jueves, 21 de junio de 2018

Bolsamania.com: Mapfre no aclara si provisionó la póliza del auditor de Pescanova

Bolsamania | 21 jun, 2018 

Mapfre no aclara si los 36,45 millones de euros que le requiere el juez por la póliza de responsabilidad civil del auditor de Pescanova están provisionados o se cargarán contra resultados. Su presidente, Antonio Huertas, considera que la exposición de la aseguradora por este seguro es "limitada".

El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata exige a Mapfre Seguros de Empresas, Compañía de Seguros y Reaseguros una fianza superior a 36 millones de euros por la póliza de responsabilidad civil que tenía firmada con BDO Auditores. Esta firma es una de las principales acusadas en el juicio a la cúpula de Pescanova por irregularidades contables.

La aseguradora debe responder "civilmente de modo directo” de conformidad a la “póliza de seguro obligatorio de responsabilidad civil, de cobertura de los daños provocados en el ejercicio de la actividad profesional de BDO Auditores y Santiago Sañé Figueras”, según señala el auto.

Huertas, durante la celebración en Santander del curso La economía ante el blockchain. Lo que está por venir, organizado por BBVA y Apie, ha rechazado referirse a este tema. "Nuestra política, obviamente, es no hablar de clientes y no hablar de situaciones que tenemos en trámite de prestaciones o situaciones en las que se está trabajando", ha señalado.

No obstante, ha indicado que la exposición de Mapfre por esta responsabilidad civil es "muy limitada" y "en absoluto relevante". "Si lo hubiera sido, ya lo hubiéramos comunicado al mercado", ha añadido el presidente de la única aseguradora del Ibex 35.

La compañía de seguros “deberá prestar fianza hasta donde alcance su cobertura, que inicialmente ha sido acreditada en 36,45 millones de euros”, reza el auto. Este importe, de no haber sido provisionado o de no existir un reaseguro que haya permitido a la firma distribuir el riesgo, podría suponer una pérdida extraordinaria en las cuentas de 2018 de la entidad.

Esta situación se produce después de que Mapfre sufriera una caída del 9,3% en sus cuentas del primer trimestre, que reflejaron un beneficio de 187 millones de euros, con descensos en todas las áreas de negocio, en parte por la caída de las divisas de muchos de los países donde opera.

martes, 19 de junio de 2018

laOpinióndeMurcia.es: Los accionistas todavía no han tenido acceso a las cuentas a tres días de la junta

Los accionistas todavía no han tenido acceso a las cuentas a tres días de la junta - La Opinión de Murcia
El Real Murcia celebrará el jueves la cita suspendida en mayo al estar la auditoría inacabada y en la que se someterá a aprobación el balance económico del ejercico 16-17
19.06.2018 | 04:00

La aprobación de las cuentas del Real Murcia correspondientes al ejercicio 2016-2017 se ha convertido en la asignatura pendiente que la entidad murcianista lleva arrastrando desde el pasado mes de diciembre, cuando se debería haber convocado la obligatoria junta ordinaria de accionistas, una cita que, pasándose por alto los estatutos, Raúl Moro se saltó. Posteriormente, en la asamblea del 11 de abril, Víctor Gálvez, que votaba en nombre del extremeño, decidió no aprobar el balance económico al considerar que había cosas extrañas. La segunda oportunidad para dar el visto bueno a los datos económicos estaba fijado en mayo, concretamente en la junta del día 19 convocada a petición de los Accionistas Minoritarios. Como la auditoría no estaba acabada, los responsables del club pidieron que se suspendiera esa reunión, fijándose finalmente este jueves.

A tres días de que los accionistas se sienten frente al consejo de administración, en esta ocasión presidido por Víctor Gálvez, las dudas son múltiples, ya que de nuevo nadie sabe quién actuará como propietario del paquete accionarial mayoritario de la entidad. Serán Enrique López y Stefan Settels, representantes de la Asociación de Accionistas Minoritarios y que actuarán como presidente y secretario de la cita, los encargados de decidir si hay quorum suficiente para que se celebre la reunión. En caso afirmativo, la junta someterá a aprobación el balance económico, tal y como se establece en el orden del día.


