lunes, 23 de febrero de 2026

elConfidencial.com: EY crece un 8,7% al tirón de Consulting, mientras Auditoría pierde impulso

Factura 921 millones
Auditoría y Assurance registró un incremento moderado, del 5,1%. El área legal creció un 9% y EY-Parthenon avanzó un 7,3%, según los datos facilitados por la firma
Por A. M. - 23/02/2026 - 05:00

EY España anuncia que ha [sic] su ejercicio fiscal 2025 con una facturación de 921,6 millones de euros, un 8,7% más que el año anterior. El crecimiento estuvo impulsado principalmente por el área de Consulting, que aumentó sus ingresos un 12,4% hasta alcanzar los 306 millones de euros, según datos facilitados por la Big Four a la prensa.

Frente a este avance, el negocio de Auditoría y Assurance registró un incremento más moderado, del 5,1%,. El área legal creció un 9% y EY-Parthenon avanzó un 7,3%, según los datos facilitados por la firma. La cifra de 921,6 millones corresponde a los ingresos generados en España por sociedades que depositan cuentas en el Registro Mercantil.

EY excluye de sus cifras los mandatos españoles cuya facturación se ejecuta en el exterior —cuando parte del trabajo lo realizan otras firmas de su red internacional— así como los ingresos intragrupo procedentes de servicios internos entre sociedades del propio grupo. 

De esta forma, la firma liderada por Federico Linares se posiciona en la pugna abierta entre las Big Four por el liderazgo en los ránkings de facturación. Mientras PwC ha optado en los últimos ejercicios por sumar parte de la actividad exterior vinculada a contratos ganados por la filial española, EY presenta únicamente los ingresos estrictamente locales, alineándose con el enfoque que defiende Deloitte. Todavía por ver qué hará KPMG.

El ejercicio coincide además con la culminación de la reorganización global de EY. La firma ha adoptado una nueva estructura basada en diez superregiones y once sectores, con el objetivo de unificar criterios operativos y reforzar la especialización sectorial dentro de la red internacional.

El rediseño incluye el refuerzo de EY-Parthenon como plataforma integrada de estrategia y transacciones, concentrando capacidades que anteriormente estaban distribuidas en distintas áreas. En España, la adaptación al nuevo modelo global ha supuesto ajustes en la estructura organizativa y en la alineación sectorial de las distintas líneas de servicio.

La culminación de este proceso se produce en un ejercicio en el que el crecimiento se ha concentrado en consultoría y asesoramiento, mientras el negocio de auditoría afronta un entorno de mayor rotación de contratos relevantes.

Baile de clientes en auditoría

El ejercicio ha estado marcado por un movimiento relevante de contratos en el mercado de auditoría. Como adelantó este periódico, Inditex ha designado a Deloitte como nuevo auditor de sus cuentas consolidadas a partir de 2027, en sustitución de EY. El contrato está valorado en torno a ocho millones de euros anuales.

El relevo tiene su origen en la crisis abierta en 2024 entre EY y Pontegadea, el holding inversor de Amancio Ortega, en Reino Unido. Ese episodio rompió una práctica histórica dentro del grupo, cuyas principales sociedades habían estado auditadas tradicionalmente por la misma firma. La decisión de Inditex culmina ese proceso y supone la salida de EY de uno de sus principales mandatos en España.

A estos cambios se suman la pérdida de los contratos de Ferrovial (13,8 millones de euros) y Enagás (1,4 millones), así como la revisión abierta por FCC, cuyo contrato con EY asciende a 5,78 millones. En paralelo, la firma ha ganado el mandato de Cellnex, valorado en 4,1 millones y mantiene al BBVA en su cartera, uno de los contrato más codiciados del Ibex. Parte de estos movimientos no se refleja[n] todavía de forma completa en la facturación de 2025, ya que varios contratos entrarán en vigor en ejercicios posteriores.

jueves, 19 de febrero de 2026

Auditool.org: Design Thinking: El secreto de los auditores cuyas recomendaciones siempre se implementan

Control Interno - 
Por: Equipo Auditool
 

Sus recomendaciones son técnicamente correctas, están bien fundamentadas y nadie las implementa. Si esto le suena familiar, el problema no es su auditoría; es que está diseñando soluciones sin considerar a quien debe ejecutarlas. Design Thinking le ofrece un enfoque radicalmente diferente.

Design Thinking es una metodología de innovación centrada en el ser humano, popularizada por IDEO y Stanford d.school, que ha transformado cómo las organizaciones más innovadoras del mundo resuelven problemas complejos. Su premisa fundamental: las mejores soluciones nacen de entender profundamente a las personas que las usarán.

Para el auditor, esto significa un cambio de paradigma: pasar de "encontrar lo que está mal" a "co-crear lo que funcionará". El resultado no son solo informes más persuasivos, sino recomendaciones que realmente se implementan.

