo, revisor del trabajo de auditoria y fecha en que se realizó la revisión, asuntos importantes que se presentaron en el transcurso de la auditoria y sus acciones a seguir.

Compilación del archivo final de auditoria: El auditor debe completar y compilar el archivo final de la documentación de la auditoria de manera oportuna después del dictamen del auditor. El tiempo establecido para la compilación de acuerdo con la NICC 1, y normas relevantes, es de 60 días después del dictamen del auditor. Este es un proceso administrativo, que no implica procedimientos de auditoria. De la misma manera se requiere que la firma retenga la documentación del trabajo, por un periodo minino de 5 años a partir de la fecha del dictamen del auditor.

A continuación comparto algunos puntos a tener en cuenta en la documentación de nuestros trabajos de auditoría:

Beneficios de una buena documentación
  1. Soporta las opiniones y conclusiones expuestas en el informe.
  2. Acumulación de conocimiento del cliente
  3. Fácil transición en caso de realizar algún cambio en el equipo de trabajo
  4. Puede proporcionar evidencia suficiente y adecuada en caso que el trabajo del Auditor sea cuestionado por terceros
  5. Permite documentar aquellos aspectos clave a los que el Auditor debe realizar seguimiento continuo
  6. Ahorro de tiempo en la ejecución de la auditoría del año siguiente
  7. Permite la supervisión y revisión continua del trabajo
  8. Verificar el cumplimiento de los programas de auditoría y la aplicación de las normas vigentes
  9. Permite realización de auditorías de calidad por parte de miembros internos o externos
  10. Permite al auditor realizar su trabajo con mayor organización obteniendo mayor eficiencia en el mismo
  11. Facilita y mejora el control de calidad en la firma
  12. Refleja la capacidad y preparación del auditor 
Buenas prácticas en la documentación de la Auditoría 
  • Cada papel de trabajo debe contener como mínimo, objetivo, procedimientos, resultados y conclusiones.
  • La documentación debe responder a los procedimientos y objetivos planteados
  • La conclusión debe estar de acuerdo con los objetivos planteados
  • La documentación debe quedar totalmente amarrada con sumarias, anexos u otros papeles
  • La documentación debe ser completa, concreta, fácil de entender y no redundante
  • En caso de un litigio ese papel puede ser utilizado como defensa nuestra
  • Cualquier persona la puede entender. (Ejemplo: un abogado). ―"los papeles de trabajo deben hablar"
  • Los papeles de trabajo en cada fase de auditoría son finalizados y revisados de forma oportuna
  • Es recomendable la existencia de políticas para efectuar revisiones de calidad del trabajo efectuado antes de que se entreguen los reportes
  • La documentación debe quedar firmada por la persona que la elabora y la persona que la revisa con la fecha en la que se completó cada trabajo.
  • Todos los temas deben quedar totalmente cerrados
  • El papel de trabajo debe permitir reconstruir la prueba
  • Los papeles que anexamos deben ser realmente relevantes.
  • En la documentación no es necesario incluir los borradores de papeles de trabajo y de estados financieros, notas que reflejen razonamientos incompletos o preliminares.
  • Los hallazgos deben quedar en los respectivos papeles de trabajo (diferencias de auditoría, recomendaciones, temas críticos, etc.)
  • La evidencia de revisión de impuestos, certificaciones, y otros requerimientos es archivada y está disponible en caso de que surjan reclamaciones
  • La documentación del auditor debe quedar almacenada en medios electrónicos o papel
  • Deben existir políticas de archivo y retención de los papeles de trabajo que se utilizaron para documentar el reporte emitido
  • Los papeles de trabajo, en lo posible, deben ser preparados y revisados durante el transcurso de la visita con el fin de evitar que queden incompletos
  • La extensión de los papeles de trabajo va de acuerdo al juicio profesional de cada auditor
Hasta pronto,
Vladimir Martínez R. 
Director de www.auditool.org 
Red de Conocimientos en Auditoría y Control Interno
Bogotá D.C. / Colombia

domingo, 1 de junio de 2014

EstebanUyarra.com: Convenio de Control de Calidad

CONVENIO CONTROL DE CALIDAD 2014 « Esteban Uyarra

De acuerdo con las recientes comunicaciones remitidas tanto por el Registro de Economistas (REA) como por el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJE), se ha firmado el convenio de Convenio de Colaboración entre el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) y dichas corporaciones para la realización de las revisiones de calidad del ejercicio 2014 que difiere de los convenios suscritos en los ejercicios anteriores cuyo alcance y desarrollo se detalla a continuación:

1. Objetivo. La finalidad de este convenio es la verificación que el auditor o la firma de auditoría han implementado de forma adecuada los requerimientos de mejora resultantes de controles de calidad efectuados en ejercicios 2010 y 2011.

