martes, 31 de mayo de 2022

Economía al portador: Las flores y los IRPFs florecen en mayo (entrevista a la presidente del Instituto de Auditores Internos de España)

Economía al portador: pódcast del Colegio Profesional de Economistas de Almería
Episodio "Las flores y los IRPFs florecen en mayo" 
En la entrega de este mes Pelegrín García Martínez entrevista a la presidente del Instituto de Auditores Internos de España, Sonsoles Rubio (a partir del minuto 12').


jueves, 26 de mayo de 2022

CISS Contable Mercantil: Desafíos de la auditoría de cuentas en España, entrevista a Santiago Durán, presidente del ICAC

20-5-2022 | Wolters Kluwer 
 
A la profesión de auditor de cuentas se le avecinan nuevos e importantes desafíos. Santiago Durán Domínguez, Presidente del ICAC, analiza entre otras novedades los retos de sostenibilidad, transformación digital, de trasparencia corporativa y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
 

TFG: citando fuentes digitales (blog, Youtube, Twitter, Facebook y correo-e)

 

jueves, 19 de mayo de 2022

HazRevista.org: La ley de información no financiera no mejora la transparencia de las empresas

La ley de información no financiera no mejora la transparencia de las empresas - Revista Haz: ▷Infórmate: La ley de información no financiera no mejora la transparencia de las empresas
 
El Observatorio de Responsabilidad Social Corporativa asegura que, tras tres años de vigencia, la ley de información no financiera no consigue mejorar la calidad de la información sobre sostenibilidad que presentan las empresas del IBEX 35.
HAZ @RevistaHaz - 19 mayo 2022 

El Observatorio de Responsabilidad Social Corporativa ha presentado su informe La Responsabilidad Social Corporativa en las memorias anuales en las empresas del IBEX 35, referente al ejercicio 2020, en el que se señala que no se aprecian grandes avances en la información no financiera que aportan las empresas.

El informe, que analiza la calidad de la información no financiera reportada por las empresas del IBEX 35 en siete áreas (buen gobierno, lucha contra la corrupción, fiscalidad, derechos humanos, derechos laborales, medioambiente y clientes y consumidores), pone el foco en el impacto que la Ley 11/2018 de información no financiera y diversidad ha tenido en el reporte de estas empresas.

Desde que entrara en vigor la ley en 2018, la valoración global sobre la calidad de la información que reportan las empresas del IBEX 35 ha mejorado, pasando de 26,88 puntos sobre 100 en el año 2017 a 39,72 en 2020. Sin embargo, a pesar de esta mejoría, sin embargo, aún están las empresas del IBEX 35 muy lejos de alcanzar la calidad pretendida por la norma.

Y añade que «Contar con una información no financiera comparable, fiable, material y relevante es uno de los fundamentos para conseguir los objetivos marcados por Europa y España que a través de distintas estrategias y planes persiguen virar nuestra economía hacía un modelo sostenible.»

Según este estudio, las cinco primeras empresas en el ranking son Iberdrola, Endesa, REC, Acciona y Banco Santander. Mientras que las cinco últimas empresas son Solaria, IAG, Almirall, ArcelorMittal y Acerinox.

Las empresas del IBEX 35 aportan información más completa en las áreas de clientes y consumidores, seguido de los aspectos laborales y de medioambiente. Por el contrario, las áreas con menor grado de transparencia son las relacionadas con los derechos humanos y la lucha contra la corrupción.

El estudio analiza la información no financiera del 2020, en los meses en los que el impacto económico generado por la pandemia ha sido más relevante. En un contexto en donde los resultados de las empresas se vieron minorados y el Estado respondió con diversas medidas de apoyo económico a las empresas, sería consecuente que las empresas del IBEX 35 también adoptaran medidas de responsabilidad económica. Sin embargo, solo seis empresas informan no haber realizado reparto de dividendos durante el 2020. Estas empresas son AENA, Amadeus, ArcelorMittal, IAG, Indra y Melià Hotels.

Con relación a la retribución global de los consejeros, 23 de las 35 empresas del IBEX 35 experimentó una disminución con respecto al año anterior, llegando seis de ellas a una disminución superior al 30%. Sin embargo, la retribución media devengada por el conjunto de los consejeros de empresas pertenecientes al IBEX 35 en 2020 se situó en 735.000 euros anualeslo que supone un incremento de 25.000 euros anuales por consejero respecto a 2019, de acuerdo con el Informe Anual de Remuneraciones de los consejeros de las Sociedades Cotizadas de la CNMV.