Aunque desde el club se ha afirmado que la auditoría encargada por Víctor Gálvez ya está acabada, los responsables de la Asociación de Accionistas Minoritarios todavía no han recibido la documentación necesaria para estudiarla antes de decidir si votan a favor o en contra de las cuentas. Así lo explicaba ayer en los micrófonos de Onda Regional Nacho Martínez Abarca, integrante de la AAMRM y que actuará como cabeza visible de la asociación ante la ausencia de Pablo Baeza por motivos personales. «Solicitamos por escrito que se nos enviase toda la documentación, pero a día de hoy -ayer para el lector- no hemos recibido nada», indicaba en unas declaraciones realizadas a mediodía de ayer.


El Real Murcia está obligado a facilitar toda esa información a aquellos accionistas que reúnan el capital necesario para poder asistir a la junta. Así lo establece la Ley de Sociedades de Capital, como queda claro en la convocatoria de la asamblea colgada en la web oficial de la entidad grana: «Haciéndose constar en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 272.2 L.S.C. que a partir de la convocatoria de la junta general, cualquier socio podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma, así como en su caso, el informe de gestión y el informe del auditor de cuentas».

jueves, 14 de junio de 2018

CompromisoEmpresarial.com: El IBEX 35 no gestiona bien los riesgos de falta de independencia de la auditoría externa

El IBEX 35 no gestiona bien los riesgos de falta de independencia de la auditoría externa – Compromiso Empresarial:
BBVA, Enagás, Iberdrola y Santander, las empresas que mejor gestionan el riesgo de falta de independencia del auditor externo, según el segundo informe sobre esta materia elaborado por la Fundación Compromiso y Transparencia.
14 junio 2018

La selección del auditor externo comienza a tener una mayor relevancia en la agenda del gobierno corporativo de las empresas cotizadas, sin embargo, no siempre ha sido así. Es este el motivo por el que la Fundación Compromiso y Transparencia (FCyT) comenzó el pasado año a examinar la transparencia en la web sobre la independencia del auditor externo de las empresas del IBEX 35 (Ver informe completo aquí).

Las nuevas exigencias de la Ley de auditoría de cuentas, que obliga a la rotación de la empresa auditora a los diez años, ampliados hasta los 14 si en si en los cuatro últimos se ha llevado a cabo el trabajo junto con otra sociedad (auditoría conjunta o coauditoría), ha provocado que un importante número de empresas hayan cambiado de auditor en los dos últimos años.

El informe destaca que un total de 23 empresas del IBEX 35 presentan términos de contratación continuada inferiores a cinco años, frente a la mitad de empresas del pasado año (12), gracias a la entrada en vigor de esta Ley. Se trata del indicador analizado por FCyT que más progreso ha registrado. No obstante, el documento advierte que esa rotación no ha servido para abrir el mercado a otras sociedades auditoras, que sigue estando monopolizado por las Big Four (Deloitte, E&Y, KPMG y PwC).

La valoración general de las prácticas de las empresas para gestionar la transparencia e independencia de la auditoría externa no es muy positiva, según las conclusiones del informe: Ninguna de las compañías cotizadas sabe gestionar de manera adecuada los riesgos que supone la falta de independencia de la empresa de auditoría externa, siendo BBVA, Enagás, Iberdrola y Santander las que mejor lo hacen.


La contratación con la empresa auditora de servicios distintos a la auditoría de cuentas eleva el riesgo de falta de independencia al aumentar las probabilidades de conflictos de intereses. Sin embargo, el porcentaje de empresas del IBEX 35 que contrata a la sociedad auditora servicios distintos de la auditoría de cuentas sigue siendo muy alto (82%).

Tan solo tres empresas (Endesa, Iberdrola y Telefónica) parecen mantener la política de no contratar servicios adicionales a la empresa que les realiza la auditoría de cuentas. Además, un porcentaje muy alto de las empresas del IBEX 35 (68%) contrata a su auditora de cuentas servicios de asesoría fiscal, aumentando el riesgo de planificación fiscal agresiva.

El porcentaje de ingresos por servicios diferentes de la auditoría (non audit services) es uno de los criterios más importantes para evaluar el riesgo de falta de independencia. La media del porcentaje de ingresos de las sociedades auditoras por servicios adicionales a las empresas del IBEX 35 es de un 27%, una cifra muy alta si se considera que el límite máximo aceptado por los principales inversores y proxy advisors es del 50%. Las empresas Acciona (71%), ACS (70%), Cellnex (79%) y Meliá (63%) superan los límites fijados por los principales proxy advisors, aumentando el riesgo de que su propuesta de nombramiento o reelección del auditor de cuentas reciba un voto negativo en las juntas de accionistas.