Las 5 fases del Design Thinking aplicadas a auditoría

Design Thinking se estructura en cinco fases iterativas. A continuación, vea cómo cada fase transforma el enfoque tradicional de auditoría:

#FaseEnfoque TradicionalEnfoque Design Thinking
1 👁️ Empatizar Entender el proceso Vivir el proceso junto al auditado. Observar frustraciones, no solo incumplimientos.
2 🎯 Definir Identificar hallazgos Reformular: ¿Cuál es el verdadero problema detrás del síntoma que encontramos?
3 💡 Idear Proponer recomendaciones Co-crear soluciones con el auditado. Generar múltiples alternativas antes de elegir.
4 🔧 Prototipar Redactar informe Crear versiones rápidas de la solución. Probar antes de formalizar en el informe.
5 Testear Seguimiento Validar con el usuario si la solución funciona. Iterar si es necesario.
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ICAC: Sobre la obligación de publicación del informe del impuesto sobre sociedades

Consulta de Contabilidad núm. 5 del BOICAC 144 de diciembre de 2025
  • Fecha: 19-01-2026
  • Número BOICAC: Número BOICAC 144/diciembre2025-5
  • Sobre la obligación de publicación del informe regulado en la disposición adicional undécima de la Ley 22/2015 de Auditoría de Cuentas, acerca del impuesto sobre sociedades o impuestos de naturaleza idéntica o análoga por parte de determinadas empresas y sucursales

  • La sociedad consultante es una sociedad residente en España que forma parte de un grupo multinacional cuya matriz tiene su residencia fiscal en Italia. Este grupo ha superado el umbral de 750 millones de euros de ingresos consolidados durante los dos ejercicios fiscales anteriores, lo que activa la obligación de elaborar y publicar un informe relativo al impuesto sobre sociedades de acuerdo con la Directiva (UE) 2021/2101 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de noviembre de 2021, por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información relativa al impuesto sobre sociedades por parte de determinadas empresas y sucursales. El informe será elaborado por la matriz italiana cumpliendo con la legislación italiana, que establece un plazo de 12 meses desde el cierre del ejercicio fiscal. España introdujo esta obligación a través de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, del fomento del ecosistema de las empresas emergentes, que modificó la Ley 22/2015 de 20 de julio, de auditoría de cuentas (LAC). En concreto, en el apartado tercero de la disposición adicional undécima de la LAC se establece un plazo específico de seis meses a partir de la fecha de cierre del ejercicio al que se refieran. 

    La sociedad consultante afirma que el plazo establecido en la legislación española podría crear una discrepancia temporal con el calendario de la matriz italiana y formula las siguientes preguntas: 

    1. ¿Puede la filial española acogerse a una exención según Disposición Adicional 11º de la Ley 22/2015 de Auditoría de Cuentas para la publicación del informe, cuando el informe público País por País sea publicado por la matriz italiana conforme a la normativa italiana, aunque dicha publicación se realice después del plazo de seis meses previsto en la normativa española? 

    2. En caso de que no resulte aplicable la exención por razones de plazo: 

     - ¿Debe la filial española publicar el informe antes del 30 de junio (plazo español), o puede esperar a la publicación por parte de la matriz italiana (hasta el 31 de diciembre)? 

    - En tal caso, ¿incurriría la filial en un incumplimiento formal por no respetar el plazo de la Disposición Adicional 11º de la Ley 22/2015 de Auditoría de Cuentas (modificación introducida por la Ley 28/2022 de startups) de si decide acogerse al calendario de la matriz? 

     - En caso de acogerse al calendario de presentación de la matriz italiana, ¿podrá la filial española presentar sin problemas las cuentas anuales en el Registro Mercantil sin la previa publicación del informe país por país? 

    En respuesta a las preguntas planteadas, este Instituto manifiesta lo siguiente: 

    La obligación de elaborar un informe acerca del impuesto sobre sociedades o impuestos de naturaleza idéntica o análoga que establece la Directiva (UE) 2021/2101 fue introducida en la legislación española mediante la creación de la Disposición adicional undécima de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, redactada por la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, del fomento del ecosistema de las empresas emergentes. El artículo 48 ter de la Directiva contable, en la redacción dada por la citada Directiva (UE) 2021/2101, establece lo siguiente en su apartado 1: “1. Los Estados miembros exigirán a aquellas sociedades matrices últimas sujetas a su Derecho nacional y cuyos ingresos consolidados en la fecha de cierre del balance hayan superado en cada uno de los dos últimos ejercicios consecutivos un total de 750 000 000 EUR, según sus estados financieros consolidados, que elaboren, publiquen y hagan accesible un informe relativo al impuesto sobre sociedades relativo al más reciente de esos dos ejercicios consecutivos. (…)” Por su parte, el apartado Primero. Empresas y sucursales obligadas a informar, de la disposición adicional undécima de la LAC dispone (énfasis añadido): “1. La sociedad dominante última de un grupo sujeta a derecho español que formule cuentas anuales consolidadas y cuyo importe neto de la cifra anual de negocios consolidada en la fecha de cierre del ejercicio haya superado, en cada uno de los dos últimos ejercicios consecutivos, un total de 750.000.000 de euros deberá elaborar, publicar, depositar y hacer accesible un informe acerca del impuesto sobre sociedades o impuestos de naturaleza idéntica o análoga relativo al último de esos dos ejercicios consecutivos. A estos efectos, se entenderá por sociedad dominante última la empresa que elabore los estados financieros consolidados del grupo mayor de empresas conforme a lo dispuesto en el artículo 42 del Código de Comercio (…)” 

