jueves, 24 de febrero de 2022

Gómez-Acebo & Pombo: La renuncia del auditor nombrado por el registrador mercantil no elimina la necesidad del informe de auditoría para el depósito de las cuentas

La renuncia del auditor nombrado por el registrador mercantil no elimina la necesidad del informe de auditoría para el depósito de las cuentas - GA_P
Alberto Díaz Moreno - 24 de febrero, 2022

Un auditor de cuentas designado por el registrador mercantil a instancia de la minoría (art. 265.2 Ley de Sociedades de Capital [LSC]) y con cargo inscrito solicitó la toma de razón en el registro de su renuncia, motivada por la falta de la oportuna provisión de fondos.

La Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 19 de enero de 2022 (BOE del 16 de febrero) estimó el recurso interpuesto por el interesado contra la calificación negativa del registrador.

La Dirección General señaló, en primer lugar, que la relación mercantil de auditoría existente entre quien ha de llevarla a cabo y quien es objeto de la misma tiene naturaleza contractual; de ahí que las partes se encuentren vinculadas por lo pactado sin posibilidad de modificación unilateral. Ahora bien, teniendo en cuenta la especial relación de confianza entre el auditor y el sujeto cuyas cuentas son objeto de verificación, así como el hecho de que la labor de auditoría puede venir impuesta por la ley o por una resolución judicial o administrativa, dicho principio general encuentra —según la Resolución reseñada— algunas excepciones en la propia ley. Dejando de lado el supuesto de revocación por la sociedad a auditar (arts. 264.3 y 266 LSC y 22.2 de la Ley 22/2015, de 20 julio, de Auditoría de Cuentas [LAC]) el propio artículo 5.2 LAC recoge la posibilidad de renuncia al encargo por el propio auditor, si bien condiciona el ejercicio de esta facultad a la concurrencia de una justa causa (y, además, impone —en el caso de auditoría obligatoria— la carga de informar o dar cuenta al registro mercantil competente y al ICAC de dicha renuncia). Por su parte, el artículo 11.4 del Reglamento de Auditoría de Cuentas (RD 2/2021), en relación precisamente con los supuestos regulados en los artículos 265 y 266 LSC, prevé como causa de renuncia el hecho de que no se preste la caución o provisión de fondos reclamada (e impone igualmente la carga de poner tal renuncia en conocimiento del registro mercantil o del órgano judicial que efectuó el nombramiento). A la vista de estas reglas el Centro Directivo concluyó que, sin lugar a dudas, el auditor designado por el registrador mercantil de conformidad con el artículo 265 LSC puede renunciar al ejercicio de la labor de verificación si, requerida a tal efecto la persona obligada, no procede a la satisfacción de la provisión solicitada. Y el registro mercantil deberá reflejar dicha circunstancia en la forma procedente.

Ahora bien, el Centro Directivo aclaró inmediatamente que la conclusión anterior no implica que pueda considerarse desaparecido el interés del socio tutelado por el artículo 265.2 LSC (consistente en que un auditor verifique las cuentas anuales). En consecuencia, la sociedad habrá de continuar obligada a la verificación contable a pesar de la eficacia de la renuncia. En efecto, estando obligada la sociedad a efectuar la auditoría (lo que resultará del propio registro), el depósito de las cuentas anuales no podrá llevarse a cabo si no se presentan acompañadas del informe correspondiente (art. 279.1 LSC), con independencia de la causa por la que tal auditoría no haya sido realizada (la Dirección General cita en su apoyo las Resoluciones de 16 de abril de 2003, 31 de agosto de 2007, 6 de noviembre de 2013, 24 de noviembre de 2015, 18 de abril de 2016, 15 de junio, 14 de septiembre y 29 de noviembre de 2017, 27 de julio de 2018 y 7 de febrero y 5 de junio de 2020).

En suma: aunque se practique el asiento por el que se haga constar la eficaz renuncia del auditor, la sociedad continúa obligada a verificación contable cuando así resulte de la aplicación del artículo 265.2 LSC. De modo que dicha constancia registral no afectará a su obligación de presentar el informe de auditoría junto a las cuentas anuales a los efectos de su depósito (de conformidad con lo previsto en el art. 279 LSC).

ABC.es: El Tribunal de Cuentas detecta irregularidades en la contabilidad de 10 partidos

Lo ha anunciado en una nota de prensa, pero sin decir qué partidos son ni hacer público aún el informe que se ha aprobado
Roberto Pérez - Madrid Actualizado:24/02/2022 20:08h 

El Tribunal de Cuentas (TCu) ha detectado irregularidades en la contabilidad de 10 formaciones políticas correspondiente al año 2017, año en que los partidos se repartieron 171 millones de eruos de subvenciones públicas. Así lo ha anunciado ese organismo a través de una nota de prensa, en la que da cuenta de la aprobación de ese informe de fiscalización, pero sin facilitar el documento ni detallar qué formaciones son las que han incurrido en anomalías contables, de qué tipo y por qué cuantías. ABC ha solicitado, sin éxito, que se facilitaran esos datos.

Habrá que esperar a que el TCu publique el contenido íntegro de ese informe de fiscalización, en fecha aún por determinar. Este organismo estrenó presidenta hace escasos meses, en el marco de los acuerdos de renovación de órganos constitucionales que pactó el PSOE con el PP. Desde finales de noviembre, Enriqueta Chicano está al frente del Tribunal de Cuentas, que también renovó su equipo de comunicación.

Según el comunicado emitido por el TCu este jueves por la tarde, este organismo ha auditado la contabilidad de 25 formaciones políticas del año 2017, todas las que percibieron subvenciones públicas para gastos de funcionamiento. Es decir, las siglas de primer nivel, con representatividad institucional en España. De esas 25 formaciones, diez de ellas «no reflejaron de forma fiel su situación financiera y patrimonial», según los auditores del Tribunal de Cuentas.

Los inspectores se han topado en nueve formaciones con falta de información económica obligatoria, lo que les ha impedido escrutar las cuentas de forma adecuada. Además, en 2017 varios partidos tenían agujeros patrimoniales tan considerables «que desembocaron en algunos casos en situaciones concursales», lo que se conocía como suspensiones de pagos en la antigua nomenclatura mercantil.

Asimismo, los auditores han detectado incumplimientos de la ley de financiación de partidos. En concreto, por la falta de identificación de donantes que realizaron aportaciones, «y por haber ingresado donaciones que en conjunto podrían exceder el límite máximo en cómputo anual». El TCu ha abierto expedientes sancionadores que están actualmente en tramitación, pero tampoco ha detallado de qué formaciones se trata.

En el mismo comunicado, el TCu se excusa por la tardanza en emitir este informe de fiscalización, que llega cuatro años después de que los partidos cerraran esas contabilidades que se han auditado. Argumenta que la demora se ha debido, «en gran medida, por la acumulación de procesos electorales celebrados en el año 2019, que requieren una atención prioritaria».

171 millones de fondos públicos en 2017

En 2017, los partidos recibieron 170,67 millones de euros de fondos públicos. Representó el 72% de todos los recursos económicos que manejaron aquel año. Es decir, solo el 28% de los ingresos de los partidos corresponden a aportaciones privadas, entre las que se incluyen las que hacen sus cargos públicos. El TCu considera que este desequilibrio es un riesgo de «posibles situaciones de insolvencia», dado que los ingresos públicos varían según los resultados electorales que se obtienen. Por eso, urge a los partidos a aumentar la financiación privada, «para evitar una excesiva dependencia de los ingresos públicos».

miércoles, 23 de febrero de 2022

Abogacía Española: El Pro bono como RSC de la abogacía y complemento a la justicia gratuita

El Pro bono como RSC de la abogacía y complemento a la justicia gratuita - Abogacía Española

23 febrero 2022

El Consejo General de la Abogacía animó a los Colegios de la Abogacía a que pongan en marcha actividades pro bono, como parte de su responsabilidad social corporativa y complemento a la asistencia jurídica gratuita.

En el III Encuentro Pro bono se aclaró  en qué consiste este concepto en nuestro país: “Tenemos una imagen bastante errónea de lo que es. En primer lugar, porque se considera algo anglosajón y porque se creía que invade el terreno de la justicia gratuita”, afirmó la presidenta del Consejo, Victoria Ortega. “La confusión surge del nombre, debería hablarse de responsabilidad social corporativa, es un paso más en la RSC”, añadió.