La tendencia creciente sobre una mayor regulación de la responsabilidad de los consejeros en términos sociales y medioambientales ha incidido en que más empresas, 20 en 2020, informen sobre objetivos sociales, medioambientales y de buen gobierno (ASG) en sus sistemas de incentivos a través de la remuneración variable. Sin embargo, es anecdótica la presencia de consejeros con conocimientos y experiencia en integridad y RSC, siendo solo cinco empresas las que cuentan con estos perfiles.

Sin avances en la debida diligencia en derechos humanos

La información que aportan las empresas del IBEX 35 sobre la gestión de los impactos sobre los derechos humanos sigue siendo el área peor valorada del análisis.

Un año más se constata las buenas intenciones de respeto de los derechos humanos pero que quedan huecas si no van acompañadas de procedimientos de gestión, según señala el Observatorio.

Mientras que la mayoría de las empresas cuentan con políticas formales de respeto de los derechos humanos, solo 11 llevan a cabo un proceso de identificación de riesgos ligados a su actividad, y siete informan sobre procedimientos para evaluar estos riesgos.  La identificación de riesgos constituye el primer paso de un proceso de debida diligencia y será exigido por la futura directiva de debida diligencia en derechos humanos y empresa.

Para afrontar las próximas obligaciones que las empresas van a tener que acometer en materia de sostenibilidad, es una mala noticia comprobar que las empresas españolas no abordan en su información estas cuestiones de manera suficiente, apunta el informe.

La información sobre lucha contra la corrupción

En su estudio, el Observatorio destaca que solo ocho empresas del IBEX 35 señalan riesgos específicos en materia de corrupción y baja a siete las que aportan información sobre la realización de una evaluación de riesgos de corrupción a lo largo del año 2020. La mayoría se limitan a mencionar «controles» en materia de compliance, sin reportar hasta qué punto suponen una evaluación de riesgos.

Ninguna empresa identifica, entre los países en los que tiene presencia, aquellos que presentan un mayor riesgo de corrupción. Las empresas que más presencia tienen en países de riesgo extremo y riesgo alto en corrupción, según el Índice de Percepción de la Corrupción de Transparencia Internacional 2020 (Inditex, 49 países; Amadeus, 42; Indra, 40; ArcelorMittal, 34; Siemens Gamesa y ACS, 29), facilitan escasa información sobre cómo han afrontado estos riesgos en 2020.

Según el informe, persiste un incumplimiento reiterado de las obligaciones de la Ley de Transparencia, pues solamente 3 de las 26 empresas que son sujeto obligado, tienen apartados específicos de transparencia en su web corporativa, con diversos grados de exhaustividad y limitaciones en cuanto a la información sobre subvenciones y contratación pública.

La emergencia de la covid-19 supuso la agilización de los procedimientos para la contratación pública o el apoyo a las grandes empresas. En este contexto la transparencia tanto de las instituciones contratantes (o bien concedentes de diversos apoyos financieros), como de las empresas beneficiarias tiene que ser máxima y con información adecuada en cuanto a las características, importes y condicionalidades de las ayudas o contratos obtenidos en el contexto de la emergencia sanitaria.

En el periodo de 2020, 7 empresas del IBEX 35 fueron beneficiarias (subvenciones o préstamos), pero solo 4 reportan específicamente los importes recibidos por dichos conceptos. Ninguna informa sobre la contratación por vía de emergencia, de la que se habrían beneficiado 7 de las 35 empresas entre marzo y diciembre de 2020, de acuerdo con la organización Civio. 

La ley no provoca mayores marcos de transparencia

Las empresas del IBEX 35 han registrado un bajo nivel de cumplimiento de las disposiciones de la Ley 11/2018 durante el ejercicio 2020, de acuerdo con la metodología empleada por el Observatorio de RSC, por lo que no se puede afirmar que esté teniendo un impacto significativo en la transparencia en su tercer ejercicio de aplicación, según afirma el Observatorio.

La falta de criterios específicos sobre la información a reportar limita en gran medida la eficacia de la Ley y es sin duda un factor relevante a la hora de explicar los bajos resultados y debería ser abordado con urgencia por parte de las autoridades competentes. Pero estas circunstancias no excusan la falta de transparencia sobre la gestión de los riesgos, apunta el informe.