    De la normativa aplicable se desprende que la obligación de elaborar el informe relativo al impuesto sobre sociedades recae, con carácter general, en la sociedad dominante última del grupo, sin perjuicio de las excepciones previstas. En España, la Directiva (UE) 2021/2101 se ha transpuesto atribuyendo dicha obligación a la sociedad dominante última sujeta a Derecho español que cumpla los requisitos establecidos. Esta sociedad, cuando sea residente en territorio español, deberá aprobar y publicar el informe en el plazo de seis meses desde el cierre del ejercicio, conforme al apartado Tercero. Publicación y accesibilidad de la disposición adicional undécima de la LAC. Ahora bien, en el supuesto objeto de consulta, la sociedad obligada es la sociedad dominante última residente en Italia. En consecuencia, la elaboración, aprobación, publicación y plazos del informe se regirán por la normativa italiana que haya incorporado la citada Directiva.  


miércoles, 18 de febrero de 2026

BOE.es: ¿Es necesaria la legitimación notarial de la firma del auditor de cuentas en un informe para la apliación de capital con cargo a reservas?

¿Es necesaria la legitimación notarial de la firma del auditor de cuentas en un informe para la apliación de capital con cargo a reservas? 
 
Documento BOE-A-2026-3779
 
Resolución de 20 de octubre de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador mercantil XXIII de Madrid a inscribir la escritura en la que una sociedad aumenta su capital social y traslada su domicilio social.
 
TEXTO ORIGINAL

En el recurso interpuesto por don Norberto González Sobrino, notario de Madrid, contra la negativa del registrador Mercantil XXIII de Madrid, don Fernando Trigo Portela, a inscribir una escritura en la que la sociedad «Diza Soluciones Inmobiliarias, S.L.» aumenta su capital social y traslada su domicilio social.

Hechos

I

Mediante escritura autorizada el día 25 de junio 2025 por el notario de Madrid, don Norberto González Sobrino, con el número 1.621 de protocolo, la sociedad «Diza Soluciones Inmobiliarias, S.L.» elevó a público los acuerdos adoptados por unanimidad en su junta general universal celebrada el día 18 de junio de 2025 y por los que se trasladaba el domicilio social y se aumentaba el capital social con cargo a reservas, para lo que se incorporaba un informe de fecha 15 de abril de 2025 emitido por el auditor de cuentas, «Auditest, S.A.P.», y firmado por don J. M. G. M., con número del Registro Oficial de Auditores de Cuentas individual.

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lunes, 16 de febrero de 2026

Expansión.com: Multan a un socio de KPMG por utilizar la IA para aprobar una evaluación sobre la IA | Financial Times

NIC FILDES - 16 FEB. 2026 - 10:04

La auditora ha detectado a varios empleados utilizando la tecnología en exámenes internos en los últimos meses.

Un socio de KPMG Australia ha sido multado con 10.000 dólares australianos (5.970 euros) tras usar herramientas de inteligencia artificial (IA) para hacer trampa en un curso interno de formación sobre el uso de la IA.

El socio, cuyo nombre no ha trascendido, se vio obligado a repetir el examen tras subir materiales de formación a una plataforma de IA para responder preguntas sobre el uso de esta tecnología en rápida evolución.

Según KPMG, a lo largo de este año financiero se ha descubierto a más de dos docenas de empleados utilizando herramientas de IA para exámenes internos.

Este incidente es el ejemplo más reciente de una empresa de servicios profesionales que lucha contra el uso de IA por parte de su personal para engañar en exámenes o al elaborar trabajos para clientes.

"Como la mayoría de las organizaciones, hemos tenido que lidiar con el papel y el uso de la IA en relación con la formación y las pruebas internas", explica Andrew Yates, consejero delegado de KPMG Australia. "Es algo muy difícil de controlar ante la rapidez con la que la sociedad la ha adoptado".

Y añade: "Dado el uso cotidiano de estas herramientas, algunas personas incumplen nuestra política. Nos lo tomamos muy en serio cuando lo hacen. También estamos buscando maneras de reforzar nuestro enfoque en el actual sistema de autoevaluación".

La Asociación de Contadores Públicos Colegiados, el mayor organismo contable del mundo, descartó las pruebas remotas a finales del año pasado, alegando que sus medidas de seguridad no podían seguir el ritmo de la "sofisticación" de los sistemas de engaño. Las Big Four han sido multadas por escándalos de este tipo en varios países en los últimos años.

KPMG explica que ha adoptado medidas para identificar el uso de IA por parte de su personal y registrará cuántos de sus trabajadores han hecho un mal uso de la tecnología cuando publique sus resultados anuales. El Australian Financial Review fue el primero medio en informar de que un socio de KPMG había sido multado por hacer trampa en la prueba de IA.

