martes, 10 de septiembre de 2013

elEconomista.es: La Fiscalía Anticorrupción se opone a la imputación de Deloitte por la auditoría de Bankia

La Fiscalía Anticorrupción se opone "por el momento" a la imputación de Deloitte por la auditoría de cuentas 
10/09/2013 - 19:37

La Fiscalía Anticorrupción se ha opuesto a la imputación del socio auditor de Deloitte, Francisco Celma, al entender que ya ha prestado una "extensa" declaración como testigo sin que proceda, "por el momento", modificar su condición procesal a la vista del expediente sancionador abierto por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) contra la compañía.
MADRID, 10 (EUROPA PRESS)

En un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, los fiscales Alejandro Luzón y Luis Rodríguez Sol responden así a la petición de la Confederación Intersindical de Cajas (CIC) interesando que Celma vuelva a declarar ante la Audiencia Nacional, pero lo haga en calidad de imputado. El representante de Deloitte acudió como testigo el pasado febrero y aseveró que en marzo de 2012 se advirtió a la dirección de Bankia de las "dudas" sobre la viabilidad del grupo.

La Confederación Intersindical de Cajas solicitó la imputación del representante de la firma tras analizar el informe del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) y su expediente sancionador. El ICAC afirmaba que Deloitte tenía clasificada a Bankia como una "empresa con pérdidas o en punto muerto o con bajo nivel de rentabilidad" mientras trabajaba en la auditoría de sus cuentas semestrales previas a la salida a Bolsa.

Anticorrupción cree que, sin perjuicio de las conclusiones que quepa extraer del expediente sancionador "todavía no concluido", de las diligencias pendientes de practicar y de la pericial encomendada a los expertos del Banco de España, no se juzga "necesaria" una nueva declaración de Francisco Celma ya que ha prestado una "extensa" declaración en calidad de testigo en las presentes diligencias, sin que proceda, "por el momento", modificar dicha condición procesal.

La Fiscalía ha respaldado la admisión a trámite en la causa en la que se investiga la fusión y salida a Bolsa de Bankia de la denuncia formulada por una mujer cuyos padres adquirieron acciones de Bankia el 20 de julio de 2011.

Por contra, se ha opuesto a la personación interesada por otro hombre que no acreditó su condición de perjudicado ni la fecha en la que adquirió los títulos.

Expansión.com: Deloitte supera a KPMG y PwC como auditor de la RSC


Deloitte supera a KPMG y PwC como auditor de la RSC,Empresas y Finanzas
10.09.2013 Ana Medina

Facilitar la búsqueda y obtención de datos sobre la compañía, mejorar su imagen, ser una herramienta de comunicación con los grupos de interés internos y externos y de intercambio de buenas prácticas y detectar riesgos futuros son algunos de los beneficios de elaborar un informe o memoria de sostenibilidad.

Con el objetivo de que la información sobre el desempeño ético, social y ambiental que contienen estos documentos goce de suficiente veracidad y credibilidad, en los últimos años se ha extendido la práctica de que las empresas incorporen su verificación externa por parte de un tercero independiente.

Veintisiete empresas del Ibex incluían un informe de revisión independiente de la información de RSC en sus memorias de 2012, frente a las 26 de 2011. Las Cuatro Grandes auditoras (Deloitte, KPMG, PwC y EY) son las encargadas de 23 de ellas.

Cambio 
Deloitte supera al resto, al ser la que ha realizado mayor número de verificaciones de las memorias del Ibex, con ocho de las 27 auditadas, una más que en 2011. La firma se ha encargado de verificar el informe de RSC de 2012 de Abertis, para la que ya realizaba la auditoría de cuentas. PwC era hasta entonces el encargado de verificar al grupo de concesiones, que audita su memoria desde 2005.

KPMG y PwC, por su parte, llevan a cabo, cada una, la revisión independiente de seis sociedades del Ibex. En el caso de PwC, aunque ha perdido a Abertis, ha comenzado a trabajar con Amadeus y Sacyr.

El grupo de construcción ha realizado su primer informe integrado (que engloba tanto las cuentas anules como las actuaciones sociales y ambientales).

