miércoles, 27 de marzo de 2024

EconomíayAuditoría.com: Caso Grifols, documentos públicos para estudio

miércoles, 27 de marzo de 2024 
 
Estimado Lector,

Aunque no voy a hacer ningún análisis de ninguna cuestión sobre Grifols, en esta entrada quiero resumir por fechas la secuencia de hechos de este caso, junto a los documentos que la componen. Al final incluiremos enlaces a las cuentas anuales consolidadas y otra información pública periódica.

Todas las horas son GTM +1. La documentación se presenta en orden cronológico. Si bien Gotham Research carece de inscripción registral en el estado de Delaware y hay medios que plantean dudas de la existencia de Daniel Yu haremos referencia a Gotham y Daniel Yu, como si ambas entidades existieran. El diario "El Español" califica de "misterioso inversor" a Daniel Yu. Las entrevistas publicadas han sido hechas por correo electróncio.  

lunes, 25 de marzo de 2024

Mario Echeverría: La Inteligencia Artificial en la Contabilidad y Auditoría de Estados Financieros

La Inteligencia Artificial en la Contabilidad y Auditoría de Estados Financieros*

*por Mario Echeverría, CPA y MBA.

Introducción

La Inteligencia Artificial (IA) se ha convertido en una de las tecnologías más disruptivas de la actualidad, con un impacto significativo en diversos sectores, incluyendo la contabilidad y la auditoría de estados financieros. En este artículo, se analizará el impacto de la IA en estas áreas, destacando sus beneficios, desafíos, aplicaciones y consideraciones éticas y legales.

 

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viernes, 22 de marzo de 2024

Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia: ¿Qué debo hacer si debo o decido cambiar una política contable? (YouTube)

 by Hollman S. Ardila Guerrero on 22 marzo, 2024

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) emitió el Concepto No. 0033 de 2024, en el cual se pronuncia acerca del reconocimiento de los cambios en las políticas contables en empresas que aplican NIIF plenas.


Así bien, el CTCP recordó que, de acuerdo con la NIC 8 Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores, una entidad cambiará una política contable solo si tal cambio es requerido por una NIIF o lleva a que los estados financieros suministren información fiable y más relevante sobre los efectos de las transacciones, otros eventos o condiciones que afecten a la situación financiera, el rendimiento financiero o los flujos de efectivo de la entidad.

Sobre la aplicación de los cambios en las políticas contables, el CTCP indica que, en línea con la NIC 8, la entidad contabilizará un cambio requerido en una política contable por una NIIF de acuerdo con las disposiciones transitorias específicas de tal norma si las hubiera; y cuando la entidad cambie una política contable, ya sea por requerimiento de una NIIF que no incluya una disposición transitoria específica aplicable a tal cambio o porque haya decidido cambiarla de forma voluntaria, aplicará dicho cambio retroactivamente. Así bien, cuando un cambio en una política contable se aplique retroactivamente, la entidad ajustará los saldos iniciales de cada componente afectado del patrimonio para el periodo anterior más antiguo que se presente, revelando información acerca de los demás importes comparativos para cada periodo anterior presentado, como si la nueva política contable se hubiese estado aplicando siempre.

El CTCP además indicó las siguientes limitaciones a la aplicación retroactiva, de acuerdo con la NIC 8:

  1. En la medida en que fuera impracticable determinar los efectos del cambio en cada periodo específico o el efecto acumulado.
  2. Cuando sea impracticable determinar los efectos que se derivan, en cada periodo específico.
  3. Cuando sea impracticable determinar el efecto acumulado, al principio del periodo corriente.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Ver: Concepto No. 0033 de 2024 – CTCP

*Por la cual se prescribe el Formulario No. 260 “Declaración anual consolidada” para el año gravable 2023.

Redacción INCP

jueves, 21 de marzo de 2024

elEconomista.es: Las claves del informe de la CNMV sobre las cuentas de Grifols: un aprobado raspado, un buen tirón de orejas y dos deberes

  • El supervisor no descarta "sancionar" a Grifols por su "deficiente" información
  • Abre la puerta a reformular las cuentas por la consolidación de ImmunoTek
  • Además concede quince días para aclarar Ebitda y la ratio de la deuda
Francisco S. Jiménez - Laia Julbe
21/03/2024 - 21:17 Actualizado: 09:00 - 22/03/24

La Comisión Nacional de Mercados y Valores (CNMV) ha publicado el esperado informe sobre las cuentas de Grifols, tras las acusaciones del bajista Gotham. El supervisor ha descartado la reformulación de las cuentas al no encontrar "errores significativos", ni "evidencias" de que no se correspondan con la realidad, pero sí ha hallado "deficiencias relevantes" y pide a Grifols que detalle públicamente en un plazo de quince días cuestiones relativas a su ebitda y a la deuda financiera neta a cierre de los ejercicios 2022 y 2023, entre otros. Además, precisa, "debe hacerse un análisis de legalidad completo, que en su caso podría dar lugar, o no, a la incoación de uno o varios expedientes sancionadores".

