jueves, 17 de octubre de 2024

CGPJ: El instructor del caso Banco Popular en la Audiencia Nacional rechaza la personación de un exconsejero y acuerda entregar íntegras a las partes la pólizas de responsabilidad civil de PwC

El instructor del caso Banco Popular en la Audiencia Nacional rechaza la personación de un exconsejero y acuerda entregar íntegras a las partes la pólizas de responsabilidad civil de PwC | CGPJ | Poder Judicial | Noticias Judiciales

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha rechazado la personación del exconsejero Antonio del Valle como actor civil en la causa en la que investiga la ampliación [de capital] del Banco Popular de 2016 y ha acordado entregar a las partes personadas en este procedimiento las pólizas de responsabilidad civil de PwC íntegras, sin “ningún tipo de censura o tachadura que impida o dificulte su lectura”
jueves, 17 de octubre de 2024
Autor: Comunicación Poder Judicial

En un auto, el magistrado rechaza la petición de Del Valle y otras personas de su entorno para personarse como actores civiles una vez que se acordó el sobreseimiento provisional respecto de aquel, quien formaba parte del Consejo de Administración del Banco Popular cuando se votó la ampliación de capital investigada.

Para Calama, pese al archivo nada obsta a que en este proceso penal puedan ejercitarse acciones civiles contra Del Valle, puesto que un sobreseimiento, incluso libre, no cercena la posibilidad de ejercitar la acción civil contra esa persona que ha tenido la condición de investigado en una causa en la que existen otras personas frente a las que se sigue un procedimiento penal.

El instructor incluye la dotrina [sic] del Tribunal Supremo que establece que después de un sobreseimiento libre no es incompatible que esa persona, convertida en un tercero no responsable del delito, sí pueda ser responsable civil. El magistrado recuerda que Del Valle participó en el Consejo de Administración que votó la ampliación de capital que constituye uno de los elementos esenciales del procedimiento y que él representaba al grupo de inversores mexicanos que controlaba aproximadamente el 4,5 por ciento del capital social del Popular.

Por todo ello, se considera inadmisible la mutación procesal solicitada por del Valle puesto que su legitimación pasiva subsiste y no puede dar lugar a una súbita legitimación activa, encarnada en el ejercicio de la acción civil. “Esa pretendida transfiguración procesal no puede ser atendida por este Instructor. No se puede ser una cosa y la contraria”, concluye.

En otro auto, el titular del Juzgado Central de Instrucción Cuatro, a petición de algunas acusaciones, acuerda poner a disposición de las partes las pólizas de responsabilidad civil que aportó al juzgado PwC sin ningún tipo de censura o tachadura que impidan su lectura, tal y como había solicitado la consultora.

El juez señala que los datos reflejados en las pólizas de seguro no pueden merecer la calificación de secreto empresarial. El magistrado se posiciona en línea con el informe de la Fiscalía que indica que son documentos que están llamados a ser conocidos por los perjudicados como medio para ejercer las acciones que la ley les otorga.

Por tanto, Calama acuerda no establecer limitaciones de ninguna clase habida cuenta de que hay muchos letrados fuera de Madrid y que no se encuentra ninguna justificación para que las referidas pólizas no se integran normalmente dentro del procedimiento.

miércoles, 16 de octubre de 2024

David García Vega: Principios clave del código de conducta del auditor (LinkedIn)

David García Vega
Auditor de Cuentas-Economista Forense
16 de octubre de 2024

Desde el inicio de su aplicación practica, el código de conducta constituye una exposición de normas que abarcan los valores y principios que guían la labor profesional del auditor y constituyen el sustento deontológico que le debe presidir en el ejercicio de su actividad de auditoría que goza de la consideración de función de interés público. Dicha función se configura como punto de partida de responsabilidad y actuación de los profesionales basados en la conducta ética conforme los siguientes principios rectores: competencia profesional, diligencia debida, integridad y objetividad

El Código de Conducta está promovido por el órgano de gobierno de la firma de auditoría y/o su Órgano de Administración, y se sustenta en un compromiso total y absoluto con el cumplimiento de los principios de ética recogidos en la normativa aplicable de auditoría de cuentas (art.3 del RAC), así como en la implementación de una cultura real basada en valores y principios éticos que guíe el desarrollo de su actividad profesional y que deberá ser puesto en conocimiento de todos los empleados y miembros de la firma de auditoría, así como su red y  del resto de personal afectado en el ejercicio de la actividad. Adicionalmente, al cumplimiento normativo se debe tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 67.2.b) RAC << …incluidos un código de conducta basado en los principios de ética definidos en el artículo 3, deberán ir dirigidos a la implementación eficaz de políticas y procedimientos que proporcionen una seguridad razonable de que se cumplen los requerimientos de ética e independencia aplicables.>> donde hay que alcanzar los siguientes objetivos en sintonía con la gestión de la calidad:

  • Mejora relacionada con el riesgo reputacional.
  • Mejora del ambiente del capital humano dentro de la firma de auditoría en valores éticos.
  • La detección y solución más eficiente de situaciones de riesgo de la actividad.
  • Un mayor compromiso por parte de colaboradores externos.
  • La reducción de conflictos entre los miembros de la organización y la red en su caso para la mejora del liderazgo.
  • Una mejor imagen al exterior.