Luis Nieto, coordinador del grupo de trabajo de pro bono del Consejo, explicó que “se trata de actividades altruistas de interés público o social, como información sobre cuestiones jurídicas, sensibilización, promoción de reformas legales, divulgación de derechos humanos o de valores constitucionales …”. Y puso como ejemplos la alfabetización de personas vulnerables, las charlas a ONGs sobre temas legales, los talleres de seguridad vial, elaboración de guías jurídicas, acciones divulgativas en colegios…

“No es pro bono el llevar casos e ir a juicio, para eso está la justicia gratuita. Tampoco lo es la primera consulta gratuita”, aclaró Nieto.

En el III Encuentro Pro bono se dieron a conocer buenas prácticas en este ámbito puestas en marcha por diferentes Colegios de la Abogacía, como el asesoramiento jurídico a afectados por el volcán de La Palma, puesto en marcha por el Colegio de Santa Cruz de La Palma, o los convenios firmados con las clínicas jurídicas de universidades, como el del Colegio de Madrid. También se contó, entre otros, los proyectos de apoyo a personas vulnerables de los Colegios de Melilla y Barcelona, el asesoramiento a ONGs del Colegio de Valencia, el convenio del Colegio de Baleares con Caritas para proporcionar asesoría legal, o del Colegio de Valladolid con la Fundación Gregorio Peces Barba para hacer divulgación de valores constitucionales.

“El campo es infinito. No hace falta irse al Tercer Mundo, a la vuelta de la esquina hay mil necesidades de tipo jurídico en las que podemos echar una mano”, afirmó. “Lo podemos llamar pro bono, RSC o labor altruista, lo importante es la mano que se echa”.

martes, 22 de febrero de 2022

IT User: La hora de la verdad para ESG: de la narrativa a la integración con la contabilidad

La hora de la verdad para ESG: de la narrativa a la integración con la contabilidad | Actualidad | IT User
La información no financiera cobra cada vez una mayor relevancia y se mide. Así lo sugiere un informe de EY realizado entre empresas del Ibex-35, que confirma que tres cuartas partes ya cuentan con una comisión para supervisarla y, de ellas, el 35% cuenta con especialistas en ESG en este órgano. Para los expertos de esta firma, 2022 será fundamental para su integración en la contabilidad motivada por exigencias regulatorias.
22 FEB 2022

De acuerdo con este nuevo informe de EY, el IBEX-35 sigue avanzando en la presentación de sus Estados de Información no Financiera (EINF) con una evolución notable en aspectos como riesgos, gobierno corporativo y medioambiente (ESG), aunque con posibilidad de mejorar en ámbito social. El porcentaje de empresas que cuentan con una comisión específica con responsabilidades en materia de sostenibilidad en el Consejo de Administración ha pasado del 44% al 76% y, además, el 35% ya incorpora perfiles especialistas en ESG a este órgano.

Para esta firma, siguen haciendo un gran esfuerzo para reducir progresivamente la brecha existente entre los mecanismos de control de la información no financiera y los de la información financiera. De hecho, este es un año decisivo que, como explica, supondrá el fin de la importancia de la narrativa sobre sostenibilidad y el comienzo de su integración en la contabilidad ante el auténtico “tsunami” regulatorio para al que se enfrentan. En este sentido, Alberto Castilla, socio responsable de Sostenibilidad, señala que “por ejemplo, el reporte de la información relativa a la Taxonomía de la UE será obligatorio para las cuentas del año fiscal 2021, incluyendo el porcentaje de su facturación proveniente de productos o actividades sostenibles y qué proporción de sus gastos de capital y operativos están vinculados a activos y actividades sostenibles. A esto hay que sumar el impacto de la nueva directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa de la Unión Europea (CSRD), que será de obligado cumplimiento a partir del año fiscal 2023”.

El informe analiza el grado de detalle que las empresas cotizadas aportan en sus EINF de las cuentas de 2020. Entre sus conclusiones destacan la mayor presencia de la sostenibilidad en las atribuciones y actuaciones de los órganos de administración de la compañía. Así, el 85% de las compañías incluye los riesgos relacionados con el medioambiente en su análisis de riesgos (76% en 2019), el 44% ya ha incorporado criterios ESG en la remuneración de sus órganos de gobierno y el 94% cuenta con una estrategia de sostenibilidad a corto plazo.

Asimismo, existen importantes avances en materia de transición energética. La totalidad de las compañías analizadas informan de sus medidas de eficiencia energética, y ya un 82% de las empresas ofrecen información sobre el uso de energías renovables. También, un 79% de las empresas reporta información relativa a las emisiones de alcance 3, y el 97% muestra sus objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.

El equipo de Sostenibilidad de EY ha profundizado, además, en el nivel de madurez de los indicadores incluidos en estos informes. A nivel general, la puntuación media del estado de gestión de los asuntos no financieros en el IBEX-35 es de 2,3 sobre 5, lo que les sitúa en el nivel Asentado. “Los informes de las empresas analizadas han reflejado un nivel de transparencia adecuado, un desempeño moderado y unos mecanismos de gestión que cubren todos los elementos fundamentales”, señala el análisis.

A nivel temático, el aspecto cuyo estado de gestión obtiene una puntuación mayor es el de Gobierno de la Sostenibilidad, con 2,9, seguido por Sociedad (2,6) y Medioambiente (2,5). En cuanto a las áreas menos desarrolladas, estas serían Empleados (1,9) y Derechos Humanos (1,7). Por sectores, el energético es que el refleja una mayor madurez a nivel general con una puntuación de 2,9.

En las áreas de Políticas Corporativas (4,3) y de Corrupción y Soborno (3,4) se observa la mayor madurez de todos los aspectos estudiados, mientras que las mayores necesidades de mejora se encuentran en los ámbitos de Economía Circular (1,0), Conciliación y Desconexión (1,2), Inclusión y Accesibilidad (1,2), Igualdad en los órganos de gobierno (1,3), Derechos Humanos (1,7) y Salud y Seguridad de los Consumidores (1,8).

Para Castilla, “las novedades regulatorias que vienen suponen un cambio en el lenguaje de gestión de las empresas que deberán integrar la sostenibilidad en el gobierno corporativo, la estrategia, los objetivos, la tecnología, la capacidad de gestión de datos, la retribución o los sistemas de control y cumplimiento”, concluye.

lunes, 21 de febrero de 2022

Ideal.es: Comienza este lunes el juicio de la cooperativa La Unión de Úbeda

Se trata del tercer intento para juzgar la apropiación de 2,6 millones tras suspenderse por el fallecimiento de la pareja de uno de los acusados
Lunes, 21 febrero 2022, 01:07  

La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén acoge mañana el tercer intento de celebración de la vista en la que está previsto juzgar al contable y al auditor de la cooperativa La Unión, de Úbeda, acusados de apropiarse de 2,6 millones de euros de la que fuera la segunda mayor cooperativa de aceite española, con más de 2.000 socios cooperativistas.

La primera suspensión se produjo el 17 de mayo cuando el fallecimiento de la pareja de uno de los dos acusados, llevó a tribunal a señalarlo para este lunes. La suspensión se produjo el 31 de mayo después de que el tribunal estimara el planteamiento de algunas de las acusaciones particulares que reclamaron en cuestiones previas el poder considerar a la cooperativa como responsable civil subsidiario, lo que implicaría que La Unión, además de ejercer la acusación particular, tiene la condición de poder ser considerado responsable civil subsidiario.

En aquel momento, el abogado de la cooperativa, Juan Muñoz, se mostró confiado en «poder demostrar que han sido los únicos perjudicados y que no deberían responder civilmente ante estos perjudicados porque ya se está haciendo en un procedimiento concursal en el que se firmó un convenio con unas quitas y unos pagos». En este sentido, señaló que es a través de ese convenio en el que «se reconoce ese perjuicio de cada uno, pero de una manera civil». De hecho, apuntó que si finalmente se condena a la cooperativa como responsable civil subsidiario, podría conllevar que se destruyeran los acuerdos alcanzados.