El problema se puso de manifiesto la semana pasada durante una investigación del Senado sobre la gobernanza del sector cuando Barbara Pocock, senadora del Partido Verde Australiano, preguntó sobre una "falta" en KPMG.

Pocock afirmó que era "extremadamente decepcionante" que no se hubieran podido tomar medidas adicionales. "Tenemos un sistema ineficaz donde los estafadores... se salen con la suya", denunció.

La Comisión Australiana de Valores e Inversiones (ASIC), el organismo regulador corporativo, afirma que ha confirmado el incidente con KPMG, pero explica que no tomará medidas adicionales hasta que el organismo profesional de los auditores inicie un procedimiento disciplinario contra el socio.

ASIC señala que las auditoras no están obligadas a denunciar este tipo de mala conducta, ya que cada socio tiene la obligación de informar a los organismos profesionales.

sábado, 14 de febrero de 2026

elConfidencial.com: Jaime Echaide, experto en trabajar en Big Four: "En un año de auditoría aprendes más que en un año de máster"

Dar el salto al mundo financiero desde la universidad no siempre es sencillo, especialmente fuera de los grandes campus privados 

Entrar en una Big Four sigue siendo, para muchos recién graduados, una de las puertas más claras al mundo financiero. Jaime Echaide lo sabe bien. Graduado en ADE bilingüe por la Universidad de Murcia, dio sus primeros pasos profesionales en auditoría en Price y hoy es manager en el área de Deals de KPMG en Madrid. Su recorrido sirve para desmontar mitos y poner cifras, horarios y aprendizajes reales sobre la mesa.

Echaide recuerda que, cuando estaba en la universidad, apenas se hablaba de las Big Four como salida profesional. “Es llamativo, porque son una opción muy recurrente para quien quiere dedicarse a las finanzas”, explica. En su caso, llegó casi por casualidad, a través de unas prácticas en Price tras enviar un correo directo y “a puerta fría”. Aquella decisión marcó su carrera: cuatro años intensos en auditoría, pasando de becario a senior, con una doble promoción incluida durante la etapa más dura del covid. 

 

El trabajo, admite, no es sencillo. La auditoría tiene picos de carga muy claros, sobre todo entre enero y junio, cuando se concentran los cierres contables. Jornadas largas, semanas exigentes y momentos de mucha presión forman parte del paquete. A cambio, ofrece una inmersión acelerada en las tripas de las empresas. “Ves sectores distintos, hablas con directores financieros, controladores, responsables de negocio… El aprendizaje es brutal”, señala. De ahí su frase más repetida: un año en auditoría equivale a varios cursos teóricos seguidos.

En cuanto al salario, Echaide es claro y huye del triunfalismo. Los primeros sueldos no son espectaculares: un becario cobra alrededor de 400 euros al mes y un junior ronda los 22.000 euros brutos anuales.“No entras por lo que ganas, sino por lo que aprendes y por las puertas que se abren después”, dice. 

Ese bagaje fue lo que le permitió dar el salto al área de M&A y due diligence financiera en KPMG, donde hoy analiza empresas que están a punto de ser compradas o vendidas por fondos de inversión y grandes grupos. Su día a día mezcla Excel, presentaciones en inglés y muchas horas de análisis para detectar riesgos ocultos en balances y cuentas de resultados. “Ahora el cliente no quiere un informe de auditoría, quiere saber cuánto vale realmente una empresa y qué hay detrás de los números”, explica.

Más allá de la técnica, Echaide reconoce que el trabajo también le ha cambiado la forma de entender el éxito. Si al principio primaba la ambición y el ascenso rápido, con los años ha ganado peso el equilibrio personal. “Es importante que el trabajo te motive, pero también poder hacer deporte, cuidar tus relaciones y tener vida fuera de la oficina”, reflexiona.

viernes, 13 de febrero de 2026

Auditool.org: Cómo escribir hallazgos de auditoría que la gerencia no pueda ignorar: la técnica del impacto narrativo

Habilidades Blandas - 

"Invertí tres semanas de trabajo de campo, analicé cientos de transacciones y redacté un informe impecable. Dos meses después, descubrí que mi hallazgo fue archivado sin que la gerencia tomara una sola acción correctiva." Si esta historia te resulta familiar, el problema no es la calidad de tu trabajo: es cómo lo comunicas.

El hallazgo que nadie leyó

Más del 60% de los auditores reconocen que la comunicación efectiva de hallazgos es su mayor desafío profesional. Y el origen del problema es predecible: escribimos para auditores cuando nuestro lector real es un gerente de operaciones que tiene 47 correos sin leer, tres reuniones en la tarde y cero interés en un hallazgo de dos páginas escrito en lenguaje normativo.

La Técnica del Impacto Narrativo es un marco de escritura que transforma hallazgos técnicamente correctos en comunicaciones que la gerencia no solo lee, sino que actúa sobre ellas. Se compone de cinco elementos que, combinados, crean un hallazgo imposible de ignorar.

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UNIR.net: El cine como fuente histórica para el alumnado de Secundaria y Bachillerato

Educación|13/02/2026 
El profesor del Máster en Didáctica de las Ciencias Sociales de UNIR explica cómo las películas suponen una gran oportunidad para los docentes en clase, al ser puertas abiertas para el debate y la interpretación de la historia.
 