La experiencia de los ejercicios 2018 y 2019 debería haber servido tanto a los reguladores como a las propias empresas para corregir la indefinición en torno a la información que deben reportar en el marco de esta Ley, según el estudio.

miércoles, 18 de mayo de 2022

ABC.es: Córdoba CF SAD: Reclaman 5,3 millones y 15 años de inhabilitación a Jesús León tras calificar culpable el concurso del club

El informe de la administración concursal, al que ha tenido acceso ABC, también responsabiliza a cinco personas más
P. García-Baquero/J. Gómez - Córdoba Actualizado:18/05/2022 20:59h

El administrador concursal del Córdoba CF SAD, Francisco Estepa, ya ha remitido al Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba la pieza de calificación del segundo concurso de la entidad blanquiverde (un proceso que permitió luego la venta de la Unidad Productiva de la SAD a Unión Futbolística Cordobesa con el apoyo económico de Infinity, grupo inversor de Baréin). La Administración Concursal ha calificado la declaración del concurso de acreedores del Córdoba CF SAD como «culpable».

Por este motivo, Estepa, en su escrito, reclama indemnizaciones económicas por valor de más de 6,5 millones de euros en conjunto a cinco de los seis responsables «por daños y perjuicios». Igualmente, solicita al juzgado que imponga a todos «la inhabilitación para administrar bienes ajenos y representar a cualquier persona» por diferentes plazos, según el escrito presentado al juzgado el pasado miércoles 11 de mayo al que ha tenido acceso ABC Córdoba.

La peor parte, lógicamente, se la lleva el que entonces era presidente y dueño del Córdoba CF SAD, Jesús León. La Administración Concursal solicita para el exdueño del club (la Justicia, en primera y segunda instancia, ya ha resuelto que debe devolver el paquete accionarial) una indemnización por los daños causados de más de cinco millones de euros.

En concreto, por un valor de «5,3 millones de euros». También reclama «la inhabilitación para administrar bienes ajenos, así como representar a cualquier persona, por un plazo de 15 años», según concluye el extenso informe de calificación concursal con más de 50 páginas. Sin duda, otra dura reclamación más para el empresario de Montoro en los tribunales. León era el máximo representante en el sillón presidencial del Córdoba desde el 22 de enero de 2018.

León, en otro proceso penal por su gestión en el Córdoba CF SAD, también está imputado como posible autor cuatro delitos de contenido económico: administración desleal, apropiación indebida, blanqueo de capitales y corrupción entre particulares. Este proceso, que lidera el Juzgado de Instrucción número 5 de Córdoba está en la fase final de la instrucción de la causa, tras dos años y medio desde que fue detenido por la Guardia Civil el 7 de noviembre de 2019 en su residencia en Córdoba.

El expresidente del Córdoba CF SAD Jesús León, en cualquier caso, no es el único responsable, según el informe de calificación. El administrador concursal también entiende que hubo otros cinco responsables de los altos cargos del club que condujeron a la entidad a la declaración del concurso de acreedores. Sin embargo, sólo solicita expresamente indemnizaciones económicas y/o inhabilitaciones, de muchísima menor cuantía y duración temporal que en el caso de León, para otros cinco implicados. Todos ellos fueron consejeros del Córdoba CF SAD o altos cargos del club durante la etapa de León en el club, aunque designados todos a través de empresas del propio montoreño.

Otros responsables

Otro de los principales ‘acusados’ para la calificación culpable del concurso y de la reclamación de indemnizaciones con carácter solidario es Fran de Paula, que fue la mano derecha y ejecutora de muchas de las decisiones de León durante su estancia en el Córdoba como director financiero del club. La reclamación a De Paula (y Grucal Properties, a la que representaba) se eleva hasta los «273.576 euros» y una inhabilitación para administrar bienes ajenos y representación de personas por un plazo de «dos años».

Otro de los nombres más importantes de los que aparecen como responsables de la calificación culpable del concurso es Luis Oliver. El que fuera director general y deportivo del Córdoba CF SAD durante gran parte del mandato de León en el club, hasta que fue despedido en julio de 2018, aparece como responsable por su labor «como administrador de hecho de la concursada (Córdoba CF SAD) entre el 24 de enero de 2018 al 17 de julio de 2018».

Estepa solicita para Oliver «inhabilitación para administrar bienes ajenos y representar a cualquier persona durante dos años». Eso sí, no le hace ninguna petición expresa de indemnización. En este caso, la Administración Concursal se remite a que «quedará determinado en el marco del incidente concursal número 19». Es decir, que será la cuantía que resulte del pleito de reclamación de cantidad que ya está en marcha en el Mercantil. La vista se celebró hace apenas unas semanas «sin adicionar mayor perjuicio».

En la pieza de calificación del Córdoba CF SAD también aparecen tres personas más con un carácter residual por el cargo que ocupaban mientras se produjeron algunos de los hechos que describe el escrito (en algunos de los casos ya no formaban parte del consejo de administración en el instante de producirse). Son la exconsejera Magdalena Entrenas, el exdirector general del club Alfredo García-Amado y por último el representante de la Asociación de Veteranos Manuel Garrido.

