viernes, 30 de septiembre de 2022

ICAC: Requisitos de acceso a la profesión de auditoría en Estado Miembros de la Unión Europea: Alemania, Bélgica, España, Francia, Italia, Irlanda y Portugal | ICAC

Requisitos de acceso a la profesión de auditoría en Estado Miembros de la Unión Europea: Alemania, Bélgica, España, Francia, Italia, Irlanda y Portugal | ICAC
 
Fecha de publicación: 2023
ISSN:
Materias: Auditoría
Soporte:
Páginas: 84
Descripción / Índice:
Enlace:  https://www.icac.gob.es/sites/default/files/2023-01/ICAC%20%20Requisitos%20de%20acceso%20a%20la%20profesi%C3%B3n_acccesible.pdf

ICAC: Estudio comparativo de los honorarios de auditoría, en España y países más relevantes de la Unión Europea

Estudio comparativo de los honorarios de auditoría, en España y países más relevantes de la Unión Europea | ICAC
 
Fecha de publicación: 2023
ISSN:
Materias: Auditoría
Soporte:
Páginas: 70
Descripción / Índice:

jueves, 29 de septiembre de 2022

Economistas Contables (CGE): Deber de informar Periodo Medio de Pago a Proveedores. Ley de creación y crecimiento de empresas

Deber de informar Periodo Medio de Pago a Proveedores. Ley de creación y crecimiento de empresas

Nota de aviso -29 de septiembre de 2022-

Apreciados/as compañeros/as:

Tal como os venimos informando, a través de anteriores notas de aviso ver nota del pasado 28 de julio del 2021 sobre el resumen del anteproyecto; y la nota del pasado 13 de octubre con el Dictamen del CES, estaba pendiente aprobación definitiva la Ley de creación y crecimiento de empresas, la cual ha sido publicada en el BOE de hoy (ver aquí). Esta Ley, así como otra normativa relacionada, ha sido seguida desde el Consejo General de Economistas de España y se han presentado propuestas de enmiendas en audiencia pública, así como en el Congreso y en el Senado. Puedes consultar la Nota de Aviso remitida esta mañana con el resumen pinchando aquí.

Pues bien, una de las medidas que destacamos es la referente al deber de informar sobre el periodo medio de pago a proveedores, recogida en la Disposición Adicional Tercera, que por su interés reproducimos literalmente a continuación:
  1. Todas las sociedades mercantiles incluirán de forma expresa en la memoria de sus cuentas anuales su período medio de pago a proveedores;
  2. Las sociedades mercantiles cotizadas publicarán en su página web su periodo medio de pago a proveedores, el volumen monetario y número de facturas pagadas en un periodo inferior al máximo establecido en la normativa de morosidad y el porcentaje que suponen sobre el número total de facturas y sobre el total monetario de los pagos a sus proveedores. Esta información se incluirá en
    la memoria de sus cuentas anuales;
  3. Las sociedades mercantiles que no sean cotizadas y no presenten cuentas anuales abreviadas publicarán su periodo medio de pago a proveedores, el volumen monetario y número de facturas pagadas en un periodo inferior al máximo establecido en la normativa de morosidad y el porcentaje que suponen sobre el número total de facturas y sobre el total monetario de los pagos a sus proveedores en su página web, si la tienen. Esta información se incluirá en la memoria de sus cuentas anuales;
  4. El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, mediante resolución, indicará las adaptaciones que resulten necesarias, de acuerdo con lo previsto en esta ley, para que las sociedades mercantiles no encuadradas en el artículo 2.1 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, apliquen adecuadamente la metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores determinada por el Ministerio de Hacienda y Función Pública. Dicha resolución requerirá informe previo a su aprobación por parte del Ministerio de Hacienda y Función Pública".

La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el BOE.

Esperando que esta información os sea de interés, aprovechamos la ocasión para enviaros un cordial saludo,

miércoles, 28 de septiembre de 2022

Banco de España: Recursos didácticos en los libros de matemáticas y contabilidad de los siglos XVI y XVII (Repositorio Institucional)

Repositorio Institucional: Recursos didácticos en los libros de matemáticas y contabilidad de los siglos XVI y XVII

 
Fecha de publicació:17-ene-2022
 
Descripción física 1 p.
 
Resumen
Infografía sobre el uso de los tratados y manuales de matemáticas y contabilidad como instrumentos para la formación práctica en esas materias durante los siglos XVI y XVII.
 
Materias
 
Aparece en las colecciones:
Infografías

martes, 27 de septiembre de 2022

ASEPUC: Webinar "Dirección y desarrollo de TFG y TFM en Contabilidad" (27/09/2022) (Youtube)

ASEPUC - Webinar sonre "Dirección y desarrollo de TFG y TFM en Contabilidad" (27/09/2022) - YouTube

 

5º Webinar de la Red de “Docencia en Contabilidad”, sobre TFG y TFM.

Título: Dirección y desarrollo de TFG y TFM en Contabilidad: dificultades, retos y oportunidades
Fecha: Martes, 27 de septiembre
Hora: De 11:30 a 13:00 horas (zona horaria Madrid, España)

Ponentes:

  • Ana Licerán Gutiérrez. Profesora Ayudante Doctor. Universidad de Jaén
  • Adolfo Millán Aguilar. Catedrático de Escuela Universitaria. Universidad Complutense de Madrid
  • Nieves Gómez Aguilar. Profesora Titular de Universidad. Universidad de Cádiz
  • Francisco Serrano Domínguez. Profesor Titular de Universidad. Universidad de Sevilla
Moderador:
  • Javier Montoya del Corte. Profesor Titular de Universidad. Universidad de Cantabria

Desarrollo de la sesión:
11:30-11:35 h. Bienvenida y presentación de ponentes
11:35-11:50 h. Intervención de Ana Licerán Gutiérrez
11:50-12:05 h. Intervención de Adolfo Millán Aguilar
12:05-12:20 h. Intervención de Nieves Gómez Aguilar
12:20-12:35 h. Intervención de Francisco Serrano Domínguez
12:35-13:00 h. Debate con los asistentes y despedida

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lunes, 26 de septiembre de 2022

elDerecho.com: Economistas auditores alertan del descenso en la incorporación de nuevos profesionales al sector

26-09-2022 ElDerecho.com
El Registro de Economistas Auditores (REA), en coordinación con el Consejo Andaluz de Colegios de Economistas y el Colegio de Economistas de Sevilla, ha celebrado, bajo el lema “Las pymes de auditoría apuestan por el relevo generacional”, el X Foro de Pequeños Despachos de Auditores. 

