miércoles, 12 de diciembre de 2018

BOE.es: Mancomunidad de los Canales del Taibilla, Cuentas Anuales 2017

BOE.es: Mancomunidad de los Canales del Taibilla, Cuentas Anuales 2017
Disposición 16998 del BOE núm. 299 de 2018 - BOE-A-2018-16998.pdf

Resolución de 16 de noviembre de 2018, de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2017 y el informe de auditoría.

Mancomunidad de los Canales del Taibilla 
Informe de auditoría de las cuentas anuales 
Ejercicio 2017 
Intervención Delegada en la Mancomunidad 
de los Canales del Taibilla 

Índice
I.INTRODUCCIÓN
II.OBJETIVO Y ALCANCE DEL TRABAJO: RESPONSABILIDAD DE LOS AUDITORES
III.OPINIÓN
IV.OTROS ASUNTOS QUE NO AFECTAN A LA OPINIÓN
V.INFORME SOBRE OTROS REQUERIMIENTOS LEGALES Y REGLAMENTARIOS

martes, 11 de diciembre de 2018

Foro Auditoría 2018, Vitoria: Blockchain, impacto en la contabilidad y la auditoría del futuro (Youtube)

Blockchain: impacto en la contabilidad y la auditoría del futuro - YouTube
Ponencia del XII Foro Auditoría 2018. "Nuevos retos: tecnología y regulación". Celebrado el 30 de noviembre en Vitoria-Gasteiz.
  • Luz Parrondo. Doctora en Economía, Finanzas y Gestión por la Universidad Pompeu Fabra (UPF). Como investigadora, se especializa en el estudio de gestión y contabilidad, con especial énfasis en gestión de ingresos, gestión de riesgos, responsabilidad social corporativa y tecnología Blockchain.
  • Presenta y modera: Mikel Elosegui. Coordinador del Comité de Formación del REA del Consejo General de Colegios de Economistas.

Foro Auditoría 2018, Vitoria: Mesa coloquio sobre los Nuevos Informes de Auditoría. AMRAS, un año después (Youtube)

Mesa coloquio sobre los Nuevos Informes de Auditoría. AMRAS, un año después - YouTube
Ponencia del XII Foro Auditoría 2018. "Nuevos retos: tecnología y regulación". Celebrado el 30 de noviembre en Vitoria-Gasteiz.

  • Enrique Asla. Presidente Comisión Técnica y de Calidad del ICJCE. 
  • Txema Valdecantos. Coordinador del Comité de Normas y Procedimientos del REA del Consejo General de Colegios de Economistas. 
  • Modera: David Tejada. Director Dpto. Técnico y de Control de Calidad del ICJCE. 


    laRazón.es: Una auditoría alerta del «desequilibrio» financiero de las agencias de la Junta de Andalucía

    La Cámara de Cuentas desvela que no cumplen «de forma razonable» la conciliación de saldo
    Sevilla.  11 de diciembre de 2018. 21:02h

    El mismo día que arrancaron las negociaciones para formalizar un cambio de Gobierno histórico en la Junta de Andalucía, la Cámara de Cuentas emitió un informe de fiscalización que pone el acento en la difícil situación financiera de las agencias públicas que dependen del Ejecutivo autonómico. Las críticas en torno a la administración paralela de la Junta constituyen un denominador común que une al Partido Popular, Ciudadanos y Vox. Los informes avalan esa inquietud.

    La Cámara de Cuentas ha fiscalizado la conciliación de saldos pendientes de cobro entre la Junta y la Agencia Andaluza del Conocimiento; la de Cooperación Internacional para el Desarrollo; la Agencia Andaluza de la Energía; la de Medio Ambiente y Agua; la de Obra Pública; la de Servicios Sociales y Dependencia; la de Vivienda y Rehabilitación; y la de Innovación y Desarrollo de Andalucía. En total, ocho entes públicos que cuentan con un importe pendiente de cobro de la Junta que asciende a 863,33 millones de euros, de los que 266,46 millones corresponden a deudas con más de dos años y 32,26 millones a deudas con más de cinco años. Con todo, el problema, según detalla el informe, es que existen «saldos no confirmados que deberían ser oportunamente depurados, de acuerdo con la normativa contable aplicable, bien por no haber sido confirmados por las consejerías u otros centros gestores (o, incluso, no remitidos para su confirmación por las respectivas agencias), bien por no estar soportados por el adecuado documento contable de reconocimiento de obligación o de compromiso de gasto».

