Comunicados registradores y CNMV | E&J:
Comunicado conjunto del colegio de registradores de españa y de la CNMV en relación con las cuentas anuales y la propuesta de aplicación del resultado de sociedades mercantiles en el contexto de la crisis sanitaria derivada del covid-19
El art. 253 LSC requiere que en las sociedades de capital los administradores formulen dentro de los tres primeros meses del ejercicio las cuentas anuales, el informe de gestión (que incluirá el EINF) y la propuesta de aplicación del resultado.
El art. 260.20º de la misma ley establece que, como parte del
contenido mínimo de la memoria anual, que es uno de los elementos de las
cuentas anuales individuales, se incluirá: “la propuesta de aplicación del resultado.”
Y en el art. 160.a) de la LSC se indica que la junta general deberá
acordar la aprobación de las cuentas anuales, la aplicación del
resultado y la aprobación de la gestión social.
Aunque ni el art. 253 ni el art. 160 exigen la formulación por el
consejo, o la aprobación por la junta, de todos estos asuntos
simultáneamente, eso es lo habitual.
Ahora bien, la situación derivada de la crisis sanitaria del COVID 19 es una circunstancia absolutamente extraordinaria que normalmente no ha sido tenida en cuenta por las entidades.
En el contexto de esta situación extraordinaria, el Colegio de
Registradores de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores
consideran que las entidades pueden, entre otras alternativas, optar por lo siguiente:
1.- Si el órgano de administración lo considera necesario, deberá reformular las cuentas
anuales (CCAA) y modificar la propuesta de aplicación del resultado
(PAR) incluida en la memoria, para que las CCAA recojan la última PAR
que va a someterse a la junta (recordemos que el art. 38.c del Código de
Comercio exige la reformulación en determinados casos, por riesgos que
se materialicen entre la formulación y la junta, y el cambio en la PAR
deviene de la materialización del riesgo del coronavirus). En igual
sentido se pronuncia la Resolución del ICAC de 5 de marzo de 2019 en su
artículo 25, Reformulación de cuentas.
Si la junta estuviera convocada, la reformulación obligaría a
desconvocar la junta por razones de fuerza mayor. Sobre la
desconvocatoria de la junta después del estado de alarma en relación con
juntas cuya convocatoria se ha anunciado antes vid. artículo 40.6 in
fine del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo de medidas urgentes
extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del
COVID-19 (RDL 8/2020). El precepto citado es aplicable a entidades
cotizadas y a no cotizadas.
2.- Sin llegar a reformular las CCAA, lo que no
será automáticamente necesario por el solo hecho de tener que adaptar la
PAR a la situación derivada de la crisis sanitaria y puede resultar
especialmente gravoso al exigir la reformulación y una nueva auditoría
de cuentas, las entidades con juntas no convocadas pueden sustituir la propuesta de aplicación de resultados contenida en la memoria de las CCAA
formulada por otra propuesta alternativa y ajustada a la situación de
crisis sanitaria derivada del COVID 19 que apruebe el órgano de
administración.
Esta nueva propuesta del órgano de administración, que es la que se
someterá a la Junta, deberá justificar el nuevo contexto y los cambios
recientes acaecidos en las circunstancias económicas y sanitarias, e ir
acompañada de un escrito del auditor de cuentas, en el que indique que
el cambio no habría modificado su opinión de auditoría si hubiera
conocido en el momento de su firma la nueva PAR.
En el caso de entidades cotizadas la nueva propuesta y el escrito del
auditor deberán hacerse públicas como información complementaria a las
cuentas anuales tan pronto como se aprueben, en la Web de la entidad y
en la de la CNMV como Otra Información Relevante (OIR) o, en caso de ser
preceptivo atendiendo al caso concreto, como Información Privilegiada
(IP).
3.- Tratándose de entidades con juntas convocadas, el órgano de administración puede optar igualmente por proponer el diferimiento de la decisión sobre la PAR contenida en la convocatoria de la Junta a
una junta posterior que deberá celebrarse dentro del plazo previsto
legalmente para la celebración de la junta ordinaria (plazo ampliado por
el RDL 8/2020).