Esta décima edición del Foro se ha centrado en la apuesta de las pymes de auditoría por el relevo generacional, necesario para hacer frente a los nuevos retos que plantea esta actividad profesional, entre otros, la Directiva de Sostenibilidad –cuya aprobación está prevista en los próximos meses–, las nuevas normas de gestión de la calidad y la digitalización de los despachos. En cuanto al relevo generacional, según se ha puesto de manifiesto en el transcurso del Foro, es significativo el descenso de aspirantes presentados al examen de acceso al Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), un 70% menos de 2011 a 2021 –de 1.905 en 2011 a 575 en 2021–. Por ello, los economistas auditores han hecho hincapié en la retención y la captación por parte las pequeñas y medianas firmas de auditoría del talento existente, así como en la necesidad de fomentar una mayor incorporación de nuevos aspirantes a esta actividad profesional, lo que constituye un elemento clave para dinamizar el mercado de la auditoría. Un relevo generacional que, para los economistas auditores, va de la mano de las nuevas propuestas normativas en materia de sostenibilidad.

Durante su intervención en el acto de clausura, el presidente del Consejo General de Economistas de España, Valentín Pich, ha incidido en la importancia de las pymes de auditoría por ser, en su mayoría, las auditoras de la pequeña y mediana empresa en nuestro país y en Europa –las pymes en Europa suponen el 99,8% de todas las empresas y aportan alrededor del 65% del empleo total de la UE–, un hecho que para el presidente de los economistas cobra especial significación si se tiene en cuenta el incremento en España, año tras año, de las auditorías voluntarias, muchas de las cuales corresponden a pymes –más de la cuarta parte de las auditorías realizadas en 2021 fueron voluntarias, un 28%–.

Asimismo, Valentín Pich se ha referido a la directiva de sostenibilidad –que previsiblemente se aprobará en los próximos meses– manifestando que “el mercado es cada vez más exigente en materia de sostenibilidad y las pymes de auditoría no pueden abstraerse de esta realidad, siendo totalmente necesario apostar por más incentivos para que las pequeñas y medianas empresas incrementen la elaboración de información en materia de sostenibilidad, lo que sin duda será bueno para todo el conjunto de nuestra economía”. “Entendemos que la directiva debería regirse necesariamente por la proporcionalidad –en función del tamaño de la empresa– a la hora de requerir información, y tomar en consideración las especificidades de las pymes que se encuentran en la cadena de suministros de una empresa de gran dimensión”, ha concluido Pich.

Por su parte, el presidente del REA, Emilio Álvarez, ha subrayado durante la clausura que el objetivo principal de esta décima edición del Foro de pequeños despachos de auditores es analizar la apuesta de las pymes de auditoría por el relevo generacional y todos aquellos aspectos que redunden en fomentar la captación y retención del talento, así como el papel de los auditores de cuentas en la revisión de los informes de información no financiera o de sostenibilidad. Asimismo, según ha manifestado Álvarez, “uno de los aspectos principales analizados en el foro, y que el REA apoya decididamente, es el proyecto europeo de una nueva normativa de auditoría específica para las entidades menos complejas, que son la gran mayoría de nuestro país y en el resto de Europa, porque entendemos que mejoraría la eficacia y el resultado de las auditorías”. Por último, el representante de los economistas auditores ha destacado la importancia de las nuevas Normas de la Gestión de la Calidad que obligará a los profesionales de la auditoría a una adaptación, en muchos casos compleja. Por este motivo, según ha informado, “el REA está desarrollando un intensivo plan de formación y asistencia técnica, dirigido especialmente a los pequeños despachos, y que guarda una estrecha relación con la transformación digital “.

viernes, 23 de septiembre de 2022

elMundoFinanciero.com: Los economistas auditores alertan del descenso en la incorporación de nuevos profesionales al sector

X FORO DE PEQUEÑOS DESPACHOS DE AUDITORES
Es significativo el descenso de aspirantes presentados al examen de acceso al Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), un 70% menos de 2011 a 2021 de 1.905 en 2011 a 575 en 2021
By Redacción -  viernes 23 de septiembre de 2022, 11:06h
 

En su intervención, el presidente del Consejo General de Economistas de España, Valentín Pich, ha subrayado que “el mercado es cada vez más exigente en materia de sostenibilidad, y las pymes de auditoría no pueden abstraerse de esta realidad, siendo totalmente necesario apostar por más incentivos para que las pequeñas y medianas empresas incrementen la elaboración de información en materia de sostenibilidad, lo que sin duda será bueno para todo el conjunto de nuestra economía” Para el presidente del Registro de Economistas Auditores (REA), Emilio Álvarez, “uno de los aspectos principales analizados en el foro, y que el REA apoya decididamente, es el proyecto europeo de una nueva normativa de auditoría específica para las entidades menos complejas, que son la gran mayoría de nuestro país y en el resto de Europa, porque entendemos que mejoraría la eficacia y el resultado de las auditorías”.

El Registro de Economistas Auditores (REA) órgano especializado del Consejo General de Economistas en materia de auditoría–, en coordinación con el Consejo Andaluz de Colegios de Economistas y el Colegio de Economistas de Sevilla, ha celebrado ayer y hoy bajo el lema “Las pymes de auditoría apuestan por el relevo generacional” el X Foro de Pequeños Despachos de Auditores en formato mixto (presencial y online)– que ha convocado por estas dos vías a cerca de 500 profesionales. Participaron en la inauguración la viceconsejera de Hacienda y Fondos Europeos de la Junta de Andalucía, Amelia Martínez; el presidente del REA, Emilio Álvarez; el presidente del Consejo Andaluz de Colegios de Economistas, Francisco Tato; la decana del Colegio de Economistas de Almería y coordinadora del Foro, Ana María Moreno, y Manuel Orta, miembro del Comité de Normas y Procedimientos del REA. El acto de clausura, celebrado hoy, ha contado con las intervenciones del presidente del Consejo General de Economistas de España, Valentín Pich, y del presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Santiago Durán Domínguez.