'The Crown', la serie británica de factura impecable que explica la vida de la reina Isabel II.

“El cine es una contrahistoria de la historia oficial”. Esta sentencia de Marc Ferro, historiador de la Escuela de Annales, marca un antes y un después en la consideración que el cine ha tenido como fuente para investigadores y para el alumnado que se acerca a la Historia.

Durante mucho tiempo, el cine ha sido sistemáticamente rechazado como fuente histórica desde el mundo académico, así como desde el docente. Sin embargo, la irrupción desde los años sesenta y setenta del siglo XX de investigadores pioneros como Ferro provocó un cambio de paradigma en este campo.

Máster en Didáctica de las Ciencias Sociales: Geografía e Historia en Secundaria y Bachillerato

Las películas, series de televisión y documentales son productos culturales que pueden tener un gran potencial en el profesorado. Cuando esto ocurre, el cine en todos sus formatos se convierte en una oportunidad para los docentes, al ser una puerta abierta para la reinterpretación de la historia. Los docentes deben ser capaces de dominar el lenguaje propio del cine, con sus simbolismos, referencias y maneras de reflejar el tiempo, que son distintas de una visión diacrónica.

Qué factores intervienen en el análisis

¿Cuáles son los factores que intervienen en el momento de analizar el cine como fuente? Son dos los factores esenciales para que el cine se convierta en una fuente confiable para historiadores y docentes:

  • La verosimilitud. Cuanto más rigurosa sea una obra cinematográfica, más se acercará a ser una fuente fiable para la investigación histórica.
  • La intención del autor. Los guionistas y directores pueden tener diferentes objetivos cuando abordan la realización de una obra artística (propaganda, entretenimiento, rigor, estética). Desde el punto de vista de las Ciencias Sociales, lo más interesante es que la obra intente reflejar con el mayor detalle posible los hechos históricos y se debe ver de manera clara cuando el objetivo es meramente propagandístico.

Películas y procesos históricos

¿Qué deben mostrar las películas sobre el pasado y los procesos históricos? Lo ideal desde el punto de vista de las Ciencias Sociales es que los procesos históricos estén bien contados y que se explique con detalle el contexto, lo que es fundamental para el alumnado.

Por ejemplo, si nos ponemos con el caso de Cleopatra (1963) nos interesaría saber la familia de la que provenía, cómo llega a gobernar el imperio egipcio o las relaciones políticas y personales que estableció con Roma y sus dirigentes.

Viajar al pasado con ojos de hoy

¿Cómo actúa nuestra visión del presente sobre los hechos históricos reflejados en las películas? La visión cósmica y los valores preponderantes en un momento determinado de la historia influyen de manera importante en nuestra mirada sobre otras épocas. Así, consciente o inconscientemente, se critica las conductas de cualquier tiempo pasado olvidando que los personajes se podían comportar de una manera adecuada a su época desde el punto de vista ético o moral.

Un principio elemental de nuestra civilización es la defensa de los derechos humanos, especialmente de los más vulnerables, algo que se debe inculcar al alumnado. Sin embargo, no se debe confundir esto con entender que los valores no han sido los mismos en todas las épocas y han ido evolucionando.

Cinco películas para entender el mundo de ayer

Hay un abanico inacabable de películas y documentales que podríamos usar en las aulas de Secundaria y Bachillerato. Sin embargo, se va a apostar por cinco que reflejan de una manera pedagógica y a la vez realista los acontecimientos de diversos períodos de la existencia humana.

  1. Shoa (1985). Documental francés de Claude Lanzmann que explica el horror del Holocausto desde fuentes orales, destacando los testimonios de supervivientes, perpetradores y testigos. Ideal para conocer la importancia de la historia oral y para constatar el grado de maldad al que puede llegar el ser humano.
  2. The Crown (2016). Serie británica de factura impecable que explica la vida de la reina Isabel II contextualizada en acontecimientos históricos tanto a nivel nacional como internacional. Ideal para conocer la figura de la reina británica con un contexto histórico excepcional.
  3. La Ola (2008). Película de Dennis Gansel en la que un docente explica el concepto de autocracia a través de un experimento con el alumnado. Ideal para comprender el riesgo de todos los autoritarismos.
  4. Gandhi (1983). Película biográfica sobre la figura de Mahatma Ghandi, defensor de la no violencia y líder del movimiento de independencia indio. Ideal para trabajar temas sociales y biográficos.
  5. Borgen (2010). Serie danesa que narra las interioridades de la política de su país a través de la figura central del personaje de Birgitte Nyborg. Ideal para conocer el funcionamiento de las instituciones democráticas y el peso de los medios de comunicación en la visión política de los ciudadanos.
cine en clase
El cine en todos sus formatos se convierte en una oportunidad para los docentes en el aula.