A diferencia de las entidades con junta no convocada, en este caso en
la junta ya convocada sólo cabe proponer el retraso de la decisión
sobre la PAR dada la existencia de delegaciones y votos ya conferidas o
emitidos en favor de la propuesta incluida en la convocatoria. La nueva junta que se convoque podrá incluir una PAR distinta de la que incorporaba la convocatoria de la primera Junta. El objeto del diferimiento en la decisión es precisamente poder adaptar la misma al nuevo contexto.
Esta opción exigiría igualmente los mismos requisitos de
justificación, escrito de auditor de cuentas y publicidad señalados en
el apartado anterior, debiendo publicarse la decisión de diferimiento no
más tarde de la constitución de la junta convocada y la información
complementaria, antes de la nueva junta que se convoque a tal efecto.
Desde la perspectiva contable, el resultado contable neto se llevará a
cubrir pérdidas o a remanente (Resultados Pendientes de aplicación,
cuenta 120 de “Remanente” del Plan General de Contabilidad). A efectos
del depósito de cuentas, la certificación del órgano de administración deberá hacer constar la no aprobación de la propuesta de aplicación de resultados (vid. artículo 378.5 del Reglamento del Registro Mercantil sobre la certificación de no adopción de un acuerdo social).
"Siempre que enseñes, enseña a la vez a dudar de lo que enseñas", José Ortega y Gasset. En la Facultad de Empresa de la UAL: "Auditoría Financiera", "Responsabilidad Social Corporativa" y "Organizaciones sin Ánimo de Lucro", todas en el Grado de Finanzas y Contabilidad y este curso en la novena promoción del Máster en Auditoría de Cuentas
viernes, 27 de marzo de 2020
EconomistJurist.es: Comunicado Colegio Registradores y CNMV sobre cuentas anuales y la propuesta de aplicación del resultado de sociedades COVID-19
Etiquetas:
Coronavirus/COVID19,
Reformulación
jueves, 26 de marzo de 2020
ValenciaPlaza.com: El Impuesto sobre Sociedades y la crisis por pandemia, por Antonio Ballester Sánchez
Opinión | El Impuesto sobre Sociedades y la crisis por pandemia. Por Antonio Ballester Sánchez - Valencia Plaza: Si el estado de alarma, tras la prórroga anunciada, finaliza el 11 de abril, el plazo de las empresas para formular las cuentas del ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2019 finalizaría el 11 de julio
26/03/2020 - "Hace pocos días publicamos en este mismo medio un primer artículo ("El Impuesto de Sociedades y la crisis del coronavirus") donde avanzábamos el problema con el que se iban a enfrentar las empresas que habían cerrado el ejercicio 2019 con resultados positivos cuando durante el mes de julio tuvieran que hacer frente al Impuesto sobre Sociedades por los beneficios del 2019.
Ha pasado una semana y el panorama ya ha cambiado pero solo en cuanto a las fechas. Es decir, se ha retrasado. Efectivamente, el art. 40 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19 establece que el plazo de tres meses para formular las cuentas anuales, que se contaba desde el cierre del ejercicio, compute desde que finalice el estado de alarma.
Es decir, si el estado de alarma declarado por R.D. 463/2020 el 14 de marzo finaliza, tras la prórroga anunciada, el 11 de abril, el plazo de las empresas para formular las cuentas del ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2019 finalizaría el 11 de julio.
El Real Decreto-ley 8/2020, establece a continuación un plazo de tres meses para que la Junta General apruebe dichas cuentas formuladas, lo que nos llevaría al 11 de octubre. Ello significaría que las presentaciones de las autoliquidaciones por el Impuesto sobre Sociedades del 2019 se efectuarían entre el 12 de octubre y el 5 de noviembre del 2020 en lugar de julio del 2020.
Se ha producido un diferimiento de tres meses y medio (bajo el supuesto de finalización del estado de alarma el 11 de abril) pero no se ha resuelto el problema.