Esta décima edición del Foro se ha centrado en la apuesta de las pymes de auditoría por el relevo generacional, necesario para hacer frente a los nuevos retos que plantea esta actividad profesional, entre otros, la Directiva de Sostenibilidad cuya aprobación está prevista en los próximos meses, las nuevas normas de gestión de la calidad y la digitalización de los despachos. En cuanto al relevo generacional, según se ha puesto de manifiesto en el transcurso del Foro, es significativo el descenso de aspirantes presentados al examen de acceso al Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC), un 70% menos de 2011 a 2021 de 1.905 en 2011 a 575 en 2021. Por ello, los economistas auditores han hecho hincapié en la retención y la captación por parte las pequeñas y medianas firmas de auditoría del talento existente, así como en la necesidad de fomentar una mayor incorporación de nuevos aspirantes a esta actividad profesional, lo que constituye un elemento clave para dinamizar el mercado de la auditoría. Un relevo generacional que, para los economistas auditores, va de la mano de las nuevas propuestas normativas en materia de sostenibilidad.

Durante su intervención en el acto de clausura, el presidente del Consejo General de Economistas de España, Valentín Pich, ha incidido en la importancia de las pymes de auditoría por ser, en su mayoría, las auditoras de la pequeña y mediana empresa en nuestro país y en Europa las pymes en Europa suponen el 99,8% de todas las empresas y aportan alrededor del 65% del empleo total de la UE, un hecho que para el presidente de los economistas cobra especial significación si se tiene en cuenta el incremento en España, año tras año, de las auditorías voluntarias, muchas de las cuales corresponden a pymes –más de la cuarta parte de las auditorías realizadas en 2021 fueron voluntarias, un 28%. Asimismo, Valentín Pich se ha referido a la directiva de sostenibilidad que previsiblemente se aprobará en los próximos meses manifestando que “el mercado es cada vez más exigente en materia de sostenibilidad y las pymes de auditoría no pueden abstraerse de esta realidad, siendo totalmente necesario apostar por más incentivos para que las pequeñas y medianas empresas incrementen la elaboración de información en materia de sostenibilidad, lo que sin duda será bueno para todo el conjunto de nuestra economía”. “Entendemos que la directiva debería regirse necesariamente por la proporcionalidad en función del tamaño de la empresa a la hora de requerir información, y tomar en consideración las especificidades de las pymes que se encuentran en la cadena de suministros de una empresa de gran dimensión”, ha concluido Pich.

Por su parte, el presidente del REA, Emilio Álvarez, ha subrayado durante la clausura que el objetivo principal de esta décima edición del Foro de pequeños despachos de auditores es analizar la apuesta de las pymes de auditoría por el relevo generacional y todos aquellos aspectos que redunden en fomentar la captación y retención del talento, así como el papel de los auditores de cuentas en la revisión de los informes de información no financiera o de sostenibilidad. Asimismo, según ha manifestado Álvarez, “uno de los aspectos principales analizados en el foro, y que el REA apoya decididamente, es el proyecto europeo de una nueva normativa de auditoría específica para las entidades menos complejas, que son la gran mayoría de nuestro país y en el resto de Europa, porque entendemos que mejoraría la eficacia y el resultado de las auditorías”. Por último, el representante de los economistas auditores ha destacado la importancia de las nuevas Normas de la Gestión de la Calidad que obligará a los profesionales de la auditoría a una adaptación, en muchos casos compleja. Por este motivo, según ha informado, “el REA está desarrollando un intensivo plan de formación y asistencia técnica, dirigido especialmente a los pequeños despachos, y que guarda una estrecha relación con la transformación digital “.

miércoles, 21 de septiembre de 2022

CapitalRadio.es: ¿Qué implica que una compañía esté en preconcurso de acreedores?

Isaías González, socio del área concursal de Vento Abogados y profesor del Departamento de Economía Financiera y Contabilidad de la Universidad de A Coruña, lo explica en Mercado Abierto 
21/09/2022 18:46

El preconcurso de acreedores es un proceso de refinanciación de deudas en la que se entra en fase de negociación con agentes financieros. Es decir, un cambio más favorable en los términos de la deuda de los que existían hasta la fecha.

"En el caso de Ezentis se presenta antes de la entrada en vigor el próximo martes de la reforma concursal, por lo que no podrá aprovechar los cambios que se produzcan y se regirá por el modelo actual", señala Isaías González, socio del área concursal de Vento Abogados y profesor del Departamento de Economía Financiera y Contabilidad de la Universidad de A Coruña

A partir de este momento, el preconcurso de acreedores pasa a ser un trámite en el que intervienen todos los acreedores con el deudor para la reestructuración de deuda.

¿Qué implica que una compañía esté en preconcurso de acreedores?

Isaías González, socio del área concursal de Vento Abogados y profesor del Departamento de Economía Financiera y Contabilidad de la Universidad de A Coruña, lo explica en Mercado Abierto

 

La reforma concursal permitirá ampliar el plazo hasta seis meses

Los plazos cambian. A partir de su entrada en vigor, la duración de preconcurso de 3 meses podrá ser ampliado a seis "si hay indicios de que va a llegar a buen término", explica Isaías González.

En la actualidad, una empresa puede recurrir al preconcurso de acreedores es si se dan algunos de los tres escenarios:

  • Insolvencia económica hasta dos años antes
  • Insolvencia inminente
  • Insolvencia actual

En el caso de los trabajadores lo primero que genera es una situación de inquietud.