Con la elaboración e implantación se fomenta el comportamiento empresarial ético como medio para la construcción de su organización de forma estable y prospera. De ahí la existencia de unos principios éticos y conducta rectores que se basan en el comportamiento de la buena fe y el respeto a la legalidad para el desarrollo de las actividades profesionales. Dichos principios clave del Código de Conducta del Auditor son fundamentales para garantizar la integridad y la calidad del trabajo de auditoría. Estos principios se centran en la ética profesional y el compromiso con el interés público, y se pueden resumir de la siguiente manera:

1. Integridad: Los auditores deben actuar con honestidad, diligencia y responsabilidad. La integridad es la piedra angular que establece la confianza y permite que se confíe en el juicio del auditor. Por lo que debe rechazar cualquier forma de soborno y/o manipulación de información y libre de sesgo de presión, ocultación o cambio de la información.

2. Objetividad: Se espera que los auditores mantengan una postura imparcial y justa, evitando conflictos de interés y asegurando que sus decisiones no estén influenciadas por prejuicios o intereses personales.

3. Confidencialidad: Los auditores deben proteger la información confidencial obtenida durante el curso de sus tareas y no utilizarla en beneficio propio o de terceros y proteger la información contra el acceso no autorizado.

4. Competencia: Deben poseer y aplicar el conocimiento, las habilidades y la experiencia necesarios para realizar sus encargos. Esto también implica un compromiso con la mejora continua y el desarrollo profesional.

5. Comportamiento Ético: Los auditores deben adherirse a los más altos estándares de comportamiento ético, actuando con rectitud y probidad en todas sus actividades profesionales.

6. Cumplimiento Normativo: Deben respetar todas las leyes y regulaciones aplicables, asegurando que su trabajo cumpla con las normas técnicas y profesionales establecidas.

7. Independencia: Es crucial que los auditores sean independientes en sus decisiones y prácticas profesionales, preservando su criterio sin dejarse influir por partes externas.

8. Comunicación Efectiva: Los auditores deben ser capaces de comunicar sus hallazgos y opiniones de manera clara y efectiva, asegurando que los mensajes sean comprendidos por todas las partes interesadas para fomentar la cultura de la calidad.

9. Orientación al Futuro: Deben ser proactivos y estar preparados para adaptarse a los cambios y desafíos futuros en la profesión y en el entorno de negocios como por ejemplo la implantación de la IA en los procedimientos de auditoría y gestión interna.

10. Cooperación Profesional: Se espera que fomenten la cooperación y las buenas relaciones dentro del ámbito de la profesión, apoyándose mutuamente en el cumplimiento de sus responsabilidades profesionales para compartir mejores prácticas y elevar los estándares de la profesión.

Estos principios no solo guían la conducta individual de los auditores, sino que también sirven como un marco para la práctica colectiva de la actividad de auditoría, asegurando que la profesión mantenga su compromiso con la calidad, la transparencia y la responsabilidad ante la sociedad. Estos principios son más que simples reglas; son la esencia de la práctica de auditoría que garantiza la confianza en los mercados financieros y la protección del interés público. La adherencia a estos principios asegura que los auditores puedan enfrentar desafíos éticos y profesionales con la guía necesaria para tomar decisiones correctas y justas.

ICAC: Normativa de Información sobre Sostenibilidad

Normativa | ICAC

El Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas ha publicado en su página web la traducción al español del set 3 de las preguntas y respuestas relativas a la implementación de las NEIS que emite el EFRAG, correspondientes al periodo febrero a mayo de 2024.

Se trata de una herramienta de ayuda fundamental dirigida a las empresas para la adecuada comprensión e implementación de las normas de sostenibilidad.