    En consecuencia, «los potenciales ajustes en los derechos pendientes de cobro» ascienden a 380 millones, el 44 por ciento de los derechos de cobro del conjunto de las agencias fiscalizadas.

    A su vez, de esos 380 millones, 236 no han sido confirmados y 144 «no disponen de soporte presupuestario ni se considera que cumplen los requisitos que marca la instrucción quinta de la Instrucción».

    La conclusión del ente fiscalizador es que «estos ajustes tendrían un efecto significativo sobre las cuentas rendidas por las respectivas agencias, y pondrían de manifiesto una situación financiera desequilibrada o bien el agravamiento de dicha situación en, al menos, tres de ellas» –la Agencia de Obra Pública, la de Servicios Sociales y Dependencia y la Agencia IDEA–.

    «En general, las agencias fiscalizadas –con la excepción de la de la Energía– no están dando adecuado cumplimiento a la Norma de Valoración nº 19 del Plan General de Contabilidad aplicable a estas entidades (Resolución de 2 de octubre de 2009 de la IGJA), que requiere detallar las circunstancias que afectan a los derechos pendientes de cobro registrados. Además, no se cumplen los requisitos que se derivan de la instrucciones tercera, cuarta y quinta de la Instrucción 11/2015, de 10 de diciembre, de la IGJA. Todo ello, dificulta una adecuada y completa comprensión de las cuentas anuales en su conjunto», apuntan.

    Como aspecto positivo, la Cámara de Cuentas recoge que tanto los importes de derechos pendientes de cobro como lo proporción de estos que carecen de soporte presupuestario «se han reducido respecto a ejercicios anteriores», ya que a la finalización de 2014 estos eran de 1.500 millones y 779 millones de euros respectivamente.

    Entre las recomendaciones que hacen los auditores, piden a la Junta de Andalucía que se dote a las Agencias públicas Empresariales «de los recursos financieros necesarios para el desarrollo de sus actividades» para su «equilibrio» y que éstas sólo desarrollen «aquellas actividades que cuenten con financiación adecuada y suficiente».

    Críticas a las auditorías privadas
    El trabajo de la Cámara de Cuentas también esconde un reproche para las auditorías privadas que se han realizado a estos entes públicos. En concreto, el informe señala que «los informes de auditoría evacuados por profesionales independientes no han tenido en cuenta todos los preceptos que afectan a los derechos pendientes de cobro de la Junta de Andalucía, a los efectos de expresar su opinión sobre las cuentas anuales: Plan General de Contabilidad aplicable a las Agencias públicas empresariales e Instrucción nº 11/2015 de la Intervención General. En consecuencia, se producen discrepancias significativas con los resultados del presente informe». Por ese motivo, pide a la Intervención General de la Junta de Andalucía «más rigor» en la comprobación del trabajo de estos auditores externos.

    lunes, 10 de diciembre de 2018

    laVanguardia.com: Carta remitida por Polygon al Comité de Auditoría y Control del Consejo de Administración de Realia

    COMUNICADO: Carta remitida por Polygon al Comité de Auditoría y Control del Consejo de Administración de Realia (3):

    Nos gustaría recordar a los miembros del Comité de Auditoría y Control que las cuentas anuales de Realia publicadas desde el año 2012 han servido como la información principal con base en la cual los accionistas de las compañía han tomado sus decisiones de compra o venta de acciones, incluyendo las tres ampliaciones de capital (en 2015, 2016 y la que está ahora en curso en 2018) además de las dos ofertas de adquisición de acciones (OPAs) lanzadas por Inversora Carso S.A. de C.V. (en 2015 y 2016). Como tal, las consecuencias de un potencial uso impropio del método ECO de valoración afectan a todos los accionistas.