"El preconcurso lo que trata de garantizar es la viabilidad de los negocios de la empresa y de su empleo, no de la sociedad, por lo que no debería afectar al trabajador", señala el socio del área concursal de Vento Abogados.

El problema viene cuando el gestor llega tarde, con un bajo flujo de caja y se empiezan a producir los impagos.

A partir de la reforma concursal, los acreedores también tendrán que negociar con los trabajadores e, incluso, podrán votar a favor o en contra del plan de reestructuración.

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elEconomista.es: ¿Existe responsabilidad penal en un concurso de acreedores?

Diego Cabezuela - 21/09/2022 - 11:26

Sí y no. Naturalmente, y como en cualquier ámbito de la actividad empresarial, en un concurso de acreedores pueden aparecer hechos delictivos, pero no tiene por qué ser así.

El concurso de acreedores de una entidad entraña una grave lesión económica para sus acreedores. Aunque la finalidad, confesada, de la Ley Concursal, sea posibilitar que las empresas en crisis, la superen y continúen operando en el mercado, la realidad es muy diferente. La inmensa mayoría de los concursos terminan en liquidación y los acreedores —al menos los acreedores ordinarios— pierden todos o casi todos sus créditos. En el mundo empresarial real, un crédito contra un deudor en concurso es sinónimo de fallido, vale cero. En muchos casos, pequeñas empresas que pierden un crédito importante por el concurso de su principal cliente se ven abocadas, a su vez, a la ruina y al cierre. La magnitud de este daño colectivo que expande un concurso, explica que el legislador analice con lupa sus causas y circunstancias y que sancione, mercantil o penalmente, las conductas de quienes abusan de ellos.

Lógicamente, en la mayoría de los casos, los empresarios abocados al concurso de acreedores, lo son por causas fortuitas, derivadas de contingencias del mercado, cambios tecnológicos, aparición de competidores poderosos etc. Qué decir del vendaval terrible que supuso la llegada de la pandemia y de los miles de empresas que desaparecieron con ella. Son casos en que nada cabe reprochar, y menos desde el punto de vista penal, a los empresarios que han caído en el infortunio y perdido sus empresas. 

Pero no siempre es así. Es un hecho que, cuando la crisis empresarial se otea en el horizonte, hay empresarios, —bastantes—, que sienten la tentación de jugar sucio. Por ejemplo, falseando las cuentas para disfrazar lo que se avecina. Sacando bienes de la entidad o entregándolos a terceros de su confianza para mantener su control "el día después" de la presentación del concurso. Favorecer a acreedores amigos o familiares. Aumentar las compras a crédito a proveedores desprevenidos, sabiendo, naturalmente, que no van a pagarlas. Un interminable inventario de modalidades de fraude, que están a la orden del día.

Hasta 1995, todo procedimiento mercantil de los, entonces, denominados de quiebra, que se calificase de culpable o fraudulenta, suponía la apertura automática de un proceso penal contra los responsables. Para esta calificación se partía de un listado de conductas, los denominados "actos de bancarrota" identificados en la legislación mercantil, y que suponían actos de fraude, de ocultación de bienes por parte del quebrado, o irregularidades relacionadas con su documentación o su contabilidad. Si uno o más de estos actos se acreditaba, se procedía penalmente. Este sistema de lista, pese a ser generalmente denostado como formalista y formar parte de un sistema arcaico y anclado en el siglo XIX, suponía, en sí mismo, una referencia razonablemente segura en cuanto a las conductas a sancionar, porque no era imaginable que un empresario que incurriese en cualquiera de ellas, estuviera haciendo otra cosa que provocar/agravar su propia quiebra o defraudar las expectativas de sus acreedores.

Sin embargo, el Código Penal de 1995 rompió amarras con este sistema, optando por un diseño nuevo y bienintencionado, pero que se reveló poco práctico. Eliminó la fórmula de lista y decidió castigar, genéricamente, a aquéllos que hubieran causado o agravado dolosamente la crisis empresarial, sin dar más explicaciones y sin ligarlo a actos concretos de fraude. Sobre el papel, parecía una fórmula moderna, ponderada, alejada de cualquier formalismo y que daba un amplio e interesante margen de apreciación a los jueces penales. Pero el hecho es que el sistema no funcionó. Los procedimientos fueron escasos, las sentencias poco claras y las dificultades con que se toparon los acreedores que se sentían defraudados y acudían legítimamente a la Jurisdicción Penal para hacer valer sus derechos, excesivas e injustas.

Como a veces es cierto que "cualquier tiempo pasado fue mejor", la reforma del Código Penal de 2015 decidió recuperar el sistema de lista al estructurar el actual delito de Insolvencia Punible, actualizando, poniendo en limpio e incorporando al Código penal los antiguos "actos de bancarrota". Fue una buena elección y una buena noticia para los amantes de la seguridad jurídica.

En realidad, el sistema de lista nada tiene de formalista, si se materializa en una relación de conductas claramente definidas y cuya aparición en un concurso, no deje dudas sobre su influencia inequívoca en la propia creación/agravación de la insolvencia, en el daño causado a los acreedores, o en la creación de situaciones de opacidad documental, que priven al Juzgado conocer la situación económica de la entidad concursada Son actos como ocultar bienes, realizar disposiciones injustificadas de dinero o activos, simular créditos ficticios, llevar doble contabilidad, alterar o destruir documentación empresarial, etc.

¿Cuál de estos actos, cometido en un contexto de crisis empresarial, podría quedar impune?

Empresarios, acreedores, deudores, jueces, fiscales y abogados contamos ahora con una referencia más segura, para saber dónde empieza y dónde acaba la responsabilidad penal en los concursos.