Y el problema no es otro que, empresas que finalizaron el ejercicio 2019 con resultados positivos, se encuentran cerradas desde el 14 de marzo, sin generación alguna de cifra de negocio con el impacto directo en su tesorería y tendrían que hacer frente al pago de un impuesto directo en base a una situación (2019) que en nada se parece a la actual.
Ya en el anterior artículo sobre esta cuestión anticipábamos que nos encontramos ante un tema no pacífico.
Parece claro que la importancia de la crisis y sus efectos sobre las empresas aconseja, en base al principio de imagen fiel y la Norma de Registro y Valoración nº 23 del Plan General de Contabilidad informar de ello en la Memoria, en el capítulo de hechos posteriores.
Pero la pregunta que se hacen las empresas es ¿Podría registrarse una PROVISION COVID19 en las cuentas del 2019 ?.
¿Sería ésta fiscalmente deducible en el Impuesto sobre Sociedades?
Ya
en nuestro anterior artículo indicábamos que norma fiscal (art. 11 Ley
del Impuesto sobre Sociedades) establece como criterio general de
imputación temporal de los ingresos y de los gastos, el del devengo y
parece incuestionable que las pérdidas extraordinarias por los cierres
por el estado de alerta se han devengado en 2020.
Pero, ¿puede haber excepciones al criterio general de imputación según devengo?
Esta es la cuestión clave. Y la respuesta no puede ser otra que afirmativa.
Efectivamente, el artículo 11 antes citado en su apartado 2 establece la posibilidad de utilización de criterio de imputación temporal distinto, supeditado a la aprobación por la Administración Tributaria.
Es decir, no habría impedimento legal alguno para que la Administración Tributaria evacuara una disposición considerando la extraordinaria situación creada en nuestra economía por la pandemia y con el amparo legal del artículo 11.2 LIS que estableciera la posibilidad de reconocer los gastos extraordinarios incurridos desde que se declaró el estado de alerta y motivados por el cierre de las empresas mediante la contabilización de una PROVISIÓN COVID19 en las cuentas del 2019.
¿Qué gastos podrían ser incluidos en dicha provisión?
Me
atrevo a dar una idea. Aquellos que fueron incurridos desde que se
decretó por el estado de alarma el cierre de las empresas hasta la fecha
de la aprobación de las cuentas del 2019. Es decir, alquileres,
suministros, gastos por realización del ERE o ERTE, indemnizaciones por
incumplimiento, despidos, gastos extraordinarios por el cierre,
seguridad, etc.
Esto en el fondo no es más que una suerte de aplicación del carry back losses o posibilidad de compensar las pérdidas de un ejercicio (2020) con los beneficios de un año anterior (2019) y no posterior como ocurre en nuestra legislación actual.
Sin duda nos encontramos ante un tema que requiere de voluntad y decisión política pero que sería bienvenido por muchas empresas que lo están pasando muy mal en estos momentos.
Antonio Ballester Sánchez es socio director de Tomarial Abogados y Asesores Tributarios
miércoles, 25 de marzo de 2020
BFM Stratégie: La RSE est-elle bonne ou mauvaise pour la stratégie?
BFM Stratégie (Cours n°87): La RSE est-elle bonne ou mauvaise pour la stratégie ? - 29/02
Ce samedi 29 février, dans le cours n°87, Xavier Fontanet, ancien président d'Essilor et enseignant à HEC, s'est penché sur l'importance de la RSE en termes de stratégie dans l'émission BFM Stratégie présentée par Frédéric Simottel sur BFM Business.
BFM Stratégie est une émission pédagogique inédite sur la stratégie. Frédéric Simottel questionne Xavier Fontanet, qui transmet son expérience et explique quels sont les choix fondamentaux qui déterminent les succès ou l'échec d'une entreprise. Concurrence, part de marché, cycle de vie, métier, transformation digitale ou bien encore finance, les thèmes clés de la stratégie seront abordés dans un format pédagogique et illustrés par des infographies et des exemples concrets tirés de la vie des entreprises en France et à l’international.