Sacyr incorpora un informe de revisión independiente de los indicadores de responsabilidad corporativa (RC) por parte de PwC y una verificación de la memoria que hace Aenor. Esta última también se encarga de verificar también el de Iberia, que forma parte del hólding IAG pero presenta, al igual que British Airways, un informe de RC por separado. Además, SGS audita los informes de Inditex y Red Eléctrica y Bureau Veritas se encarga del de Banco Sabadell.

Con la misma firma 
Catorce de las sociedades del Ibex 35 han optado por verificar sus políticas sostenibles con la misma firma con la que auditan sus cuentas anuales, una tendencia que se intensifica conforme las compañías tienden a hacer integrado su informe. Es el caso, por ejemplo, de Banco Popular, que verifica desde 2005 sus informes de RC con PwC, la misma que se encarga de los datos financieros y del informe de gobierno corporativo, con el fin de dar una imagen fiel y transparente de su actuación.

También Indra que, dentro de su filosofía de informe integrado, entiende que la auditoría financiera y no financiera deben avanzar hacia la integración, por lo que cree más apropiado que la firma que audita sus cuentas, en este caso KPMG, verifique la parte de sostenibilidad.

Otros grupos, sin embargo, acuden a firmas distintas, aunque dispongan de informe integrado, como Acciona, Enagás, FCC, Inditex o Sacyr.

elEconomista.es: Entrevista a Gustavo Bosquet: 'Con la crisis hay que invertir información financiera'

Gustavo Bosquet: 'Con la crisis hay que invertir información financiera'

Carmen Larrakoetxea (Bilbao) - 10/09/2013 - 8:54
  • Experto Contable: Un profesional de la contabilidad que asegure la fiabilidad de las cuentas de una pyme
  • Regulación: En países como Francia es una figura regulada y reconocida por su relevante labor
  • Ventajas: Puede ayudar a las pymes a acceder a financiación, subvenciones o desgravaciones
El Colegio Vasco de Economista está impulsando una novedosa iniciativa para mejorar la calidad de la información financiera de las pequeñas empresas a través de la propuesta de creación de la figura del Experto Contable y los Informes de Procedimientos Acordados.

No estaríamos frente a un informe de Auditoría como tal, que para las pymes sería muy oneroso, sino de un mecanismo intermedio de calidad, transparencia y fiabilidad. Gustavo Bosquet, miembro de la junta del colegio, defiende que esto lejos de ser un sobrecoste para las empresas es una 'inversión' que podría ayudar a las compañías a la hora de solicitar financiación, ayudas públicas o incentivos fiscales e incluso ser un instrumento de garantía para los socios que no estén en la gestión diaria de las compañías.

Desde el Colegio Vasco de Economistas están proponiendo la creación de la figura del 'Experto Contable' ¿En qué consiste?
Se trataría de un profesional de la contabilidad e información financiera que realiza trabajos de emisión de dictámenes contables, supervisión y revisión de cuentas, etc, en el ámbito de la información financiera de las empresas y de otro tipo de entidades.

En base a esa definición ¿en qué se diferenciaría de un auditor?
El Experto Contable está pensado para pymes. La obligación legal de auditoría está establecida para diferente tipo de empresa, de mayor tamaño, que sobrepasan una serie de baremos en volumen de negocios, activos y empleados. Lo que pretendemos es fomentar una revisión de esas pymes que no se auditan para que puedan trasladar una imagen más transparente y fiable de su información financiera. Se trata de aplicar unos procedimientos mínimos que nos aseguren la bondad, la razonabilidad de los diferentes epígrafes de los estados financieros, de un balance y de una cuenta de pérdidas y ganancias.

¿Quién respaldaría la independencia de ese Experto Contable?
El Experto Contable es un profesional que debería de estar acreditado y cumpliendo una serie de requisitos de formación, capacidad, etc,. Aquí la figura de Experto Contable no está desarrollada como tal, pero si en otros países europeos. En esos países es una profesión perfectamente regulada, con los accesos, con las obligaciones, existen en los ministerios de Economía y Hacienda, están detrás de estas profesiones, como lo puede estar aquí el ICAC respecto a los auditores. Un ejemplo es Francia con un nivel de reconocimiento de su labor muy relevante.