Diego Cabezuela Sancho, presidente de la World Compliance Association y socio de Círculo Legal Madrid.

sábado, 17 de septiembre de 2022

ValenciaPlaza.com: Kelme plantea un convenio con quita del 65% sobre la deuda de 15 millones y espera... para Hacienda

La firma negocia para priorizar a su socio chino, máximo acreedor  
17/09/2022 - 

ALICANTE. La firma heredera de la histórica empresa de calzado y equipación deportiva Kelme, New Millennium Sports, avanza hacia el momento crítico del concurso de acreedores al que se acogió en octubre de 2021, hace prácticamente un año. Tras meses de negociaciones, el administrador concursal de la empresa, el despacho ilicitano Galsan Consultores, ha confeccionado un convenio de acreedores que consideran que puede garantizar la continuidad de la empresa. Pero para ello necesitarán la complicidad de acreedores tan 'duros' como Hacienda.

La cuestión es que, si bien New Millennium Sports pidió el concurso para evitar la ejecución de una sentencia de 3,2 millones de euros (tras perder un pleito por incumplimiento de contrato con un distribuidor), la deuda aflorada durante el proceso se eleva a 15 millones de euros, la mitad de ellos con su principal accionista, el holding chino Yuanxiang, que ya tuvo que capitalizar la deuda de la firma española en 2019 al no poder afrontarla. Y la propuesta para salvar al heredero de la Kelme original, que ya sucumbió a una deuda imposible de afrontar, pasa porque sea el socio chino quien cobre primero.

Es decir, que los acreedores privilegiados renuncien a ese privilegio y esperen a cobrar una vez que New Millennium Sports se ponga al día con su distribuidor asiático y ahora máximo accionista. Entre ellos, como se ha dicho, figuran Hacienda y la Seguridad Social, que son (junto a aquellos que tengan garantías hipotecarias) los primeros que cobran en un concurso, tanto si la empresa se liquida como si se aprueba un convenio. 

No solo eso. La segunda complicación para sacar adelante el convenio es que plantea una quita del 65%, lo que supone su consideración como gravoso y por tanto eleva las exigencias de cumplimiento del convenio. Es decir, una vez aprobado, cualquier incumplimiento de New Millennium Sports permitiría a esos acreedores que hubieran renunciado a su privilegio para permitir la aprobación instar la liquidación para intentar recuperar parte de su crédito. En todo caso, este escenario debe ser primero refrendado en la junta de acreedores que convoque el juzgado.

 Tienda de Kelme en Elche, junto a su antigua sede, hoy un centro de negocios
Tienda de Kelme en Elche, junto a su antigua sede, hoy un centro de negocios

La convocatoria, en este sentido, podría ser inminente, para determinar si New Millennium Sports sale adelante (al menos temporalmente) o acaba en liquidación siguiendo el camino de la Kelme original. En todo caso, la propiedad intelectual de la marca está fuera del concurso y, en principio, su continuidad en manos del nuevo propietario estaría garantizada. Y siempre existe la posibilidad, aún en el peor escenario, de conseguir que un inversor compre la unidad productiva en la liquidación. El objetivo del administrador, así, no es solo salvaguardar la continuidad de Kelme, sino la veintena de empleos que sostiene en Elche y la responsabilidad de los administradores.

Activo de 19 millones

En 2020, New Millennium Sport tenía un activo valorado en 19 millones de euros, según sus últimas cuentas anuales, aunque 12 de esos millones se correspondían con el activo no corriente y, especialmente, con el fondo de comercio y el activo por impuestos en diferido. En el pasivo figuraban 16 millones de euros a corto plazo. El distribuidor de Kelme facturó 3,1 millones de euros el último ejercicio antes de declararse en concurso, menos de la mitad que antes de la pandemia (6,8 millones) y perdió 1,8 millones, según las cuentas.

La firma histórica de artículos deportivos fundada en Elche tuvo que ser rescatada en 2008 por la Generalitat, que impulsó un fondo de capital riesgo, Tirant, junto al grupo catalán Riva y García. Con la retirada del IVF de la empresa y la entrada de su socio chino (inicialmente, su distribuidor en la región) con el 80%, la empresa ha pasado a estar controlada por Jianxiang con Riva y García como socio minoritario.

martes, 13 de septiembre de 2022

CincoDías.com: Independencia y juicio profesional, así son las incompatibilidades del auditor

El plan de escisión de EY reabre el debate sobre las restricciones. La legislación puede variar según los países y la firma auditada
Madrid 13 SEP 2022 - 06:29 CEST

El inicio oficial del plan de escisión de los negocios de auditoría y consultoría del gigante EY, corroborado la semana pasada por la big four, ha vuelto a reabrir el debate sobre si está o no suficientemente regulado el régimen de incompatibilidades al que se somenten las auditoras en todo el mundo.

De hecho, entre las causas que se han barajado para explicar ese proyecto de reconversión del gigante de la consultoría se encuentra la supuesta presión que siguen ejerciendo los reguladores británicos y estadounidenses para que no quepa la menor duda de que las líneas rojas que separan ambos negocios son inquebrantables.

La Ley de Auditoría española es clara: “En la realización de cualquier trabajo de auditoría de cuentas, el auditor deberá actuar con escepticismo y aplicar su juicio profesional en los términos previstos en esta sección y el resto de normativa reguladora de la actividad de auditoría de cuentas”.

Ese escepticismo profesional se refiere a una actitud que implica mantener siempre una mente inquisitiva y especial alerta ante cualquier circunstancia que pueda indicar una posible incorrección en las cuentas anuales auditadas, debida a error o fraude. Además, entiende que obliga al auditor a examinar de forma crítica las conclusiones de auditoría.

Situaciones personales

Al apelar al juicio profesional, la norma se refiere a la aplicación competente, adecuada y congruente con las circunstancias que concurran, de la formación práctica, el conocimiento y la experiencia del auditor de cuentas de conformidad con las normas de auditoría.

Pero si hay una cualidad que se exige y valora por encima de todas es la independencia del auditor. Así, las sociedades de auditoría deberán abstenerse de actuar cuando su independencia en relación con la revisión y verificación de las cuentas anuales, los estados financieros u otros documentos contables se vea comprometida.

La regulación también es muy restrictiva en cuanto a las situaciones personales que pueden ser causa de incompatibilidad. De manera general, no podrán participar ni influir, de ninguna manera en el resultado del trabajo de auditoría de cuentas de una entidad aquellas personas que tengan una relación laboral, comercial o de otra índole con la entidad auditada, que pueda generar un conflicto de intereses o ser percibida, generalmente, como causante de un conflicto de intereses.