Como ya desveló la FCyT en un reciente informe (Contribución y transparencia 2017. Informe de transparencia de la responsabilidad fiscal de las empresas del IBEX 35) existe una correlación directa entre el uso de modelos de planificación agresiva por parte de las multinacionales y la contratación de servicios fiscales a las empresas que realizan la auditoría de cuentas a las mismas. Por eso, recuerda el documento, “es conveniente ser especialmente transparentes y restrictivos a la hora de contratar servicios de asesoría fiscal a las empresas que realizan la auditoría de cuentas”.

Únicamente tres empresas del IBEX 35 (AENA, Iberdrola y Meliá) describen con claridad y precisión cada uno de los servicios que pagan a las sociedades de auditoría por distintos servicios y el importe de los mismos.



Ninguna empresa del IBEX 35 informa de manera clara de cuál ha sido el proceso de contratación de la empresa auditora, ni si el consejo ha contado con dos o más alternativas propuestas por la comisión de auditoría a la hora de tomar una decisión, e igualmente, ninguna empresa de la muestra consulta a la junta general de accionistas la autorización para contratar servicios adicionales a su auditora de cuentas, ni la propuesta de remuneración a la misma.

Según la FCyT, la mayoría de los informes de independencia del auditor externo, regulados en el artículo 529 quaterdecies, 4 f), de la Ley de Sociedades de Capital, “se han convertido en meros formularios sin valor alguno en los que las comisiones de auditoría se limitan a repetir lugares comunes y frases hechas sin aportar ningún dato relevante; constituyen el mejor ejemplo de lo que los anglosajones denominan boilerplate text, un texto repetitivo y estándar que no aporta información alguna de valor”.

El informe también denuncia la falta de recursos humanos, económicos y técnicos del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) para poder llevar a cabo su función de investigación y supervisión. “Si no hay más sanciones -concluye el informe- no es porque no se cometan más infracciones, sino porque no hay suficientes recursos para perseguirlas”.

“La mejor forma de abordar los riesgos asociados a la falta de independencia del auditor externo –declara Javier Martín Cavanna, director de la FCyT y coautor del informe junto con Concepción Sacristán- es siendo muy transparentes en la información sobre los diferentes servicios que presta la empresa auditora. Los resultados de este informe muestran, sin embargo, que la información relativa al desglose de los servicios sigue siendo muy genérica, cuando no totalmente opaca”.

CompromisoEmpresarial.com: El ICAC solo cuenta con 13 funcionarios para supervisar la actividad de auditoría

El ICAC solo cuenta con 13 funcionarios para supervisar la actividad de auditoría – Compromiso Empresarial
El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), la autoridad responsable de la vigilancia del mercado de servicios de auditoría de cuentas de las entidades públicas, carece de los recursos humanos y económicos suficientes para desempeñar correctamente su función.
14 junio 2018


La ley es un simple papel mojado si no se desarrollan mecanismos eficaces para exigir su cumplimiento. Desarrollar mecanismos o instituciones eficaces requiere dotarlas de tres elementos: 1) establecer un marco normativo que defina con claridad sus funciones y garantice su independencia; 2) contar con recursos humanos y técnicos cualificados para que puedan realizar su función, y 3) disponer de recursos económicos acordes con la tarea asignada.

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) es el organismo autónomo, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, que tiene atribuidas las competencias de supervisión pública de todos los auditores de cuentas y sociedades de auditoría. El ICAC es, por tanto, la autoridad responsable de la vigilancia del mercado de servicios de auditoría de cuentas de las entidades públicas y también de realizar las actividades de inspección e investigación.

El ICAC cuenta con un marco normativo claro, pero ese elemento por sí solo no es suficiente para que el organismo supervisor pueda realizar su función. Si el ICAC no dispone de los recursos técnicos y económicos adecuados para desempeñar su cometido, el marco normativo se convierte en un brindis al sol, como es el caso.

Si se analiza la última memoria anual disponible del ICAC, la correspondiente al ejercicio 2016, se puede comprobar que el presupuesto del ICAC es de tan solo 8 millones de euros, de los cuales 3,5 millones corresponden a gastos de personal. El número total de funcionarios contratados es de 66.

Dentro del ICAC, la unidad responsable de la investigación e inspección es la Subdirección General de Control Técnico. En la mencionada memoria se dice que esta Subdirección ha contado durante el año 2016 con 15 empleados públicos, incluida la subdirectora general y la secretaria de la subdirectora. Es decir, para la realización de todas las actividades de supervisión relacionada con la actividad de auditoría el ICAC dispone de un total de trece funcionarios.