Otros acusados

En el banquillo también debería sentarse el que fuera presidente de la cooperativa José Consuegra, pero su fallecimiento en enero de 2018 ha llevado a que se extinguiera su responsabilidad penal en esta causa. Sí se sentarán J.L.R.P, el que fuera contable de la cooperativa, de 64 años, y el auditor M.R.A., de 88 años.

El Ministerio Fiscal en el escrito de calificación al que ha accedido Europa Press establece que el contable y el presidente fallecido «movidos por un ánimo de obtener un lucro a costa de los ajeno», procedieron a apoderarse del dinero de los cooperativistas. Para ello, según el relato de Fiscalía, no sólo realizaron salidas de tesorería por importe de 1,2 millones y anticipos de remuneraciones por importe de 1,2 millones, sino que «falsearon las cuentas anuales de la sociedad, los tickets de entrega de aceituna propios y de otros, e incluso el acusado J.L.R.P, apoderándose de modo directo de un total de 187.600 euros».

Fiscalía reclama para los dos acusados nueve años de prisión y 4.800 euros en multas, además de 2,67 millones por el dinero distraído.

Para ocultarlo, en 2007 «se concertaron» con el otro acusado, auditor de las cuentas y de sus filiales, para que en su informe contable anual omitiera de modo «consciente y voluntario» la situación real de la cooperativa y los actos de disposición tanto del presidente como del contable. Así, les proporcionó programas informáticos para la contabilidad «de modo que se engañaba a los miembros del consejo rector al exponer su informe anual de auditoría».

Relata Fiscalía que amparándose, en una situación de «aparente solvencia y gestión», el presidente de la cooperativa, ya fallecido, y el contable, abrieron una sección de crédito en la que tanto los socios como terceros a la sociedad realizaban depósitos que se retribuían a un interés muy superior al del mercado, consiguiendo de esta forma «efectivo con el que disimular la situación real de la empresa».

Debido a la «pésima» gestión, la cooperativa tuvo que someterse a un concurso de acreedores que concluyó con la aprobación del correspondiente convenio que dejaba al descubierto una deuda superior a 40 millones. El Ministerio Fiscal ha calificado los hechos de un delito de administración desleal, otro de apropiación indebida y de falseamiento de cuentas. Como presuntos autores reclama a los dos acusados nueve años de prisión y 4.800 euros en multas. Además, en concepto de responsabilidad civil les reclama 2,67 millones por el dinero distraído.

CadenaSer.com: Juicio al contable y al auditor de la cooperativa La Unión, de Úbeda, acusados de apropiarse de 2,6 millones de euros

Juicio al contable y al auditor de la cooperativa La Unión, de Úbeda, acusados de apropiarse de 2,6 millones de euros | Actualidad | Cadena SER

Se trata del tercer intento de juzgar a los responsables de la que fuera la segunda mayor cooperativa de aceite española, con más de 2.000 socios cooperativistas.

Jaén - Paola Serrano - Radio Jaén
Ayer (21.02.2022) - 09:15 h CEST

Fachada de la audiencia provincial de Jaén / Radio Jaén

La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén tiene previsto para este lunes la celebración del juicio al contable y al auditor de la cooperativa La Unión, de Úbeda. Ambos están acusados de apropiarse de 2,6 millones de euros de la que fuera la segunda mayor cooperativa de aceite española, con más de 2.000 socios cooperativistas.

Tal y como ha detallado la agencia de noticias Europa Press, la primera suspensión se produjo el 17 de mayo cuando el fallecimiento de la pareja de uno de los dos acusados, llevó a tribunal a señalarlo para este lunes. La segunda suspensión se produjo el 31 de mayo después de que el tribunal estimara el planteamiento de algunas de las acusaciones particulares que reclamaron en cuestiones previas el poder considerar a la cooperativa como responsable civil subsidiario, lo que implicaría que La Unión, además de ejercer la acusación particular, también tiene la condición de poder ser considerado responsable civil subsidiario.

En el banquillo también debería sentarse el que fuera presidente de la cooperativa José Consuegra, pero su fallecimiento en enero de 2018 ha llevado a que se extinguiera su responsabilidad penal en esta causa. Sí se sentarán J.L.R.P, el que fuera contable de la cooperativa, de 64 años, y el auditor M.R.A., de 88 años.

El Ministerio Fiscal en el escrito de calificación al que ha accedido Europa Press establece que el contable y el presidente fallecido "movidos por un ánimo de obtener un lucro a costa de lo ajeno", procedieron a apoderarse del dinero de los cooperativistas.

Para ello, según el relato de Fiscalía, no sólo realizaron salidas de tesorería por importe de 1,2 millones y anticipos de remuneraciones por importe de 1,2 millones, sino que "falsearon las cuentas anuales de la sociedad, los tickets de entrega de aceituna propios y de otros propios, e incluso el acusado J.L.R.P, apoderándose de modo directo de un total de 187.600 euros".

Para ocultarlo, en 2007 "se concertaron" con el otro acusado, auditor de las cuentas y de sus filiales para que en su informe contable anual omitiera de modo "consciente y voluntario" la situación real de la cooperativa y los actos de disposición tanto del presidente como del contable. Así, les proporcionó programas informáticos para la contabilidad "de modo que se engañaba a los miembros del consejo rector al exponer su informe anual de auditoría".

EuropaPress.es: Contable y auditor se eximen de responsabilidad en el hundimiento de la cooperativa La Unión, de Úbeda (Jaén)

Contable y auditor se eximen de responsabilidad en el hundimiento de la cooperativa La Unión, de Úbeda (Jaén)
JAÉN, 21 Feb. (EUROPA PRESS) - 

El contable y el auditor, las dos únicas personas que se han sentado en el banquillo por el hundimiento de la que segunda mayor cooperativa de aceite española, con más de 2.000 socios, han rechazado cualquier tipo de responsabilidad en la quiebra de la cooperativa La Unión, de Úbeda (Jaén). El tercero de los acusados, el que fuera presidente de la cooperativa, José Conseguegra, falleció en enero de 2018, y a él ha sido al que el contable ha atribuido ...

Leer más: https://www.europapress.es/andalucia/noticia-contable-auditor-eximen-responsabilidad-hundimiento-cooperativa-union-ubeda-jaen-20220221145947.html


domingo, 20 de febrero de 2022

Teleprensa.com: Tercer intento para juzgar la apropiación de 2,6 millones de la cooperativa La Unión de Úbeda

Tercer intento para juzgar la apropiación de 2,6 millones de la cooperativa La Unión de Úbeda
 La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén acoge este lunes el tercer intento de celebración de la vista en la que está previsto juzgar al contable y al auditor de la cooperativa La Unión, de Úbeda (Jaén), acusados de apropiarse de 2,6 millones de euros de la que fuera la segunda mayor cooperativa de aceite española, con más de 2.000 socios cooperativistas. 
20 de febrero de 2022, 11:22 

JAÉN, 20 (EUROPA PRESS)

La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén acoge este lunes el tercer intento de celebración de la vista en la que está previsto juzgar al contable y al auditor de la cooperativa La Unión, de Úbeda (Jaén), acusados de apropiarse de 2,6 millones de euros de la que fuera la segunda mayor cooperativa de aceite española, con más de 2.000 socios cooperativistas.

La primera suspensión se produjo el 17 de mayo cuando el fallecimiento de la pareja de uno de los dos acusados, llevó a tribunal a señalarlo para este lunes. La suspensión se produjo el 31 de mayo después de que el tribunal estimara el planteamiento de algunas de las acusaciones particulares que reclamaron en cuestiones previas el poder considerar a la cooperativa como responsable civil subsidiario, lo que implicaría que La Unión, además de ejercer la acusación particular, también tiene la condición de poder ser considerado responsable civil subsidiario.

En aquel momento, el abogado de la cooperativa, Juan Muñoz, se ha mostrado confiado en "poder demostrar que hemos sido los únicos perjudicados y que no deberíamos responder civilmente ante estos perjudicados que ejercen la acusación particular porque ya se está haciendo en un procedimiento concursal en el que se firmó un convenio con unas quitas y unos pagos".

En este sentido, señaló que es a través de ese convenio en el que "se reconoce ese perjuicio de cada uno, pero de una manera civil". De hecho, ha apuntado que si finalmente se condena a la cooperativa como responsable civil subsidiario, podría conllevar que se destruyeran los acuerdos alcanzados.