¿Pero todo esto no supondría un nuevo coste para las empresas?
Lo que se ha visto con la crisis es que tener una información financiera fiable, trasladar transparencia, es un valor muy importante para las empresas. Uno de los factores que, entre otros, han desencadenado la crisis ha sido que la información financiera no era fiable en algunas entidades. Ahora toca invertir en trasladar transparencia, imagen fiel en información financiera. Así vemos que debe ser el futuro. No hay otro camino.

La transparencia es un término subjetivo. Por el lado práctico ¿qué ventajas pueden obtener las pymes con estos informes?
Nosotros creemos que no es sólo el intangible que supone trasladar una mayor transparencia y ayudar a que el mejor funcionamiento del mercado sea mejor. Creemos también que este tipo de trabajos podrían ayudar a que la propia pyme pueda acceder a financiación en condiciones mejores de las que está actualmente desde el momento en que tiene una revisión de su información financiera, por un tercero independiente, que ha dado su visto bueno. Por tanto es un camino para poder acudir a la financiación, a las subvenciones, a las deducciones y desgravaciones fiscales.

Pero para que sean efectivos estos informes tendrá que ser reconocidos por bancos, administraciones...
Las presentaciones que hemos realizado hasta el momento se han dirigido a los potenciales usuarios de este tipo de informes (administraciones, entidades financieras, etc). En los primeros contactos les ha parecido interesante, pero no esperamos resultados en el corto plazo, pero reconocen que cuando tienen que evaluar la petición de subvenciones o créditos estaría más cómodos si la información financiera de las pymes no auditadas viniesen con algún tipo de revisión contable.

Las administraciones podrían subvencionar los informes para las pymes como han hecho con las consultoras para las programas de refinanciación de pasivos....
Sería una vía idónea que hubiera subvenciones aunque fueran parciales. Ayudaría mucho a reducir el coste para las empresas.

viernes, 6 de septiembre de 2013

Expansión.com: El informe de auditoría será obligatorio cuando la sociedad inscriba auditor

El informe de cuentas será obligatorio para inscribir a un auditor
Inscribir en el Registro Mercantil el nombramiento de un auditor tiene consecuencias. La empresa que decide hacerlo estará luego obligada a presentar el informe que éste haga para la inscripción y depósito registral de las cuentas anuales.
06.09.2013 Almudena Vigil

Así lo establece una sentencia de la Audiencia Provincial de Salamanca, que resuelve un caso sobre el que no aparece regulado expresa en la normativa societaria.

En el caso que estudia este tribunal, el Registro denegó la inscripción y depósito de las cuentas anuales por no aportar con las mismas informe del auditor cuando constaba que había sido inscrito en el Registro su nombramiento, realizado por la junta general.

La Audiencia concluye que la aportación de dicho informe resulta necesaria aunque la sociedad no esté obligada legalmente a auditar sus cuentas al poder presentar balance abreviado. Ante la laguna legal existente, la sentencia determina que si se nombra auditor debe ser, en principio, con la intención de auditar cuentas, aunque la sociedad no esté obligada.

Además, entiende que, obligando a ello, se da respuesta a la necesidad de tutelar los intereses y expectativas legítimas de los socios y de terceros que conocen la existencia del nombramiento de auditor confiando en la presunción de exactitud y validez de los asientos registrales. En este sentido, la sentencia apunta que si figura inscrito un auditor de cuentas de la sociedad, resulta lícito y lógico pensar que éste emitirá su informe y que se adjuntará a las cuentas anuales para su depósito en el Registro Mercantil de forma que pueda ser consultado por cualquier interesado.

La sentencia sigue así el criterio ya defendido por la Dirección General de Registros y del Notariado y por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, y añade que esta solución es aún más obvia si se tiene en cuenta que la actividad de auditoría desempeña una función de interés público, en el sentido de que un conjunto amplio de personas e instituciones confían en la actuación del auditor como factor que coadyuva al correcto funcionamiento de los mercados.

“No sólo la sociedad tendría que haber obligado al auditor a elaborar el informe de sus estados contables y financieros para depositarlo junto a las cuentas anuales en el Registro Mercantil, sino que el auditor tendría que haber recordado a la sociedad la existencia del contrato de auditoría y haber requerido la información necesaria para elaborar el informe”, incide.