Además, entre las situaciones más comunes de incompatibilidad se encuentra la prestación a la entidad auditada de servicios de contabilidad o preparación de los registros contables o los estados financieros. Tampoco es aceptable la prestación de servicios de abogacía de manera simultánea para la firma auditada, salvo que esos servicios estén desempeñados por personas jurídicas distintas y con consejos de administración diferentes.

Estas restricciones se aplican al común de las empresas en España, si bien si se trata de sociedades que cotizan en Bolsa o entidades pertenecientes al sector público suelen tener sus propias especificidades.

El ‘maná’ de la consultoría

Entre los servicios que están taxativamente prohibidos ofrecer a la firma que va a ser auditada se encuentran los de diseño y puesta en práctica de procedimientos de control interno o de gestión de riesgos relacionados con la elaboración o control de la información financiera o del diseño de los sistemas informáticos de dicha información financiera. Es decir, una labor que suele ofrecer el catálogo de las consultoras.

Que las big four defiendan que tienen perfectamente separadas ambas divisiones no impide que tengan que renunciar a un buen pellizco del cada vez más boyante negocio de la consultoría, sobre todo, la vinculada al sector tecnológico y eso, de nuevo, y según fuentes del sector, explica en buena medida la escisión ahora emprendida por EY.

sábado, 10 de septiembre de 2022

theObjective.com: El Gobierno oculta quién paga los gastos del perro de Pedro Sánchez

El Gobierno oculta quién paga los gastos del perro de Pedro Sánchez
El Ejecutivo rehúsa aclarar quién se encarga de los cuidados de Turca, la perra que vive con la familia de Sánchez en el complejo presidencial 
Leo Rama - @Leopoldo_Rama - lr@theobjective.com
Publicado: 10/09/2022  •  03:30

La Secretaría General de la Presidencia del Gobierno no aclara quién paga los gastos del perro de Pedro Sánchez en Moncloa. Así se desprende de una resolución del Consejo de Transparencia ante la petición de información de un particular que solicitaba conocer algunos detalles sobre el mantenimiento de Turca, la perra de la familia de Sánchez que convive con el presidente en el complejo presidencial.
 

viernes, 9 de septiembre de 2022

laRepública.co: Los jefes de EY aprueban la ruptura radical de la firma Big Four, 13.000 socios votarán

Los jefes de EY aprueban la ruptura radical de la firma Big Four, 13.000 socios votarán

viernes, 9 de septiembre de 2022 

Diario Financiero - Santiago

La decisión, que remodelaría la industria de la contabilidad, sigue a un verano de retrasos y desacuerdos internos sobre cómo debería funcionar una división, ya que EY apunta a una cotización en bolsa de su brazo asesor a fines del próximo año.

Al igual que sus cuatro grandes rivales (Deloitte, KPMG y PwC), EY es una red de firmas miembro nacionales en unos 150 países. Los líderes de los 15 miembros más grandes de EY, que representan alrededor del 80% de sus ingresos anuales de US$ 45 mil millones, fueron "unánimes" al querer dividir la división en votos de los socios, dijo Carmine Di Sibio, presidente global y director ejecutivo de EY.

Los líderes de la firma de 312.000 personas están apostando a que los brazos de auditoría y asesoría pueden crecer más rápido como negocios separados sin restricciones por conflictos de intereses que impiden que sus consultores trabajen con clientes de auditoría. La división daría a los clientes “más opciones”, dijo Di Sibio.

Según el plan, el negocio centrado en la auditoría de EY con ingresos de alrededor de US$ 18 mil millones permanecería en la estructura de asociación existente. Un negocio de asesoría separado y más grande se convertiría en una empresa independiente, con una participación de hasta el 15%vendida a inversionistas externos.

El plan de EY supone un crecimiento agresivo de los ingresos en ambos negocios: hasta un 7% anual en el negocio dirigido por auditorías y un 18% en la empresa de asesoría, según personas familiarizadas con el asunto.

Es probable que los socios se enfrenten a sus antiguos colegas después de la división porque el negocio de auditoría conservará algunas capacidades de asesoría y su crecimiento dependerá en parte del aumento de sus operaciones de consultoría.

A los socios de EY, a quienes se les prometió grandes pagos si ocurre la ruptura, ahora se les pedirá que voten país por país si respaldan el acuerdo entre noviembre y enero antes de una votación final de la junta directiva global de la empresa y la ratificación por parte de su consejo de gobierno.

Di Sibio se negó a decir si confiaba en ganar el respaldo de los socios. “[Nuestros] líderes no presentarían esto a menos que pensáramos que era lo correcto”, dijo.

Las operaciones chinas de EY han sido excluidas del acuerdo, lo que significa que los consultores del país seguirán vinculados al negocio de auditoría de la firma.

“El único país de los 15 principales en el que tendremos que trabajar más es China”, dijo Di Sibio. EY no logró diseñar una estructura de acuerdo considerada satisfactoria por los reguladores chinos.

Tanto los consultores como los auditores de cualquier firma miembro de EY que rechace la división permanecerán como parte de la firma de auditoría global.

Plazos
Partes de los nuevos negocios estarán sujetas a una cláusula de no competencia. “Todavía estamos debatiendo el plazo, probablemente tres años”, dijo Di Sibio.
El negocio de auditoría conservará la marca EY, mientras que el negocio de asesoría recibirá un nuevo nombre. “Eso no se ha decidido del todo, pero esa es la presunción”, dijo Di Sibio.

Si sigue adelante, la división generaría ganancias inesperadas de varios millones de dólares para la generación actual de socios, pero persisten las dudas sobre cómo la necesidad de generar rendimientos para los accionistas externos en el negocio de asesoría afectaría las perspectivas salariales y de promoción de las generaciones futuras.

A los socios consultores se les entregaría una participación del 75 por ciento del negocio de asesoría, con un valor potencial de entre siete y nueve veces su salario anual, dependiendo de la valoración final de la empresa.