En el banquillo también debería sentarse el que fuera presidente de la cooperativa José Consuegra, pero su fallecimiento en enero de 2018 ha llevado a que se extinguiera su responsabilidad penal en esta causa. Sí se sentarán J.L.R.P, el que fuera contable de la cooperativa, de 64 años, y el auditor M.R.A., de 88 años.

El Ministerio Fiscal en el escrito de calificación al que ha accedido Europa Press establece que el contable y el presidente fallecido "movidos por un ánimo de obtener un lucro a costa de los ajeno", procedieron a apoderarse del dinero de los cooperativistas.

Para ello, según el relato de Fiscalía, no sólo realizaron salidas de tesorería por importe de 1,2 millones y anticipos de remuneraciones por importe de 1,2 millones, sino que "falsearon las cuentas anuales de la sociedad, los tickets de entrega de aceituna propios y de otros propios, e incluso el acusado J.L.R.P, apoderándose de modo directo de un total de 187.600 euros".

Para ocultarlo, en 2007 "se concertaron" con el otro acusado, auditor de las cuentas y de sus filiales para que en su informe contable anual omitiera de modo "consciente y voluntario" la situación real de la cooperativa y los actos de disposición tanto del presidente como del contable. Así, les proporcionó programas informáticos para la contabilidad "de modo que se engañaba a los miembros del consejo rector al exponer su informe anual de auditoría".

Relata Fiscalía que amparándose, en una situación de "aparente solvencia y gestión", el presidente de la cooperativa, ya fallecido, y el contable abrieron una sección de crédito en la que tanto los socios como terceros a la sociedad realizaban depósitos que se retribuían a un interés muy superior al del mercado, consiguiendo de esta forma "efectivo con el que disimular la situación real de la empresa".

Debido a la "pésima" gestión, la cooperativa tuvo que someterse a un concurso de acreedores que concluyó con la aprobación del correspondiente convenio que dejaba al descubierto una deuda superior a los 40 millones de euros.

El Ministerio Fiscal ha calificado los hechos de un delito de administración desleal, otro de apropiación indebida y otro de falseamiento de cuentas. Como presuntos autores de los mismos reclama a los dos acusados nueve años de prisión y 4.800 euros en multas. Además, en concepto de responsabilidad civil les reclama 2,67 millones de euros por el dinero distraído y no recuperado.

sábado, 19 de febrero de 2022

COPE.es: El Tribunal de Cuentas advierte de "debilidades de control interno" con la gestión de ingresos y facturas

El Tribunal de Cuentas advierte de "debilidades de control interno" con la gestión de ingresos y facturas - Mérida - COPE
A fin del ejercicio 2019, el remanente de tesorería obtenido por la Administración de la comunidad ascendió a un importe negativo de 163,3 millones de euros.
19 feb 2022 - 08:52 Actualizado 08:57

El Tribunal de Cuentas ha advertido de que se mantienen las "debilidades de control interno" puestas de manifiesto en ejercicios precedentes en relación con la gestión de ingresos y registros de facturas en Extremadura, en especial en ambos casos las derivadas de la interconexión de los aplicativos de gestión y contables.

Además de la ausencia de elaboración de un inventario consolidado y la falta de realización de las actuaciones de supervisión continua, pese a regularse las mismas en el propio ejercicio 2019, según se expone en el informe anual de fiscalización de la comunidad autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2019 y aprobado el pasado 27 de enero.

Así, dicho informe expone que la Cuenta General de Extremadura de 2019 se ha rendido en plazo, respetando las normas y principios que le son de aplicación, aunque, no obstante, como consecuencia de la declaración del estado de alarma, las cuentas anuales de la totalidad de consorcios y fundaciones integrantes del sector público autonómico, a excepción de las correspondientes a una fundación, fueron rendidas sin informe de auditoría y sin diligencia de aprobación.

Una vez formulados los correspondientes informes, fueron aportados junto con las cuentas aprobadas si bien, salvo en el caso de tres fundaciones, excediendo el plazo preceptivo. Asimismo, el Instituto de la Mujer de Extremadura no ha acreditado la aprobación de sus cuentas.

ANÁLISIS DE LAS CUENTAS ANUALES DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL

Recuerda el Tribunal de Cuentas que, por acuerdo del Consejo de Gobierno de abril de 2017, se asumió el compromiso de adaptar el Plan General de Contabilidad Pública de Extremadura, al Plan Marco de Contabilidad Pública aprobado en 2010, en el plazo de seis meses desde el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos en marzo de 2017, sin que al finalizar el ejercicio fiscalizado se hubiera procedido a la mencionada adaptación.

No obstante, mediante decreto de 27 de diciembre, se aprueba la implantación del sistema de gestión económico-financiera en el ámbito del sector público autonómico con presupuesto limitativo, que sustituye al sistema contable en vigor y que constituye el paso previo para la efectividad de dicha adaptación contable, que tuvo lugar finalmente en 2020.

La ausencia de registro contable de la anulación y posterior reconocimiento de las deudas aplazadas y/o fraccionadas, determina la infravaloración de los derechos reconocidos por este concepto en el ejercicio, por un importe neto de 11,8 millones de euros.

Además, la utilización del sistema de contraído por recaudado en el registro de determinados conceptos relacionados con la gestión del patrimonio inmobiliario supuso la ausencia de imputación, en 2019, de derechos devengados y no vencidos por este concepto por un total de 2,7 millones de euros y la infravaloración de los deudores presupuestarios por estos conceptos en 43,3 millones de euros a 31 de diciembre de 2019.

BENEFICIOS FISCALES

En relación con los beneficios fiscales que figuran recogidos en la Ley de Presupuestos de Extremadura para el ejercicio 2019, 562,3 millones de euros, salvo requerimientos específicos, no se realiza un análisis de la ejecución real de los mismos ni de sus posibles desviaciones, ni se definen parámetros objetivos que permitan evaluar su eficacia en relación con las políticas sociales o económicas que sustentan su creación.

Por otra parte, formando parte de los 34,7 millones contabilizados como acreedores pendientes de imputar a presupuesto figuran 8 millones de euros correspondientes a deudas por tributos locales anteriores a 2012 pendientes de depurar, "sin que se haya certificado por los organismos autónomos de recaudación la adecuación de esta deuda".

A fin del ejercicio 2019 el remanente de tesorería obtenido por la Administración de la comunidad ascendió a un importe negativo de 163,3 millones de euros. Pese a no contar con un sistema de seguimiento de gastos con financiación afectada se han financiado modificaciones presupuestarias con remanente por 19 millones de euros.

Así, el Tribunal de Cuentas ha indicado que la consideración de las salvedades puestas de manifiesto en este informe, principalmente en relación con deudores no reconocidos, hubiera supuesto reducir el importe negativo del remanente en 47,3 millones de euros.

Tampoco se ha acreditado la existencia de un procedimiento que permita evaluar los posibles pasivos contingentes, habiéndose identificado responsabilidades que finalmente dieron lugar al reconocimiento de obligaciones por al menos 18,4 millones de euros que, al menos, requerirían una mención en la memoria.

CONTROL DE LA ACTIVIDAD DEL RESTO DE ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO

El Tribunal de Cuentas ha apuntado en su informe que la evolución de la ejecución presupuestaria de determinados organismos autónomos y entes públicos autonómicos denota un "exceso de financiación" que se viene produciendo tanto en el ejercicio fiscalizado como en los anteriores.

Asimismo, estas entidades a excepción del Servicio Extremeño de Salud no aplican los intereses generados por sus disponibilidades líquidas en su presupuesto de ingresos, sin que se haya acreditado la existencia de instrucciones en relación con el destino final de estos recursos.

Las pérdidas consolidadas del Grupo Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales, un 82 por ciento del total del sector en 2019, 24,9 millones de euros, se producen como resultado del registro contable como "aportaciones de socios" de las transferencias recibidas de la Junta de Extremadura, principal financiador de la entidad.

La demora acumulada en la ejecución de las ofertas de empleo, junto con los límites en las tasas de reposición en las ofertas ordinarias, motiva que a un año del cumplimiento del plazo límite para alcanzar el 8 por ciento, el índice de temporalidad de Extremadura se sitúe "muy por encima del mismo" (un 35 % el último trimestre de 2019).