    En el comunicado de prensa de Realia de 3 de diciembre de 2018, la compañía afirma que "cabe señalar que fue en 2012 cuando se estableció en Realia la valoración ECO, decisión que fue ajena de la administración actual que comenzó en 2015". Incluso si fueron otro equipo gestor o consejeros quienes inicialmente tomaron una decisión inadecuada, esto no exoneraría a los presentes miembros del Comité de Auditoría y Control si el uso de un método de valoración es incorrecto. Los miembros actuales, en su puesto desde al menos el año 2015 (y dos de ellos ejerciendo como consejeros desde el año 2007), han tenido multitud de oportunidades de corregir este asunto. Asimismo, nos gustaría resaltar que la razón aducida por Realia en el año 2012 para justificar el cambio del método de valoración de sus actividades de promoción residencial de RICS a ECO (el "proceso de negociación para reestructurar la deuda de su negocio residencial con el sindicato de bancos acreedores") es, en todo caso, irrelevante tras la refinanciación de la deuda de Realia que ocurrió en el año 2016.

    Esperamos recibir la respuesta razonada tanto del Comité de Auditoría y Control de Realia, como de EY, acerca de este tema, dentro de los próximos 7 días naturales. En ausencia de una respuesta completa y satisfactoria que aborde adecuadamente nuestras preocupaciones, nos reservamos el derecho a tomar cuantas acciones nos aconsejen adoptar. Estas acciones podrían incluir, sin carácter limitativo, la solicitud de una consulta o una investigación formal al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) acerca del uso del método ECO en el contexto de la preparación de estados financieros de acuerdo a los estándares NIIF como corresponde a una compañía cotizada en la Unión Europea, de acuerdo con los artículos 49 y 50 de la Ley 22/205, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas.

    Una copia de esta carta ha sido enviada a TINSA en vista de la opinión que expresan en su Working Paper al que nos referimos con anterioridad.

    Le enviamos copia también a EY, en su capacidad de auditor externo de Realia.
    Atentamente,

    Polygon Global Partners LLP
    Cc: TINSA
    Mr. Francisco V. Fernández Romero, EY
    Mr. Gerardo Kuri-Kaufmann
    Mr. Juan Antonio Franco

    [1] TINSA Research Working Paper "La valoración de inmuebles desde la perspectiva del Plan General Contable"(https://www.tinsa.es/servicio-de-estudios/otros-informes/la-valoracion-de-inmuebles-a-efectos-contables/)

    sábado, 1 de diciembre de 2018

    MACUAL: Regulación de la Auditoría, Informes de auditoría y Principio de Empresa en Funcionamiento (01.12.2018)


    Auditoría, Transparencia y RSE: etiqueta "Limitación al alcance"
    http://auditoriatransparenciayrs.blogspot.com/search/label/Limitaci%C3%B3n%20al%20alcance

    Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Cuentas Anuales 2016
    http://auditoriatransparenciayrs.blogspot.com/2017/09/boees-csic-cuentas-anuales-2016.html
    https://www.boe.es/boe/dias/2017/09/04/pdfs/BOE-A-2017-10188.pdf

    Auditoría, Transparencia y RSE: etiqueta "Incertidumbres"
    http://auditoriatransparenciayrs.blogspot.com/search/label/Incertidumbres
    • elEconomista.es: Tubos Reunidos defiende su viabilidad pese a las incertidumbres destacadas por su auditor 
    • http://auditoriatransparenciayrs.blogspot.com/2018/03/eleconomistaes-tubos-reunidos-defiende.html
    Auditoría, Transparencia y RSE: etiqueta "Salvedades"
    http://auditoriatransparenciayrs.blogspot.com/search/label/Salvedades

    Auditoría, Transparencia y RSE: etiqueta "Énfasis"
    http://auditoriatransparenciayrs.blogspot.com/search/label/%C3%89nfasis

    Auditoría, Transparencia y RSE: etiqueta "Otras cuestiones"
    http://auditoriatransparenciayrs.blogspot.com/search/label/Otras%20cuestiones


    martes, 27 de noviembre de 2018

    Auditoría Pública: el Tribunal de Cuentas del Reino de España (27.11.2018)