Ce samedi 29 février, dans le cours n°87, Xavier Fontanet, ancien président d'Essilor et enseignant à HEC, s'est penché sur l'importance de la RSE en termes de stratégie dans l'émission BFM Stratégie présentée par Frédéric Simottel sur BFM Business.
BFM Stratégie est une émission pédagogique inédite sur la stratégie. Frédéric Simottel questionne Xavier Fontanet, qui transmet son expérience et explique quels sont les choix fondamentaux qui déterminent les succès ou l'échec d'une entreprise. Concurrence, part de marché, cycle de vie, métier, transformation digitale ou bien encore finance, les thèmes clés de la stratégie seront abordés dans un format pédagogique et illustrés par des infographies et des exemples concrets tirés de la vie des entreprises en France et à l’international.
Economía y Auditoría: Publicadas lista provisional de aspirantes aptos, no aptos y no presentados al segundo examen ROAC 2019
Economía y Auditoría: Publicadas lista provisional de aspirantes aptos, no aptos y no presentados al segundo examen ROAC 2019
Blog sobre preparación examen ROAC, auditoría, contabilidad. Preparación de experto contable acreditado.
Estimado Lector,
Blog sobre preparación examen ROAC, auditoría, contabilidad. Preparación de experto contable acreditado.
Estimado Lector,
Desde la dirección rea@rea.es en la comunicación Auditores Express nº 19. Marzo 2020, me comunican que han salido las listas provisionales de notas de aspirantes al examen ROAC.
Etiquetas:
Auditoría contable,
ExamenROAC
Examen ROAC: Nota informativa del Tribunal del EAP, aprobada la lista provisional de aspirantes aptos, no aptos y no presentados al segundo examen
Examen ROAC: Nota informativa del Tribunal del examen de aptitud profesional para la autorización del ICAC e inscripción en el ROAC (Orden ECE/753/2019, de 1 de julio; BOE nº 165 de 11 de julio)
El Tribunal ha aprobado la lista provisional de aspirantes aptos, no aptos y no presentados al segundo examen.
Los examinandos pueden consultar su nota desde el siguiente enlace www.convocatoriaexamenroac.es a través de la aplicación «Examen de aptitud profesional para el acceso al ROAC 2019» utilizando para ello su DNI/NIE y el número identificativo único e individualizado que se les entregó el día del examen que deberá introducirse completo (EA: XXXX).
No obstante, el Tribunal informa que, de acuerdo con la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, queda suspendido el inicio del cómputo del plazo de 10 días naturales para solicitar la revisión del examen previsto en la base 4.8 de la Resolución por la que se rige la presente convocatoria.
Este plazo se reanudará en el momento en que pierda vigencia el citado real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.
Madrid, 25 de marzo de 2020
Documento original
Nota informativa del Tribunal del examen de aptitud profesional para la autorización del ICAC e inscripción en el ROAC
(Orden ECE/753/2019, de 1 de julio; BOE nº 165 de 11 de julio)
El Tribunal ha aprobado la lista provisional de aspirantes aptos, no aptos y no presentados al segundo examen.
Los examinandos pueden consultar su nota desde el siguiente enlace www.convocatoriaexamenroac.es a través de la aplicación «Examen de aptitud profesional para el acceso al ROAC 2019» utilizando para ello su DNI/NIE y el número identificativo único e individualizado que se les entregó el día del examen que deberá introducirse completo (EA: XXXX).
No obstante, el Tribunal informa que, de acuerdo con la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, queda suspendido el inicio del cómputo del plazo de 10 días naturales para solicitar la revisión del examen previsto en la base 4.8 de la Resolución por la que se rige la presente convocatoria.
Este plazo se reanudará en el momento en que pierda vigencia el citado real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.
