miércoles, 24 de agosto de 2022

ICAC: Cambio de oficio de la situación de Auditores inscritos en la sección de personas físicas del ROAC

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24-8-2022 | ICAC - Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas
Con objeto de facilitar el trámite administrativo y evitar costes innecesarios a los auditores inscritos en la sección de personas físicas en las modalidades que se suprimen, el Registro Oficial de Auditores de Cuentas actuará de oficio

Con fecha del 28 de julio de 2020 el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas ha publicado en la sección de “Comunicaciones” de su página web la nueva resolución (RICAC) por la que se aprueban los modelos de solicitud de expedición de certificados a instancia de parte, y de inscripción y anotaciones en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas y que dejará sin efecto la Resolución de 30 de marzo de 2016 del ICAC. Esta RICAC entrará en vigor el 20 de septiembre.

La modificación principal que recoge la RICAC de 2022 se debe a la redacción del artículo 20 del nuevo Reglamento de auditoría aprobado por el Real Decreto 2/2021 (LA LEY 1298/2021) que desarrolla la Ley de Auditoría de 2015. En concreto, dentro de la sección de las personas físicas dentro de la situación de NO ejerciente desaparece la modalidad de “no ejerciente prestando servicios por cuenta ajena” y, dentro de la situación de Ejerciente desaparece la modalidad de “socio de sociedad de auditoría”.

Con objeto de facilitar el trámite administrativo y evitar costes innecesarios a los auditores inscritos en la sección de personas físicas en las modalidades que se suprimen, el Registro Oficial de Auditores de Cuentas realizará el 20 de septiembre de oficio lo siguiente:

  • Los auditores de cuentas inscritos en la modalidad de “socio de sociedad de auditoría” en la situación de ejerciente quedarán adscritos a la modalidad de “auditores de cuentas designados para firmar informes de auditoría en el nombre de las sociedades de auditoría” de las que son socios.
  • Los auditores de cuentas inscritos en la modalidad de “no ejerciente que presta servicios por cuenta ajena (NECA)”, quedarán adscritos a la situación de “no ejerciente”, formando parte del personal que colabora activamente con el auditor de cuentas o sociedad de Auditoría.

Todos los auditores podrán comprobar, a partir del 20 de septiembre, su nueva modalidad entrando con su número de ROAC en: https://www.icac.gob.es/buscador-roac

PDF con la nota informativa.