La CNMV ha publicado dos comunicados: una nota de prensa y un informe de once páginas. El comunicado de prensa ha sido blanco absolviendo de toda culpa a la compañía, basándose en que las cuentas consolidadas están correctas, pero en el informe el regulador detecta "deficiencias relevantes":

1. La parte más importante: "La CNMV considera probable que sea necesario re-expresar la cuenta de pérdidas y ganancias de 2022 y 2023 por el eventual impacto de la revisión de la operación de ImmunoTek, cuando concluya el análisis de este punto".

2. "La CNMV aprecia varias deficiencias relevantes en su conjunto en materia de APMs y desgloses", dice el regulador. Con los APMs se refiere al ebitda y la ratio deuda/ebitda. Justo las ratios donde carga las tintas la firma bajista Gotham. El supervisor advierte que "las conclusiones alcanzadas por la CNMV responden a un análisis extraordinario de una parte de la información financiera, se basan en la información disponible a fecha actual y pueden ser objeto de modificación si apareciese nueva información o si la CNMV realizase un nuevo análisis sobre aspectos distintos, como por ejemplo en una futura revisión anual ordinaria sustantiva de la información financiera".

3. La CNMV concede a Grifols un plazo de quince días para que publique un detalle del ebitda y de las deudas financieras netas, a 31 de diciembre de 2023 y 2022, de aquellas entidades más relevantes donde existan participaciones no controladas, para que "un inversor pueda calcular la ratio de apalancamiento considerando, o excluyendo, el ebitda y la deuda que corresponde a la participación en sus dependientes". El objetivo es que los inversores puedan calcular el apalancamiento de la compañía "considerando o excluyendo el ebitda y la deuda" de las participadas.

4. También pide un ejercicio de transparencia a Grifols para que se comprometa "en un plazo de quince días los compromisos que va a asumir Grifols para adecuar la utilización de las APM en los próximos reportes de información financiera". Hablando en plata, la CNMV pide a la compañía que explique en los próximos informes todo el perímetro de las empresas que tiene alrededor, como la patrimonial de la familia Grifols Scranton o Haema Plasma. Y la CNMV subraya que "las operaciones con otras partes vinculadas que no se desglosaron adecuadamente en las cuentas anuales consolidadas y en el IAGC".

5. La CNMV ha realizado varias actuaciones de supervisión en relación con la conducta de Gotham. "Hasta ahora no ha abordado una evaluación en profundidad de las eventuales responsabilidades que, en su caso, pudieran derivarse de su actuación y sus obligaciones con respecto a la normativa de abuso de mercado, lo cual se dirimirá con posterioridad".

Será cuestión de tiempo que el supervisor nacional emita un veredicto sobre la casa de analistas que dirige Daniel Yu. Cabe recordar que la propia Grifols también se ha querellado contra Yu por, a su entender, difamar a la empresa por intereses económicos.

La CNMV no cierra la puerta a sancionar a Grifols

Según el escrito de conclusiones del supervisor bursátil, aunque estas deficiencias son complejas de evaluar por separado, en conjunto "deben considerarse significativas" porque "han dificultado en algunos ejercicios la capacidad de los inversores de entender adecuadamente la situación financiera, los resultados y los flujos de efectivo".

En un comunicado posterior, el supervisor bursátil explica que, "a fecha actual, no pueden prejuzgarse las eventuales consecuencias sancionadoras para Grifols que, en su caso, pudieran llegar a tener las conclusiones publicadas hoy". "Para ello", precisa la CNMV, "debe hacerse un análisis de legalidad completo, que en su caso podría dar lugar, o no, a la incoación de uno o varios expedientes sancionadores".