A Entrenas (como representante en el consejo de Grucal Infraestructuras y a ésta), García Amado (en representación de Reed Legal Group y a esta misma sociedad) y Garrido (como representante en el órgano de administración del club por Aglomerados Córdoba y a esta empresa también), la Administración Concursal les reclama una indemnización con carácter solidario hasta el límite de «273.576 euros» como máximo a cada uno de los tres. Igualmente, les propone en el informe de calificación una inhabilitación para administrar bienes ajenos y representar a cualquier personas por un plazo de «dos años», según finaliza el informe.

El informe de calificación abre un proceso judicial en el que ya le han dado traslado a las partes. Posteriormente, el Ministerio Fiscal también añadirá su petición, que suele equipararse a la solicitud de los administradores [concursales]. Las partes podrán presentar sus alegaciones y, finalmente, habrá una vista oral para dictar sentencia.

martes, 17 de mayo de 2022

HazRevista.org: Las normas del futuro reporte de sostenibilidad de la UE van tomando forma

Las normas del futuro reporte de sostenibilidad de la UE van tomando forma - Revista Haz
El Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera, por encomendación de la Comisión Europea, acaba de sacar a consulta pública el borrador de las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad que establecerán docenas de requisitos de divulgación relacionados con la sostenibilidad y obligatorios para unas 50.000 empresas de la Unión Europea, como parte de la propuesta de Directiva sobre Información de Sostenibilidad Empresarial.
Albert Vilariño @albertvilarino - 17 mayo 2022

La propuesta legislativa para desarrollar la Directiva sobre Información de Sostenibilidad Empresarial (CSRD) que relevará a la actual Directiva de Informes No Financieros (NFRD) fue adoptada por la Comisión Europea en abril de 2021.

Concretamente, esta nueva normativa de divulgación afectará en 2023 a todas las empresas cotizadas de la UE, a todas las empresas de seguros y entidades de crédito, y a aquellas otras empresas que cumplan al menos dos de los tres criterios siguientes: tener un volumen neto de negocio de más de 40 millones de euros, activos por más de 20 millones de euros o una plantilla superior a 250 trabajadores.

La consulta pública que ha lanzado ahora el  Grupo Consultivo Europeo en materia de Información Financiera (EFRAG) pretende recibir opinión sobre varios aspectos fundamentales de los llamados borradores de exposición: la pertinencia de la estructura propuesta, la aplicación de los principios de la CSRD, el contenido general de cada borrador, las posibles opciones para priorizar/introducir progresivamente la aplicación de las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (ESRS), y la adecuación de cada uno de los requisitos de divulgación exigidos por cada borrador.

¿Qué aspectos contemplan los borradores de las ESRS?

Los borradores de exposición están divididos entre normas transversales y normas temáticas.

Las normas transversales cubren las disposiciones generales que se aplican a la presentación de informes de sostenibilidad en el marco de la CSRD, incluidos los principios que deben seguir las normas temáticas (específicas de cada sector) al indicar los requisitos de divulgación relacionados con las políticas, los objetivos, las acciones y los planes de acción y los recursos en todas las materias de sostenibilidad, con el fin de garantizar la coherencia de estos aspectos en las ESRS.

También tienen en cuenta los requisitos de divulgación de la sostenibilidad en cuanto a la forma en que las empresas cumplen con las ESRS, la forma en que la sostenibilidad está integrada en la estrategia comercial, el modelo de negocio de la empresa y su gobernanza, y la forma en que la empresa identifica y gestiona sus principales impactos, riesgos y oportunidades en materia de sostenibilidad.

Los aspectos anteriores pretenden ser transversales a todos los temas de sostenibilidad y sus requisitos de divulgación corresponden a los pilares de información sobre gobernanza, estrategia y gestión de riesgos del Task Force for Climate Related Disclosures (TCFD)  y el International Sustainability Standards Board (ISSB).

La nueva normativa afectará a todas las empresas cotizadas de la UE, a todas las de seguros y entidades de crédito, y a otras que cumplan dos o tres de estos criterios: un volumen neto de negocio superior a 40 millones de euros, activos por más de 20 millones o plantilla de más de 250 trabajadores.

Normas temáticas y sectoriales

En cuanto a las normas temáticas, éstas cubren un tema o subtema específico de sostenibilidad desde una perspectiva independiente del sector. Así, establecen requisitos de divulgación relativos a los impactos, riesgos y oportunidades de la sostenibilidad que se consideran importantes para todas las empresas, independientemente de los sectores en los que operan.