El cine, en el cine, pero también en clase

El cine, en sus distintas manifestaciones, puede ser una fuente válida para ser utilizada por los docentes de Secundaria y Bachillerato si se dan las siguientes características:

  • Las películas que serán útiles a los docentes serán aquellas que sean verosímiles y que atiendan con rigor al contexto histórico. 
  • El cine tiene un lenguaje propio que deben controlar los docentes para poder explicarlos a su alumnado.
  • Cada obra cinematográfica es una representación social en la que el docente podrá encontrar diferentes elementos con los que trabajar en el aula, desde las características principales de una época hasta los pensamientos e ideologías, pasando por la cultura popular o la vida cotidiana.

(*) Ángel Iturriaga Barco es profesor del Departamento de Didáctica de las Ciencias Sociales de UNIR. Doctor en Ciencias Sociales y especialista en Historia Contemporánea y de Nuestro Tiempo. Ha participado en ciclos de conferencias y comunicaciones en congresos y seminarios de historia contemporánea.

martes, 10 de febrero de 2026

CapitalMadrid.com: BBVA 'ficha' a Jordi Montalbo, un ex Deloitte, la firma que asesoró en la OPA sobre Sabadell (supuesto práctico)

BBVA 'ficha' a Jordi Montalbo, un ex Deloitte, la firma que asesoró en la OPA sobre Sabadell | CapitalMadrid
Convoca su junta para el 20 de marzo y Montalbo será con­se­jero in­de­pen­diente 
10 febrero 2026 / 04:00h

El mundo de los ne­go­cios es cir­cular y ca­sual. El con­sejo del BBVA ha pro­puesto a Javier Montalbo, ex em­pleado de la firma au­di­tora Deloitte desde 1990 a 2022, según el propio banco, como con­se­jero in­de­pen­diente de la en­tidad que pre­side Carlos Torres. Deloitte ase­soró al BBVA en la OPA hostil fa­llida sobre el Sabadell. Deloitte tam­bién au­ditó a FG Valores. Dos nexos de unión en el nom­bra­miento, sin duda no re­la­cio­nados y muy dis­tantes en el tiempo.

Deloitte auditó a FG Valores, que presidía el que luego fuera presidente del BBVA Francisco González hasta 1997, y su documentación de venta, reclamada por la la Fiscalía Especial, se quemó en el incendió del edificio Windsor en 2005, donde Deloitte ocupaba 20 pisos. La firma Deloitte también ha asesorado al BBVA en la fallida OPA del banco sobre el Sabadell.

El consejo de administración de BBVA ha acordado convocar su Junta General Ordinaria de Accionistas el próximo 20 de marzo en segunda convocatoria y propone a Jordi Montalbo como consejero independiente, según ha informado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

La junta está previsto que se celebre en primera convocatoria el 19 de marzo y en segunda convocatoria el 20 de marzo, si bien la previsión es que tenga lugar en esta segunda fecha.

En esta junta se someterá a aprobación el nombramiento de Jordi Montalbo como consejero independiente en sustitución de Lourdes Máiz, que deja el cargo tras alcanzar el máximo de doce años previsto para ser consejera independiente.

Montalbo es licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Barcelona, cuenta con una especialización técnica como actuario de seguros por esta misma universidad y ha desarrollado gran parte de su carrera profesional en Deloitte (1990-2022), donde se especializó en la auditoría de los sectores financiero y asegurador.

Asimismo, la entidad bancaria propondrá la reelección de los consejeros Sonia Dulá, Raúl Galamba, Ana Revenga como consejeros independientes y Carlos Salazar como consejero externo.

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miércoles, 4 de febrero de 2026

UAL: Programa de apoyo a la elaboración de TFE (TFG/TFM)

3 de febrero de 2026
 

La Biblioteca ofrece formación específica para el alumnado de la Universidad de Almería que tiene que entregar un Trabajo Final de Estudios (TFG o TFM).  El programa de apoyo pone este curso a disposición de los/as estudiantes tres elementos:

1. Biblioguía Apoyo a la elaboración de un TFE 

Esta guía recoge información en formato video sobre los requisitos y la estructura de un TFE, el proceso de búsqueda de información científica para documentar el trabajo y las fuentes más relevantes para cada área de conocimiento. Cuenta con una sección específica para gestión de bibliografía, citas y referencias y ofrece orientación para la presentación del TFE. Desde la guía puede accederse a las grabaciones de talleres ya impartidos. 

2. Talleres de Apoyo TFE 

Sesiones de formación sobre búsqueda de información científica, gestión de bibliografía y otras competencias informacionales necesarias para realizar un TFE. 

Taller 1: Búsquedas bibliográficas (120 min.) 

Definición de la necesidad de información. - Formulación de estrategias de búsqueda. - Técnicas de recuperación de información. - Evaluación de información. - Uso de herramientas IA para análisis de literatura científica. 

Taller 2: Citas y referencias (60 min.) 

El sistema de citación en la comunicación académica. - Estilos bibliográficos. - Citas en texto. - Elaboración de bibliografías. - Herramientas para gestión de citas y referencias. 

Sesiones presenciales y online en diferentes horarios para ambos talleres. 