No obstante, concluye, "esto no puede determinarse actualmente y es un proceso que puede requerir varios meses"

BDO.es: El papel de los auditores en la sostenibilidad

21 marzo 2024 - María Isabel Sánchez Hernández, Gerente de Auditoría

La Directiva de Sostenibilidad 2022/2464 de la UE obliga a grandes empresas a reportar y verificar información sobre sostenibilidad, similar a una auditoría de cuentas. Aunque aún no implementada en España, su transposición modificará legislaciones nacionales. La verificación, que podrá ser hecha por auditores o expertos acreditados, busca integrar la coherencia entre información financiera y de sostenibilidad, aplicándose en fases con niveles progresivos de seguridad.

La necesidad de disponer de información fiable, comparable y homogénea ha llevado a la Unión Europea a regular la verificación de la información corporativa sobre sostenibilidad asimilándola a la auditoría legal de cuentas.

Tras la aprobación de la Directiva de Sostenibilidad 2022/2464 del Parlamento Europeo y Consejo de 14/12/2022, relativa a la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas, se estableció un plazo de transposición de año y medio por los Estados miembros, disponiendo hasta el 06 de julio de 2024. A marzo de 2024, sigue pendiente de trasposición al ordenamiento jurídico español esta Directiva, si bien está aprobado el Anteproyecto de Ley por el que se regula el marco de información corporativa sobre cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza, que ha supuesto, a su vez, la necesidad de modificar el Código de Comercio, el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de Auditoría de Cuentas y su Reglamento de desarrollo.

Esta Directiva amplió el alcance de las empresas que tienen que presentar información sobre sostenibilidad, aunque se estableció su aplicación obligatoria en los siguientes tramos:
  • Ejercicios iniciados a partir del 01/01/2024: grandes empresas cotizadas y entidades dominantes de grupos cotizados que superen, en ambos casos, el número medio de 500 empleados durante el ejercicio.
  • Ejercicios iniciados a partir del 01/01/2025: grandes empresas y entidades dominantes de grupos grandes no incluidos en el apartado anterior.
  • Ejercicios iniciados a partir de enero de 2026: PYMES cotizadas en un mercado regulado de la Unión Europea, y que no sean microempresas, que podrán optar por no aplicar hasta 01/01/2028.
En todo caso, el informe de sostenibilidad deberá incluirse en una sección específica en el informe de gestión y proporcionará información para comprender el impacto de la empresa en cuestiones de sostenibilidad, así como información para comprender cómo afectan las cuestiones de sostenibilidad a la evolución, resultados y situación de la empresa.

La anterior Directiva 2014/95/UE no obligaba a los Estados miembros a exigir a las empresas que un prestador de servicios de auditoría independiente verificara la información sobre sostenibilidad de los informes de gestión, aunque permitía la posibilidad de que pudieran exigirlo si así lo consideraban. La transposición al ordenamiento jurídico español de esta Directiva se realizó con la Ley 11/2018 que estableció que el auditor de cuentas anuales de la entidad únicamente debía comprobar que se hubiera facilitado el estado de información no financiera en el informe de gestión o en el informe separado y si no fuera así lo indicara expresamente en su informe. Esta Ley también exigía que un prestador independiente de servicios de verificación verificara el contenido del estado de información no financiera sin que entrara a indicar quién podía llevar a cabo esta verificación, ni las normas ni el alcance para su realización.

Con la aprobación de la Directiva 2022/2464 se exige, en todo caso, la verificación de la información sobre sostenibilidad ya sea por el auditor de cuentas de la entidad, por otro auditor diferente o por un prestador independiente de servicios de verificación acreditado. Si bien, hay que tener en cuenta que la verificación de la información sobre sostenibilidad por los auditores de cuentas o sociedades de auditoría que auditan los estados financieros contribuiría a garantizar la vinculación y coherencia entre información financiera y de sostenibilidad. Sin embargo, para evitar la concentración en el mercado, se permite que los Estados miembros puedan disponer que otros expertos presten estos servicios. No obstante, lo que sí parece claro es que se establecerán las mismas reglas del juego para todos los profesionales implicados.

Adicionalmente, hay que tener en cuenta que el trabajo del verificador se ha establecido de forma progresiva, y, en una primera etapa, el verificador emitirá una opinión basada en un trabajo de verificación de seguridad limitada, determinando si la información cumple con los requisitos de información a nivel europeo, y será, en una segunda etapa, cuando el verificador llevará a cabo un trabajo de seguridad razonable, pasándose a emitir una opinión de este tipo. Para cada una de estas etapas, habrá que esperar a la adopción de las normas correspondientes por la Comisión Europea.