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domingo, 1 de septiembre de 2013

CincoDías.com: "El precio de la transparencia", por Carlos Puig de Travy

El precio de la transparencia | Economía | Cinco Días

Nadie mejor que los economistas conocemos las relaciones de razón económica que median entre los conceptos de valor y precio. Las complejas relaciones de mercado en el sector servicios y en concreto en el sector de la auditoría requieren de un análisis cuidadoso sobre las ofertas económicas respecto de los concursos públicos de servicios de auditoría en la administración pública. Una reflexión para resolver que en estos casos el valor del servicio determina la eficacia necesaria del resultado.

El ejercicio del auditor en la supervisión de las cuentas tiene una especial importancia si de lo que se trata es de las cuentas públicas, por cuanto se analiza la correcta gestión del dinero de todos los contribuyentes. Promover la libre competencia por parte de la administración a la hora de otorgar los trabajos de auditoría supone primar sobre la calidad con la que estos trabajos se van a llevar a cabo, y todo ello por ser dinero público de lo que se trata.

Actualmente, la enorme disparidad que se da en los precios de las ofertas económicas de los concursos públicos de servicios de auditoría podría poner en riesgo la calidad de las exigencias y características del servicio requerido. Es evidente que la coyuntura de crisis obliga, fruto de cumplir con los objetivos de déficit y deuda públicos, a las oportunas restricciones presupuestarias en todos los ámbitos. Unas restricciones que consecuentemente afectan a los responsables de los controles internos y externos de la administración a la hora de definir los medios de fiscalización y auditorías que, por imperativo legal, deben realizarse regularmente a diferentes entes de la administración. Esta circunstancia podría tender a establecer como objetivo prioritario la reducción del precio en la contratación por parte del Sector Público, de auditores y firmas de auditoría privadas para dar soporte y auxiliar a las necesidades de fiscalización que tiene la Administración Pública, razón que si bien es perfectamente loable no debería ser excluyente respecto de la consideración en términos de calidad.

La Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del sector público y el Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público, regulan las cláusulas administrativas y técnicas del contenido que debe tener una oferta de un concurso público. La información que el órgano adjudicador solicita es básicamente administrativa, técnica y económica. La documentación administrativa permite identificar a la firma ofertante y quien la representa, la técnica hace referencia a los aspectos particulares relacionados con el contenido y ejecución del contrato que se oferta y, por último, la propuesta económica. Reglamentariamente la información técnica es la primera a valorar, por lo que el legislador ha entendido que atendiendo a esta prelación, la parte económica no debe determinar la decisión sobre la ejecución técnica del trabajo, si bien en el pliego de condiciones se menciona el valor que la oferta económica tendrá sobre el total del concurso.

La documentación administrativa permite identificar a la firma ofertante

Una libre competencia en la prestación de los servicios del auditor redunda más que en otros casos en beneficio de todos, de manera que cuantos más licitadores participen en un concurso habrá mayor garantía de mejores prestaciones y opciones en las ofertas. Otorgar toda la primacía al precio que se muestra en la oferta económica del licitador desmerece del valor que se da a la capacidad técnica del profesional y empobrece los requisitos de la transparencia. Siendo este el principal objetivo, serviría de acicate profesional una ponderación razonable, por parte del órgano adjudicador, entre la oferta económica y técnica de la empresa solicitante.

Es de suma importancia, en la adjudicación de un concurso, evaluar adecuadamente la capacitación técnica del concursante, en cuanto a medios de los que dispone, excelencia y experiencia del personal y nivel de calidad que se ofrece. En ocasiones, se observa que las condiciones ofrecidas por los licitadores son, cuanto menos, generadoras de dudas si las ponemos en correspondencia con los precios que figuran en la oferta económica presentada.

La principal beneficiada de que el proceso del concurso se ha llevado a cabo adecuadamente es en este caso la administración y consecuentemente los ciudadanos. Por ello, interesa que estos procesos aseguren que se ha optado por el servicio adecuado, con los medios, los procedimientos y personal homologados a la calidad requerida, y que los mismos son compatibles con el precio ofertado.
Pensar que el trabajo ofrecerá las mismas prestaciones, si la oferta económica oscila en rangos de descuento de porcentajes que alcanzan en ocasiones cifras del 50%, contradice esa compatibilidad.