Sin embargo, las acciones se otorgarían a lo largo de cinco años, vinculando efectivamente las fortunas financieras de los socios con el éxito de la nueva empresa. Mientras tanto, las ganancias de los socios en la nueva compañía se reducirían sustancialmente y se lanzaría un programa de reducción de costos.

Los socios de auditoría están configurados para recibir pagos en efectivo, modelados en dos y cuatro veces sus ganancias anuales.

Los socios de auditoría habían estado presionando por un mejor trato para contabilizar aproximadamente Us$ 10 mil millones en pasivos de pensiones no financiados y posibles pagos legales de litigios relacionados con escándalos de auditoría en compañías colapsadas como Wirecard de Alemania y NMC Health, que cotiza en el Reino Unido.

Los pagos de los auditores y las deudas del negocio de auditoría están destinados a ser cubiertos en gran parte por una venta de acciones a inversionistas externos y US$ 17 mil millones de préstamos por parte del negocio de asesoría, dijeron personas con conocimiento de los planes.

Es probable que los reguladores que necesiten firmar el acuerdo busquen garantías de que la firma de auditoría reducida será capaz de soportar grandes juicios potenciales en el futuro.

EY Global está siendo asesorado por Goldman Sachs y JPMorgan, mientras que Rothschild, Lazard y Evercore han estado asesorando a firmas miembro individuales sobre las implicaciones de una división para sus socios, según personas con conocimiento del tema. Mercer, la consultora, ha asesorado sobre cómo se deben dividir los pagos entre los socios, dijo otra persona familiarizada con el asunto.

Simpson Thacher & Bartlett y Linklaters están brindando asesoramiento legal, dijeron personas familiarizadas con el asunto. Slaughter and May asesora a EY UK.

Deloitte, KPMG y PwC han rechazado una escisión propia, pero pueden verse presionados cada vez más por sus propios socios para encontrar una estrategia que pueda igualar los pagos a corto plazo que se ofrecen en EY si la escisión sigue adelante.

jueves, 8 de septiembre de 2022

CincoDías.com: El auditor pone en duda el primer beneficio de Worten en 13 años

8 SEP 2022 - 06:44 CEST

Worten consiguió en 2021 su primer beneficio en los 13 años que lleva operando en España, con una actividad ya muy reducida después de traspasar 17 de sus tiendas a Media Markt y cerrar otras 13, para quedarse solo con una, ubicada en San Sebastián de los Reyes (Madrid), y con la venta online como pilares de su actividad.

Las cuentas de la compañía reflejan un beneficio neto de 711.000 euros, con una facturación de 95 millones, un 20% menos que en el año anterior. En ambos ejercicios las cifras ya excluyen la actividad de las tiendas traspasadas.

Sin embargo, el auditor pone en duda el resultado en su informe de auditoría, que firma con salvedades. En concreto, PWC pone dos objeciones. La primera tiene que ver con la provisión que Worten recogió en sus cuentas de 2020, por 8,6 millones, y que recogían las indemnizaciones al personal y a sus caseros por el cierre de tiendas. El auditor considera que, de esa cantidad, 6,3 millones sí cumplen con las condiciones para ser reconocidos en las cuentas de 2021, y que no se daban para recogerlas en las de 2020. "Por tanto, los epígrafes de gasto de personal y otros gastos de explotación del ejercicio 2021, se presentan en defecto". PWC ya hizo una advertencia sobre esta provisión en su informe de 2020.

La firma también cuestiona el registro, por parte de Worten, de un ingreso de 2,2 millones en concepto de impuesto de sociedades como "ajuste en la imposición" del ejercicio 2021.

"Atendiendo a la liquidación del impuesto de sociedades facilitada por la sociedad y aplicando la legislación actual, dicho ingreso no cumple las condiciones necesarias para su reconocimiento a 31 de diciembre de 2021", por lo que ese ingreso "se muestra en exceso.

RallyMundial.net: Auditor cuestiona el beneficio de Worten en España, el primero en 13 años

Auditor cuestiona el beneficio de Worten en España, el primero en 13 años
 by Ambrosio Badillo
septiembre 8, 2022

PwC, auditor de Worten en España, ha firmado las cuentas de 2021 de la compañía, que forma parte del grupo Sonae, con varias reservas, que ponen en entredicho el beneficio obtenido ese año, el primero de los últimos 13 con resultado positivo neto, según informa este jueves el diario español «Cinco Días».

Aunque la facturación de Worten en España en 2021 cayó un 20%, hasta los 95 millones de euros, el resultado neto de la compañía ascendió a un beneficio de 711 mil euros, según el «Cinco días”.

Sin embargo, PwC ha dejado algunos comentarios sobre estas cuentas. Uno de ellos es el de la provisión de 8,6 millones de euros constituida en 2020 por Worten en España para cubrir indemnizaciones vinculadas al cierre de tiendas, una parte de 6,3 millones de euros responde a exigencias a contabilizar en las cuentas de 2021. auditor de cuentas, los costes de personal y otros gastos para el ejercicio 2021 están subestimados.

Por otro lado, el auditor también cuestiona el ingreso por parte de Worten, en las cuentas de 2021, de unos ingresos de 2,2 millones de euros vinculados al impuesto de sociedades. PwC entiende que, según la legislación española, estos ingresos no califican para el reconocimiento en las cuentas de 2021.

El grupo Sonae ha optado por reducir la presencia física de Worten en España. En enero de 2021 anunció la venta de 17 tiendas a MediaMarkt y el cierre de 14 tiendas, dejando solo 16 puntos de venta en el país vecino y apostando más por el canal digital.

martes, 6 de septiembre de 2022

Cointelegraph.com: Los reguladores británicos apuntan a Revolut por "errores materiales" en la auditoría

"Los auditores están siendo significativamente más desafiantes ahora, porque están siendo vapuleados por sus reguladores", dijo al parecer una persona familiarizada con la situación de Revolut.