Al margen de las modificaciones ya comentadas, la Directiva 2022/2464 también ha introducido modificaciones en el Reglamento 537/2014, sobre los requisitos específicos para la auditoría legal de las entidades de interés público, siendo aplicables a los ejercicios que comiencen el 01 de enero de 2024 o a una fecha posterior. Estas modificaciones son las siguientes:
  • La inclusión en los servicios ajenos a la auditoría distintos de los servicios prohibidos para el auditor, de los relativos a la verificación de la presentación de información sobre sostenibilidad, como servicios sobre los que no aplica el límite de honorarios a percibir por el auditor, esto es, el 70% de la media de los honorarios satisfechos en los 3 últimos ejercicios consecutivos por la auditoría/s legal/es de la entidad auditada y, cuando corresponda, de su empresa matriz, de las empresas que controle y de los estados financieros consolidados de dicho grupo de empresas.
  • Sobre la prohibición de prestar determinados servicios por el auditor de cuentas que realiza la auditoría legal de una entidad de interés público, se añaden, junto a los servicios de contabilidad y preparación de los registros contables y los estados financieros, los de preparación de la información sobre sostenibilidad.
  • La aprobación por la Comisión de Auditoría de la entidad de interés público no será necesaria para la prestación a ésta, por el auditor de cuentas o entidades de su red, del servicio de verificación de presentación de información sobre sostenibilidad.
Tendremos que permanecer atentos y esperar a la aprobación del marco regulador de información sobre sostenibilidad así como a sus interpretaciones. No obstante, ya se ha puesto el camino para concienciar aún más de la importancia de las cuestiones relativas a sostenibilidad y que su verificación esté sujeta a unos parámetros de exigencia, rigor y calidad como la que los auditores ofrecen en la auditoría de estados financieros.

elEconomista.es: La CNMV observa "deficiencias relevantes" en las cuentas de Grifols y sugiere una reexpresión por ImmunoTek

La CNMV observa "deficiencias relevantes" en las cuentas de Grifols y sugiere una reexpresión por ImmunoTek

Javier Ruiz-Tagle - Madrid - 21/03/2024 - 20:02 Actualizado: 21:58 - 21/03/24

La CNMV ha emitido su informe sobre las cuentas de Grifols motivado por el feroz ataque de Gotham, quien puso en tela de juicio las cifras de la compañía así como la relación con el vehículo inversor de la familia, Scranton. Una de las conclusiones a las que llegó el supervisor es que la farmacéutica tendrá que reexpresar sus cuentas por no haber comunicado de forma adecuada la operación con ImmunoTek

El supervisor explica que "el tratamiento contable dado al acuerdo de colaboración con ImmunoTek, y por el que se creaba la sociedad Biotek America, en los informes financieros anuales consolidados de Grifols de los ejercicios 2022 y 2021 no era adecuado". Además, explica que "las cifras de resultados de la operación conjunta de los ejercicios 2022 y 2023 no registrados en la cuenta de pérdidas y ganancias consolidada de Grifols podrían llegar a considerarse materiales (a fecha actual, los ajustes negativos serían de 33,3 millones de euros en el ejercicio 2022 y de 15 millones en 2023) , lo cual podría dar lugar, en tal caso, a una reexpresión de las cifras comparativas en su próxima información financiera, ya sea la del primer semestre de 2024, o una anterior".

Por otro lado, la CNMV ha encontrado "deficiencias relevantes" en las cuentas presentadas por Grifols entre los años 2018 y 2022, sobre todo en relación a dos de las magnitudes que más preocupan a los inversores y analistas: el ebitda y el ratio de apalancamiento. "La CNMV ha hallado deficiencias relevantes -si se evalúan en su conjunto- en dos ámbitos: el detalle y exactitud de los desgloses y notas explicativas que soportan las cifras de la información financiera en algunos ejercicios del periodo analizado y la presentación las medidas alternativas del rendimiento (APM por su denominación en inglés), en particular el Ebitda y la ratio deuda/Ebita", dice el supervisor.

El supervisor explica, además, que "Grifols tampoco publicaba la información necesaria para que los inversores pudieran calcular el Ebitda excluyendo dichos resultados atribuibles a participaciones no controladas".