Es de suma importancia evaluar adecuadamente la capacitación técnica del concursante

Esta especial responsabilidad tiene un carácter de servicio público que no por ello queda al margen de criterios objetivos a la hora de establecer un precio, por lo que cabría aquí mencionar el común aforismo de que “no pueden comprarse duros a cuatro pesetas”.

Añadido a ello, debemos considerar el alcance y responsabilidad que tiene el trabajo del auditor contratado por la administración para las auditorías del sector público, por su repercusión social, por su constante evolución y porque a los tradicionales controles financiero y de legalidad, se han incorporando en algunos casos otros objetivos tales como determinar la eficiencia, eficacia y economía en la gestión pública.

Por todo lo dicho, un sano ejercicio de la competencia pasa porque la administración considere el extremo de la oferta económica no sólo en sí mismo sino evaluando si se ajusta y guarda relación con los niveles de calidad y profesionalidad exigidos en el pliego de condiciones y los objetivos del concurso público.

Por último, sería beneficioso que la administración, delante de ofertas que podrían tener la consideración de bajas temerarias, aplicara con el rigor necesario lo estipulado en el artículo 152 del Real decreto 3/2011 sobre licitadores incursos en ofertas con valores anormales o desproporcionados, lo cual llevará directamente a poner una barrera clara y contundente a ofertas que se efectúen en condiciones fuera de mercado y que, en la mayoría de casos, perjudican tanto a la administración, por llevar aparejadas un servicio de poco rigor y calidad, como al sector, por la mala imagen y pérdida de prestigio que pueden conllevar estas situaciones.

Carlos Puig de Travy es presidente del REA+REGA auditores y del Consejo general de economistas

jueves, 8 de agosto de 2013

El Imparcial.es: "No se puede ocultar a los ciudadanos el patrimonio público", por Jesús Lizcano

El Imparcial: Opinion: Jesús Lizcano: 
No se puede ocultar a los ciudadanos el patrimonio público
10-08-2013


No encontramos ninguna razón para ocultar a los ciudadanos los muchos miles de millones de euros que integran una parte importante del patrimonio de las entidades públicas de este país, y que si se aprobase finalmente la nueva Ley de Transparencia tal como se ha publicado el proyecto de ley hace unos días, quedarían ocultos al quedar obligadas las más de veinte mil instituciones públicas de este país a publicar sólo una parte de su patrimonio.

Una de las reivindicaciones o enmiendas que durante muchos meses hemos venido defendiendo respecto al citado proyecto de ley ha sido la necesidad de que las entidades públicas tuvieran que publicar de forma integra el patrimonio que tienen, es decir, el conjunto de bienes de todo tipo y derechos que poseen, ya que unos y otros han sido costeados por los ciudadanos, y éstos tienen lógicamente el derecho a conocerlos.
Pues bien, aunque habíamos recibido opiniones positivas y apoyos a dicha propuesta por parte de de diversos representantes políticos e incluso gubernamentales, y a pesar de que en la tramitación del proyecto de ley en el Congreso se han propuesto enmiendas por diversos grupos parlamentarios para que se publicase el patrimonio o inventario total de bienes y derechos que poseen dichas instituciones, hemos visto que la enmienda que finalmente se ha incorporado al proyecto de ley (art.7) sólo incluye la publicidad de los bienes inmuebles, es decir, únicamente una parte de su patrimonio.

Aunque los bienes inmuebles son obviamente importantes, y hay que reconocer que su publicidad es un avance sustantivo en el texto del proyecto de ley, no acabamos de entender la consecuente ocultación al público del resto de los bienes patrimoniales, cuando son bienes que tienen que estar igualmente actualizados e incluidos en el correspondiente Inventario de bienes y derechos de estas instituciones.