El Consejo de Información Financiera del Reino Unido ha encontrado defectos en la auditoría de la aplicación de pagos de criptomoneda Revolut que incluían un riesgo "inaceptablemente alto" de "errores materiales".

Según un informe del lunes del Financial Times, el Consejo de Información Financiera del Reino Unido criticó los resultados de una auditoría de Revolut publicada en julio por la firma de contabilidad y asesoramiento empresarial BDO, afirmando que la empresa tenía un enfoque "inadecuado" para el reconocimiento de ingresos y "el riesgo de un error material no detectado era inaceptablemente alto". El regulador financiero habría dicho que BDO había probado los procesos de pago de Revolut de forma inadecuada.

Revolut fue valorada como una firma fintech de USD 33,000 millones en julio de 2021 tras una ronda de inversión de USD 800 millones liderada por la compañía financiera japonesa SoftBank y el fondo de cobertura estadounidense Tiger Global. El informe del Financial Times sugirió que la firma de pagos estaba bajo presión de los auditores para mejorar sus controles internos en cumplimiento de las regulaciones del Reino Unido.  

"Los auditores están siendo significativamente más desafiantes ahora, porque están siendo golpeados por sus reguladores", dijo supuestamente una persona familiarizada con la situación.

En el momento de la publicación, Revolut era la única empresa que operaba en el Reino Unido bajo el estatus de registro temporal de la Autoridad de Conducta Financiera del país, o FCA. Los reguladores del Reino Unido exigen a las empresas que "llevan a cabo actividades de criptoactivos" que se registren en la FCA como parte de su cumplimiento de la normativa contra el blanqueo de capitales y la lucha contra la financiación del terrorismo. Sin embargo, 12 firmas continuaron operando bajo un estatus temporal una vez que el registro debía expirar en marzo, hasta que sólo Revolut permaneció el 30 de junio.  

Según los informes, 5 altos ejecutivos de Revolut dimitieron en 2022, incluido el jefe de cumplimiento normativo de la firma y el responsable de información sobre el blanqueo de capitales. Al parecer, Revolut Group Holdings y su brazo de criptomonedas Revolut FIC deben presentar sus cuentas de 2021 antes de finales de septiembre.

jueves, 1 de septiembre de 2022

LegalToday.com: ¿Qué podemos esperar de las sociedades de beneficio e interés común?

1 septiembre 2022
de Ulloa, Gonzalo - socio fundador de youandlaw

Con la reciente aprobación de la Ley que reconoce y regula a las Sociedades de Beneficio e Interés Común (que se han sumado al argot emprendedor como SBIC), va a ser mucho más sencillo que las entidades de inversión de impacto puedan reconocer a proyectos afines y, en definitiva y entre muchos otros beneficios, va a aligerar la diligencia en la que se constituyen y ofrecen oportunidades a este tipo de iniciativas.

Más que un cambio legislativo aislado es, sin duda, la consecuencia de un cambio de paradigma en la opinión social sobre el papel de las empresas en España. Y es que empieza a entenderse una realidad que no siempre había sido bien vista: que las empresas pueden tener un objetivo o forma de realizar las cosas orientado a mejorar su entorno y, a su vez, pretender obtener un beneficio de ello. Quizá que empecemos a comprender este hecho es la puerta para avanzar en este sentido. Para empezar, ha supuesto que España se sitúe a la vanguardia -junto a otros países como Francia e Italia- en lo que respecta a economía de impacto, con una tendencia real de impulso al sector empresarial, ya no solo con un reconocimiento legal, sino con estímulos que podrán generarse desde el ámbito de la financiación y la compra pública.

Además, dentro de esta renovada cultura empresarial, hemos visto cómo empresas de siempre desplegaban vastas políticas de responsabilidad social empresarial; como proliferaban a diario iniciativas empresariales -startups- con un objetivo social, medioambiental o, simplemente, con altos estándares de producción sostenible. Y finalmente hemos visto a iniciativas sin ánimo de lucro como B Lab Spain que han nacido con el objetivo de certificar a aquellos que están haciendo bien las cosas. Bravo, asimismo, que iniciativas privadas (aunque sin ánimo de lucro) de este tipo hayan sido las que hayan impulsado a través de recogida de firmas, la creación de esta nueva ley. Así, la propia B Lab es la que, tras años de trabajo, más mérito podría tener por este hito único.

En general, el gran avance pasa por entender un respaldo del Estado en el reconocimiento jurídico a aquellas empresas que se desenvuelven con este tipo de intereses. Se busca, de este modo, empresas que cumplen con un triple objetivo por el que, tras generar valor económico, social y medioambiental; asumen además principios de buen gobierno corporativo, y tienen un alto estándar de calidad con sus trabajadores, y con las comunidades locales. Bien, pero ¿y qué beneficios puede esperar obtener una empresa que ha recibido el calificativo SBIC?

Habrá que esperar a la práctica para entender hasta qué punto se desenvuelven las políticas favorables a estas nuevas instituciones; tanto en España como en otros países como Francia e Italia, donde ya se ha desarrollado (recientemente) esta política de incentivo empresarial y está obteniendo un amplio desarrollo. En Francia, por su parte, para poder ser catalogado como Enterprise à misión es imprescindible tener un organismo dentro de la empresa que organice y supervise que la ejecución de su razón de ser y propósito, así como un tercer auditor que verifique el cumplimiento de estos objetivos. Un requisito severo que ha contenido la cifra de empresas que han adoptado esta figura -desde 2019- hasta las poco más de 200; y habiéndose cuadriplicado su número desde entonces. En Italia, la Societá Benefit también ha vivido una aceleración -en contrapeso al freno en el sector startup– y se calcula que a pesar de que haya existido una recesión del 8 % en la creación empresarial, este tipo de iniciativas cuenta con un crecimiento del 43 %.

Debemos observar con cautela la acogida que ofrezca el sector empresarial a esta nueva figura. Si bien es cierto que existe un movimiento hacia las iniciativas empresariales con objetivos de interés social, veremos con algo de tiempo si SBIC es realmente la opción que necesitan este tipo de sociedades para facilitar su existencia e impulsar su creación.