Con todo, la CNMV no identifica actualmente la necesidad de llevar a cabo la reformulación completa de las cuentas de Grifols. De hecho, el documento del supervisor asegura que a pesar de esas deficiencias, "como conclusión general, las investigaciones realizadas no se han identificado errores significativos en las magnitudes cuantitativas de los estados financieros principales del periodo analizado, excepto por lo indicado en el apartado 2.f", que hace referencia a la operación de Inmunotek que también corrigió KPMG el pasado 8 de marzo.

Más de tres meses de drama

La investigación realizada por la CNMV comenzó poco después de la publicación del informe de Gotham del pasado ocho de enero. Tres días después, el supervisor nacional requirió información a la farmacéutica sobre sus cuentas, además de la relación existente entre la empresa y el vehículo inversor de los Grifols, Scranton, segundo máximo inversor de la firma de hemoderivados.

La casa de analistas comandada por Daniel Yu puso en tela de juicio la consolidación de las empresas Haema y Biotest U.S. Ambas entidades, Grifols y Scranton, consolidaron a la vez a sendas empresas cuando la propiedad era de los segundos y la gestión de los primeros.

Sin embargo, la CNMV no ha encontrado en este aspecto que Gotham llevara razón. "La CNMV considera que los juicios profesionales y asunciones realizados por Grifols para concluir que ostenta el control de Haema y BPC Plasma, y que, por lo tanto, deben ser consolidadas por integración global, de acuerdo con la 'NIIF 10 Estados financieros Consolidados', son razonables y que la referida conclusión es conforme con las NIIF adoptadas por la Unión Europea", dice.

Habrá otro dictamen para Gotham City

Una vez concluido el examen sobre Grifols, la CNMV también emitirá en las próximas fechas su veredicto sobre las actuaciones de Gotham City. Cabe recordar que la casa de analistas publicó varios informes sobre la farmacéutica cuestionando sus cuentas teniendo un conflicto de interés reconocidos por ellos mismos: hacer que la acción cayese.

Cuando la CNMV informó que analizaría las cuentas de la empresa española, también advirtió que sometería a Gotham a examen. Ahora, será cuestión de tiempo que el supervisor nacional emita un veredicto sobre la casa de analistas que dirige Daniel Yu. Cabe recordar que la propia Grifols también se ha querellado contra Yu por, a su entender, difamar a la empresa por intereses económicos.

laInformación.com: La CNMV perdona a Grifols por sus cuentas pero advierte de "deficiencias relevantes"

Ruben J. Lapetra
NOTICIA 21.03.2024 - 20:00h 

La CNMV ha publicado este jueves su informe de conclusiones sobre el caso Grifols, como avanzó 'La Información', descartando que la compañía haya cometido errores en su contabilidad o fraude, además de que le exime de tener que reformular sus cuentas anuales de los últimos años. Sin embargo, el supervisor detecta un cúmulo de "omisiones" y "deficiencias relevantes" en sus informes financieros, sobre todo, en lo relativo a las medidas alternativas del rendimiento (APM) con las que Grifols se expresa en asuntos como el apalancamiento, la deuda financiera o el Ebitda. En términos generales, el escrito del supervisor da la razón a gran parte de las advertencias de Gotham, si bien considera que no hay fraude contable.

Fábrica de Grifols en Parets del Vallès (Barcelona)7
Europa Press
 

 "La deficiencia de mayor relevancia consiste, a juicio de la CNMV, en el uso del EBITDA ajustado sin excluir los resultados atribuibles a las participaciones no controladas a la hora de explicar la ratio de apalancamiento financiero del grupo Grifols y su capacidad financiera para satisfacer la deuda, lo cual no es conforme con las obligaciones legales de reflejar información útil, relevante, objetiva y neutral", apunta el supervisor en la conclusiones firmadas por el director de Mercados, Ángel Benito, que ha enviado este jueves a las 14:32 horas a la farmacéutica con orden de que se publicase antes de las 20:00 horas. La cotización de Grifols en Wall Street se disparó un 7,8%, hasta 6,78 dólares, después de conocerse el informe,

La CNMV considera que Grifols tampoco estaba publicando la información necesaria para que los inversores pudieran calcular el EBITDA (resultado antes de intereses, amortizaciones y depreciaciones) excluyendo dichos resultados atribuibles a participaciones no controladas. En este sentido, el organismo insta a Grifols a "corregir la utilización que realiza de su información financiera", por ejemplo, reduciendo el número de versiones de Ebitda que usa, y que debe dar mayor protagonismo en sus informes a las métricas tradicionales de ventas, deuda, Ebitda y beneficio para evitar confusiones entre los inversores.