No comprendemos, en definitiva, porqué los ciudadanos no van a poder disponer de información sobre los bienes muebles y derechos reales de las entidades públicas, sus valores mobiliarios y activos financieros, sus créditos, sus bienes de carácter histórico, su mobiliario, sus equipamientos e instalaciones, sus obras de arte, sus vehículos oficiales, etc. El valor global de todos estos elementos patrimoniales no es posible saberlo (ya que aunque parezca mentira nadie ha conocido ni conoce en este país el patrimonio de las instituciones públicas) pero es fácil suponer que tienen un valor acumulado de muchos miles de millones de euros, y los ciudadanos tienen el innegable y fundamental derecho a conocer con detalle e incluso a controlar todos esos bienes públicos, y no sería ético ni tendría justificación política o social alguna que la esperada Ley de Transparencia se olvidase de hacerlos transparentes.

En resumen, si no se modifica el texto de la Ley de aquí a su publicación final, va a seguir permaneciendo oculto en buena medida el patrimonio público de este país, y no sería de recibo que una Ley como ésta vulnerase así el derecho a saber de los ciudadanos respecto a ese patrimonio que es de todos. Esperemos que los políticos y parlamentarios responsables de la Ley puedan escuchar y atender la inequívoca demanda social de transparencia, y puedan remediar así ese importante déficit informativo que contiene el proyecto de ley.

viernes, 2 de agosto de 2013

HazteOir.org: Iniciativa para que las oenegés no paguen el IVA


Firma: No al IVA que pagan los pobres | HazteOir.org

Una de las manifestaciones más injustas de la crisis es "el IVA que pagan los pobres".
Me refiero al IVA que las ONGs pagan a Hacienda y que detraen forzosamente de la atención a los más necesitados.

Te hablo de personas pobres, sin hogar, sin comida; de niños y madres en situación de exclusión social; de mujeres embarazadas que abortarían, de no ser por la ayuda, la acogida y el cariño que reciben en estas entidades de interés social.

Me he unido, a través de HazteOir.org, a la iniciativa 'No al IVA que pagan los pobres' (1) de la Fundación Isolana, para pedir al ministro de Hacienda que devuelva el IVA a las ONGs de interés social, con el fin de que lo destinen a atender a más personas vulnerables y necesitadas.

Ya puedes enviar tu petición. Únete, haciendo clic aquí:
http://hazteoir.org/alerta/51742-firma-no-al-iva-que-pagan-pobres

Sólo con la reciente subida del tipo general del IVA, del 18 al 21 por ciento,  las ONGs han perdido 69 millones de euros. (2)

69 millones más para Hacienda. 69 millones menos para los más necesitados de nuestra sociedad.

Es el IVA que acaban pagando los pobres, una realidad particularmente injusta en una situación de emergencia social.

Gracias a la campaña 'No al IVA que pagan los pobres', he descubierto hasta qué punto el IVA y su subida perjudican a los más vulnerables.

Por ejemplo: no sabía que las ONGs pagan el IVA en todos sus gastos de funcionamiento (luz, agua, alquiler de oficina, ordenadores, folios,....) pero no pueden deducirlo ni repercutirlo en los servicios benéficos que prestan.

Esto daña directamente a los beneficiarios de la labor asistencial de las ONG, que tienen que detraer una parte importante de los fondos de su actividad benéfica para dárselo a Hacienda.

También he descubierto que el Parlamento Europeo pidió a los estados miembros de la UE, en una resolución del 13 de octubre de 2010, que reformaran el IVA para corregir esta injusta configuración del impuesto.

El IVA que pagan las ONGs debe volver a los más necesitados a través de las entidades que los atienden.

Por esto, y porque es de justicia, te animo a pedir al Gobierno que devuelva cada año lo que recauda por este impuesto a las ONGs, para que lo destinen exclusivamente a atender a las personas necesitadas.

Haz clic para unirte ahora a la petición dirigida al ministro Cristóbal Montoro:
Firma: No al IVA que pagan los pobres

¡Juntos lo conseguiremos!
¡Gracias por actuar por una sociedad más justa y solidaria!
Ignacio Arsuaga y todo el equipo HO
(1) "No al IVA que pagan los pobres", iniciativa de la Fundación Isolana.
(2) "Las ONG denuncian que perderán 69 millones con la subida del IVA", noticia publicada en La Gaceta.