Madrid, 25 de marzo de 2020
Documento original
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Auditoría contable,
ExamenROAC
lunes, 23 de marzo de 2020
LaInformacion.com: Calviño liquida al equipo de auditores que puso contra las cuerdas a las 'big four'
NOTICIA CALVIÑO - Calviño liquida al equipo de auditores que puso contra las cuerdas a las 'big four' - Economía - Diario La Informacion:
El asunto tiene su historia. Hace alrededor de un año y medio empezó a circular por despachos parlamentarios, mesas de redacción de medios de comunicación y otros espacios de influencia un conciso pero contundente documento de cuatro puntos que defendía una reforma urgente e integral del ICAC, con el objetivo declarado de garantizar su al parecer cuestionable independencia del poder político; y que pedía el cese del entonces presidente del organismo, Enrique Rubio, y de sus tres subdirectores generales, entre los que la cruz más grande se dibujaba al lado del nombre de Eva Castellanos, la subdirectora general de Control Técnico y máxima responsable de las inspecciones sobre los trabajos de auditoría a las cuentas de las empresas. Fuentes del sector atribuyeron en esos días la autoría del documento a los despachos de las 'big four'.
Eva Castellanos, una alta funcionaria con una dilatada trayectoria en el ámbito de la auditoría pública y una excelente reputación entre sus colegas del ICAC, estaba en el punto de mira no sólo por las inspecciones realizadas desde su departamento sino también por la crudeza de sus posicionamientos públicos, en los que no ha dudado en cuestionar la asunción casi generalizada por parte de las firmas de auditoría de las cifras y proyecciones que les presentan las empresas y la ausencia de análisis críticos sobre su consistencia. "No se comprueba la fiabilidad de la información presentada por las empresas y las previsiones y valoraciones de activos que realizan éstas se desafían poco... o ni siquiera se desafían. Creemos que los auditores no son lo suficientemente escépticos", les reprochaba en una jornada hace solo unos meses..
Cambio de rumbo en el ICAC
Hay que recordar que en los últimos años el ICAC ha incoado sanciones millonarias, acompañadas en algunos casos de inhabilitaciones a los auditores, a Deloitte (Bankia, Abengoa o ACS); PwC (Aena, Popular); KPMG (CAM); o EY (Bankia, también), lo que no solo ha agitado el mercado de las auditorías de las empresas del Ibex, obligadas a cambiar a sus auditores, sino que ha puesto en tela de juicio la calidad de los trabajos que realiza el sector.
A ese principio de 'pacificación' parece responder también la identidad de la persona que sustituirá a Castellanos al frente de la crítica Subdirección General de Control Técnico del ICAC, Álvaro Urrutia, un inspector de seguros con poco más de tres años de experiencia en el supervisor de las auditoras en cuyo currículum figura una experiencia de dos años y medio en la Dirección de Riesgos de KPMG, una de las 'big four'.
Nadia Calviño ha optado por 'pacificar' las relaciones con el sector, que se habían agriado hasta el punto de que incluso los presidentes de las 'big four' ya manifestaban en público su malestar con las actuaciones del ICAC, maniobraban en el ámbito parlamentario para impulsar una reforma laboral que lo hiciera dependen de la CNMV -más sensible a la realidad de las empresas, según su perspectiva- y advertían de su impacto sobre la economía. "La actuación del ICAC está poniendo en cuestión la reputación de las auditoras, de los informes de auditoría que se realizan en España e incluso del rigor contable de las empresas auditadas. Estamos ante una situación que puede afectar a la actividad económica del país", se deslizaba últimamente desde el sector de las grandes auditoras
Esta 'diplomacia económica', sin embargo, no parece disfrutar de gran respaldo entre los funcionarios del ICAC. Las fuentes consultadas por La Información temen un 'paso atrás' en los avances conseguidos en los últimos años para forzar un mayor rigor en los análisis contables de las empresas por parte de las auditoras, al estilo de lo que ocurre en los países anglosajones, donde se percibe una relación directa entre el rigor de los controles del supervisor y el buen funcionamiento contable de las empresas , sostienen estas fuentes, y un retroceso en la profundidad de los análisis del ICAC en beneficio de la imagen del sector.