Asimismo, se han llevado a cabo contrataciones temporales de personal sin la preceptiva autorización previa en diversas empresas, fundaciones y consorcios integrantes del sector autonómico, con una especial incidencia en contrataciones realizadas en 2019 por la Sociedad Gestión de Bienes de Extremadura, afectando a 176 contrataciones realizadas por esta última.

En 2019, los acreedores pendientes de aplicar a presupuestos del Servicio Extremeño de Salud aumentaron un 30%, hasta alcanzar los 186 millones de euros, lo que conlleva, a su vez, la obtención de un remanente de tesorería negativo de 172,3 millones de euros.

En materia de educación, no se ha acreditado la formulación de la cuenta agregada de ámbito autonómico, ni la formulación y aprobación de las cuentas consolidadas de ámbito provincial correspondientes al ejercicio económico 2019.

Por último, en el informe de fiscalización de 2019 se incorpora una serie de recomendaciones como la inclusión en la normativa autonómica de la obligatoriedad de realización, por parte de las distintas consejerías, de informes de adecuación de los programas de gasto a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

También la preparación y adjudicación por parte del SES de los contratos que sustentan las prestaciones con medios ajenos realizadas, que vienen realizándose en virtud de contratos prorrogados sistemáticamente por razones de interés público.

Así como la necesidad de instrumentación de un negocio jurídico que regule las condiciones de uso y explotación por parte de la empresa Gestión de Bienes de Extremadura, S.A. de los activos turísticos que constituyen su actividad principal, previa regularización jurídica del uso de los correspondientes activos por la referida sociedad.

jueves, 17 de febrero de 2022

Solunion Chile: Fraudes más comunes en las empresas: ¿cuáles pueden afectar a tu pyme?

En el último tiempo, e impulsado por la pandemia y el crecimiento de la digitalización de servicios y operaciones, un gran grupo de empresas han sido víctimas de estafas en internet. De hecho, según la consultora de datos Kantar, las estafas digitales crecieron un 3000% en los últimos tres años, a causa de la pandemia y las cuarentenas que obligaron a millones de personas a trabajar en forma remota y digital para sostener su actividad. A más personas conectadas, mayor probabilidad de realizar estafas.

Pero las ciberamenazas no son el único peligro al que se exponen las pymes cuando operan. El fraude documental o la fuga de información, entre otros, son amenazas reales que pueden poner en peligro la supervivencia de tu negocio.

En este artículo te explicamos los fraudes más comunes en las empresas.

Tipos de ciberamenazas en empresas

2020 fue el año de la digitalización masiva. Algunas industrias admiten haber crecido y madurado en poco más de seis meses el equivalente a cinco años de crecimiento sin pandemia, lo que provocó dolores de crecimiento y vulnerabilidades en todas sus áreas.

Y en este escenario de expansión a las apuradas, la ciberseguridad se transformó en un tema de conversación cotidiano tanto en llamadas de trabajo remoto como en servidores y activos de pymes y empresas. La capacitación y seguimiento fueron las herramientas de protección más eficientes para los integrantes de las empresas. Actualmente existen cuatro tipos de fraudes digitales de conocimiento masivo, que pueden afectar a tus empleados y a tu empresa:

  • Phishing: robo de identidad, datos bancarios, documentación, contraseñas, tarjetas de crédito.
  • Fraude romántico: captación de potenciales víctimas mediante técnicas de acercamiento, amistad o enamoramiento. No sólo sucede en las películas y tiene más vigencia que nunca.
  • Fraude en compras online: de gran crecimiento durante la pandemia, se trata de ofertas muy tentadoras que movilizan a las potenciales víctimas a comprar mediante métodos difíciles de rastrear (mensajes privados en redes sociales principalmente) y que al transferir el dinero de la compra no reciben los productos prometidos.
  • Estafa Nigeriana: envío de mails con propuestas tentadoras para obtener herencias o grandes fortunas a cambio de ayudar con dinero en el proceso de obtención de esas ganancias. Un tipo de estafa menos “creíble” actualmente pero que aún logra captar víctimas.

Los fraudes más comunes en las empresas, más allá de internet

Pero no sólo de estafas digitales debe protegerse una pyme. También existen las conocidas como “fraudes internos”, donde las modalidades tradicionales se han visto potenciadas con el uso y crecimiento de la digitalización corporativa. A pesar de que resultan de cierta forma sencillas de auditar al tener toda la información digital, aún prevalecen y tientan a empleados que conocen el funcionamiento interno de las empresas que componen:

  • Fraude documental: se produce cuando se presenta una factura o un ticket que no cumple las condiciones para considerarse válido, con la intención de ser cobrado por un supuesto cliente.
  • Fraude de tipo cronológico: se da cuando los gastos presentados a través de una nota de pago no se ajustan a los límites marcados por las políticas de viáticos de una empresa.
  • Compra de artículos por fuera de las políticas de Compliance. Adquisición de productos sin autorización de la empresa. Puede ir desde una tarjeta regalo o un fin de semana de licencia, hasta productos de mayor valor económico (equipamiento, maquinarias, etc).
  • Presentación de gastos fuera de término: notas de gastos o facturas fuera del plazo establecido por la empresa para evitar el seguimiento en tiempo real.
  • Fuga de información intencional: puede ser de situación financiera, recursos investigación en I+D, tecnología, operaciones o inversiones, compra de servicios y productos, entre otras. En muchos casos se utiliza para obtener ventajas en ofertas de empleo o venta de la información a competidores.
  • Apropiación Ilícita: la tradicional forma directa de quedarse con bienes de la empresa (dinero, mobiliario, valores de mercado) a través de la manipulación de servicios de uso interno.
  • se emplea para hacerse pasar por una empresa y cobrar pagos o recibir compras a crédito fraudulentas.

Tienes diferentes opciones para proteger tu negocio de los fraudes más comunes en las empresas, pero una que puede ayudarte a evitar males mayores es la comprobación de la autenticidad de las empresas con las que colaboras. Para ello, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ha creado un portal web de información de alertas a inversionistas, asegurados y clientes bancarios, donde se puede verificar si una empresa o persona que ofrece productos o servicios financieros es fiscalizada, revisar las alertas realizadas por la CMF y otros reguladores extranjeros sobre entidades o actividades no reguladas; y acceder a más consejos importantes para la protección de inversionistas, asegurados y clientes financieros.

Así como la CMF brinda este servicio informativo, también existen herramientas y alertas digitales que permiten mantenernos actualizados sobre potenciales casos de fraudes digitales que podrían afectarnos en forma personal o a nuestra empresa.

En nuestra empresa también es importante mantener criterios de seguridad internos, privacidad de la información, jerarquización de los accesos a datos y servicios sensibles de la empresa. Todo esto acompañado de un importante plan de formación al empleado, y un permanente seguimiento de las acciones y actividades para poder actuar en forma rápida y eficiente ante cualquier anomalía.rie

martes, 15 de febrero de 2022

elPaís.com: Mazars retira su apoyo a Trump y advierte de que las cuentas de la última década no son fiables ¿Es razonable la postura de los auditores?

La auditora de los negocios de Trump le retira su apoyo y advierte de que las cuentas de la última década no son fiables | Internacional | EL PAÍS
La contabilidad es la clave de dos investigaciones contra el expresidente por presuntamente inflar el valor de sus propiedades para lograr créditos ventajosos
María Antonia Sánchez-Vallejo
Nueva York - 15 feb 2022 - 02:20 CET 

La sede de la Organización Trump, en la Quinta Avenida de Nueva York.SPENCER PLATT (AFP)

La auditora que se encargaba de las declaraciones financieras de la Organización Trump, el conglomerado empresarial del expresidente Donald Trump, se ha desvinculado de su cliente y señalado que no puede respaldar las de la última década, clave en las investigaciones penal y civil contra el emporio del republicano emprendidas respectivamente por la fiscalía de Manhattan y la del Estado de Nueva York por supuestamente inflar de forma fraudulenta el valor de sus activos.

La retirada pública del apoyo por parte de Mazars USA, la empresa contable, fue comunicada por escrito a la Organización Trump el pasado 9 de febrero, pero el contenido de la carta no se ha hecho público hasta este lunes. Mazars presentaba sus cuentas a partir de los datos proporcionados por la compañía de Trump.