Los tres temas principales de las normas temáticas y sus correspondientes subtemas son:

  • Medio ambiente: Cambio climático, Contaminación, Agua y recursos marinos, Biodiversidad y ecosistemas, y Uso de los recursos y economía circular.
  • Sociedad: Mano de obra propia, Trabajadores en la cadena de suministro, Comunidades afectadas, y Consumidores u usuarios.
  • Gobierno corporativo: Gobierno, gestión de riesgo y control interno, y Conducta en el negocio

Los requisitos de divulgación de las normas temáticas se complementan [sic] los prescritos por las normas transversales y abarcan la información que debe comunicarse sobre las políticas, los objetivos, las acciones y los planes de acción, los recursos adoptados por las empresas sobre un determinado tema o subtema de sostenibilidad, así como las correspondientes métricas de medición del rendimiento para dichos temas o subtemas.

De similar manera que con las normas transversales, los objetivos y métricas de medición del rendimiento de las normas temáticas se corresponden con el cuarto y último pilar de información del TCFD y la ISSB.

La arquitectura de las ESRS también prevé la elaboración de normas sectoriales que no han sido incluidas en esta consulta pública. Dichas normas marcarán los requisitos de divulgación diseñados para prever la preparación de información relativa a los riesgos, impactos y oportunidades de sostenibilidad que se consideren importantes para todas las empresas que operan en un sector determinado.

Dichos requisitos de información complementan a los prescritos por las normas transversales y las normas temáticas y especifican la información adicional sobre la que informar.

Las tres categorías de normas descritas tienen como objetivo organizar la presentación de información de manera que se fomente la pertinencia y la comparabilidad (entre sectores y dentro de los sectores), al tiempo que sea fácil de leer y utilizar. También especifican cómo debe organizarse y presentarse en el informe de gestión la información obligatoria resultante de todas las demás normas ESRS.

¿Cuáles son los próximos pasos?

La Directiva contemplará por primera vez un requisito general de auditoría para la información sobre sostenibilidad en toda la UE, lo que ayudará a garantizar que la información presentada sea precisa y fiable.

La consulta pública, a través de cuestionarios on line en la página web del EFRAG, sobre el borrador de las ESRS finalizará el próximo 8 de agosto.

Teniendo en cuenta las aportaciones y los resultados de la consulta pública, el Consejo de información sobre sostenibilidad del EFRAG y el Grupo de Expertos Técnicos del EFRAG, acordarán el primer conjunto final de borradores de las ESRS que se presentará a la Comisión Europea en octubre.

Una vez presentado el borrador final, la Comisión debería poder adoptar el primer conjunto de normas de información con arreglo a la nueva legislación a finales de 2022, lo cual significaría que las empresas aplicarían la CSRD por primera vez a los informes publicados en 2024, correspondientes al ejercicio 2023.

La CSRD introducirá diversos requerimientos adicionales a los de la actual NFRD entre los que se encuentran el concepto de doble materialidad, una información más prospectiva que incluya objetivos y progresos, una divulgación de información relativa a intangibles (capital social, humano e intelectual), y el alineamiento con el Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles (SFDR) y el Reglamento de Taxonomía de la UE.

También, la CSRD contemplará por primera vez un requisito general de auditoría (garantía) en toda la UE para la información sobre sostenibilidad, lo cual ayudará a garantizar que la información presentada sea precisa y fiable, a la vez que debería contribuir en gran medida a responder a las preocupaciones de los inversores y otras partes interesadas sobre la fiabilidad de la información sobre sostenibilidad que las empresas comunican actualmente.

viernes, 6 de mayo de 2022

CISS Contable Mercantil: Por si no ha podido legalizar sus libros antes del 30 de abril

CISS Contable Mercantil - Documento

El pasado sábado, 30 de abril, terminó el plazo para la legalización telemática de los libros contables de las sociedades cuyo ejercicio coincide con el año natural. ¿Qué pasa si lo hace fuera de plazo o incluso si no procede a su legalización? 

La obligatoriedad de la legalización de libros no deja lugar a dudas. Así lo impone el artículo 27 del Código de Comercio y el 18 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización:

1. Todos los libros que obligatoriamente deban llevar los empresarios con arreglo a las disposiciones legales aplicables, incluidos los libros de actas de juntas y demás órganos colegiados, o los libros registros de socios y de acciones nominativas, se legalizarán telemáticamente en el Registro Mercantil después de su cumplimentación en soporte electrónico y antes de que trascurran cuatro meses siguientes a la fecha del cierre del ejercicio.

2. Los empresarios podrán voluntariamente legalizar libros de detalle de actas o grupos de actas formados con una periodicidad inferior a la anual cuando interese acreditar de manera fehaciente el hecho y la fecha de su intervención por el Registrador.