Si se comparan los recursos de que dispone el ICAC con los de las Big Four (Deloitte, E&Y, KPMG y PwC), que acaparan prácticamente el 100% del mercado de las empresas cotizadas, la desproporción resulta evidente. Durante el año 2016 solo los ingresos por las actividades de auditoría de las Big Four ascendieron 615,4 millones de euros y el número de empleados dedicados a realizar auditorías fue de 7.500.


Si bien es cierto que el principal mecanismo de supervisión debe descansar en los propios controles internos de las sociedades auditoras, es indudable la precariedad de recursos con los que cuenta el ICAC para poder desempeñar sus funciones de supervisión con unas mínimas garantías.

miércoles, 13 de junio de 2018

BOE.es: PwC sancionada por infracciones graves por la auditoría de Banco Popular

Disposición 7958 del BOE núm. 143 de 2018 - BOE-A-2018-7958.pdf
Resolución de 25 de abril de 2018, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publican las sanciones por infracciones graves impuestas a la sociedad de auditoría de cuentas PriceWaterhouseCoopers Auditores, SL y a su socio auditor don Jose María Sanz Olmeda.

Habiéndose declarado firme en vía administrativa, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 82.3 de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, se procede a dar publicidad de las sanciones impuestas a la sociedad de auditoría de cuentas PriceWaterhouseCoopers Auditores, S.L., y a su socio auditor don José María Sanz Olmeda mediante Resolución de 26 de febrero de 2016 que, tras la exposición de hechos y fundamentos de derecho, resuelve la parte dispositiva lo siguiente:

«Primero.–Declarar a la sociedad de auditoría de cuentas «PriceWaterHouseCoopers Auditores, S.L.,» y a su socio auditor D. José María Sanz Olmeda., firmante del informe de auditoría, corresponsables de la comisión de dos infracciones graves previstas en el artículo 34.b) del TRLAC, al haber incurrido en el incumplimiento de las normas de auditoría susceptible de tener un efecto significativo sobre el resultado de su trabajo y, por consiguiente, en su informe, en relación con los trabajos de auditoría de las cuentas anuales individuales del ejercicio 2012 de la sociedad “Banco Popular Español, S.A.,”, y de las cuentas anuales consolidadas de la entidad “Grupo Banco Popular, S.A., y sociedades Dependientes”, cuyos informes de auditoría fueron emitidos el 28 de febrero de 2013.

Segundo.–Imponer a la sociedad de auditoría PriceWaterHouseCoopers Auditores, S.L., dos sanciones de multa por importe del 0,12 % y del 0,15 % de los honorarios facturados por la sociedad por actividad de auditoría de cuentas en el último ejercicio cerrado con anterioridad a la imposición de las sanciones, multas que no puede ser inferior a 12.000 euros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36.6 del TRLAC, por lo que cada multa ascendería a 119.908 euros y 149.885 euros.

Tercero.–Imponer al socio auditor D. José María Sanz Olmeda, dos sanciones de multa por importe de 3.200 euros y 3.400 euros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36.7 del TRLAC.

Cuarto.–A tenor de lo establecido en el apartado 37.3 del TRLAC, la imposición de dicha sanción llevaría además aparejada su incompatibilidad de los auditores con respecto a las cuentas anuales de la sociedad Banco Popular Español, S.A., y Grupo Banco Popular S.A., correspondientes a los tres primeros ejercicios que se inicien con posterioridad a la fecha en que la sanción adquiere firmeza en vía administrativa.»

La resolución que impone las sanciones indicadas únicamente son firmes en vía administrativa, sin perjuicio de las potestades de revisión jurisdiccional que corresponden a la Sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, competente para conocer de los recursos que, en su caso, se hayan interpuesto o pudieran interponerse.

Madrid, 25 de abril de 2018.–El Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, Enrique Rubio Herrera.

BOE.es: Deloitte sancionada por infracciones graves por la auditoría de ACS

Disposición 7957 del BOE núm. 143 de 2018 - BOE-A-2018-7957.pdf
Resolución de 25 de abril de 2018, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publican las sanciones por infracciones graves impuestas a la sociedad de auditoría de cuentas Deloitte, SL, y a su socio auditor don Javier Parada Pardo.