La retirada pública de apoyo supone un nuevo varapalo para el republicano, que no acaba de definirse públicamente sobre su candidatura a la reelección en las presidenciales de 2024 aunque sus frecuentes mítines indican que tiene planeado concurrir. Su nueva empresa mediática también está en el ojo del huracán por la identidad de sus inversores y el bum bursátil que ha generado a su SPAC (compañía de cheque en blanco, o instrumental, para salir a Bolsa).

En la carta de Mazars a la Organización Trump, la auditora señalaba a la Organización Trump que se retractaba esencialmente de las cuentas de resultados de 2011 a 2020, pese a que no había encontrado “en conjunto” discrepancias entre la información proporcionada por la Organización Trump y el valor real de los activos del expresidente. Pero dado lo que calificó de “totalidad de circunstancias” concurrentes, Mazars instaba a la Organización Trump a notificar a cualquiera que haya recibido las declaraciones -de los bancos a posibles inversores- que no deben confiar en ellas.

La revisión de las cuentas auditadas por Mazars, que el expresidente presentó para obtener préstamos, permitirán determinar si Trump exageró el valor de sus propiedades para engañar a sus prestamistas y así obtener las mejores condiciones de préstamo posibles.

Las revelaciones sobre la relación de Mazars con la Organización Trump aparecen en nuevos documentos judiciales presentados este lunes por la fiscal general de Nueva York, Letitia James, que pretende interrogar bajo juramento al expresidente y a dos de sus hijos adultos como parte de su investigación civil. En paralelo sigue adelante otra investigación penal, emprendida por la fiscalía de Manhattan, aunque el fiscal titular, Cyrus Vance, se jubilara a finales de diciembre. Ha heredado el caso su sustituto, Alvin Bragg, cuya oficina cuenta con colaboración de abogados del equipo de James.

Tanto James como Vance y Bragg son demócratas, lo que, según el entorno del expresidente, confirma que no se trata de una actuación legal, sino de una “caza de brujas” por motivos políticos. Los abogados de Trump demandaron a James para que diese marcha atrás en su intento de interrogar a Trump y a sus hijos Donald Jr. e Ivanka; como respuesta, la oficina de la fiscal argumentó el mes pasado que la compañía de Trump ha incurrido en prácticas “fraudulentas o engañosas”.

Los documentos aportados este lunes por James -su último intento hasta la fecha de obtener la declaración de Trump- incluyen copia de la carta de Mazars, firmada por el abogado general de la auditora, al emporio de Trump.

En un mesurado comunicado, sin referencia alguna a la “caza de brujas” política y lo infundado de las causas contra el expresidente -sus acusaciones habituales-, la Organización Trump dijo que considera la carta de Mazars como una confirmación de que el “trabajo de la empresa se realizó de acuerdo con todas las normas y principios contables aplicables y que dichos balances de resultados no contienen ninguna discrepancia material [contable]”. La compañía de Trump admitió estar “decepcionada” por la retirada de la confianza de Mazars.

lunes, 14 de febrero de 2022

elDiario.es: El registrador Mariano Rajoy choca con la socimi Renta y Valores 80 por la falta del informe de auditoría

La empresa de inversión inmobiliaria afirma que en otras cuatro ocasiones previas pudo registrar sus cuentas anuales pese a no contar con informe de auditoría, como le ha exigido el expresidente del Gobierno
Cristina G. Bolinches - 14 de febrero de 2022 22:47h - Actualizado el 15/02/2022 05:30h


Un expresidente del Gobierno que ejerce como registrador mercantil y que choca de pleno con una sociedad de inversión inmobiliaria (una socimi) por no cumplir los requisitos exigibles a la hora de presentar sus cuentas de resultados. 

Eso ha ocurrido con el expresidente Mariano Rajoy Brey, que, desde su plaza en el Registro Mercantil número cinco de Madrid, no ha permitido el depósito de cuentas de la empresa Renta y Valores 80 Socimi, principalmente, por no presentar un informe de auditoría. 

El eje del choque de opiniones entre el Registro Mercantil y la empresa de inversión en el sector inmobiliario es la naturaleza de este tipo de compañías. Las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (las socimis) por su propia naturaleza deben cotizar pero, en el caso de Renta y Valores 80, pese a que se constituyó en 2013, no ha llegado a dar el salto al mercado de compraventa de acciones.

Y, por ese motivo de no ser cotizada, la empresa justifica que no tenía que cumplir ese requisito de revisión de cuentas por parte de un auditor externo, según la información publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE)

Las socimis, desde su creación hace casi una década, han sido una de las figuras empresariales que provocan controversia porque su forma jurídica les permite una exención total del Impuesto de Sociedades respecto a las rentas que obtienen del alquiler de inmuebles. En cambio, son los accionistas los que tributan por los dividendos que obtienen, siempre que tengan beneficios.

Los dos 'noes' de Rajoy

El primer 'no' del expresidente a Renta y Valores 80 Socimi lo dijo el 12 de julio del pasado año. Entonces, Rajoy, en calidad de registrador mercantil de Madrid y "previo examen" de los documentos presentados por la empresa, "resuelve no practicar el depósito de cuentas por haber observado" diferentes "defectos que impiden su práctica", según recoge la información publicada en BOE.

En concreto, porque en las cuentas "no se expresa la aplicación del resultado, no consta la firma del certificante". También, enumera, porque "no tiene validez la firma digital en presentación en papel, no figura inscrito ningún auditor, para esta sociedad y no se acompaña original del informe de auditoría".

El segundo rechazo del registrador Mariano Rajoy a la socimi se produjo semanas después, el 4 de agosto. Entonces se centró solo en la falta de la revisión de cuentas. En este caso, la empresa debía "aportar el informe del auditor de cuentas, el cual ha de constar inscrito en este registro".

Fuentes de la empresa explican a elDiario.es que sí está constituida como socimi, pero que no cotiza y que en el pasado ya había presentado cuatro cuentas de resultados en el Registro Mercantil sin informe de auditoría y que estos no habían sido rechazados. Hasta que el registrador de sus cuentas fue Mariano Rajoy.

Tras esos dos rechazos, la empresa solicitó una "calificación sustitutoria", a finales de agosto de 2021, que recayó en la registradora de la Propiedad de Torrejón de Ardoz, Sara Pilar Fernández Álvarez.

Esta emitió en septiembre una "resolución confirmatoria" y Renta y Valores 80 Socimi SA interpuso recurso en octubre, donde afirmaba, según consta en el BOE, que la sociedad es una socimi y, como tal, "se encuentra sujeta a su regulación especial, que carece de referencia alguna a la auditoría de cuentas y que, de las normas citadas por el registrador, la sociedad no cumple con los límites que se exigen para que sus cuentas tengan que ser auditadas".

Ese recurso no prosperó, se ratificó el rechazo de las cuentas y el informe ha acabado en manos de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, que depende del Ministerio de Justicia y que, básicamente, da la razón a los motivos por los que el registrador Mariano Rajoy rechazó el registro de las cuentas de la socimi.

Debe cotizar y no importa que no cotice

En su resolución, la directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago, desglosa que "el hecho de que toda socimi se encuentre estructuralmente obligada a cotizar en mercado secundario le impone el carácter de sociedad obligada y, en consecuencia, sujeta a los requisitos que para su depósito de cuentas se determinan en la Ley de Sociedades de Capital". 

"En nada altera la afirmación anterior el hecho de que la sociedad que da lugar a la presente no sea objeto de cotización en mercado alguno, según afirma el recurrente", argumenta la resolución. "Dicha circunstancia, que no resulta del expediente, ni altera su naturaleza ni impide la aplicación del régimen legal a que se ha sometido voluntariamente, sin perjuicio de otros efectos previstos en la norma". Por ello, resume, procede la desestimación del recurso.

Se agota así la posibilidad de recurso por la vía administrativa, pero no la opción de acudir a los tribunales, porque la resolución sí puede recurrirse ante el Juzgado de lo Mercantil de Madrid durante un plazo de dos meses. 

La socimi, según indican las citadas fuentes de la empresa, no va a optar por esa vía y va a presentar el informe de auditoría que le ha exigido el Registro. De hecho, la empresa está planteándose mantener o no el carácter de socimi.