EFRAG Set 1 Q&A: Implementación de las NEIS
EFRAG Set 2 Q&A: Implementación de las NEIS
EFRAG Set 3 Q&A: Implementación de las NEIS

Normativa de Información sobre Sostenibilidad (ICAC)
https://www.icac.gob.es/sostenibilidad/normativa

lunes, 14 de octubre de 2024

Prof. Gregorio Labatut: Traducción al español por el ICAC de las Normas Europeas sobre Información de Sostenibilidad (NEIS), de la Unión Europea y del EFRAG

Lunes, 14 de octubre de 2024 

Ante el ingente de normativa aprobada con respecto al Informe de Sostenibilidad por parte de la Unión Europea y el EFRAG, muy recientemente ha sido publicado por el ICAC la traducción al español sobre la normativa de implantación relativas a la implementación de las Normas Europeas sobre Información de Sostenibilidad (NEIS) que emite el EFRAG y correspondientes al periodo febrero a mayo de 2024. Puede verse en https://www.icac.gob.es/sostenibilidad/normativa
 
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ReDigital: Grupo de Trabajo de Inteligencia Artificial (CGE)

Grupo de Trabajo de Inteligencia Artificial - ReDigital

Grupo de Trabajo de Inteligencia Artificial
Objetivos

  • Investigación y Comprensión: Profundizar en los fundamentos teóricos y prácticos de la inteligencia artificial.
  • Análisis de Aplicaciones: Examinar las aplicaciones actuales de la inteligencia artificial en diversas industrias y sectores.
  • Oportunidades y Desafíos: Identificar y evaluar las oportunidades y desafíos que la inteligencia artificial presenta para la sociedad y la economía.
  • Implicaciones Éticas y Legales: Explorar las implicaciones éticas y legales de la inteligencia artificial, desarrollando pautas para su uso responsable.
  • Colaboración y Conocimiento: Fomentar la colaboración y el intercambio de conocimientos entre expertos y profesionales en el campo.
  • Investigación de Nuevas Metodologías: Investigar nuevas metodologías y técnicas en inteligencia artificial y su aplicación en diversos contextos.
  • Desarrollo de Proyectos Innovadores: Crear soluciones innovadoras basadas en inteligencia artificial para abordar problemas y desafíos específicos.
  • Educación y Formación: Promover la educación y formación en inteligencia artificial, tanto a nivel académico como profesional.
  • Alianzas Estratégicas: Establecer alianzas con organizaciones y empresas para impulsar la adopción de la inteligencia artificial.
  • Contribución al Desarrollo Global: Contribuir al avance de la inteligencia artificial a nivel nacional e internacional mediante la investigación y la divulgación de conocimientos.

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lunes, 7 de octubre de 2024

Sport.es: La salvedad de Barça Vision

El auditor recomienda una devaluación del 51% de la sociedad que es propiedad del club, pero en ningún caso la cuantifica y está pendiente de un nuevo plan de negocio 
Ferran Correas - 07 OCT 2024 20:42

El FC Barcelona ha convocado a sus socios compromisarios a una Asamblea General Ordinaria el próximo 19 de octubre. En ella, los propietarios del club deberán aprobar las cuentas que les presentará la actual junta directiva que preside Joan Laporta.

Serán sometidos a votación el presupuesto para esta temporada y la liquidación del ejercicio económico de la pasada, que se cerró con doce millones de beneficios en el negocio ordinario, pero con unas pérdidas totales de 91 millones tras hacer el auditor, Grant Thortorn, que se provisionas en 141 millones de euros por los impagos que se habían producido en el negocio de Barça Vision y por las cantidades que quedan por cobrarse.

Se acerca la Asamblea y poco a poco se va sabiendo más de las cuentas del club porque los compromisarios van haciéndose con la información. Hoy mismo se ha sabido que Grant Thortorn ha presentado una salvedad sobre Barça Vision, que en ningún caso quiere decir que el Barça acumule más pérdidas o que deba provisionar más dinero.

Dando por bueno lo que la junta directiva ha hecho con el 49% de Barça Vision que no es suyo en la formulación de las cuentas, se centra en el 51% restante, sí propiedad del club y que equivale a 208 millones de euros. Grant Thortorn presenta una salvedad material no cuantificable. Según fuentes próximas al FC Barcelona, lo que quiere decir esa salvedad es que ese 51% debería devaluarse, pero no tiene datos suficientes para saber en qué cantidad debería devaluarse. Es decir, los auditores creen que el plan negocio de Barça Vision no funcionó por los impagos habidos y lo que piden es un nuevo plan de negocio. Como todavía no existe, avisan con esa salvedad.

Lo que dicen es que recomiendan esa devaluación por como está ahora la sociedad, algo que podría cambiar con un nuevo plan de negocio que convenciese a los auditores. De hecho, de eso habló ya el club cuando anunció los números la pasada semana y justificó mantener la valoración del 51% de Barça Vision en 208 millones. "Existen motivos suficientes que justifican el valor actual de la compañía y seguir confiando en su viabilidad y capacidades futuras, con un plan negocio que permitirá generar ingresos recurrentes en un futuro cercano".