Fuentes próximas al ICAC señalan que la mejora de la imagen del sector auditor es uno de los objetivos que el nuevo presidente del ICAC, Santiago Durán, ex presidente de la asociación profesional de inspectores de seguros del Estado (Apise), ha fijado a fuego en sus primeros contactos con la plantilla, en coincidencia con una de las líneas maestras del argumentario que las 'big four' han venido manteniendo en los últimos meses. Que ese ítem no figuraba entre las prioridades de los profesionales de la auditoría pública lo atestigua el hecho de que, según las fuentes consultadas, haya varias personas que hayan rechazado el puesto de Presidente del ICAC bajo esos parámetros marcados por Economía.
El
cambio de presidente en el supervisor precipita la salida del equipo de
funcionarios que reprobó las auditorías de Aena, Popular, ACS o Abengoa.
Bruno Pérez - lunes, 23 marzo 2020
El equipo de altos
funcionarios del ICAC -el órgano estatal encargado de supervisar el
trabajo de los auditores de cuentas de las empresas- que en los últimos
años elevó el listón de exigencia sobre el sector y sancionó sin
contemplaciones las lagunas en los trabajos de control de cuentas de
las grandes auditoras del Ibex -las llamadas 'big four': EY, PWC,
Deloitte y KPMG- ya es historia. Apenas un par de semanas después de que
la vicepresidenta de Asuntos Económicos, Nadia Calviño, decidiera el relevo al frente del ICAC de Enrique Rubio y pusiera al frente de la institución a Santiago Durán,
un perfil más 'suave', éste ha tomado la decisión de desmantelar el
equipo de la Subdirección General de Control Técnico, el brazo ejecutor
de las investigaciones que derivaron en las duras sanciones que en los
últimos tiempos han recaído sobre las auditoras de grandes empresas del Ibex como Bankia, ACS, Popular, Aena o Abengoa, según han asegurado a La Información fuentes próximas a la institución.
El asunto tiene su historia. Hace alrededor de un año y medio empezó a circular por despachos parlamentarios, mesas de redacción de medios de comunicación y otros espacios de influencia un conciso pero contundente documento de cuatro puntos que defendía una reforma urgente e integral del ICAC, con el objetivo declarado de garantizar su al parecer cuestionable independencia del poder político; y que pedía el cese del entonces presidente del organismo, Enrique Rubio, y de sus tres subdirectores generales, entre los que la cruz más grande se dibujaba al lado del nombre de Eva Castellanos, la subdirectora general de Control Técnico y máxima responsable de las inspecciones sobre los trabajos de auditoría a las cuentas de las empresas. Fuentes del sector atribuyeron en esos días la autoría del documento a los despachos de las 'big four'.
Eva Castellanos, una alta funcionaria con una dilatada trayectoria en el ámbito de la auditoría pública y una excelente reputación entre sus colegas del ICAC, estaba en el punto de mira no sólo por las inspecciones realizadas desde su departamento sino también por la crudeza de sus posicionamientos públicos, en los que no ha dudado en cuestionar la asunción casi generalizada por parte de las firmas de auditoría de las cifras y proyecciones que les presentan las empresas y la ausencia de análisis críticos sobre su consistencia. "No se comprueba la fiabilidad de la información presentada por las empresas y las previsiones y valoraciones de activos que realizan éstas se desafían poco... o ni siquiera se desafían. Creemos que los auditores no son lo suficientemente escépticos", les reprochaba en una jornada hace solo unos meses..
No volverá a hacer esos
reproches o, al menos, no volverá a hacerlos como máxima responsable de
Control Técnico del ICAC. La hasta hace unos días subdirectora general
de Control Técnico de la institución es uno de los altos cargos que el
nuevo presidente, Santiago Durán, ha decidido cesar en los últimos días,
según aseguran a La Información fuentes conocedoras de este movimiento.