    EL TRIBUNAL DE CUENTAS LE DA LA BIENVENIDA
    Órgano responsable del control externo del sector público español:
    https://www.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/

    LA INSTITUCIÓN
    La Constitución española de 1978 atribuye al Tribunal de Cuentas la fiscalización del sector público y el enjuiciamiento de la responsabilidad contable.
    https://www.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/la-institucion/

    Organigrama:
    https://www.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/organizacion/organigrama/index.html

    Resoluciones oficiales:
    https://www.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/la-institucion/Documentos-Oficiales/

    RÉGIMEN JURÍDICO
    La Institución se encuentra regulada por la Constitución Española, por la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, por la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, además de por diversas leyes específicas, como la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre Financiación de los Partidos Políticos y la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, entre otras.https://www.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/la-institucion/regimen-juridico-y-economico/

    Normas y manuales:
    Las Normas de Fiscalización del Tribunal de Cuentas y los Manuales que las desarrollan regulan, de acuerdo con la legislación vigente, las actuaciones y procedimientos en que se materializa la función fiscalizadora del Tribunal de Cuentas, con arreglo a la organización y el funcionamiento de la Institución y teniendo en cuenta las normas internacionales y las buenas prácticas generalmente aceptadas.
    Asimismo, las Normas ISSAI-ES constituyen una adaptación a la realidad española de determinadas Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores, de tercer y cuarto nivel, de la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI).
    https://www.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/fiscalizacion/NormasManuales/index.html

    Funciones de Fiscalización y Enjuiciamiento

    • La fiscalización externa, permanente y consuntiva de la actividad económico-financiera del sector público.
    • El enjuiciamiento de la responsabilidad contable en que incurran quienes tengan a su cargo el manejo de caudales o efectos públicos.

    https://www.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/la-institucion/regimen-juridico-y-economico/funciones/

    Sección de Enjuiciamiento
    https://www.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/enjuiciamiento/seccion-de-enjuiciamiento/

    Búsqueda avanzada:
    https://www.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/search/alfresco/index.html?entrance=FIS

    2018 - 16 - DEPARTAMENTO SEGUNDO - SENTENCIA - SECCIÓN DE ENJUICIAMIENTO
    SENTENCIA nº 16 del año 2018 dictada por el DEPARTAMENTO SEGUNDO
    Procedimiento de reintegro por alcance nº B-215/17; Sector Público Autonómico; Generalidad de Cataluña; Cataluña
    Fecha: 12/11/2018 Mostrar detalles Descargar

    https://www.tcu.es/repositorio/a3f7ba44-a72c-490b-b73a-7ae902b6fdb6/SENTENCIA%2016_2018_2E.pdf

    SENTENCIA NÚM. 16/2018

    En Madrid, a doce de noviembre de dos mil dieciocho.

    En el procedimiento de reintegro por alcance nº B-215/17, Sector Público Autonómico (Generalitat de Cataluña), Cataluña, en el que han presentado demanda las asociaciones “Abogados Catalanes por la Constitución” y “Societat Civil Catalana, Associació Cívica i Cultural”, representadas por el Procurador de los Tribunales D. LDT y defendidas por los letrados D. MZV y D. MME; el Abogado del Estado, en la representación procesal que del Estado ostenta; y el Ministerio Fiscal; siendo demandados D.ª IRO, quien ha actuado en el procedimiento representada por el Procurador de los Tribunales D. GdlVdlS y defendida por los letrados D. JCC y D.ª GLM; D. LBS, quien ha actuado representado por el Procurador de los Tribunales D. PSC y defendido por el Letrado D. LSL; D.ª TPiR, quien ha actuado representada por el Procurador de los Tribunales D. ABH y defendida por el letrado D. ORV; D. FHM, D. JDP, D. IGA Y D. JVR, quienes han actuado representados por el Procurador de los Tribunales D. ABH y defendidos por la letrada D.ª MRM; y D. AMG, D.ª JOiA y D.ª JVV, quienes han actuado representados por el Procurador de los Tribunales D. ABH y defendidos por el letrado D. REF; y de conformidad con los siguientes

    (...)