Una empresa con 15 millones en inversiones inmobiliarias

Renta y Valores 80 Socimi se constituyó en 2013, enfocada en la actividad propia de una sociedad de este tipo, "el arrendamiento de inmuebles por cuenta propia", según figura en sus últimas cuentas de resultados que sí están en el Registro y que no tienen informe de auditoría, las del año prepandemia.

En ese 2019, la socimi obtuvo un beneficio de 13.695 euros que no se destinó a dividendos, sino a compensar pérdidas de ejercicios anteriores. Esas cuentas indican que la compañía contaba con un patrimonio neto superior a los 8 millones de euros e inversiones inmobiliarias, que no identifica en esa memoria anual, por importe de 15 millones.

Actualmente, la compañía tiene como administrador único a Iván Ildefonso Pavón Castro y, hace una década, esta sociedad no era el único vehículo inversor de su familia. Según la información publicada por El Confidencial, el grupo familiar Pavón Olid, que había sido dueño de Cambios Sol (Money Gram) y de la empresa de autobuses de rutas turísticas Madrid Visión, constituyó Promociones, Renta y Mantenimiento Socimi también en 2013. Una firma que vendieron en 2019 al Grupo Iffe, según el portal especializado en inmobiliario 'Ejeprime'.

viernes, 11 de febrero de 2022

CompromisoRSE.com: Fundación Haz crea el primer sello de transparencia sobre responsabilidad fiscal (Buen Gobierno)

Fundación Haz crea el primer sello de transparencia sobre responsabilidad fiscal (Buen Gobierno) :: Compromiso RSE
El sello 't de transparente' certifica el cumplimiento de los estándares de información en la web sobre fiscalidad responsable
 
11/02/2022 07:43:56 La Fundación Haz (antes Fundación Compromiso y Transparencia) ha creado el sello de transparencia de responsabilidad fiscal con el fin de acreditar el cumplimiento de los indicadores de información que ha venido desarrollando durante los últimos siete años en sus informes sobre Contribución y transparencia. Informe de transparencia de la responsabilidad fiscal de las empresas del IBEX 35.

El primer informe sobre Contribución y transparencia, publicado en el año 2015, contribuyó a estandarizar por primera vez la información sobre responsabilidad fiscal de las empresas, mediante un conjunto de áreas e indicadores de información, que incluían aspectos como la publicación de la estrategia fiscal, la suscripción del Código de Buenas Prácticas Tributarias de la Agencia Tributaria (AEAT), el desglose de los impuestos pagados en cada país, los litigios fiscales pendientes, su presencia en paraísos fiscales o la independencia del auditor externo, entre otras cuestiones.

Estos indicadores de información han ido evolucionando a lo largo de los años, incorporando las mejores prácticas empresariales y las tendencias internacionales sobre fiscalidad responsable.

Con el fin de seguir respondiendo a los retos y exigencias sobre rendición de cuentas en el ámbito de la fiscalidad, la Fundación Haz ha decidido crear este sello de transparencia, llamado t de transparente, que servirá para acreditar en las empresas el cumplimiento de los mejores estandartes de transparencia en el ámbito de la responsabilidad fiscal al tiempo que contribuirá a impulsar la mejora continua en un área que cada vez suscita mayor atención por parte del legislador, inversores institucionales y los principales índices de sostenibilidad y reputación.

El sello de transparencia tendrá tres modalidades en función del grado de cumplimiento de los indicadores de transparencia:
 
t***: Reconoce a aquellas instituciones que cumplen más del 90% de los indicadores.
 
t**: Se reserva para las instituciones que cumplen entre el 80% y el 90% de los indicadores.
 
t*: Se otorga a aquellas que cumplen entre el 70% y el 80% de los indicadores. 

Como señala Javier Martín Cavanna, director de Fundación Haz y coautor del informe, “este sello, pionero en el ámbito internacional, quiere colaborar a impulsar un área que está en constante evolución en el ámbito empresarial. El impacto que han tenido nuestros informes elevando el nivel de transparencia de las empresas del IBEX 35 en estos últimos años nos ha animado a crear este sello que en el futuro podrá extenderse a cualquier empresa que voluntariamente lo solicite”. 

Es importante aclarar, como explica, Concepción Sacristán, coautora de Contribución y transparencia, que “el sello de transparencia no entra a juzgar si las empresas pagan muchos o pocos impuestos, sino que se centra en evaluar la transparencia informativa sobre las prácticas relacionadas con la fiscalidad responsable; que van mucho más allá de las polémicas, contaminadas en ocasiones por intereses políticos, sobre la tributación efectiva de las grandes empresas”.

jueves, 10 de febrero de 2022

CincoDías.com: Qué es el compliance y por qué es tan difícil de cumplir para las pequeñas empresas

Las empresas adoptan estos sistemas para prevenir riesgos y garantizar el cumplimiento de normativas que afecten a su actividad
Madrid 10 FEB 2022 - 10:31 CET

Cumplir con la política compliance se ha convertido en un reto para las pequeñas y medianas empresas. Las compañías se ven en la obligación de adoptar un sistema de compliance para prevenir riesgos y garantizar el cumplimiento de normativas que afecten a su actividad.

El ‘Estudio sobre la función de Compliance en las empresas españolas’ que ha realizado el Instituto de Estudios Económicos (IEE) ha puesto de manifiesto que tres de cada cuatro empresas españolas ya ha incorporado un sistema de compliance. En su mayoría son empresas que tienen más de 200 trabajadores. El resto asegura que de aquí a 2025 lo implementará.

Las empresas deben cumplir cada vez más con un mayor número de leyes, estándares, reglamentos y directivas. En este sentido, el problema al que se enfrentan tiene que ver con los requerimientos que tienen las empresas. El informe advierte de que esto proporciona una mayor dificultad a las empresas, ya que deben realizar actuaciones específicas para adecuarse a la ley.

Cumplir con la normativa

Según los abogados de Legalitas, hay un incremento en la preocupación de las pymes y de los autónomos para poder cumplir toda la normativa existente. El desconocimiento, el miedo a las sanciones y la falta de tiempo para poder implantar un sistema que garantice un cumplimiento normativo son algunos de los hándicaps que encuentran.

El Observatorio Jurídico de Legálitas registró en 2021 más de 5.000 consultas. Éstas las realizaron empresarios en el área Mercantil. La mayoría de las consultas estaban relacionadas con el cumplimiento de las normativas referentes a Compliance y por inversiones que garanticen que las operaciones realizadas no entrañen ni riesgos ni peligros.

Igualmente, desde Conversia, consultora especializada en Compliance, se registró en 2021 un un [sic] aumento en la actividad de los clientes, solicitando ayuda para la implantación de un sistema de Compliance para poder cumplir con la normativa en materia de Riesgos Laborales.

Las empresas que optan por sistemas de Compliance lo hacen al tener un compromiso ético con la dirección, al tener una exención o atenuación de la responsabilidad penal, o la preocupación por no perder oportunidades de negocio con las licitaciones públicas.

martes, 8 de febrero de 2022

Sindicatura de Comptes Valenciana: Informe de auditoría de los controles básicos de ciberseguridad de la Diputación de Valencia (Ejercicio 2021)

Informe de auditoría de los controles básicos de ciberseguridad de la Diputación de Valencia. Ejercicio 2021  - Sindicatura de Comptes

València, 8 de febrero de 2022.- La Sindicatura de Comptes ha realizado una auditoría de los controles básicos de ciberseguridad (CBCS) de la Diputación de Valencia. Un trabajo en sintonía con su plan estratégico y que atiende a la realidad de la transformación digital que están experimentando todas las administraciones públicas y su interconexión a través de complejas redes informáticas, un hecho que las expone de forma cada vez más intensa a amenazas provenientes del ciberespacio. Esto origina un incremento de los riesgos asociados a los sistemas de información que sustentan los servicios públicos y, por tanto, a la información que manejan. De hecho, las entidades locales han sido uno de los objetivos más afectados por las recientes oleadas de ciberataques.