2. Alcance. Como consecuencia de lo anterior, las revisiones objeto de este Convenio, solamente afectarán a aquellos auditores y firmas que fueron revisadas durante los ejercicios 2010 y 2011 antes citados. En cuanto si van a ser revisados todos o no, todo parece indicar que la revisión se llevará a cabo sobre todos los inspeccionados.

3. Elementos a verificar. Al objeto de comprobar la adecuada implantación de los requerimientos de mejora entonces propuestos, se verificará tanto el sistema de calidad como su aplicación en los encargos de auditoria terminados.

4. Documentación a solicitar. Como consecuencia de lo anterior, se solicitará documentación tanto del sistema de calidad (registros o documentación de calidad) como papeles de trabajo de uno o dos encargos de auditoria (extremo que no se indica en las circulares remitidas por las corporaciones).

5. Comunicación. A diferencia de las revisiones en las anteriores campañas, será el ICAC quien enviará a los auditores y firmas una carta (denominada Acuerdo de Inicio) en la que se comunica al auditor o firma la apertura del proceso de revisión y el o los trabajos que serán objeto de inspección.

6. Fecha de envío de la carta del ICAC. Aunque no se precisa en las circulares citadas parece que se remitirán durante la primera quincena de junio.

7. Documentación Encargos. La relativa a los encargos de auditoria, se deberá enviar al ICAC en el plazo que se fije en el comunicado –previsiblemente entre 10 y 15 días desde la fecha de recepción del escrito– la totalidad de los papeles de trabajo en el soporte original en el que fueron confeccionados, junto con un índice con el detalle de su contenido y el número de página para facilitar su identificación.

8. Documentación de calidad. Aunque las circulares no lo indican, es más que probable que se solicite en la carta del ICAC el envío de otra documentación relativa al sistema de control de calidad como por ejemplo, manual, plan cíclico, programa anual y el informe de seguimiento realizado sobre el sistema de control de calidad del auditor o de la firma de auditoria correspondiente al ejercicio 2014.

9. Documentación adicional. En las actuaciones del equipo revisor, se solicitará información adicional que precise para la adecuada comprobación de la efectiva implementación de los requerimientos de mejora.

10. Recopilación y escaneo de la documentación. El ICAC procederá a asignar una huella digital sobre los documentos remitidos y remisión a cada corporación para su entrega a los equipos de revisión.

11. Desarrollo. Posteriormente, la corporación comunicará por escrito al auditor o firma la fecha de la primera visita e identificación del equipo revisor, el cual puede estar formado por una o más personas, incluso la posibilidad de que estén presentes empleados del ICAC durante el proceso de seguimiento que, como en ejercicios anteriores, se llevará a cabo mediante cuestionarios previamente diseñados por el ICAC.

12. Duración de las visitas. Este extremo no está indicado en las comunicaciones remitidas, si bien todo parece apuntar a que será más breve que los controles de calidad de ejercicios anteriores al limitarse su alcance a la comprobación de la implantación de los requerimientos de mejora objeto de verificación.

13. Finalización del seguimiento. Una vez terminado el proceso, el equipo revisor recogerá las conclusiones alcanzadas en un Borrador de Informe de Seguimiento que se enviará al ICAC para su remisión posterior al auditor o firma revisada a fin de que pueda hacer sus alegaciones antes de elevarlo a definitivo.

14. Cualificación del informe definitivo de seguimiento. Se contemplan dos tipos de informes, SIN OBSERVACIONES caso de que el auditor haya puestos efectivamente en marcha los requerimientos de mejora, y CON OBSERVACIONES cuando no se haya llevado a cabo la implementación o ésta fuera insuficiente.

15. Fecha límite de terminación de las actuaciones de revisión: Noviembre de 2014.

16. Solicitud de aclaración. Las eventuales cuestiones o consultas que requieran aclaración, deberán ser presentarse a los correspondientes departamentos técnicos de las corporaciones profesionales.

Esteban Uyarra Encalado
1 de junio 2014