Habiéndose declarado firme en vía administrativa, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 82.3 de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, se procede a dar publicidad de las sanciones impuestas a la sociedad de auditoría de cuentas Deloitte, SL, y a su socio auditor D. Javier Parada Pardo mediante Resolución de 26 de febrero de 2016 que, tras la exposición de hechos y fundamentos de derecho, resuelve la parte dispositiva lo siguiente:

«Primero.
Declarar a la sociedad de auditoría de cuentas Deloitte, SL, y al socio auditor D. Javier Parada Pardo, firmante del informe de auditoría, corresponsables de la comisión de dos infracciones graves previstas en el artículo 34.b) del TRLAC, al haber incurrido en el incumplimiento de las normas de auditoría susceptible de tener un efecto significativo sobre el resultado de su trabajo y, por consiguiente, en su informe, en relación con los trabajos de auditoría de las cuentas anuales individuales del ejercicio 2011 de la sociedad ‘‘ACS, Actividades de Construcción y Servicio, SA,’’ y de las cuentas anuales consolidadas de la entidad ‘‘ACS Actividades de Construcción y Servicio, SA, y sociedades Dependientes’’, cuyos informes de auditoría fueron emitidos el 22 de marzo 2012.

Segundo.
Imponer a la sociedad de auditoría Deloitte, SL, dos sanciones de multa por importe del 0,1 % de los honorarios facturados por la sociedad por actividad de auditoría de cuentas en el último ejercicio cerrado con anterioridad a la imposición de las sanciones, multas que no puede ser inferior a 12.000 euros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36.6 del TRLAC, por lo que cada multa ascendería a 133.630 euros (267.260 euros).

Tercero.
Imponer al socio auditor D. Javier Parada Pardo dos sanciones de multa por importe de 3.000 euros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36.7 del TRLAC (6.000 euros).

Cuarto.
A tenor de lo establecido en el apartado 37.3 del TRLAC la imposición de dicha sanción llevaría además aparejada su incompatibilidad de los auditores con respecto a las cuentas anuales de la sociedad ACS, Actividades de Construcción y Servicio, SA, correspondientes a los tres primeros ejercicios que se inicien con posterioridad a la fecha en que la sanción adquiere firmeza en vía administrativa.»

La resolución que impone las sanciones indicadas únicamente es firme en vía administrativa, sin perjuicio de las potestades de revisión jurisdiccional que corresponden a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, competente para conocer de los recursos que, en su caso, se hayan interpuesto o pudieran interponerse.

Madrid, 25 de abril de 2018.–El Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, Enrique Rubio Herrera.

martes, 12 de junio de 2018

DiarioFinanciero.com: Las auditoras Deloitte y KPMG defienden sus posiciones frente a los casos del Popular y de Bankia

DiarioFinanciero - junio 12, 2018

El presidente de Deloitte, Fernando Ruiz, subrayó este martes que la Junta Única de Resolución (JUR) no acordó la resolución del Banco Popular y su venta al Santander, en junio del año pasado, basado en un informe de la firma auditora.

“La JUR no toma su decisión por un informe de Deloitte”, indicó durante su comparecencia en la comisión del Congreso de los Diputados que investiga la crisis financiera.

Así, afirmó que la JUR impulsa la resolución del Popular “en función de la información que tiene de diferentes fuentes”. La ley establece, agregó, que una vez que la Junta Única de Resolución toma esta decisión necesita un informe de valoración para decidir el concreto instrumento de solución a adoptar.

En este sentido, dijo que unas semanas antes de la intervención, quizá porque “intuía que podía haber algún problemas” en el Popular, la JUR contactó con Deloitte en Bélgica.

Además, Ruiz señaló que “nunca hemos auditado el Banco Popular y dejamos de auditar al Santander en 2016”. También aseveró que “no asesoramos en nada” al Santander con respecto al Popular en ningún momento, ni a esta última entidad con respecto a su futuro, por ejemplo en la etapa de Emilio Saracho como presidente.

Deloitte no ha trabajado con Santander ni Popular en “nada que tenga ver con este tema” y los trabajos que se hayan podido realizar “son absolutamente independientes, los equipos son diferentes y no tiene nada que ver”, aseguró.

Respecto al contenido del informe de valoración de Deloitte sobre el Popular y el hecho de que JUR no quiera hacer pública parte del mismo, el presidente de la auditora expuso que la firma “no puede desvelar” nada porque incumpliría los compromisos de confidencialidad. “Personalmente, no he leído el informe que se emitió”, agregó.