  • Para asistir a cualquier sesión es necesario inscribirse mediante el siguiente ENLACE DE INSCRIPCIÓN
  • Al cumplimentar la inscripción en este formulario recibirás un mail en el que se indica la ubicación de las sesiones presenciales y el enlace de acceso para las sesiones online. 
  • Las sesiones presenciales tienen un aforo máximo de 40 estudiantes. La inscripción se realizará por estricto orden de llegada de la solicitud.  La Biblioteca podrá rechazar las solicitudes cuando el aforo esté completo. 
  • Las sesiones en línea se realizan a través de Blackboard Collaborate, por lo que será necesario estar dado de alta en el Aula Virtual de la Universidad de Almería. 
  • La Biblioteca no emite certificación de estos talleres. 

3. Asistente TFE

Asistente mediado por Inteligencia Artificial que responde en forma de chat a consultas sobre los diversos aspectos de la confección de un TFE, desde las normativas de los centros o titulaciones, las estrategias de búsqueda de información, citas y referencias, etc. 

El asistente está construido sobre NotebookLM y para acceder solo es necesario tener abierta una sesión en Google. La base de conocimiento sobre la que opera está realizada y/o seleccionada por Biblioteca.  

Y, como siempre, contacto con Biblioteca y solicitud de asistencia personalizada a través de CAU

 

viernes, 30 de enero de 2026

BOE.es: publicada la modificación de las NTA (NIA-ES) relativas a los informes de auditoría de cuentas anuales (RICAC 22 de enero de 2026)

BOE-A-2026-2234 

Resolución de 22 de enero de 2026, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España, relacionadas con el proceso de emisión y contenido del informe de auditoría de cuentas anuales.

«BOE» núm. 27, de 30 de enero de 2026, páginas 14826 a 14900 (75 págs.) 

(...)

A estos efectos, el Consejo General de Economistas de España-Registro de Economistas Auditores y el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España presentaron ante este Instituto la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría NIA-ES 510, NIA-ES 570 (Revisada), NIA-ES 600 (Revisada), NIA-ES 700 (Revisada), NIA-ES 705 (Revisada), NIA-ES 706 (Revisada), NIA-ES 710 y NIA-ES 720 (Revisada). 

Conforme a lo previsto en el artículo 2.4 de la LAC y en el artículo 5 de su reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 2/2021, de 12 de enero (RLAC), mediante Resolución de 16 de octubre de 2025, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, se sometió a información pública la modificación de las citadas Normas Técnicas de Auditoría, publicándose en el Boletín de dicho Instituto número 143, de septiembre de 2025, y en el «Boletín Oficial del Estado» de 23 de octubre de 2025.

Una vez transcurrido el preceptivo plazo de dos meses de información pública, sin que se hayan recibido observaciones, el texto que ahora se publica de las NIA-ES 510, NIA-ES 570 (Revisada), NIA-ES 600 (Revisada), NIA-ES 700 (Revisada), NIA-ES 705 (Revisada), NIA-ES 706 (Revisada), NIA-ES 710 y NIA-ES 720 (Revisada), no ha sufrido modificación respecto del sometido a información pública. 

(...) 

Primero. Publicación.
Publicar la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría 

  • NIA-ES 510 Encargos iniciales de auditoría – Saldos de apertura, 
  • NIA-ES 570 (Revisada) Empresa en funcionamiento, 
  • NIA-ES 600 (Revisada) Consideraciones especiales – Auditorías de estados financieros de grupos (incluido el trabajo de los auditores de componentes), 
  • NIA-ES 700 (Revisada) Formación de la opinión y emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros, 
  • NIA-ES 705 (Revisada) Opinión modificada en el informe de auditoría emitido por un auditor independiente, 
  • NIA-ES 706 (Revisada) Párrafos de énfasis y párrafos sobre otras cuestiones en el informe de auditoría emitido por un auditor independiente, 
  • NIA-ES 710 Información comparativa – Cifras correspondientes a periodos anteriores y estados financieros comparativos y 
  • NIA-ES 720 (Revisada) Responsabilidades del auditor con respecto a otra información. Se incorpora a la presente resolución en el anexo I, la 
  • NIA-ES 700 (Revisada) modificada, 
  • y en el anexo II, una relación de las modificaciones que afectan al texto del resto de NIA-ES ya relacionadas a las que se refiere esta resolución.

Y, a estos efectos, ordenar su publicación íntegra en el «Boletín Oficial del Estado», en el «Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas» y en la página de Internet de dicho Instituto www.icac.gob.es, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del RLAC.

Segundo. Entrada en vigor.

La modificación de las Normas Técnicas de Auditoría objeto de esta Resolución, NIA-ES 510, NIA-ES 570 (Revisada), NIA-ES 600 (Revisada), NIA-ES 700 (Revisada), NIA-ES 705 (Revisada), NIA-ES 706 (Revisada), NIA-ES 710 y NIA-ES 720 (Revisada), será de aplicación obligatoria, para los auditores de cuentas y sociedades de auditoría en el desarrollo de los trabajos de auditoría de cuentas referidos a cuentas anuales correspondientes a ejercicios económicos que se hubieran iniciado a partir del 22 de junio de 2025.