3. El Registrador comprobará el cumplimiento de los requisitos formales, así como la regular formación sucesiva de los que se lleven dentro de cada clase y certificará electrónicamente su intervención en la que se expresará el correspondiente código de validación.

Libros a legalizar

Deben ser legalizados los libros que con carácter obligatorio llevan los empresarios, con arreglo a las disposiciones legales vigentes. Esto es:

De los diferentes libros contables, es obligatorio legalizar el libro diario y el libro de inventarios y cuentas anuales y en cuanto a los libros societarios, deberán legalizarse:

• El Libro de actas con la transcripción de todas las generadas por los órganos colegiados de las sociedades mercantiles: de Junta General (mínimo el Acta de Junta General Ordinaria de aprobación de Cuentas Anuales) y del Consejo de Administración (mínimo un acta al trimestre) y

• El Libro registro de socios para Sociedades Limitadas y en caso de Sociedades Anónimas, el Libro Registro de Acciones Nominativas. Eso sí, solo en los ejercicios en que se haya producido cualquier alteración en la titularidad de las participaciones o de las acciones, o si se hubieran constituido gravámenes sobre las mismas.

Igualmente pueden ser legalizados por el Registro Mercantil libros cuya llevanza no sea obligatoria, tales como los libros de detalle del libro diario y cualesquiera otros que lleven los empresarios en el ámbito de su actividad (art. 329 RRM).

Por lo que respecta a las sucursales con libros propios, pueden legalizarlos en el Registro Mercantil de su domicilio (art. 337 RRM).

Vía y plazo de presentación

Tal y como establece el artículo 18 de la Ley 14/2013, todos los libros que obligatoriamente deban llevar los empresarios con arreglo a las disposiciones legales aplicables, incluidos los libros de actas de juntas y demás órganos colegiados, o los libros registros de socios y de acciones nominativas, se legalizarán:

— Vía: Telemáticamente en el Registro Mercantil después de su cumplimentación en soporte electrónico.

— Plazo: Antes de que trascurran cuatro meses siguientes a la fecha del cierre del ejercicio.

Sanciones y responsabilidades

Desde el punto de vista mercantil, a diferencia de lo que ocurre con la falta de depósito de las cuentas anuales, no existe ningún tipo de régimen sancionador. Tan sólo el apartado tercero del artículo 333 del Reglamento del Registro Mercantil establece la mera constancia de la legalización fuera de plazo sin señalar consecuencias al respecto.

“En el caso de que la legalización se solicite fuera del plazo legal, el Registrador lo hará constar así en la diligencia del Libro y en el asiento correspondiente del Libro-fichero de legalizaciones”.

Desde el punto de vista fiscal, la cosa cambia, el artículo 200 de la Ley General Tributaria contempla como una infracción grave el incumplir obligaciones contables y registrales imponiendo sanciones de 150 o 300 euros. Lo cierto es que, a pesar del texto de la norma, son pocas las veces en las que se ha empleado este artículo para sancionar la mera falta de legalización de los libros sin venir precedida de otros incumplimientos contables. Véase la Consulta Vinculante V1689-10, de 23/07/2010, de la Dirección General de Tributos

Dicho esto, da la impresión de que puede estar tranquilo si no ha procedido a legalizar sus libros, pero no es así. No crea que es un mero requisito burocrático que puede obviar sin consecuencias para su negocio. Este incumplimiento puede ser:

• utilizado por los acreedores, junto con otros indicios, para solicitar la responsabilidad personal de los administradores por las deudas de la sociedad.

• tenido en cuenta para calificar como culpable un concurso de acreedores, lo que también supondría una responsabilidad directa de los administradores.

Finalmente, en caso de conflicto entre socios o con terceros, la legalización de libros da valor al contenido de los mismos a efectos probatorios ante los tribunales.

Los libros legalizados pueden servir de prueba en cualquier juicio, ya que garantizan la fiabilidad de su contenido.

Es más, si hablamos de sociedades unipersonales la legalización del libro-registro de contratos con el socio único es especialmente recomendable para que estos puedan ser oponibles a la masa si se va a concurso. De lo contrario, hasta que no se pague al resto de acreedores el socio único no podrá cobrar. (art. 16 TRLSC)

Todavía está a tiempo, tal y como le hemos indicado, el registrador tan sólo hará constar que la legalización se ha solicitado fuera del plazo legal, sin que ello suponga en la práctica ningún agravio respecto de quien sí lo haya hecho en tiempo y forma.

miércoles, 4 de mayo de 2022

DiarioCorreo.pe: Petroperú firmó contrato con empresa para auditar sus estados financieros (supuesto práctico)

Supuesto sobfre Aceptación y Continuidad de clientes:
 
Cabe recordar, que la compañía perdió a finales de marzo su grado de inversión por parte S&P Global Ratings, debido a la incertidumbre generada cuando la firma de contabilidad PwC canceló firmar contrato para auditar los estados financieros de la empresa.
Actualizado el 04/05/2022 05:09 p.m.
 