Los cambios en esa Subdirección van más allá del cese de Eva
Castellanos y alcanzan también a la que era su mano derecha en el
organismo encargado del control directo de las auditoras, su
subdirectora adjunta Hortensia Lorenzana, en lo que parece una enmienda a la totalidad al trabajo realizado desde esa Subdirección en los últimos años.
Cambio de rumbo en el ICAC
Las fuentes consultadas
-funcionarios del área económica del Gobierno, exdirectivos del ICAC y
personalidades del sector- interpretan el relevo de Enrique Rubio, decisión directa de Nadia Calviño según las fuentes consultadas, y Eva Castellanos como un movimiento para dejar atrás la etapa reciente de la institución como azote de las auditoras del Ibex y abrir un nuevo periodo de entendimiento en el que la actuación supervisora del organismo sea menos expeditiva y más pacífica.
Hay que recordar que en los últimos años el ICAC ha incoado sanciones millonarias, acompañadas en algunos casos de inhabilitaciones a los auditores, a Deloitte (Bankia, Abengoa o ACS); PwC (Aena, Popular); KPMG (CAM); o EY (Bankia, también), lo que no solo ha agitado el mercado de las auditorías de las empresas del Ibex, obligadas a cambiar a sus auditores, sino que ha puesto en tela de juicio la calidad de los trabajos que realiza el sector.
A ese principio de 'pacificación' parece responder también la identidad de la persona que sustituirá a Castellanos al frente de la crítica Subdirección General de Control Técnico del ICAC, Álvaro Urrutia, un inspector de seguros con poco más de tres años de experiencia en el supervisor de las auditoras en cuyo currículum figura una experiencia de dos años y medio en la Dirección de Riesgos de KPMG, una de las 'big four'.
Nadia Calviño ha optado por 'pacificar' las relaciones con el sector, que se habían agriado hasta el punto de que incluso los presidentes de las 'big four' ya manifestaban en público su malestar con las actuaciones del ICAC, maniobraban en el ámbito parlamentario para impulsar una reforma laboral que lo hiciera dependen de la CNMV -más sensible a la realidad de las empresas, según su perspectiva- y advertían de su impacto sobre la economía. "La actuación del ICAC está poniendo en cuestión la reputación de las auditoras, de los informes de auditoría que se realizan en España e incluso del rigor contable de las empresas auditadas. Estamos ante una situación que puede afectar a la actividad económica del país", se deslizaba últimamente desde el sector de las grandes auditoras
Esta 'diplomacia económica', sin embargo, no parece disfrutar de gran respaldo entre los funcionarios del ICAC. Las fuentes consultadas por La Información temen un 'paso atrás' en los avances conseguidos en los últimos años para forzar un mayor rigor en los análisis contables de las empresas por parte de las auditoras, al estilo de lo que ocurre en los países anglosajones, donde se percibe una relación directa entre el rigor de los controles del supervisor y el buen funcionamiento contable de las empresas , sostienen estas fuentes, y un retroceso en la profundidad de los análisis del ICAC en beneficio de la imagen del sector.
Fuentes próximas al ICAC señalan que la mejora de la imagen del sector auditor es uno de los objetivos que el nuevo presidente del ICAC, Santiago Durán, ex presidente de la asociación profesional de inspectores de seguros del Estado (Apise), ha fijado a fuego en sus primeros contactos con la plantilla, en coincidencia con una de las líneas maestras del argumentario que las 'big four' han venido manteniendo en los últimos meses. Que ese ítem no figuraba entre las prioridades de los profesionales de la auditoría pública lo atestigua el hecho de que, según las fuentes consultadas, haya varias personas que hayan rechazado el puesto de Presidente del ICAC bajo esos parámetros marcados por Economía.
jueves, 19 de marzo de 2020
Actualícese.com: Propuesta de orientación sobre informes externos extendidos
IAASB busca promover en los EER una aplicación de alta calidad de la Norma Internacional de Encargos de Aseguramiento 3000 –(ISAE) 3000 (revisada)–.
La propuesta de orientación aborda los desafíos a los que comúnmente se enfrentan los profesionales contables al aplicar la ISAE 3000 (revisada).
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