El informe de la auditoría presenta una serie de conclusiones, que se resumen a continuación:

  • El índice de madurez general de los CBCS muestra un valor del 51,0%, por lo que todavía debe mejorar para alcanzar el objetivo del 80%. Se han identificado diversas deficiencias significativas y en todos los controles analizados se deben realizar esfuerzos para su mejora, ya que ninguno alcanza el nivel de madurez requerido. En particular, existen cuatro que tienen un nivel de madurez deficiente, sobre los que se debe trabajar con mayor intensidad para reforzar la protección de los sistemas de información.
  • Hemos podido verificar que la Diputación no tiene establecida una adecuada gobernanza de la ciberseguridad. Los órganos superiores de la Diputación, como responsables del sistema de control, deben reforzar el actual nivel de compromiso y apoyo en forma de recursos humanos y presupuestarios dedicados a la seguridad de la información.
  • La revisión del cumplimiento de legalidad en materia relacionada con la seguridad de la información ha puesto de manifiesto un bajo nivel de adecuación a las normas legales. El informe señala varios aspectos pendientes de mejora sobre los que se debe actuar para su pronta subsanación.
  • Respecto del Esquema Nacional de Seguridad, la Diputación debe realizar los nombramientos necesarios, en especial el responsable de seguridad, y solventar las no conformidades identificadas en la auditoría de cumplimiento realizada, de forma que le permita obtener la certificación de conformidad y el distintivo correspondiente para su publicación en la sede electrónica.

A su vez, la Sindicatura ha realizado una serie de recomendaciones con el propósito de contribuir a la subsanación de las deficiencias observadas y a la mejora de los procedimientos de gestión de la ciberseguridad de la Diputación, entre las que figuran: 

  1. Actualizar y mejorar la normativa de seguridad.
  2. Implantar soluciones que permitan restringir el acceso de dispositivos físicos no autorizados a la red corporativa (CBCS 1).     
  3. Identificar y actualizar todos los sistemas que se encuentran fueran del periodo de soporte (CBCS 2).
  4. Resolver las vulnerabilidades de nivel crítico identificadas (CBCS 3)

Para ver el informe completo, haga clic aquí

NOTA

Este resumen pretende ayudar a la comprensión de los resultados de nuestro informe y facilitar la labor a los lectores y a los medios de comunicación. Recomendamos su lectura para conocer el verdadero alcance del trabajo realizado.

lunes, 7 de febrero de 2022

VozPópuli.com: Plus Ultra refuerza su estrategia con un informe contrario a los peritos del juzgado

Plus Ultra refuerza su estrategia con un informe contrario a los peritos del juzgado
Publicado 07/02/2022 04:45

Plus Ultra quiere zanjar la investigación penal abierta por presunta malversación con su rescate. La aerolínea ha solicitado a la magistrada al frente de este procedimiento, Esperanza Collazos, que incorpore un análisis contable sobre el trabajo de los peritos del juzgado. Se trata de un estudio que la compañía ha encargado a un auditor de cuentas para que escrute las conclusiones de estos expertos independientes que consideran que la compañía no cumplió todos los requisitos que exigía el Gobierno para acceder a la ayuda de 53 millones de euros.

La firma se pronuncia tres semanas después de que el Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid celebrase un careo entre los expertos independientes del juzgado y los de la SEPI (Deloitte y DC Advisory). La magistrada acordó esta diligencia tras constatar que las conclusiones de unos y de otros distaban mucho en lo que respecta a la verdadera situación de la aerolínea antes de la pandemia. La cita sirvió para que se ratificasen en sus periciales, de manera que los expertos del juzgado avisaron que la mercantil estaba en causa de disolución a finales de 2019, mientras que el asesor legal y financiero de la SEPI apoyó la entrega de la ayuda pública.

En este contexto, la defensa de la compañía ha remitido un escrito al juzgado en el que solicita que se incorpore este examen elaborado por su auditor, toda vez que los expertos ya se han pronunciado sobre el asunto en sede judicial. El objetivo de la mercantil es que la juez cuente con este nuevo trabajo antes de resolver las diligencias pendientes, entre las que se encuentra la petición de la Fiscalía de archivar este procedimiento. De este modo solicitan que la causa adhiera el trabajo que cuestiona las valoraciones negativas de los peritos del juzgado (el despacho Martín Molina) en relación a la compañía.

El documento en cuestión lo firma el perito Julio César Calvo Malva. El auditor analiza las conclusiones de los expertos del juzgado sobre la canalización de un préstamo de Panacorp en 2017, la contabilización de la venta de un avión que le llevó a anotarse unos dudosos beneficios de 6,3 millones de euros en las cuentas de 2019 y la contabilización retroactiva de las provisiones por litigios. Se trata de las tres materias determinantes que salieron a relucir en el careo y que plantean dudas sobre si la compañía podía acceder a esta ayuda pública.

Perito de Plus Ultra

A falta de conocer la decisión de la juez, cabe recordar que este analista ya ha aportado a la causa otras valoraciones de la aerolínea. Así, por ejemplo, en julio remitió otro estudio en el que explicaba que era necesario para Plus Ultra recibir los 53 millones de euros ya que, de lo contrario, no podría cumplir con el plan de viabilidad trazado. El trabajo se presentó cuando el juzgado que dirige Esperanza Collazos decidió suspender temporalmente la entrega de 34 millones que quedaban por aportar para esclarecer si la firma era merecedora del monto total autorizado por el Gobierno.

Tanto la Abogacía General del Estado (que defiende al consejo gestor de la SEPI imputado en la causa) como la Fiscalía solicitaron que se autorizara el pago de este segundo tramo de la ayuda para evitar que se perdieran los 19 millones de euros ya otorgados como préstamo ordinario. Este auditor y economista colegiado también plasmó que era necesario el desembolso íntegro del rescate para mantener la caja de seguridad de 10 millones planteada en la solicitud de la ayuda a fecha de enero de 2022.

Además expuso que, ante "una eventual situación de iliquidez" de la compañía, los principales perjudicados serían los clientes (por el pago anticipado de los billetes de avión) y los acreedores comerciales, ya que ostentan alrededor del 80% de los cerca de 50 millones de euros del pasivo de Plus Ultra. Además, también defendió que la mercantil operaba en periodo precovid al 4,02% del nivel de ventas de otras aerolíneas españolas y, por tanto, "en parámetros de normalidad".

Problemas con el careo

Sin embargo, esta tesis ha sido cuestionada por los peritos encargados por el juzgado para hacer un examen independiente de la situación. Aunque la Fiscalía y los servicios jurídicos del Gobierno se negaron a que se llevara a cabo esta diligencia alegando que con los informes de la SEPI quedaba claro que no hubo irregularidad, la juez la impulsó porque quería una opinión externa de estos hechos. Las conclusiones del despacho Martín Molina no sentaron bien a la aerolínea ni a la Abogacía, que incluso les acusó de extralimitarse en su análisis de la situación.

Los peritos del juzgado se ratificaron el pasado 18 de enero en sus dudas. Los expertos explicaron en sede judicial que no cumplían todos los requisitos exigidos por el Gobierno para entregar estas ayudas a empresas afectadas por la covid. En concreto, advirtieron de una posible incorrección de 6,3 millones de euros en las cuentas de 2019 como resultado de la contabilización de la venta de un avión de la aerolínea que se comprometió a alquilar a unos bonistas para saldar una deuda de 8,9 millones de euros.

A los expertos les llamó la atención que se anotase ese beneficio que afectaba al patrimonio neto de Plus Ultra. Se trata de un asunto crucial ya que que uno de los requisitos que tenía que cumplir era el de no estar en crisis a fecha de 31 de diciembre de 2019. Este hecho unido a las dudas sobre la naturaleza de un préstamo participativo canalizado en el paraíso fiscal de Dominica, llevó a los expertos a concluir que la compañía estaba en causa de disolución en esa fecha. Frente a esta tesis se situaron el asesor legal y financiero de la SEPI que sostienen que cumplía con los requerimientos exigidos.

Con todo, la magistrada Collazos tiene pendiente pronunciarse sobre la diligencia del careo ya que defensas y acusaciones han advertido al juzgado que la grabación presenta problemas. Por ello han solicitado que se les aclare si el defecto está en la copia entregada a las partes o en el original. De ser esto último, la diligencia se tendría que repetir. Al respecto Plus Ultra también ha advertido de este posible error y ha pedido que suspenda el plazo de diez días que la magistrada les había dado para formular alegaciones.