Cabe recordar, que la compañía perdió a finales de marzo su grado de inversión por parte S&P Global Ratings, debido a la incertidumbre generada cuando la firma de contabilidad PwC canceló firmar contrato para auditar los estados financieros de la empresa. (Foto: GEC)
La empresa estatal de hidrocarburos, Petroperú, informó que el día de ayer, 3 de mayo del 2022, se firmó el contrato de auditoria financiera con la Seriedad de Auditoria Gaveglio, Aparicio y Asociados Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada.

Además, según el comunicado difundido por la petrolera, a partir de hoy se inician los trabajos de auditoria financiera a Petroperú por el ejercicio contable 2021.

Cabe recordar, que la compañía perdió a finales de marzo su grado de inversión por parte S&P Global Ratings, debido a la incertidumbre generada cuando la firma de contabilidad PwC canceló firmar contrato para auditar los estados financieros de la empresa, en medio de discrepancias dentro de la petrolera y con la Contraloría General de la República.

En ese marco, el ex Gerente General encargado de Petroperú, Fernando de la Torre, tenía previsto que para fines de abril, como plazo máximo, se tendría a una empresa que se encargue de la auditoria correspondiente al 2021 de la entidad estatal.

CincoDías.com: ¿Es dinero? ¿Es inversión? Los contables debaten sobre la esencia del bitcóin | Mercado

La asociación española de contabilidad evalúa estos activos
Miguel Moreno Mendieta 
Madrid 4 MAY 2022 - 12:15 CEST    

“¿Es un pájaro? ¿Es un avión? No, es Superman”. Este símil del mundo de los superhéroes utilizaba ayer una experta en auditoría y contabilidad para explicar lo difícil que resulta para los contables el acercarse a la esencia de los criptoactivos. Es una figura tan nueva, con características tan diferenciales, que no es sencillo enmarcarla en los tasados apuntes contables que fija el Plan General de Contabilidad.

Belén Toro es directora del máster de Auditoría de Icade, y con una dilatada carrera docente en Alemania, Francia, Reino Unido y Estados Unidos. Esta profesora participaba ayer en la octava Jornada sobre normalización y derecho contable, organizada por la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas (AECA), en colaboración con BBVA, y su ponencia versaba expresamente sobre “cómo incorporar los criptoactivos a las cuentas anuales”.

La respuesta rápida: no es evidente. “No se pueden considerar como un activo financiero, porque no hay un contrato que genere un activo para una parte y un pasivo para la otra, como ocurre con un préstamo”, desgranaba Toro.

Raúl Fidalgo, director del departamento técnico de contabilidad de Deloitte y que también intervenía en la mesa de debate, apuntaba que tampoco puede catalogarse a los criptoactivos como una moneda al uso. “Hay que tener en cuenta que no tienen capacidad legal para redimir un pasivo, para saldar una deuda. Con una excepción, y es El Salvador”, explicaba el experto. El país centroamericano acepta al criptoactivo como moneda de uso legal.

Inclasificable

De lo que no hay duda es de que se trata de un activo que en ocasiones permite hacer pagos, o acceder a algunos servicios. “Parece razonable que cuando una empresa adquiere un criptoactivo para invertir tenga la consideración de inmovilizado intangible, mientras que si se ha adquirido para negociar con ellos, sería más lógico que se considerase como existencias”, argumentaba Toro. Aunque el debate parece aún muy teórico, lo cierto es que en algunas compañías ya ha tenido importante trascendencia. Es el caso de la cotizada estadounidense Microsystem, que invierte casi todo su efectivo en bitcóin, y que tuvo que rehacer sus cuentas anuales hace unos meses para recoger estas posiciones.

La gran duda es qué valor recoger de las participaciones en criptoactivos. “El terreno de juego en el que nos movemos los contables para criptoactivos es aún muy problemático”, razonaba Fidalgo. En los activos que tienen una vida útil definida, las empresas tienen la obligación de recoger en su contabilidad una amortización del bien, para ir reflejando su pérdida de valor. Ahora bien, ¿un bitcóin tiene una vida útil definida? “Lo razonable es pensar que sí, así que habría que amortizarlos a 10 años”. Pero ¿cuál es la base de amortización? Normalmente es el coste de adquisición menos el valor residual. Un auténtico desafío teniendo en cuenta en que parece que activos como el bitcóin tienen un coste residual más bien creciente.