En todo caso, estas Normas Técnicas de Auditoría serán de aplicación a los trabajos de auditoría de cuentas contratados o encargados a partir del 1 de enero de 2026, independientemente de los ejercicios económicos a los que se refieran los estados financieros objeto del trabajo, salvo por lo que se refiere a la responsabilidad de informar acerca del impuesto sobre sociedades o impuestos de naturaleza idéntica o análoga, que es de aplicación a informes de auditoría de cuentas anuales correspondientes a ejercicios económicos que se inicien a partir del 22 de junio de 2025.

Tercero. Disposición derogatoria.
A partir del momento en que resulte de aplicación obligatoria la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría objeto de esta Resolución quedará derogado el contenido anterior de las Normas Técnicas de Auditoría NIA-ES 510, NIA-ES 570 (Revisada), NIA-ES 600 (Revisada), NIA-ES 705 (Revisada), NIA-ES 706 (Revisada), NIA-ES 710 y NIA-ES 720 (Revisadas), publicadas por Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas de 11 de abril de 2024 y de la Norma Técnica de Auditoría NIA-ES 700 (Revisada), publicada por Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas de 17 de julio de 2025.

Asimismo, quedará derogado lo dispuesto en el resto de las Normas Técnicas de Auditoría que resulte contradictorio con las Normas que se aprueban, debiendo aplicarse e interpretarse de acuerdo con las Normas Técnicas ahora aprobadas.

Cuarto. Criterios de interpretación de las Normas Técnicas de Auditoría.
Los criterios de interpretación recogidos en el apartado cuarto de la Resolución de 11 de abril de 2024, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por la que se publican las NIA-ES resultan igualmente de aplicación a las Normas Técnicas de Auditoría modificadas objeto de esta resolución.

Madrid, 22 de enero de 2026.–El Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, Santiago Durán Domínguez. 

jueves, 29 de enero de 2026

REA Auditores: Nota de Aviso REA, Actualización de los modelos de informes de auditoría (impuesto sobre sociedades)

Nota de Aviso REA 4/2026. ENERO 2026. Actualización de los modelos de informes de conformidad con los dispuesto en el artículo 5.1.g) de la Ley de Auditoría de Cuentas

4/2026 -28 de enero de 2026 -

Comunicación nº 129: Resolución del ICAC por la que se modifican las Normas Técnicas de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España, relacionadas con el proceso de emisión y contenido del informe de auditoría de cuentas anuales.
Estimado/a compañero/a:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.1.g) de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, la Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, de 22 de enero de 2026, (BOICAC 144), introduce modificaciones en determinadas Normas Internacionales de Auditoría adaptadas para su aplicación en España (NIA-ES), relacionadas con el proceso de emisión y contenido del informe de auditoría de cuentas anuales.

En particular, estas modificaciones afectan a las siguientes Normas Internacionales de Auditoría adaptadas para su aplicación en España (NIA-ES): NIA-ES 510, NIA-ES 570 (Revisada), NIA-ES 600 (Revisada), NIA-ES 700 (Revisada), NIA-ES 705 (Revisada), NIA-ES 706 (Revisada), NIA-ES 710 y NIA-ES 720 (Revisada), siendo necesaria, en primer lugar, la modificación de la NIA-ES 700 (Revisada) y, por concordancia normativa, la adaptación del resto de normas citadas.

El cambio principal introducido consiste en la incorporación, dentro del informe de auditoría de cuentas anuales, de un apartado separado en la sección «Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios», en el que el auditor debe informar acerca de la obligación de presentar y publicar el informe relativo al impuesto sobre sociedades o impuestos de naturaleza idéntica o análoga correspondiente al ejercicio previo al auditado.

De acuerdo con lo establecido en la Resolución, las modificaciones serán de aplicación obligatoria a los trabajos de auditoría correspondientes a ejercicios económicos que se inicien a partir del 22 de junio de 2025, sin perjuicio de lo previsto en el régimen transitorio recogido en la propia Resolución para determinados encargos contratados con posterioridad.

Podéis acceder a cada una de las NIA-ES en la sección del mismo nombre a través de la web de REA en Normas Internacionales de Auditoría.

Como consecuencia de estas modificaciones normativas, el Comité de Normas y Procedimientos (CNyP) y el Departamento Técnico del REA Auditores (REA-CGE) han procedido a realizar las oportunas actualizaciones de los modelos de informes de auditoría de cuentas afectados, con el objetivo de poner a vuestra disposición los modelos adaptados a las modificaciones publicadas y mantenerlos plenamente alineados con las NIA-ES vigentes.

La actualización de los modelos de informes se recoge en la Comunicación nº 129, así como en los apartados de Normas Internacionales de Auditoría y Documentos de trabajo en la página web del REA Auditores, para su consulta y utilización por los auditores de cuentas.


A su vez se ha adaptado el modelo de Carta de Encargo en el epígrafe de Informes apartado i). Puede acceder a modelo actualizado en Documentos de trabajo.

Os recordamos que el Departamento Técnico está a vuestra disposición para cualquier consulta que nos queráis trasladar al respecto.

Un cordial saludo,
Paloma Belmonte
Secretaria Técnica
REA Auditores-CGEE