CASO BANKIA

Por otra parte, Ruiz indicó que “sólo hicimos la auditoría de las cuentas trimestrales” de Bankia de cara a su salida Bolsa. En este sentido, recordó que se trataba de una situación novedosa, ya que se trataba de una entidad nueva que no tenía cuentas de un ejercicio completo.

De esta manera, explicó que “no participamos en la decisión de la salida a Bolsa, ni en la elaboración del folleto, no revisamos el folleto, no participamos en la fijación del precio, que compete a los colocadores y bancos de inversión; ni en el proceso de comercialización de acciones”.

Preguntado por la reformulación de las cuentas de Bankia tras su intervención, expuso que las que la entidad presentó a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) antes de la nacionalización y que iban sin un informe del auditor, “nunca se nos facilitaron las cuentas firmadas por los administradores para que las auditáramos y emitiéramos un informe”.

Sobre las ‘tarjetas black’, señaló que “se contabilizaron en cuentas de errores por descuadre” en la contabilidad de Bankia, “no como remuneraciones”. “Estaban escondidas, y con la magnitud de cifras de la entidad no se ve, por una cuestión de materialidad. No lo vimos y no teníamos ni idea”, reconoció.

Ruiz explicó que “la auditoria no puede ser más que aquello que marca la ley” y el auditor sólo se pronuncia acorde con lo que la ley le pide”. Así, expuso que los auditores “revisan las cuentas pero no la gestión de los administradores”, para agregar que “no juzgan las estrategias de negocios” de las sociedades.

Durante la crisis, defendió que sí presentaron auditorias con salvedades de entidades financieras, como el caso de CajaSur. “Hemos hecho nuestro trabajo con honestidad e intentado hacerlo bien; no he venido a decir que somos infalibles”, comentó.

NECESIDAD DE REGULAR A LAS ‘FINTECHS’

El presidente de Deloitte aprovechó para apuntar la necesidad de una regulación de las ‘fintech’ o de criptomonedas como el ‘bitcoin’, ya que “como no se le ponga coto estaremos ante un nuevo problemas de personas que han invertido y perdido sus ahorros” en no mucho tiempo.

Según Ruiz, las nuevas tecnologías aplicadas al sector financiero no están controladas y hay que actuar en este campo.

POSICIÓN DE KPMG

Por su parte John Scott, expresidente de KPMG, defendió este martes el trabajo “riguroso” y “conforme la normativa vigente” en auditoría realizado por la firma en las entidades financieras.

“Hacer una auditoría es muy complejo”, aseguró durante su comparecencia en la comisión del Congreso de los Diputados que investiga la crisis financiera. “El proceso no es una cosa que se hace en cuatro semanas a final del año”, señaló, para agregar que en entidades “grandes” como los bancos hay un trabajo “constante y continuo mirando las cosas”.

En concreto, sobre Bankia señaló que KPMG “nunca” ha sido auditor de Bankia ni participó “con ningún trabajo” en el proceso de salida a Bolsa de la entidad en julio de 2011.

“Los únicos trabajos han sido encargados por el equipo actual de Bankia, el Frob o por diligencias en algún proceso judicial, donde el juez le ha pedido trabajos como perito independiente”, señaló.

En cuanto a la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM), Scott explicó que KPMG fue auditor de la entidad hasta 2011 y que considera que los informes de auditoría emitidos eran “correctos en su momento” con la información disponible. Lo que sí paso, expuso, es que hubo opciones de compra de titulizaciones en 2010 que fueron ocultados a KPMG y al Banco de España.

Respecto a Banco Popular, el expresidente de KPMG dijo que la firma “ni es ni ha sido auditor” de esta entidad, aunque sí hizo un informe en el segundo semestre de 2016 tras la ampliación de capital llevada a cabo en el verano de ese año. “Era un informe sobre metodología y no hubo ningún tipo de validación de la información financiera”, aclaró.

viernes, 1 de junio de 2018

MACUAL: Auditoría de las Áreas de Trabajo, David Trujillo Ferreras (01.06.2018)

Sesión a cargo de David Trujillo Ferreras, Auditor de Cuentas, Licenciado en Administración y Dirección de Empresas (Universidad Autónoma de Madrid), Experto en Contabilidad y Auditoría (Universidad de Alcalá de Henares), miembro del Comité de Normas y Procedimientos del Registro
de Economistas Auditores (REA+REGA) del Consejo General de Economistas de España, encargado de la sección de Auditoría del Ilustre Colegio Central de Titulares Mercantiles y Empresariales de Madrid, socio en Alesco Partners SLP.