DiariodeAlmería.es: La responsabilidad social se instala en las empresas de Almería

La responsabilidad social se instala en las empresas de Almería
Algunas de las empresas más importantes por volumen en sus respectivos ámbitos de la provincia muestran cómo han desarrollado en los últimos años estrategias de RSC
F. Maturana - 04 Mayo, 2022 - 13:05h

Las empresas son motor del desarrollo social, y lo son porque contribuyen directamente desde el aspecto económico al bienestar ya no solo de sus trabajadores, sino de la sociedad en la que está enclavada. Sin embargo, especialmente desde principios de este siglo, aunque es el los últimos años cuando de verdad se está plasmando, es necesario dar un paso más y estos, los agentes empresariales, se ven en la tesitura de hacer un poco mejor la vida a sus empleados y participar en la sociedad que viven desde un punto de vista sostenible, en conciencia con el medio ambiente y también desde la perspectiva de la igualdad de oportunidades.

Los representantes de Senator, Caparrós y Los Cazadores de Sonrisas en la primera mesa redonda.
Los representantes de Senator, Caparrós y Los Cazadores de Sonrisas en la primera mesa redonda. / Rafael González (Almería)

Eso es lo que dejó patente la jornada celebrada esta mañana en la sede de la patronal almeriense, Asempal, que junto con CaixaBank y bajo el nombre de 'Las empresas, motor de desarrollo social', se ha analizado la necesidad de invertir no solo dinero, sino también esfuerzos en algo que no cuesta tanto como puede antojarse y que cada vez, por fortuna, se está extendiendo más ya no solo entre las grandes empresas, sino también en las pymes y micropymes.

Cecilio Peregrín.
Cecilio Peregrín. / Rafael González (Almería)

Eso es precisamente lo que alabó el vicepresidente de Asempal y director corporativo de Primaflor, Cecilio Peregrín, encargado de inaugurar esta cita, quien fuen tajante al asegurar que el tejido empresarial, además de la administración, claro, “son el motor del desarrollo social. Y en Almería, son grandes tractoras del bienestar”.

Además, el responsable de esta gran empresa del sector agroalimentario, como es Primaflor, expuso como todo el tejido se volcó sin esperar nada a cambio en el peor momento de la pandemia, poniendo de manifiesto ese ADN que existe en la provincia con esta vertiente de la Responsabilidad Social Corporativa que, incluso muchas empresas ya practican sin saberlo.

Igualmente, Ángel Francisco García Lechuga, director comercial de Empresas de CaixaBank en Andalucía Oriental, y la diputada de Empleo, Promoción Económica y Empresa de la Diputación de Almería, Carmen Navarro; expusieron la importancia de esa 'S' en la RSC y cómo sus instituciones trabajan y promueven esta cultura para la que no existe un modelo único de actuación, pero donde sí quedó claro que siempre es positivo establecer una estructura para ejecutarlo.

Participantes en la jornada.
Participantes en la jornada. / Rafael González (Almería)

Uno de los retos es, sin duda, expandir esa filosofía por el resto de las firmas almerienses, y por eso, tanto Caixabank como Asempal. En el primer caso por medio del Programa Incorpora de su Fundación, que ofrece un servicio de intermediación, sin coste para las empresas, asesoramiento y acompañamiento en acciones de responsabilidad social, centradas en la integración sociolaboral de personas en situación de vulnerabilidad social; entre otras muchas iniciativas. Y por parte de la patronal con Comisión de Responsabilidad Social Empresarial e Igualdad está presidida por Concepción Parra y de la que forman parte algunas de las firmas más representativas por volumen de la provincia y que más camino llevan recorrido en este ámbito, como: Senator, Primaflor, Agrícola Navarro de Haro o Grupo Caparrós, entre otros muchos.

Una vez hechas las presentaciones y expuesto el objetivo de la jornada, su desarrollo, magistralmente conducido por Mar Panizo, directora de Comunicación de Asempal, ha llegado la exposición de casos reales de implementación de RSC en empresas almerienses con dos mesas redondas, la primera con la participación de Grupo Caparrós, Hoteles Senator Hotels & Resort y Los Cazadores de Sonrisas, empresas de referencia en materia de RSE y quienes a través de sus representantes han contado cómo está estructurado su manual de buenas prácticas.

En la segunda mesa redonda, se han abordado las ventajas del propio Programa Incorpora de la Fundación La Caixa, con la participación de CASI, La Unión y Celemín Cicue, empresas usuarias del Programa.