¿Caso cerrado... o abierto?

La CNMV 'perdona' a Grifols al no identificar "la necesidad de llevar a cabo reformulación alguna de las cuentas de Grifols" o de "proceder a una re-expresión en las diversas cuestiones analizadas más arriba". Sin embargo, el supervisor se cura en salud y ve probable que será "necesario re-expresar la cuenta de pérdidas y ganancias de 2022 y 2023 por el eventual impacto de la revisión de la operación de Inmunotek, cuando concluya el análisis de este punto".

Según el supervisor, el tratamiento contable dado a esa operación "no era adecuado" y en lugar de una inversión financiera debía haberlo contabilizado como "operación conjunta". Grifols incluyó en sus cuentas de 2023 un ajuste negativo contra reservas de 39,3 millones de euros, de los que 33,3 millones se referirían al resultado de 2022. Por este motivo, la CNMV cree que está pendiente de incorporar el impacto en 2023, "cuyo importe está pendiente de concretar, pero podría situarse en el entorno de los 15 millones de euros de pérdida", asegura.

Las conclusiones avanzadas este jueves por la CNMV después de 72 días bajo la lupa responden, según la agencia, "a un análisis extraordinario de una parte de la información financiera, se basan en la información disponible a fecha actual y pueden ser objeto de modificación si apareciese nueva información o si la CNMV realizase un nuevo análisis sobre aspectos distintos, como por ejemplo en una futura revisión anual ordinaria sustantiva de la información financiera".

Omisiones y operaciones vinculadas con Scranton

La CNMV considera la contabilización por parte de Grifols de las filiales de Scranton (Haema AG y BPC Plasma Inc) se ajustan a la normativa (NIIF 10), aunque señala que la compañía "omitió de manera inadecuada los juicios profesionales y asunciones realizadas para concluir que ostentaba el control" de esas empresas en los informes de 2021 y 2022, aunque lo haya hecho ahora en su memoria de 2023.

El supervisor detecta hasta tres omisiones de partes vinculadas en una misma operación que "no han sido debidamente comunicadas" al mercado por parte de Grifols, ni en sus cuentas, ni en sus informes de gobierno corporativo. Se trata de la compra de 25 centro de donación de plasma de BPL Plasma INC, que inicialmente era una operación bilateral con Scranton, aunque luego Grifols pasó a ser avalista del comprador y, finalmente, la farmacéutica ocupó el puesto de comprador de su accionista. Finalmente, Grifols envió 200 millones de dólares a Scranton para que a su vez pagase a BPL Plasma por esos centros, según este relato de Benito.

La CNMV alerta de omisiones recurrentes de operaciones vinculadas durante cinco ejercicios. Una de ellas afecta la presidente ejecutivo, Thomas Glanzmann, que cobró 1 millón de euros por prestación de servicios en 2018 y 2019 cuando era consejero independiente y no lo notificó. Desde 2023 es presidente ejecutivo de la empresa, aunque a partir de 2025 abandonará sus funciones ejecutivas del mismo modo que el mes pasado lo hicieron Raimon Grifols Roura y Víctor Grifols Deu, que fueron co-consejeros delegados durante los últimos años y luego directores de operaciones.

El importe de operaciones vinculadas con Scranton Plasma y Centurion Real State (ambas filiales de Scranton Enterprises) aglutinan la mayoría de importes en este apartado. Son 79,3 millones de euros en 2018, 3,2 millones en 2019, 106 millones (2020), 118 millones (2021) y 94 millones (94 millones). En total, el flujo de operaciones supera los 400 millones de euros en cinco años relativos al pago de intereses en préstamos, cash-pooling, anticipos y servicios.

El supervisor, en cambio, no ve de su competencia la financiación a Scranton por parte del bufete de abogados Osborne Clarke, pese a que esta era la firma de cabecera de asuntos jurídicos de Grifols, al tiempo que varios de los directivos de la farmacéutica eran al mismo tiempo accionistas de referencia de Grifols, Scranton y socios del citado bufete como, por ejemplo, Raimon Grifols y Tomás Dagá

"En el análisis realizado por la CNMV no se han incluido aquellas operaciones con partes vinculadas que aparecen en el informe de Gotham pero que no corresponden a operaciones realizadas con Grifols como es el préstamo otorgado por Osborne Clark a Scranton, dado que no entran en el ámbito de las competencias supervisoras de la CNMV", apunta el organismo en su publicación.